INFORME DE INTERVENCIÓN LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2.021 INTERVENTORA ACCIDENTAL Fecha Firma: 10/06/2022 HASH: 057c84005be7680149e9af81e9461233 GLORIA ESTHER CALERO LIRIO (1 de 1) De acuerdo con lo establecido en el artículo 191.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo de 2004), en adelante TRLRHL, y el artículo 90.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, esta Intervención realiza Informe sobre la Liquidación del Presupuesto de la Corporación correspondiente al ejercicio 2021. Normativa Aplicable: Como normativa aplicable ha de hacerse referencia a los artículos 191 a 193 del TRLRHL, que literalmente dice: “Artículo 191. Cierre y liquidación del presupuesto 1. El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Tesorería local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones. 2. Las obligaciones reconocidas y liquidadas no satisfechas el último día del ejercicio, los derechos pendientes de cobro y los fondos líquidos a 31 de diciembre configurarán el remanente de tesorería de la entidad local. La cuantificación del remanente de tesorería deberá realizarse teniendo en cuenta los posibles ingresos afectados y minorando de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca los derechos pendientes de cobro que se consideren de difícil o imposible recaudación. 3. Las entidades locales deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del día primero de marzo del ejercicio siguiente. La aprobación de la liquidación del presupuesto corresponde al presidente de la entidad local, previo informe de la Intervención. Artículo 192. Cierre y liquidación del presupuesto de organismos autónomos 1. La liquidación de los presupuestos de los organismos autónomos se ajustará a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior. Reglamentariamente se regularán las operaciones de cierre del ejercicio económico y de liquidación de los presupuestos, atendiendo al carácter de los citados organismos. 2. La liquidación de los presupuestos de los organismos autónomos, informada por la Intervención correspondiente y propuesta por el órgano competente de estos, será remitida a la entidad local para su aprobación por su presidente y a los efectos previstos en el artículo siguiente. Artículo 193. Liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo. Remisión a otras Administraciones públicas 1. En caso de liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo, el Pleno de la corporación o el órgano competente del organismo autónomo, según corresponda, deberán proceder, en la primera sesión que celebren, a la reducción de gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual al déficit producido. La expresada reducción sólo podrá revocarse por acuerdo del Pleno, a propuesta del presidente, y previo informe del Interventor, cuando el desarrollo normal del presupuesto y la situación de la tesorería lo consintiesen. Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 22 Página 1 / 22 2. Si la reducción de gastos no resultase posible, se podrá acudir al concierto de operación de crédito por su importe, siempre que se den las condiciones señaladas en el artículo 177.5 de esta ley. 3. De no adoptarse ninguna de las medidas previstas en los dos apartados anteriores, el presupuesto del ejercicio siguiente habrá de aprobarse con un superávit inicial de cuantía no inferior al repetido déficit. 4. De la liquidación de cada uno de los presupuestos que integran el presupuesto general y de los estados financieros de las sociedades mercantiles dependientes de la entidad, una vez realizada su aprobación, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. 5. Las entidades locales remitirán copia de la liquidación de sus presupuestos a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma antes de finalizar el mes de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda. La falta de remisión de la liquidación en el plazo señalado facultará a la Administración para utilizar como actuales, a cualquier efecto, los datos que conozca relativos a la entidad de que se trate. Véase Orden EHA/468/2007, de 22 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de la liquidación de los presupuestos de las Entidades Locales y de la información adicional requerida para la aplicación efectiva del principio de transparencia en el ámbito de la estabilidad presupuestaria («B.O.E.» 6 de marzo). Artículo 193 bis. Derechos de difícil o imposible recaudación Las Entidades Locales deberán informar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a su Pleno, u órgano equivalente, del resultado de la aplicación de los criterios determinantes de los derechos de difícil o imposible recaudación con los siguientes límites mínimos: a) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los dos ejercicios anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 25 por ciento. b) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos del ejercicio tercero anterior al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 50 por ciento. c) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los ejercicios cuarto a quinto anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 75 por ciento. d) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los restantes ejercicios anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán en un 100 por ciento”. Ha de atenderse igualmente a lo dispuesto en los artículos 89 al 105 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril (las referencias que se realizan en este R.D. 500/1990, a la Ley 39/1988 se entienden realizadas al TRLRHL, que derogó esta Ley) que literalmente dicen: “Artículo 89. 1. El cierre y liquidación de los Presupuestos de la Entidad local y de los Organismos autónomos de ella dependientes se efectuará, en cuanto a la recaudación de derechos y el pago de obligaciones, el 31 de diciembre del año natural (artículo 172.1, LRHL). 2. La confección de los estados demostrativos de la liquidación del Presupuesto deberá realizarse antes del día primero de marzo del ejercicio siguiente (artículo 172.3, LRHL). Artículo 90. 1. Corresponderá al Presidente de la Entidad local, previo informe de la Intervención, la aprobación de la liquidación del Presupuesto de la Entidad local y de las liquidaciones de los Presupuestos de los Organismos autónomos de ella dependientes (artículo 172.3, LRHL). 