INFORME SOBRE EL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL 2024 En relación con el Proyecto de Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio de 2024, el Interventor General que suscribe, en cumplimiento de lo establecido por los artículos 168.4 del R.D. Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 18.4 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, emite el siguiente informe, de carácter preceptivo y no vinculante: 1) CONCEPTO.- INTERVENTOR Fecha Firma: 30/01/2024 HASH: 396c86f2f1532083cff278c5b305cac7 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 1) Las Entidades Locales están obligadas a elaborar y aprobar anualmente un presupuesto único, que constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles de capital íntegramente local. 2) ÁMBITO TEMPORAL.- El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural, imputándose a éste, los derechos liquidados en el ejercicio, cualquiera que sea el período del que deriven, y las obligaciones reconocidas durante el ejercicio, de acuerdo con las previsiones contenidas en el art. 176 del citado texto refundido. 3) LEGISLACION APLICABLE.- El contenido y aprobación de los Presupuestos Generales de las Entidades Locales se regula en la sección 1ª del Capítulo Primero (“De los Presupuestos”) del Título VI (“Presupuesto y Gasto Público”) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas (artículos 162 a 171), encontrándose su desarrollo reglamentario en el Capítulo Primero del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Por otra parte, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, establece que las plantillas, comprensivas de todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto (artículo 126.1); y que una vez aprobada, se remitirá copia a la Administración del Estado y, en su caso, a la Comunidad Autónoma respectiva, dentro del plazo de 30 días, sin perjuicio de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia junto con el resumen del Presupuesto (artículo 127). La estructura de los presupuestos de las entidades locales se establece en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre de 2008, y los cambios introducidos por la Orden HAP/41/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008. Asimismo, la contabilidad se adapta a la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local. Debe tenerse en cuenta la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, modificada por la Ley 15/2006, de 26 de mayo, así como el R.D. 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de su desarrollo. Por último, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. En cuento a su ámbito subjetivo, la citada Ley abarca a las Entidades Locales, así como al conjunto de personas jurídicas, públicas y privadas, dependientes de ellas y los principios generales que recoge son: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7 - El principio de estabilidad presupuestaria, definido como equilibrio o superávit presupuestario. - El principio de plurianualidad, según el cual, la elaboración de los presupuestos en el sector público se enmarcará en un escenario plurianual compatible con el principio de anualidad por el que se rige la aprobación y ejecución presupuestaria. - El principio de transparencia, según el cual los presupuestos y sus liquidaciones deberán contener información suficiente y adecuada para permitir la verificación del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria. - El principio de eficacia, en la asignación y utilización de recursos jurídicos. El modelo normal de contabilidad lo deben aplicar los municipios cuyo presupuesto exceda de 3.000.000 euros, así como aquellos cuyo presupuesto no supere este importe, pero exceda de 300.000 euros y cuya población sea superior a 5.000 habitantes. Las demás entidades locales siempre que su presupuesto exceda de 3.000.000 euros. Los organismos autónomos dependientes de las entidades locales contempladas en los apartados anteriores. 4) CONTENIDO DEL PRESUPUESTO GENERAL. - A.- En el Presupuesto General del Ayuntamiento se integrarán: a) El Presupuesto del propio Ayuntamiento. b) Los estados de previsión de gastos e ingresos de la empresa de capital íntegramente municipal: Destiladera, S.L.U. B.- El Presupuesto General contendrá para cada uno de los presupuestos que lo integran: a) Los estados de gastos, en los que se incluirán, con la debida especificación, los créditos necesarios para atender al cumplimiento de las obligaciones. b) Los estados de ingresos, en los que figurarán las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar durante el ejercicio de 2024. C.