SERVICIOS ECONÓMICOS – INTERVENCIÓN Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y, en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1.b).6º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emite el siguiente: INTERVENTOR Fecha Firma: 17/04/2024 HASH: 396c86f2f1532083cff278c5b305cac7 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 1) INFORME RESUMEN ANUAL SOBRE EL CONTROL INTERNO 2023 INTRODUCCIÓN PRIMERA. El control interno, regulado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y desarrollado por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, es el ejercido por las Entidades Locales respecto de su gestión económica, y en su caso, la de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles de ellas dependientes, en su triple acepción de función interventora, control financiero y controles de eficacia y eficiencia. Los resultados de dicho control interno, de acuerdo con el artículo 37 del referido Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, deberán recogerse en el correspondiente informe resumen anual, con ocasión de la aprobación de la cuenta general. Conforme al mandato impuesto por el punto tercero de este mismo artículo, la Intervención General de la Administración del Estado dictó la Resolución de 2 de abril de 2020, por la que se establecían las instrucciones a las que ha de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen. En su virtud, se emite el presente informe en el que se incluye un resumen anual de los principales resultados obtenidos en las actuaciones inherentes a la función interventora y el control financiero para el ejercicio 2023 de esta Entidad. SEGUNDA. La normativa en base a la cual se elabora este informe es la siguiente:  El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales  El Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.  La Resolución de 2 de abril de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las instrucciones a las que habrán de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen, así como la solicitud del informe previo a la resolución de discrepancias y la remisión de información contable e informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades del sector público local. TERCERA. El régimen de control al que se encuentran sometidos los actos de la entidad local se identifica con el régimen ordinario. CUARTA. La función interventora, que tiene por objeto controlar los actos, cualquiera que sea su calificación, que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de los fondos públicos, se aplica en esta Entidad en régimen de fiscalización plena en el caso de los gastos y posterior en el caso de los ingresos. QUINTA. El control financiero, ejercido mediante el control permanente y la auditoría pública, que tiene por objeto verificar el funcionamiento de los servicios en el aspecto económico financiero, se ejerce de la siguiente forma:  El control financiero permanente.  La Auditoría Pública, sobre la totalidad de los órganos y entidades integrantes de la misma las modalidades de: o Auditoría de Cuentas, sobre la Sociedad Mercantil Destiladera S.L.U. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 10 ALCANCE DEL INFORME PRIMERA. Función Interventora A la vista de las actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de la función interventora a lo largo del ejercicio 2023, cabe recoger la siguiente valoración global de resultados: A. Ingresos: A.1 Ingresos sometidos a Fiscalización previa plena En el ejercicio de la expresada función interventora previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos de contenido económico e ingresos o movimiento de fondos de valores en la Tesorería, se han fiscalizado de conformidad. A.2 Resultados más significativos sobre el control interno de ingresos A la vista de los datos anteriores y a juicio de esta Intervención, merecen especial mención los siguientes resultados de la función interventora sobre los ingresos de la Entidad, por los motivos que a continuación se relacionan: -Control de los Impuestos conforme padrones anuales. -Control de las tasas municipales. -Se ha detectado que algunas Ordenanzas Fiscales por el plazo de vigencia presentan algunas referencias a normas derogadas y se tiene en cuenta para actualización de las mismas. -Se ha visto que algunas Ordenanzas Fiscales son demasiado genéricas y se está estudiando para incorporar bonificaciones o exenciones en las mismas, que permitan un mejor equilibrio fiscal entre la población del municipio. B. Gastos B.1 Gastos