2. De la liquidación de cada uno de los Presupuestos citados, una vez efectuada su aprobación, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre (artículo 174.4, LRHL). Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 22 Página 2 / 22 Artículo 91. Las Entidades locales remitirán copia de la liquidación de sus Presupuestos, antes de finalizar el mes de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda, a la Comunidad Autónoma y al Centro o Dependencia del Ministerio de Economía y Hacienda que éste determine (artículo 174.5, LRHL). Artículo 92. 1. Los créditos para gastos que el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados de pleno derecho, sin más excepciones que las señaladas en el artículo 163 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. 2. Los derechos liquidados pendientes de cobro y las obligaciones reconocidas pendientes de pago quedarán a cargo de la Tesorería de la Entidad local (artículo 172.1, LRHL). Artículo 93. 1. La Liquidación del Presupuesto pondrá de manifiesto: a) Respecto del Presupuesto de gastos, y para cada partida presupuestaria, los créditos iniciales, sus modificaciones y los créditos definitivos, los gastos autorizados y comprometidos, las obligaciones reconocidas, los pagos ordenados y los pagos realizados. b) Respecto del Presupuesto de ingresos, y para cada concepto, las previsiones iniciales, sus modificaciones y las previsiones definitivas los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados netos. 2. Como consecuencia de la liquidación del Presupuesto deberán determinarse: a) Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre. b) El resultado presupuestario del ejercicio. c) Los remanentes de crédito. d) El remanente de Tesorería. Artículo 94. Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones reconocidas pendientes de pago a 31 de diciembre integrarán la agrupación de Presupuestos cerrados y tendrán la consideración de operaciones de la Tesorería local. Artículo 95. 1. Sin perjuicio del carácter de los derechos y obligaciones de Presupuestos cerrados, las operaciones que les afecten deberán ser instrumentadas, autorizadas y justificadas con los mismos requisitos exigidos para las operaciones aplicadas al Presupuesto corriente. 2. Las operaciones de la agrupación de Presupuestos cerrados será objeto de contabilidad independiente de la referida al Presupuesto corriente. Artículo 96. 1. El resultado de las operaciones presupuestarias del ejercicio vendrá determinado por la diferencia entre los derechos presupuestarios liquidados durante el ejercicio y las obligaciones presupuestarias reconocidas durante el mismo período. 2. A los efectos del cálculo del resultado presupuestario los derechos liquidados se tomarán por sus valores netos, es decir, derechos liquidados durante el ejercicio una vez deducidos aquéllos que, por cualquier motivo, hubieran sido anulados. 3. Igualmente, las obligaciones reconocidas se tomarán por sus valores netos, es decir, obligaciones reconocidas durante el ejercicio una vez deducidas aquéllas que, por cualquier motivo, hubieran sido anuladas. Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 22 Página 3 / 22 Artículo 97. El resultado presupuestario deberá, en su caso, ajustarse en función de las obligaciones financiadas con remanentes de Tesorería y de las diferencias de financiación derivadas de gastos con financiación afectada. Para los Organismos autónomos no administrativos, el ajuste se producirá, además, en función del resultado de operaciones comerciales. Artículo 98. 1. Los remanentes de crédito están constituidos por los saldos de créditos definitivos no afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas. 2. Integrarán los remanentes de crédito los siguientes componentes: a) Los saldos de disposiciones, es decir, la diferencia entre los gastos dispuestos o comprometidos y las obligaciones reconocidas. b) Los saldos de autorizaciones, es decir, las diferencia entre los gastos autorizados y los gastos comprometidos. c) Los saldos de crédito, es decir, la suma de los créditos disponibles, créditos no disponibles y créditos retenidos pendientes de utilizar. Artículo 99. 1. Los remanentes de crédito sin más excepciones que las señaladas en el artículo 163 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, quedarán anulados al cierre del ejercicio y, en consecuencia, no se podrán incorporar al Presupuesto del ejercicio siguiente. 2. Los remanentes de créditos no anulados podrán incorporarse al Presupuesto del ejercicio siguiente en los supuestos establecidos en el artículo 163 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 del presente Real Decreto, mediante la oportuna modificación presupuestaria y previa incoación de expedientes específicos en los que debe justificarse la existencia de suficientes recursos financieros. 3. En ningún caso serán incorporables los créditos declarados no disponibles ni los remanentes de créditos incorporados en el ejercicio que se liquida, sin perjuicio de la excepción prevista en el número 5 del artículo 47. Artículo 100. Se efectuará un seguimiento de los remanentes de crédito a los efectos de control de los expedientes de incorporación de los mismos. Artículo 101. 1. El remanente de Tesorería de la Entidad local estará integrado por los derechos pendientes de cobro, las obligaciones pendientes de pago y los fondos líquidos, todos ellos referidos a 31 de diciembre del ejercicio (artículo 172.2, LRHL). 2. Los derechos pendientes de cobro comprenderán: a) Derechos presupuestarios liquidados durante el ejercicio pendiente de cobro. b) Derechos presupuestarios liquidados en ejercicios anteriores pendiente de cobro. c) Los saldos de las cuentas de deudores no presupuestarios. 3. Las obligaciones pendientes de pago comprenderán: Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 22 Página 4 / 22 a) Las obligaciones presupuestarias pendientes de pago, reconocidas durante el ejercicio, esté o no ordenado su pago. b) Las obligaciones presupuestarias pendientes de pago, reconocidas en ejercicios anteriores, esté o no ordenado su pago. c) Los saldos de las cuentas de acreedores no presupuestarios. Artículo 102. 1. En los supuestos de gastos con financiación afectada en los que los derechos afectados reconocidos superen a las obligaciones por aquellos financiadas, el remanente de Tesorería disponible para la financiación de gastos generales de la Entidad deberá minorarse en el exceso de financiación producido. 2. El citado exceso podrá financiar la incorporación de los remanentes de crédito correspondientes a los gastos con financiación afectada a que se imputan y, en su caso, las obligaciones devenidas a causa de la renuncia o imposibilidad de realizar total o parcialmente el gasto proyectado. Artículo 103. 1. El remanente de Tesorería se cuantificará de acuerdo con lo establecido en los artículos anteriores, deducidos los derechos pendientes de cobro que se consideren de difícil o imposible recaudación (artículo 172.2, LRHL). 2. La determinación de la cuantía de los derechos que se consideren de difícil o imposible recaudación podrá realizarse bien de forma individualizada, bien mediante la fijación de un porcentaje a tanto alzado. 3. Para determinar los derechos de difícil o imposible recaudación se deberán tener en cuenta la antigüedad de las deudas, el importe de las mismas, la naturaleza de los recursos de que se trate, los porcentajes de recaudación tanto en período voluntario como en vía ejecutiva y demás criterios de valoración que de forma ponderada se establezcan por la Entidad local. 4. En cualquier caso, la consideración de un derecho como de difícil o imposible recaudación no implicará su anulación ni producirá su baja en cuentas. Artículo 104. 1. Se entenderá por remanente de Tesorería inicial el obtenido una vez efectuadas las deducciones a que hacen referencia los artículos anteriores. 2. El remanente de Tesorería positivo constituye un recurso para la financiación de modificaciones de créditos en el presupuesto. 3. El remanente líquido de Tesorería será, en cada momento, el que resulte de deducir del remanente inicial las cuantías ya destinadas a financiar modificaciones de crédito. 4. En ningún caso el remanente de Tesorería formará parte de las previsiones iniciales de ingresos ni podrá financiar, en consecuencia, los créditos iniciales del presupuesto de gastos. 5. La utilización del remanente de Tesorería como recurso para la financiación de modificaciones de créditos no dará lugar ni al reconocimiento ni a la liquidación de derechos presupuestarios. Artículo 105. En caso de liquidación del presupuesto con un resultado negativo en el cálculo del remanente de Tesorería deberá procederse de acuerdo con lo establecido en el artículo 174, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre”. También será de aplicación la normativa siguiente:  Los artículos 3, 11 y 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.  El artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 22 Página 5 / 22 Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.  El Reglamento nº549/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo (DOCE.26-06- 2016), que aprueba el SEC 2010.  Guía para la determinación de la Regla de Gasto del artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para Corporaciones Locales, 3ª edición. (IGAE).  La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la Estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales  La Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Coordinación financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, por la que se dictan medidas para el Desarrollo de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales.  La Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO: 1.- Resultado Presupuestario. - El Resultado Presupuestario constituye una magnitud de las administraciones públicas, legalmente sujetas al principio de Presupuesto Anual, que, al final de cada ejercicio, debe poner de manifiesto, de acuerdo con su signo, el déficit o superávit obtenido por el sujeto contable, derivado exclusivamente de la ejecución del Presupuesto del ejercicio al que se refiere. El Resultado Presupuestario se regula en los artículos 96 y 97 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y en las Reglas 78 a 80 de la ICAL 2004. El Resultado Presupuestario del ejercicio es la diferencia entre los derechos presupuestarios netos liquidados durante el ejercicio y las obligaciones presupuestarias netas reconocidas en el mismo período. Dicho Resultado Presupuestario deberá, en su caso, ajustarse en función de las obligaciones financiadas con Remanente de Tesorería para gastos generales y de las desviaciones de financiación del ejercicio derivadas de gastos con financiación afectada. Los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas se presentarán en las siguientes agrupaciones: a.-) Operaciones no financieras. Corresponderá a los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas imputadas en los capítulos I a 7 del Presupuesto, distinguiendo a su vez, las operaciones de naturaleza corriente - capítulos I a 5- de las demás no financieras. b.-) Activos financieros. En esta agrupación se presentarán los derechos reconocidos netos y las obligaciones netas imputadas al capítulo 8 del Presupuesto. c.-) Pasivos financieros. En esta agrupación se presentarán los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas imputadas al capítulo 9 del Presupuesto. A tenor de los datos deducidos de la liquidación de este ejercicio 2021, el total de derechos reconocidos netos y obligaciones reconocidas netas serían los siguientes, dando lugar al Resultado Presupuestario: Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 22 Página 6 / 22 RESULTADO PRESUPUESTARIO Resultado Presupuestario Derechos Reconocidos Netos Conceptos a) Operaciones corrientes 11.561.955,89 9.782.602,35 1.779.353,54 b) Operaciones de capital 0,00 1.191.191,88 -1.191.191,88 1. Total Operaciones no financieras (a + b) 11.561.955,89 10.973.794,23 588.161,66 c) Activos Financieros 0,00 0,00 0,00 d). Pasivos Financieros 0,00 0,00 0,00 2. Total Operaciones financieras (c + d) 0,00 0,00 0,00 I.RESULTADO PRESUPUESTARIO (I=1+2) 11.561.955,89 10.973.794,23 588.161,66 2.- Resultado Presupuestario ajustado. - El Resultado Presupuestario ajustado es la magnitud que se obtiene después de realizar los ajustes señalados anteriormente, es decir: A.-) Se ajustará en aumento por el importe de las obligaciones reconocidas que hayan sido financiadas con Remanente de Tesorería para gastos generales. - Obligaciones reconocidas en 2021 financiadas con Remanente de Tesorería para gastos generales, se han llevado a cabo modificaciones del Presupuesto de Gastos que se financiaron con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales del ejercicio 2020, por lo que procederá realizar el siguiente ajuste: Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 1.650.808,31 B.