sometidos a fiscalización e intervención previa En el ejercicio de la expresada fiscalización e intervención previa de todo acto, documento o expediente que dé lugar a la realización de gastos, así como los pagos que de ellos se deriven, se han emitido los siguientes informes de fiscalización: Estado de los informes Número Importe Fiscalizado de conformidad, Capítulo 1 18 4.640.073,50 € Fiscalizado de conformidad 40 7.423.545,01 € Fiscalizado con reparos, Fase O 5 170.934,36 € Fiscalizado con discrepancia no resuelta 0 0 De los cuales, los siguientes han llegado a Resoluciones adoptadas por la Alcaldía de la Entidad contrarias a los reparos efectuados por la Intervención: Referencia del informe Nº de resolución y fecha Contenido de la nota de reparo Efecto de la nota con reparos Nº 650 30/06/2023 caso c) del artículo 216.2 del TRLRHL REPARO SUSPENSIVO 1 08/06/23 2 07/07/23 -- caso c) del artículo 216.2 del TRLRHL REPARO NO SUSPENSIVO 3 14/07/23 -- caso c) del artículo 216.2 del TRLRHL REPARO NO SUSPENSIVO Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 10 de reparo Nº 819 10/08/2023 caso c) del artículo 216.2 del 4 03/08/23 5 07/08/23 -- caso c) del artículo 216.2 del TRLRHL REPARO NO SUSPENSIVO 6 07/08/23 -- caso c) del artículo 216.2 del TRLRHL REPARO NO SUSPENSIVO Nº 1.126 6/11/2023 caso c) del artículo 216.2 del 7 25/10/23 Nº 1.205 15/11/2023 caso c) del artículo 216.2 del 8 09/11/23 Nº 1.376 27/12/2023 caso c) del artículo 216.2 del 9 27/12/23 B.2 Resultados más significativos sobre el control interno de gastos A la vista de los datos anteriores y a juicio de esta Intervención, merecen especial mención los siguientes resultados de la función interventora sobre los gastos de la Entidad, por los motivos que a continuación se relacionan: 1.- Se detectaron dos gastos que realiza el Ayuntamiento con una cobertura legal de contratación antigua y desfasada al haber estado en situación de monopolio Estatal que no ha sido actualizada a la Ley de Contratos del Sector Público, estando en proceso para su regularización: - Suministro eléctrico. - Suministro telefónico e internet. 2.- La forma de gestión de la Recaudación presenta conflicto por el importe de facturación anual. 3.- Al contar el Ayuntamiento con Centros Sociales de gestión indirecta por financiación del Excmo. Cabildo Insular de la Palma que requiere de suministro de alimentos para las cocinas de los Centros Sociales, colisiona con el suministro de alimentos para el Banco de Alimentos municipal. Lo que lleva a sobrepasar las cuantías del contrato menor. 4.- Al contar el Ayuntamiento con vehículos de renting para el Servicio de Ayuda a Domicilio de gestión indirecta por financiación del Excmo. Cabildo Insular de la Palma que requiere de suministro de combustible, choca con el suministro de combustible para el parque móvil municipal. Lo que lleva a sobrepasar las cuantías del contrato menor. 5.- La forma de gestión del Museo municipal e información turística entra en conflicto con la Ley de Contratos del Sector Público. C. Actos con omisión de la función interventora: En el ejercicio de la expresada función interventora, se han detectado los siguientes expedientes en los que se observó omisión de la preceptiva fiscalización o intervención previa:  Los convenios con contenido económico con otras Administraciones Públicas, por inercia procedimental, presuponen la Fiscalización favorable por la otra Administración Pública. Teniendo que supervisarlo también Servicios Económicos.  Al elevar expedientes por urgencia a los órganos colegiados se dispone de menor tiempo para realizar las funciones de la Intervención. C.1 Resultados más significativos de los actos con omisión de la función interventora A la vista de los datos anteriores y a juicio de esta Intervención, merecen especial mención los siguientes expedientes con omisión de la función interventora por los motivos que a continuación se relacionan: Se tienen dificultades en la completa justificación de los convenios con el Excmo. Cabildo Insular con los Centros Sociales por los plazos de justificación y cumplimiento a su vez de la Ley General Presupuestaria, Ley General de Subvenciones, Ley de Contratos del Sector Público y a su vez la normativa del Estatuto de los Trabajadores. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 REPARO SUSPENSIVO TRLRHL REPARO SUSPENSIVO TRLRHL REPARO SUSPENSIVO TRLRHL REPARO SUSPENSIVO TRLRHL Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 10 SEGUNDA. Control Financiero Permanente A la vista de las actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio del control financiero a lo largo del año 2023, cabe recoger la siguiente valoración global de resultados: A.1 Control permanente no planificado Durante el ejercicio 2023 se han realizado actuaciones de control permanente no planificado con carácter previo a la adopción de los respectivos acuerdos por derivarse de una obligación legal recogida en la normativa presupuestaria y reguladora de la gestión económica del sector público local, o por haberse establecido así en determinados acuerdos municipales. En el ejercicio del expresado control en su modalidad de control financiero permanente no planificado, se han emitido los siguientes informes: Referencia interna del expediente Denominación de la actuación/actuaciones Resultado Materia Subvenciones 121/2023 Plan Estratégico de Subvenciones 2023 Favorable Presupuesto 2477/2022 Aprobación del Presupuesto 2023 Informe Favorable Presupuesto 7034/2022 Aprobación de la liquidación del Presupuesto de 2022 Presupuesto 3942/2023 Aprobación de la Cuenta General de 2022 Presupuesto 78/2023 Aprobación de las modificaciones de crédito del Presupuesto 2023 Presupuesto 4157/2023 Aprobación Líneas Fundamentales Presupuesto 2024 También se han controlado: -Convenios a suscribir por parte del Ayuntamiento. -Mesas de contratación y contratos a celebrar por parte del Ayuntamiento. -Fiscalización de las certificaciones de obra de contratos del Ayuntamiento. A.2 Resultados más significativos del control permanente no planificado Así, de conformidad con los referidos informes, los controles con resultados especialmente significativos llevados a cabo en el año 2023 son los siguientes:  Se está adaptando el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta a las múltiples obligaciones normativas que nos asigna la legislación vigente, incrementando los controles por parte de la Intervención, estando en proceso para poder llegar a todas las establecidas. B.1 Control permanente planificado El Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta cuenta con Plan Anual de Control Financiero desde el 13 de noviembre de 2023. Estando previsto en la anualidad 2024 el control permanente planificado en base al mismo. TERCERA. Auditoría Pública Durante el ejercicio 2023, se han realización las siguientes Auditorías Publicas, con su objetivo y alcance: Tipo de Auditoría Publica Ámbito objetivo Fechas de realización Informe de Auditoría de Gestión del FCFM por el Gobierno de Canarias Anualidad 2022 Ayto. Breña Alta y temporal Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Informe Favorable Informe Favorable Informes Favorables Informe Favorable Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 10 Ámbito subjetivo Balance a 31 de diciembre de 2022 Informe de Auditoría de Cuentas anuales Pymes emitido por auditor independiente Anualidad 2022 Destiladera S.L.U En el ejercicio del expresado control en su modalidad de auditoría pública, cabe recoger la siguiente valoración de resultados : Ayto. Breña Alta. Auditoría FCFM Gobierno de Canarias: Finalizado el ejercicio 2022, y una vez recibida en este Ayuntamiento, la auditoría de gestión realizada por el Fondo Canario de Financiación Municipal, referida al citado ejercicio 2022, cuya finalidad es la de determinar el nivel de cumplimiento del saneamiento económico–financiero de la Corporación, a los efectos de distribuir los recursos correspondientes al mismo, se aprecian, como aspectos más destacados, los siguientes: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal, así como las modificaciones a la misma contenidas en la Ley 2/2000, de 17 de julio, la Ley 2/2002, de 27 de marzo, la Ley 4/2012, de 25 de junio y Ley 7/2020, de 29 de diciembre, este Ayuntamiento ha obtenido, respecto a los indicadores de saneamiento económico-financiero, los siguientes resultados:  Ahorro Neto: por ahorro neto, se entienden los derechos reconocidos netos por capítulos I al V de ingresos en la liquidación del presupuesto anual, deducidos los derechos liquidados por contribuciones especiales y por el Fondo, por operaciones corrientes. No se alcanza el indicador de ahorro neto, dado que el Ayuntamiento de Breña Alta se sitúa en el 2,7%, siendo el umbral mínimo superior al 6%. En este punto, cabe señalar que el cálculo del indicador de Ahorro Neto de la Ley 3/1999 difiere del contemplado en el art. 53.1, párrafo segundo, del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al igual que sucede con el indicador de Endeudamiento a Largo Plazo, que no coincide con el del artículo 53.2 de este último texto legal para el régimen de autorización de operaciones de crédito a largo plazo.  