-) Cuando se realicen gastos con financiación afectada, se ajustará en aumento por el importe de las desviaciones de financiación negativas y en disminución por el importe de las desviaciones de financiación positivas. Durante el ejercicio 2021 se han producido desviaciones de financiación, por lo que procede realizar el siguiente ajuste: (A) Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 968.158,73 (B) Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 1.292.588,24 (A) – (B) Ajustes por desviaciones de financiación del ejercicio -324.429,51 De los datos expresados anteriormente se obtiene el Resultado Presupuestario ajustado del ejercicio 2021, siguiente: Obligaciones Reconocidas Netas Ajustes Resultado Presupuestario Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 22 Página 7 / 22 RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO Resultado Presupuestario Derechos Reconocidos Netos Conceptos a) Operaciones corrientes 11.561.955,89 9.782.602,35 1.779.353,54 b) Operaciones de capital 0,00 1.191.191,88 -1.191.191,88 1. Total Operaciones no financieras (a + b) 11.561.955,89 10.973.794,23 588.161,66 c) Activos Financieros 0,00 0,00 0,00 d). Pasivos Financieros 0,00 0,00 0,00 2. Total Operaciones financieras (c + d) 0,00 0,00 0,00 I.RESULTADO PRESUPUESTARIO (I=1+2) 11.561.955,89 10.973.794,23 588.161,66 AJUSTES: 3. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 1.650.808,31 4. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 968.158,73 5. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 1.292.588,24 II.TOTAL AJUSTES (II=3+4-5) 1.326.378,80 1.326.378,80 RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II) 1.914.540,46 3.- Remanente de Tesorería. - El Remante de Tesorería se define en el artículo 191.2 del TRLRHL cuando establece que: “Artículo 191. Cierre y liquidación del presupuesto 2. Las obligaciones reconocidas y liquidadas no satisfechas el último día del ejercicio, los derechos pendientes de cobro y los fondos líquidos a 31 de diciembre configurarán el remanente de tesorería de la entidad local. La cuantificación del remanente de tesorería deberá realizarse teniendo en cuenta los posibles ingresos afectados y minorando de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca los derechos pendientes de cobro que se consideren de difícil o imposible recaudación”. - Fondos líquidos: Están constituidos por los saldos disponibles en cajas de efectivo y cuentas bancarias. Su importe viene dado por el saldo que presenten las cuentas del subgrupo 57 “Tesorería”. Así, el total de fondos líquidos a 31 de diciembre de 2021 es de 6.813.512,18 €. - Derechos pendientes de cobro: Incluirán los derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente, de presupuestos cerrados y los correspondientes a cuentas de deudores que, de acuerdo con la normativa vigente, no son presupuestarios. Si al finalizar el ejercicio existiesen cantidades pendientes de aplicar, dichas cantidades deben minorar el importe de los derechos pendientes de cobro (cuentas 554 y 559). De los datos resultantes de la liquidación del ejercicio 2021, obtendremos los siguientes “Derechos pendientes de cobro”: Derechos Pendientes de Cobro 2.302.722,20 - (+) del Presupuesto corriente 635.345,59 - (+) del Presupuesto cerrado 1.667.376,61 - (+) de operaciones no presupuestarias 0,00 - Obligaciones pendientes de pago: Incluirán las obligaciones pendientes de pago del presupuesto corriente, de presupuestos cerrados y las correspondientes a cuentas de acreedores que, de acuerdo con la Obligaciones Reconocidas Netas Ajustes Resultado Presupuestario Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 22 Página 8 / 22 normativa vigente, no son presupuestarias. Si al finalizar el ejercicio existiesen pagos pendientes de aplicación definitiva o pagos realizados con cargo a los anticipos de caja fija pendientes de justificación, las obligaciones pendientes de pago minorarán por el importe de aquellos (cuentas 555 y 558). De los datos resultantes de la liquidación del ejercicio 2021, obtendremos las siguientes “Obligaciones pendientes de pago”: Obligaciones pendientes de pago 539.320,55 - (+) del Presupuesto corriente 226.818,11 - (+) del Presupuesto cerrado 123.293,69 - (+) de operaciones no presupuestarias 189.208,75 Aplicando los datos obtenidos, obtenemos el importe del Remanente de Tesorería: ESTADO REMANENTE DE TESORERIA Remanente de Tesorería Importe 1. (+) Fondos Líquidos 6.813.512,18 2. (+) Derechos Pendientes de Cobro 2.302.722,20 - (+) del Presupuesto corriente 635.345,59 - (+) del Presupuesto cerrado 1.667.376,61 - (+) de operaciones no presupuestarias 0,00 3. (-) Obligaciones pendientes de pago 539.320,55 - (+) del Presupuesto corriente 226.818,11 - (+) del Presupuesto cerrado 123.293,69 - (+) de operaciones no presupuestarias 189.208,75 4. (-) Partidas pendientes de aplicación 599,96 - (-) cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 0,00 - (+) pagos realizados pendientes de aplicación definitiva 599,96 I. Remanente de Tesorería total (1 + 2 – 3 + 4) 8.577.513,79 4.- Remanente de Tesorería para gastos generales. - Esta magnitud financiera es la que mejor describe la situación de superávit o déficit de las corporaciones locales, al representar los resultados acumulados de todos los ejercicios anteriores. Es, por tanto, un indicador histórico de la capacidad de financiación a corto plazo y/o liquidez inmediata (puesto que compara las obligaciones a corto plazo que deberán pagarse en el ejercicio siguiente, con los derechos de cobro que están previstos ingresar en el mismo período, resultando, si el importe que se obtiene es positivo, que el importe de los recursos supera al de las deudas a satisfacer). El Remanente de Tesorería disponible para la financiación de gastos generales se determina minorando el Remanente de Tesorería, en el importe de los derechos pendientes de cobro que, a fin del ejercicio, se consideren de difícil o imposible recaudación, y aumentando con los excesos de financiación afectada producidos. A.-) Derechos pendientes de cobro de difícil o imposible recaudación Su importe viene determinado por el saldo de la cuenta 490 “Provisión para insolvencias”. El criterio aplicado para la determinación de este saldo resulta de la aplicación de lo dispuesto en la Base 50 del Presupuesto que literalmente dice: Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 22 Página 9 / 22 “Artículo 193 bis Derechos de difícil o imposible recaudación Las Entidades Locales deberán informar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a su Pleno, u órgano equivalente, del resultado de la aplicación de los criterios determinantes de los derechos de difícil o imposible recaudación con los siguientes límites mínimos: a) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los dos ejercicios anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 25 por ciento. b) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos del ejercicio tercero anterior al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 50 por ciento. c) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los ejercicios cuarto a quinto anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un 75 por ciento. d) Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los restantes ejercicios anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán en un 100 por ciento”. De los citados ejercicios tendríamos, a 31 de diciembre de 2021 los siguientes derechos pendientes de cobro: Año Dchos. pdtes. de cobro 2020 143.971,86 2019 147.597,76 2018 111.707,72 2017 184.628,49 2016 99.233,37 2015 y anteriores 980.237,41 Total… 1.667.376,61 Aplicando lo dispuesto en la citada base de Ejecución del Presupuesto, tendríamos como derechos pendientes de cobro de difícil o imposible recaudación un total de 1.667.376,61 €. Año Provisión % Dchos. pdtes. de 2020 25% 143.971,86 35.992,97 2019 25% 147.597,76 36.899,44 2018 50% 111.707,72 55.853,86 2017 75% 184.628,49 138.471,37 2016 75% 99.233,37 74.425,03 2015 y anteriores 100% 980.237,41 980.237,41 1.667.376,61 1.321.880,08 B.-) Exceso de financiación afectada Está constituido por la suma de las desviaciones de financiación acumuladas positivas a fin de ejercicio, relativas a gastos con financiación afectada gestionados por el sujeto contable. Su valor podrá ser positivo o cero. En este ejercicio de 2021, se han producido las siguientes desviaciones de financiación positiva: Exceso de financiación afectada 2.297.979,58 De la conjugación de los datos expresados anteriormente se obtiene el Remanente de Tesorería para gastos generales cuyo importe es de 4.957.654,13 €. cobro A provisionar Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 22 Página 10 / 22 ESTADO REMANENTE DE TESORERÍA Remanente de Tesorería Importe 1. (+) Fondos Líquidos 6.813.512,18 2. (+) Derechos Pendientes de Cobro 2.302.722,20 - (+) del Presupuesto corriente 635.345,59 - (+) del Presupuesto cerrado 1.667.376,61 - (+) de operaciones no presupuestarias 0,00 3. (-) Obligaciones pendientes de pago 539.320,55 - (+) del Presupuesto corriente 226.818,11 - (+) del Presupuesto cerrado 123.293,69 - (+) de operaciones no presupuestarias 189.208,75 4. (-) Partidas pendientes de aplicación 599,96 - (-) cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 0,00 - (+) pagos realizados pendientes de aplicación definitiva 599,96 I. Remanente de Tesorería total (1 + 2 – 3 + 4) 8.577.513,79 II. Saldos de dudoso cobro III. Exceso de financiación afectada IV. REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES (I-II-III) 4.957.654,13 5.- Endeudamiento. - A 31 de diciembre de 2021 el nivel de endeudamiento financiero de este Ayuntamiento supone un 0% del total de ingresos corrientes liquidados en el ejercicio 2021 (11.561.955,89 €), debido a la no concertación de ninguna operación en el ejercicio 2021. Por tanto, al final del ejercicio 2021 la deuda financiera se cifra en 0,00 €, no existiendo créditos a corto plazo. 6.- Ahorro Neto. - De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.1, párrafo segundo del TRLRHL “se entenderá por ahorro neto de las entidades locales y sus organismos autónomos de carácter administrativo la diferencia entre los derechos liquidados por los capítulos uno a cinco, ambos inclusive, del estado de ingresos, y de las obligaciones reconocidas por los capítulos uno, dos y cuatro del estado de gastos, minorada en el importe de una anualidad teórica de amortización de la operación proyectada y de cada uno de los préstamos y empréstitos propios y avalados a terceros pendientes de reembolso. El importe de la anualidad teórica de amortización, de cada uno de los préstamos a largo plazo concertados y de los avalados por la corporación pendientes de reembolso, así como la de la operación proyectada, se determinará en todo caso, en términos constantes, incluyendo los intereses y la cuota anual de amortización, cualquiera que sea la modalidad y condiciones de cada operación”. Cálculo de Ahorro Neto Derechos liquidados capítulos I a V 11.561.955,89.- (-) Obligaciones reconocidas capítulos I, II y IV 9.772.393,81.- (-) Anualidad teórica de amortización 0,00.- Ahorro Neto 1.789.562,08.- El Ahorro Neto expresa la capacidad de la entidad local para financiar inversiones con recursos propios. 1.321.880,08 2.297.979,58 Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 22 Página 11 / 22 7.- Presupuesto inicial, modificaciones y Presupuesto definitivo. - A.- Presupuesto inicial: El Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el 04 de marzo de 2021, aprobó el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2021, entrando en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia número 44, de fecha 12 de abril de 2021. Dicho Presupuesto se aprobó equilibrado, con una previsión inicial en el estado de ingresos y gastos de 9.658.998,89 €. Los estados de ingresos y gastos aprobados, resumidos por capítulos fueron los siguientes: Estado de Ingresos Capítulo Descripción 2021 1 IMPUESTOS DIRECTOS 1.673.327,53 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.458.676,59 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.393.239,06 5 INGRESOS PATRIMONIALES 15.001,00 6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 35.739,41 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 Total Ingresos 9.658.998,89 Estado de Gastos Capítulo Descripción 2021 1 GASTOS DE PERSONAL 4.610.649,63 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 3 GASTOS FINANCIEROS 7.000,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 626.771,48 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 6 INVERSIONES REALES 369.859,72 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 Total Gastos 9.658.998,89 B.- Modificaciones al Presupuesto inicial: Durante el ejercicio 2021 se han producido modificaciones por un total de 5.862.270,69 €. 