Endeudamiento a largo plazo: calculado como los derechos reconocidos netos por capítulos I al V de ingresos en la liquidación del presupuesto, deducidos los derechos liquidados por contribuciones especiales y por el Fondo por operaciones corrientes. Sí se alcanza el indicador de endeudamiento a largo plazo que se sitúa en el 0,0%, cuyo límite para dicha ratio no debe sobrepasar el 70%.  Remanente de Tesorería para Gastos Generales: calculado como la suma de los derechos reconocidos netos por los capítulos I al V de ingresos en la liquidación del presupuesto, deducidos de dicha suma los derechos liquidados por contribuciones especiales y por la parte del Fondo destinada a libre disposición. También se cumple esta magnitud, que se sitúa en el 47,2%, siendo el umbral que se establece para este indicador superior al 1%. El remanente de tesorería para gastos generales, definido según la Ley 3/1999, ascendió en el ejercicio a 5.476 miles de euros frente a los 5.557 miles de euros del ejercicio anterior. De acuerdo con lo previsto en la Ley 3/1999, del Fondo Canario de Financiación Municipal, de 4 de Febrero de 1999, así como las modificaciones a la misma contenidas en la Ley 2/2000, de 17 de julio de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma Canaria y de establecimiento de normas tributarias, la Ley 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador, la Ley 4/2012, de 25 de junio de medidas administrativas y fiscales y Ley 7/2022, de 28 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Canaria, dado que no se alcanza el indicador de ahorro neto, el Ayuntamiento de Breña Alta deberá destinar el 50% de la transferencia correspondiente al Fondo Canario de Financiación Municipal de 2023 a saneamiento. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Balance a 31 de diciembre de 2022 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 10 Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 1.1.a) de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal, los ayuntamientos canarios que, de acuerdo con las auditorías aprobadas de la liquidación del ejercicio presupuestario de 2022, cumplan los indicadores de saneamiento económico-financiero establecidos en dicha norma legal, a excepción del indicador de ahorro neto, podrán destinar la parte del fondo de 2023 correspondiente a saneamiento, por este orden, a: 1º. Cancelación de la deuda con proveedores a 31 de diciembre de 2022, salvo que la corporación acredite que no tiene deuda con proveedores o que esta se encuentra acogida a mecanismos de financiación de pagos a proveedores establecidos por el Estado en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. 2º. Inversión y/o ayudas de emergencia social hasta el porcentaje previsto en el párrafo primero del presente apartado 2. El artículo 12 de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal, hace referencia a los condicionantes de la cuantía de libre disposición, medidos sobre la liquidación del presupuesto de la propia entidad municipal, correspondiente al ejercicio inmediato anterior al que se refiere la distribución del Fondo, siendo éstos la gestión recaudatoria y el esfuerzo fiscal. De estas ratios, cuyo incumplimiento produce que el 50% del Fondo Canario destinado a Libre Disposición se reduzca en un 10% por cada uno de ellos, los resultados obtenidos por este Ayuntamiento han sido los siguientes:  Gestión Recaudatoria: sí se cumple este indicador con un 92,5%, siendo el objetivo mínimo para este año superior al 75%.  Esfuerzo Fiscal: también se cumple este indicador con un resultado del 82,2%, mientras que el límite para este año requiere superar el 73,25%, equivalente al 78% de la media. El Ayuntamiento de Breña Alta cumple ambas ratios. En relación al marco de equilibrio definido el pasado ejercicio, el Ayuntamiento de Breña Alta alcanzó parcialmente las previsiones realizadas. - El Ahorro Neto, para el que estaba previsto un nivel del -14,7%, asciende hasta el 2,7%, mejorando las previsiones en 17,4 puntos porcentuales. - El Endeudamiento a Largo Plazo se mantiene con respecto a la previsión y se sitúa en un 0,0%. - El Remanente de Tesorería se situó en el 47,2%, empeorando las previsiones en 11,6 puntos porcentuales. Destiladera S.L.U  La Sociedad ha obtenido un resultado negativo de beneficios en el ejercicio 2021.  