1.083.015,30 4.044.718,06 Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 22 0,00 Página 12 / 22 Estas modificaciones han cambiado los capítulos de gastos del modo siguiente: CAPITULO GASTOS DE LA MODIFICACIÓN I GASTOS DE PERSONAL 879.327,26 II GASTOS EN BIENES CORRIENTES 777.516,99 III GASTOS FINANCIEROS 4.000,00 IV TRANSFERENCIAS CORRIENTES 422.585,05 VI INVERSIONES REALES 3.549.795,38 VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 229.046,01 VII ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 IX PASIVOS FINANCIEROS 0,00 TOTAL 5.862.270,69 C.- Presupuesto definitivo. - Consecuencia de las modificaciones presupuestarias detalladas anteriormente, el Presupuesto definitivo para el ejercicio 2021 ascendió a la cantidad de 15.521.269,58 €, que en términos porcentuales representa una variación del 61% respecto al aprobado inicialmente. INGRESOS CREDITOS INICIALES MODIFICACIONES CREDITOS DEFINITIVOS IMPUESTOS DIRECTOS 1.673.327,53 0,00 1.673.327,53 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.458.676,59 0,00 1.458.676,59 TASAS Y OTROS INGRESOS 1.083.015,30 0,00 1.083.015,30 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.393.239,06 1.507.853,58 6.901.092,64 INGRESOS PATRIMONIALES 15.001,00 0,00 15.001,00 ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 35.739,41 177.644,45 213.383,86 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 4.176.772,66 4.176.772,66 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 TOTAL… 9.658.998,89 5.862.270,69 15.521.269,58 GASTOS CREDITOS INICIALES MODIFICACIONES CREDITOS DEFINITIVOS GASTOS DE PERSONAL 4.610.649,63 879.327,26 5.489.976,89 GASTOS EN BIENES CORRIENTES 4.044.718,06 777.516,99 4.822.235,05 GASTOS FINANCIEROS 7.000,00 4.000,00 11.000,00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 626.771,48 422.585,05 1.049.356,53 INVERSIONES REALES 0,00 3.549.795,38 3.919.655,10 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 369.859,72 0,00 229.046,01 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 229.046,01 0,00 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 TOTAL… 9.658.998,89 5.862.270,69 15.521.269,58 IMPORTE Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 22 Página 13 / 22 8.- Desarrollo y ejecución del Presupuesto: Agrupación de ejercicio corriente. - 8.1.- Ingresos. - 8.1.1.- Derechos liquidados. - Durante el ejercicio 2021 se han liquidado derechos en la agrupación de ejercicio corriente por un importe bruto de 11.640.389,26 €. De dicho importe se han anulados derechos por importe de 78.433,37€, dando un importe neto de derechos liquidados de 11.561.955,89 €. INGRESOS CREDITOS DEFINITIVOS IMPUESTOS DIRECTOS 1.673.327,53 1.791.008,19 2.265,91 1.788.742,28 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.458.676,59 1.441.659,58 420,92 1.441.238,66 TASAS Y OTROS INGRESOS 1.083.015,30 1.084.584,86 3.887,25 1.080.697,61 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6.901.092,64 7.303.888,63 71.859,29 7.232.029,34 INGRESOS PATRIMONIALES 15.001,00 19.248,00 0,00 19.248,00 ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00 0,00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 213.383,86 0,00 0,00 0,00 ACTIVOS FINANCIEROS 4.176.772,66 0,00 0,00 0,00 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00 TOTAL 15.521.269,58 11.640.389,26 78.433,37 11.561.955,89 El grado de ejecución de los derechos liquidados respecto a las previsiones definitivas de ingresos es de un 74,49 %, de aquí se desprende una más que aceptable ejecución del presupuesto de ingresos, a pesar de las dificultades sobrevenidas como consecuencia de la pandemia mundial originada por la COVID-19, así como la erupción volcánica de Cumbre Vieja, tras casi tres meses de actividad. INGRESOS CREDITOS DEFINITIVOS GRADO DE EJECUCIÓN IMPUESTOS DIRECTOS 1.673.327,53 1.788.742,28 106,90% IMPUESTOS INDIRECTOS 1.458.676,59 1.441.238,66 98,80% TASAS Y OTROS INGRESOS 1.083.015,30 1.080.697,61 99,79% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6.901.092,64 7.232.029,34 104,80% INGRESOS PATRIMONIALES 15.001,00 19.248,00 128,31% ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 213.383,86 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 4.176.772,66 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% TOTAL 15.521.269,58 11.561.955,89 74,49% 8.1.2.- Ingresos realizados. - Del total de derechos liquidados en la agrupación de Presupuesto corriente (11.561.955,89 €) se han ingresado (una vez descontadas las anulaciones de ingresos) la cantidad de 10.926.610,30 €, lo que equivale al 94,50%. DERECHOS RECONOCIDOS DERECHOS RECONOCIDOS DERECHOS ANULADOS NETOS DERECHOS RECONOCIDOS Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 22 Página 14 / 22 DERECHOS RECONOCIDOS INGRESOS NETOS COBRO IMPUESTOS DIRECTOS 1.788.742,28 1.567.830,16 220.912,12 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.441.238,66 1.436.171,67 5.066,99 TASAS Y OTROS INGRESOS 1.080.697,61 1.005.935,93 74.761,68 TRANSFERENCIAS CRTES. 7.232.029,34 6.906.159,54 325.869,80 INGRESOS PATRIMONIALES 19.248,00 10.513,00 8.735,00 ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 TOTAL 11.561.955,89 10.926.610,30 635.345,59 INGRESOS DERECHOS RECONOCIDOS NETOS GRADO DE EJECUCION IMPUESTOS DIRECTOS 1.788.742,28 1.567.830,16 87,65% IMPUESTOS INDIRECTOS 1.441.238,66 1.436.171,67 99,65% TASAS Y OTROS INGRESOS 1.080.697,61 1.005.935,93 93,08% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7.232.029,34 6.906.159,54 95,49% INGRESOS PATRIMONIALES 19.248,00 10.513,00 54,62% ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% TOTAL 11.561.955,89 10.926.610,30 94,50% Quedaría, por tanto, un pendiente de cobro del 5,50% del total de derechos netos liquidados, lo que supone, en términos absolutos, la cantidad de 635.345,59 €. DERECHOS RECONOCIDOS INGRESOS NETOS IMPUESTOS DIRECTOS 1.788.742,28 1.567.830,16 220.912,12 12,35% IMPUESTOS INDIRECTOS 1.441.238,66 1.436.171,67 5.066,99 0,35% TASAS Y OTROS INGRESOS 1.080.697,61 1.005.935,93 74.761,68 6,92% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7.232.029,34 6.906.159,54 325.869,80 4,51% INGRESOS PATRIMONIALES 19.248,00 10.513,00 8.735,00 45,38% ENAJENACION DE INVERSIONES 0,00 0,00 0,00 0,00% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00% TOTAL 11.561.955,89 10.926.610,30 635.345,59 5,50% DERECHOS PENDIENTES DE RECAUDACION NETA RECAUDACION NETA Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 22 RECAUDACION PENDIENTE GRADO DE INEJECUCION NETA DE COBRO Página 15 / 22 Gráfico 1: Derechos reconocidos netos por capítulos de ingresos 8.2.