Tiene un plantilla de 27 trabajadores. CUARTA. Insuficiencia de medios: El Órgano de Control no ha dispuesto de los siguientes medios, que se consideran necesarios para desarrollar el modelo de control eficaz al que se refiere el artículo 4 del Real Decreto 424/2017: Se están realizando cambios en la forma de trabajo tanto de los Servicios Económicos como del resto de Concejalías del Ayuntamiento para implantar la fiscalización en todo gasto o ingreso municipal, así como los traslados de expedientes de forma electrónica en tiempo y forma suficientes para poder ser fiscalizados con garantías procedimentales. Siendo las actuaciones de control que a continuación se enumeran, las que hubieran debido realizarse para desarrollar el modelo de control eficaz y no han podido llevarse a cabo por no Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 10 disponer de medios propios suficientes o por no haber podido acceder a la colaboración de medios externos:  La fiscalización de facturas que no han sido informadas previamente a los Servicios Económicos por parte de las Concejalías. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES PRIMERA. Función Interventora A la vista de las valoraciones globales de la función interventora ejercida a lo largo del año 2023, cabe recoger las siguientes conclusiones y recomendaciones: CONCLUSIONES RECOMENDACIONES Referencias a las actuaciones Descripción de los procedimientos o actuaciones a o expedientes corregir relacionados Se realizan delegación de competencias de forma indirecta Convenios con entidades con horizontes temporales públicas anuales o bianuales. garantías temporales. Convenios con Objetos amplios de consecución entidades de objetivos y de obligaciones privadas entre las partes Las Concejalías no tienen una programación escalonada para su Subvenciones otorgamiento Se han elevado propuestas de concesión por mayor importe del Subvenciones presupuesto consignado Expedientes de Falta de suficiente planificación por parte de Concejalías de las contratos de obras, servicios y contrataciones a realizar suministros Que la factura desglose los gastos Expedientes de de manera que se pueda identificar los costes que engloba dicho contrato de obra, servicio o contratos de obras, servicios y suministros suministro SEGUNDA. Control Financiero Permanente A la vista de las valoraciones globales de las actuaciones de control financiero ejercido a lo largo del año 2023 en su modalidad de control financiero permanente no planificado, cabe recoger las siguientes conclusiones y recomendaciones: CONCLUSIONES RECOMENDACIONES Referencias a las Descripción de los actuaciones o procedimientos o Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Descripción de la medida, acción o actuación propuesta Tratar con las otras Administraciones Públicas para en el caso de delegar competencias estás se hagan con todas las Concreción en el objeto y obligaciones entre las partes para clarificar el clausulado. Planificación de cronograma para ordenar su tramitación de forma ordenada que permita tramitar los procedimientos repartiendo el trabajo durante la anualidad Que las Bases Reguladoras recojan posibilidad de ampliación de crédito o límite al mismo, de la aplicación presupuestaria correspondiente Planificación de los contratos a celebrar durante la anualidad Valorar la conveniencia de la centralización Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 10 de aquellos contratos que para las mismas prestaciones celebran diferentes Concejalías. Mayor implicación de las Concejalías con contratación para la elaboración de pliegos técnicos y en la ejecución de los contratos. Que los contratistas desglosen los gastos en las facturas Descripción de la medida, acción o actuación propuesta expedientes relacionados actuaciones a corregir Problemas en determinar que Control financiero Concejalía o Centro Social tramitó el suministro/servicio permanente que se factura. Control financiero Facturas de mismo proveedor con importes inferiores a 100 € permanente única para impulsar su tramitación Control financiero permanente Facturas en papel Posibilitar un circuito de firmas electrónico Control financiero permanente Situación de Gesbalta S.L TERCERA. Auditoría Pública A la vista de las valoraciones globales de las actuaciones de control financiero ejercido a lo largo del año 2023 en su modalidad de auditoría, cabe recoger las siguientes conclusiones y recomendaciones: CONCLUSIONES RECOMENDACIONES Referencias a las Descripción de los actuaciones o procedimientos o actuaciones a corregir expedientes