- Gastos.- 8.2.1.- Obligaciones reconocidas.- Durante el ejercicio 2021 se han reconocido obligaciones en la agrupación de ejercicio corriente por un importe total de 10.973.794,23 €, teniendo en cuenta que los créditos definitivos para el año 2021, ascienden a 15.521.269,58 €, se alcanza un grado de ejecución del 70,70%, quedando un remanente al final del ejercicio de 4.547.475,35 €. GASTOS CREDITOS DEFINITIVOS GRADO DE EJECUCION GASTOS DE PERSONAL 5.489.976,89 4.732.558,59 86,20% GASTOS EN BIENES CORRIENTES 4.822.235,05 4.431.263,80 91,89% GASTOS FINANCIEROS 11.000,00 10.208,54 92,80% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.049.356,53 608.571,42 57,99% INVERSIONES REALES 3.919.655,10 1.191.191,88 30,39% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 229.046,01 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% TOTAL 15.521.269,58 10.973.794,23 70,70% Por capítulo de gastos, el grado de ejecución se sitúa por encima del 86%, en el capítulo I “Gastos de Personal”, y por encima del 91% en el capítulo II “Gastos en Bienes Corrientes”. El grado de ejecución del capítulo IV “Transferencias corrientes” se aproxima al 58%, y el capítulo VI “Inversiones Reales”, se sitúa en un 30,39%, mejorando el resultado del ejercicio anterior. OBLIGACIONES RECONOCIDAS Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 22 Página 16 / 22 Gráfico 2: Obligaciones reconocidas netas por capítulos de gastos 8.2.2.- Pagos realizados. - Del total de obligaciones reconocidas en la agrupación de Presupuesto corriente (10.973.794,23 €) se ha pagado la cantidad total de 10.746.976,12 €, lo que equivale al 97,93%. GASTOS OBLIGACIONES GRADO DE EJECUCION GASTOS DE PERSONAL 4.732.558,59 4.644.483,27 98,14% GASTOS EN BIENES CORRIENTES 4.431.263,80 4.306.341,20 97,18% GASTOS FINANCIEROS 10.208,54 10.001,52 97,97% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 608.571,42 599.471,49 98,50% INVERSIONES REALES 1.191.191,88 1.186.678,64 99,62% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00% TOTAL 10.973.794,23 10.746.976,12 97,93% RECONOCIDAS Al final del ejercicio quedaron por pagar 226.818,11 € de obligaciones reconocidas, lo que representa el 2,07 % del total de dichas obligaciones. PAGOS REALIZADOS Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 22 Página 17 / 22 GASTOS OBLIGACIONES RECONOCIDAS GASTOS DE PERSONAL 4.732.558,59 4.644.483,27 88.075,32 1,90% GASTOS EN BIENES CORRIENTES 4.431.263,80 4.306.341,20 124.922,60 2,90% GASTOS FINANCIEROS 10.208,54 10.001,52 207,02 2,07% TRANSFERENCIAS CORRIENTES 608.571,42 599.471,49 9.099,93 1,52% INVERSIONES REALES 1.191.191,88 1.186.678,64 4.513,24 0,38% TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00% ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00% PASIVOS FINANCIEROS 0,00 0,00 0,00 0,00% TOTAL 10.973.794,23 10.746.976,12 226.818,11 2,11% Teniendo en cuenta las obligaciones reconocidas netas, así como las obligaciones pendientes de pago, obtendríamos un período medio de pago inferior a 11,5 días. 9.- Desarrollo y ejecución del Presupuesto: Agrupación de ejercicio cerrado. - 9.1.- Ingresos/ cobros. - El saldo de los derechos pendientes de cobro correspondientes a ejercicios cerrados anteriores al ejercicio 2021 asciende a 1.667.376,61 €. Al cierre del ejercicio 2021, los derechos pendientes de cobro del citado ejercicio ascienden a 635.345,59 €. EJERCICIO PENDIENTE DE COBRO Presupuesto Ejercicio 2020 143.971,86 Presupuesto Ejercicio 2019 147.597,76 Presupuesto Ejercicio 2018 111.707,72 Presupuesto Ejercicio 2017 184.628,49 Presupuesto Ejercicio 2016 99.233,37 Presupuesto Ejercicio 2015 113.093,70 Presupuesto Ejercicio 2014 103.543,28 Presupuesto Ejercicio 2013 102.162,65 Presupuesto Ejercicio 2012 130.674,11 Presupuesto Ejercicio 2011 159.350,47 Presupuesto Ejercicio 2010 38.522,60 Presupuesto Ejercicio 2009 85.505,89 Presupuesto Ejercicio 2008 28.361,73 Presupuesto Ejercicio 2007 14.136,12 Presupuesto Ejercicio 2006 13.447,70 Presupuesto Ejercicio 2005 1.452,08 Presupuesto Ejercicio 2004 3.772,20 Presupuesto Ejercicio 2003 228,60 Presupuesto Ejercicio 2002 185.607,59 Presupuesto Ejercicio 2001 0,02 Presupuesto Ejercicio 2000 223,38 Presupuesto Ejercicio 1998 155,29 TOTAL 1.667.376,61 OBLIGACIONES PAGOS REALIZADOS GRADO DE INEJECUCION PENDIENTES DE PAGO Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 22 Página 18 / 22 9.2.- Gastos/pagos. - Las obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados, anteriores al que se liquida, ascienden a la cantidad de 123.293,69 €. Por su parte, las obligaciones pendientes de pago al cierre del ejercicio 2021 ascienden a 226.818,11 €. 10.- Remanentes de crédito. - A tenor de lo dispuesto en el artículo 98 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, los Remanentes de Crédito están constituidos por los saldos de créditos definitivos no afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas. En base a los datos resultantes de la liquidación del ejercicio 2021, el total de créditos definitivos no afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas ascendieron a 4.547.475,35 €, de los cuales 3.658.069,69€ corresponden con remanentes no comprometidos, y 889.405,66 € con los créditos comprometidos. 11.- Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. - El informe del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, en los términos que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera será objeto de informe independiente que complementará al presente. No obstante, este informe se emite a efectos meramente informativos, dado que desde el pasado 20 de octubre de 2020, tras la celebración del Pleno del Congreso de los Diputados, los objetivos de estabilidad presupuestaria, regla de gasto y deuda pública, quedaron suspendidos para los ejercicios 2020 y 2021. 12.- Indicadores.- Se relacionan a continuación los valores de los distintos indicadores (financieros, patrimoniales y presupuestarios) contenidos en la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por el que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local. 12.1.- Indicadores financieros y patrimoniales.- LIQUIDEZ INMEDIATA = 6.813.512,18 7.087.852,68 = 96,13% Fondos líquidos/ Pasivo corriente LIQUIDEZ A CORTO PLAZO = 9.116.234,38 7.087.852,68 = 128,62% (Fondos líquidos + derechos pdtes. LIQUIDEZ GENERAL = 7.798.253,82 7.087.852,68 = 110,02% Activo corriente/ Pasivo corriente ENDEUDAMIENTO = 7.087.852,68 69.746.918,42 = 10,16% ENDEUDAMIENTO POR HAB.= 7.087.852,68 7.204 = 983,88% Pasivo corriente + no corriente / Núm. RELACIÓN ENDEUDAMIENTO = 7.087.852,68 0,00 = 0,00% Pasivo corriente / Pasivo no corriente CASH - FLOW = 7.087.852,68 1.715.404,15 = 413,19% Pasivo corriente + no corriente / Flujos PERIODO MEDIO DE PAGO = 64.369.924,32 5.638.179,45 = 11,42 días Σ (Número días período pago x Cobro)/Pasivo corriente Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 22 Pasivo corriente + no corriente/ Pasivo corriente+ no corriente + patrimonio neto Habitantes Netos de Gestión Importe pago) / Σ Importe pago Página 19 / 22 PERIODO MEDIO DE COBRO = 308.690.921,98 4.287.280,87 = 72 días Σ (Número días período cobro x 12.2.- Indicadores presupuestarios. - 12.2.1.- Del presupuesto corriente. – EJECUCION DEL PPTO.DE GASTOS = 10.973.794,23 15.521.269,58 = 70,70% Obligaciones reconocidas netas / Créditos definitivos REALIZACION DE PAGOS = 10.746.976,12 10.973.794,23 = 97,93% Pagos líquidos/ Obligaciones reconocidas netas GASTO POR HABITANTE = 10.973.794,23 7.204 = 1.523,29€ Obligaciones reconocidas netas / INVERSION POR HABITANTE = 1.191.191,88 7.204 = 165,35€ Obligaciones reconocidas netas (Cap .6 y 7) / Núm. Habitantes ESFUERZO INVERSOR = 1.191.191,88 10.973.794,23 = 10,85% EJECUCION DEL PPTO. INGRESOS = 11.561.955,89 15.521.269,58 = 74,49% Derechos reconocidos netos / Créditos definitivos REALIZACION DE COBROS = 10.926.610,30 11.561.955,89 = 94,50% Recaudación neta / Derechos reconocidos netos AUTONOMIA = *De los capítulos 1 a 3,5,6, 8 más las transferencias recibidas 5.777.923,27 11.561.955,89 = 49,97% Derechos reconocidos netos * / Derechos reconocidos netos totales AUTONOMIA FISCAL = **De los ingresos de naturaleza tributaria 4.240.273,90 11.561.955,89 = 36,67% Derechos reconocidos netos ** / Derechos reconocidos netos totales SUPERAVIT POR HABITANTE = 1.914.540,46 7.204 = 265,76€ Resultado presupuestario ajustado / Núm. Habitantes 12.2.2.- De presupuestos cerrados. - REALIZACION DE PAGOS = 206.721,10 330.014,79 = 62,64% REALIZACION DE COBROS = 541.064,58 2.208.441,19 = 24,50% Cobros / Saldo inicial de derechos 13.- Conclusiones. - 13.1.- Resultado presupuestario. - Importe cobro) / Σ Importe cobro Núm. Habitantes Obligaciones reconocidas netas (CAP.6 Y 7) / Obligaciones reconocidas netas Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 22 Pagos / Saldo inicial de Obligaciones (± Modificaciones y anulaciones) (± Modificaciones y anulaciones) Página 20 / 22 Una vez que realizados los ajustes oportunos se obtiene un resultado presupuestario positivo (1.914.540,46 €), lo que refleja que los derechos reconocidos (ingresos) fueron mayores que las obligaciones reconocidas (gastos), produciéndose superávit en la ejecución de dicho ejercicio contable. 13.2.- Remanente de Tesorería. - El Remanente de Tesorería para gastos generales deducidos de la liquidación del ejercicio 2021 es positivo (4.957.654,13 €). El Remanente de Tesorería informa sobre a capacidad de la Entidad de hacer frente a sus obligaciones a corto plazo. Ya que, además de ser la principal magnitud contable y presupuestaria, constituye el indicador clave de un Ayuntamiento. El que sea positivo, como es nuestro caso, implica que los recursos de los que se puede disponer a corto plazo superan el importe de las deudas a satisfacer. 13.3.- Ahorro neto. - El Ahorro Neto, calculado de acuerdo con lo dispuesto en el TRLRHL, deducido de la liquidación del ejercicio 2021 es positivo, por un importe de 1.789.562,08 €. El Ahorro Neto expresa la capacidad de la entidad local para financiar inversiones con recursos propios. 13.4.- Endeudamiento. - A 31 de diciembre de 2021 el nivel de endeudamiento financiero de este Ayuntamiento se sitúa en el 0,00% de los ingresos corrientes liquidados en el 2021. 13.5.- Total deuda de la Corporación. - El total de obligaciones pendientes de pago de carácter presupuestario al final del ejercicio se cifraba en 226.818,11 €. 14.- Tramitación, aprobación y remisión de la liquidación. - Tal y como señala el artículo 191.3 del TRLRHL “Las entidades locales deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del día primero de marzo del ejercicio siguiente. La aprobación de la liquidación del presupuesto corresponde al presidente de la entidad local, previo informe de la Intervención”. El artículo 193.4 del TRLRHL, dispone que “de la liquidación de cada uno de los presupuestos que integran el presupuesto general y de los estados financieros de las sociedades mercantiles dependientes de la entidad, una vez realizada su aprobación, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre”, continuando el punto 5 señalando que “Las entidades locales remitirán copia de la liquidación de sus presupuestos a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma antes de finalizar el mes de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda. La falta de remisión de la liquidación en el plazo señalado facultará a la Administración para utilizar como actuales, a cualquier efecto, los datos que conozca relativos a la entidad de que se trate”. 14.1.- Aprobación de la liquidación. - A efectos de su aprobación por la Alcaldía-Presidencia, se emite este informe preceptivo, con CARÁCTER FAVORABLE en cuanto a su confección, no obstante, el Sr. Alcalde Presidente podrá proceder como considere más conveniente. Acompaña a este informe la documentación exigida en la regla 106 y siguientes de la Orden 4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad, así como aquellos otros que permiten cifrar los datos a los que se refiere el artículo 93.2 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. Los documentos que se someten a aprobación son los siguientes: (Anexos) a) Estado de liquidación del Presupuesto. Gastos e Ingresos. Resultado Presupuestario. b) Estados de Presupuestos cerrados. Evolución y situación de obligaciones y derechos a cobrar. Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 22 Página 21 / 22 c) Estado de Tesorería. d) Estado de situación y movimientos de operaciones no presupuestarias. e) Estado de Remanente de Tesorería. f) Estado de la deuda. Es cuanto tengo a bien informar. LA INTERVENTORA ACCTAL., GLORIA ESTHER CALERO LIRIO Documento firmado electrónicamente al margen Cód. Validación: AFT6MJW2PJS43SKGKTS76QA74 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 22 Página 22 / 22