relacionados En 2021 la Sociedad se vio afectada por el volcán de cumbre vieja. Auditoría Pública de cuentas 2021 de Destiladera S.L.U Falta de suficientes ingresos propios para posibilitar un balance equilibrado DEFICIENCIAS QUE REQUIEREN LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS A TRAVÉS DE UN PLAN DE ACCIÓN A la vista de las conclusiones y recomendaciones puestas de manifiesto en el apartado anterior, se considera, que las situaciones que requieren de la elaboración de un Plan de Acción, en el que se recojan las medidas de corrección a adoptar, así como el responsable y calendario para su implementación, son las siguientes: PRIMERA. Función Interventora FUNCIÓN INTERVENTORA Codificació n de la medida Descripción de la medida, acción o actuación propuesta Responsable Tratar con las otras Administraciones Públicas para en el caso de delegar competencias estás se hagan con todas las 1.1 garantías temporales. 1.2 Concreción en el objeto y obligaciones entre las partes para clarificar el clausulado. Intervención Anualida d 2024 1.3 Planificación de cronograma para ordenar su tramitación de Concejalías que Anualida Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Que la factura indique la Concejalía o Centro Social que lo encargó Que el proveedor agrupe las facturas en una que permita impulsar su tramitación Clarificar situación de Gesbalta S.L para evitar confusiones con los órganos de rendición de cuentas a nivel Autonómico, Estatal y Audiencia de Cuentas Descripción de la medida, acción o actuación propuesta Actualización del objeto social y actividades que quiere realizar que le permitan ampliar su horizonte de acción y puedan concurrir a mayor número de licitaciones públicas. Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 10 Fecha de inicio y calendario de actuación Intervención Anualida d 2024 forma ordenada que permita tramitar los procedimientos repartiendo el trabajo durante la anualidad 1.4 Se han elevado propuestas de concesión por mayor importe del presupuesto consignado Planificación de los contratos a celebrar durante la anualidad Valorar la conveniencia de la centralización de aquellos contratos que para las mismas prestaciones celebran 1.5 diferentes Concejalías. Mayor implicación de las Concejalías con contratación para la elaboración de pliegos técnicos y en la ejecución de los contratos. 1.6 Que los contratistas desglosen los gastos en las facturas Contratación Administrativa SEGUNDA. Control Financiero Permanente CONTROL FINANCIERO PERMANENTE Codifica ción de Descripción de la medida, acción o actuación propuesta Responsable la medida 2.1 Que la factura indique la Concejalía o Centro Social que lo encargó 2.2 Que el proveedor de facturas menores a 100 € agrupe las facturas en una única para impulsar su tramitación 2.3 Posibilitar un circuito de firmas electrónico para facturas en papel que permita impulsar su tramitación Clarificar situación de Gesbalta S.L para evitar confusiones con 2.4 los órganos de rendición de cuentas a nivel Autonómico, Estatal y Audiencia de Cuentas. TERCERA. Auditoría Pública AUDITORÍA PÚBLICA Codificación de la medida Descripción de la medida, acción o actuación propuesta Responsable Actualización del objeto social y actividades que quiere realizar que le permitan ampliar su horizonte de acción y puedan concurrir a mayor número de licitaciones públicas. 1.1 En la anualidad 2022 no se emitió Plan de Acción, ni informe de Control Interno. Indicar que en la anualidad 2022 el Interventor que suscribe tomó posesión del puesto el 29 de agosto de 2022. Por lo tanto no se pueden valorar medidas adoptadas y actuaciones realizadas. QUINTA. Dar traslado del presente informe al Alcalde para su remisión al Pleno de la Entidad Local y a la Intervención General de la Administración del Estado en el curso del primer cuatrimestre del año. Villa de Breña Alta Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 tramitan subvenciones d 2024 Concejalías que Anualida tramitan subvenciones d 2024 Anualida d 2024 Contratación Administrativa Anualida d 2024 Fecha de inicio y calendario de actuación Intervención Anualidad 2024 Intervención Anualidad 2024 Intervención Anualidad 2024 Intervención y Anualidad Asuntos Generales 2024 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 10 Fecha de inicio y calendario de actuación Destiladera S.L.U Anualidad 2024 El Interventor Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: A7T2L3LYEDCZFDM7FHRYCS4X7 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 10