- Las Bases de ejecución, que contendrán, para cada ejercicio, la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia entidad, así como aquellas otras necesarias para su acertada gestión, sin que puedan modificar lo legislado para la Administración, ni comprender preceptos de orden administrativo que requieren legalmente de procedimientos y solemnidades específicas distintas de lo previsto para el Presupuesto. D.- Al Presupuesto del propio Ayuntamiento, se unirá la siguiente documentación: a) Memoria suscrita por el Alcalde Presidente explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presenta en relación con el del 2023. b) Resultado de la liquidación del ejercicio 2022 y avance de la ejecución del Presupuesto del ejercicio de 2023. c) Anexo de personal de la Entidad, en que se relacionen los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el Presupuesto. d) Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio del 2024, suscrito por el Presidente. e) Un informe económico-financiero en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de créditos si hubieran previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del Presupuesto. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7 E.- Anexos: a) Los Programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las Sociedades Mercantiles de cuyo capital social sea titular único o partícipe mayoritario el Ayuntamiento. b) Los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de 4 años, podrá formular esta Entidad. c) El estado de consolidación del Presupuesto del Ayuntamiento con el de las empresas municipales. d) El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda comprensiva del detalle de operaciones de crédito o de endeudamiento pendientes de reembolso al principio del 2024, de las nuevas operaciones si hubieran previstas a realizar a lo largo del mismo y del volumen de endeudamiento al cierre del ejercicio económico, con distinción de operaciones a corto plazo, operaciones a largo plazo, de recurrencia al mercado de capitales y realizadas en divisas o similares, así, como de las amortizaciones que se prevén realizar durante el mismo ejercicio. PRESUPUESTO GENERAL 2024 ENTIDAD PRESUPUESTO DE Ayuntamiento de Breña Alta 13.256.817,13 13.256.817,13 Destiladera S.L.U. 787.925,62 787.925,62 TOTAL 14.044.742,75 14.044.742,75 5) ANÁLISIS.- En términos generales, el prepuesto de Gastos e Ingresos presenta un incremento del 18,22% (2.043.277,80 €), resultado del análisis de la evolución económica de la Corporación. En las Bases utilizadas para la evaluación de los ingresos se han tenido en cuenta los resultados provisionales derivados del Estado de Ejecución del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, así como los resultados definitivos derivados de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2022. La consideración de los ingresos previstos en concepto de canon urbanístico en suelo rústico, y que de destina por imperativo legal, a la constitución y materialización del Patrimonio Público del Suelo, determina que el mismo no pueda materializarse hasta tanto se produzca la efectiva recaudación de este derecho. Con respecto a los ingresos corrientes que dependan de actuaciones de los particulares (I.C.I.O., Apertura de Establecimientos, etc.), es criterio del informante, que si durante el ejercicio económico, se comprobase que el grado de cumplimiento de las expectativas no fuese el adecuado, debería optarse por la adopción de las medidas necesarias para el mantenimiento del equilibrio económico, de tal modo, que se evitasen tensiones de Tesorería, así como liquidaciones presupuestarias con remanente de Tesorería negativo, debiéndose reducir gastos en cuantía equivalente a los ingresos, si éstos no se realizasen. Pasamos a analizar cada uno de los capítulos de gastos e ingresos en comparación con el Presupuesto inicialmente aprobado para el ejercicio 2023. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 PRESUPUESTO DE INGRESOS GASTOS Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7 El Capítulo I (Gastos de personal) recoge los créditos necesarios para atender las obligaciones derivadas de las nóminas municipales de los miembros electos, funcionarios y personal laboral y eventual. A este respecto, indicar que en las consignaciones de este Capítulo se contemplan los incrementos retributivos aprobados para el ejercicio 2023, no recogiéndose los aumentos para el ejercicio 2024, habida cuenta del contexto político nacional y el retraso en la Ley General de Presupuestos para el año 2024. Esta previsión se encuentra recogida en los créditos del Fondo de Contingencia. Este capítulo contempla un incremento de 459.079,47€, lo que supone un incremento del 9,20% respecto al ejercicio 2023. COMPARATIVA CAPÍTULO I DEL PRESUPUESTO DE GASTOS 2023-2024 CAPÍTULO I: GASTOS DE PERSONAL CRÉDITOS INICIALES 2023 Artículo 10 210.769,02 210.769,02 0,00% Artículo 11 0,00 28.800,00 100,00% Artículo 12 1.205.944,57 1.246.178,02 3,34% Artículo 13 2.108.197,95 2.386.367,95 13,19% Artículo 14 278.455,29 273.455,29 -1,80% Artículo 15 20.000,00 20.000,00 0,00% Artículo 16 1.168.009,99 1.284.886,00 10,01% TOTAL GASTOS 4.991.376,82 5.450.456,28 9,20% Así mismo, se contempla de posibilidad de la incorporación de nuevo personal, que redundará en una gestión más eficiente y eficaz y, en definitiva, una mejora sustancial en los servicios que la administración da a los vecinos del municipio. Se mantiene la aplicación “Planes de Acción Social Municipal” por un importe de 40.000,00 euros, con la finalidad de facilitar el acceso al empleo a los colectivos más desfavorecidos, además de contemplar en la aplicación presupuestaria de “Planes de Empleo Social”, la cuantía de 233.455,29 euros. En el capítulo II (Gastos en Bienes Corrientes y Servicios), se produce un incremento del 17,51% (860.672,64€), con respecto al prepuesto inicial del ejercicio 2023. Esto se debe fundamentalmente a la adecuación a la realidad actual, del coste efectivo de los servicios. Así mismo, la reactivación de la actividad económica y social, redundará en una mayor prestación de servicios por parte de esta Corporación. Se han actualizado también los gastos de contratos de servicios, suministros y gastos de funcionamiento, en general, de cada una de las concejalías. COMPARATIVA PRESUPUESTOS DE GASTOS 2023-2024 CAPÍTULOS GASTOS CRÉDITOS INICIALES 2023 2024 1.Gastos Personal 4.991.376,81 5.450.456,28 9,20% 41,11% 2.Gastos en bienes y servicios 4.914.859,62 5.775.532,26 17,51% 43,57% 3.Gastos financieros 13.000,00 16.500,00 26,92% 0,12% 4.Transferencias corrientes 579.473,59 784.023,59 35,30% 5,91% 5.Fondo de contingencia 120.000,00 150.000,00 0,00% 1,13% Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 CRÉDITOS INICIALES 2024 Variación 2023-2024 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7 Peso de CRÉDITOS INICIALES 2024 Variación 2023-2024 cada capítulo GASTOS CORRIENTES 10.618.710,02 12.176.512,13 14,67% 91,85% 6.Inversiones reales 594.829,31 1.080.305,00 81,62% 8,15% 7.Transferencias de capital 0,00 0,00 0,00% 0,00% 8.Activos financieros 0,00 0,00 0,00% 0,00% 9.Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00% 0,00% GASTOS DE CAPITAL 594.829,31 1.080.305,00 81,62% 8,15% TOTAL GASTOS 11.213.539,33 13.256.817,13 18,22% 100,00% Con respecto a los Gastos Financieros (Capítulo III), se consignan 16.500,00 euros en este capítulo para hacer frente a los gastos financieros por servicios bancarios y posibles intereses de demora, ya que el ayuntamiento no tiene concertado préstamos bancarios. En lo concerniente a las Transferencias Corrientes (Capítulo IV), el incremento de este capítulo en 2024, respecto al ejercicio 2023, es del 35,30% (204.550,00 €). Esto se debe al incremento de las ayudas de emergencia social que prácticamente se duplican, así como la consignación de nuevas ayudas a clubes del municipio. Se mantiene la dotación de una aplicación presupuestaria de “Impulso del Tejido Socio- Económico del Municipio”, por importe de 150.000,00 €, con el objetivo de apoyar el tejido empresarial y ayudar a la total reactivación económica y el empleo, y se mantienen así mismo otros gastos destinados a necesidades sociales. Por otro lado, se mantienen las ayudas al deporte, en sus diferentes tipologías, así como las ayudas al estudio y a la cultura, con becas a estudiantes fuera de la isla, subvenciones a las asociaciones culturales, diversos convenios con las AMPAS y con la coral polifónica, banda de música y otros. A su vez, se apuesta por una mayor concienciación medioambiental (Energía Bonita), línea de subvención para la adquisición de vehículos eléctricos en el servicio de taxi municipal, etc. Se dota con 150.000,00 euros el capítulo V (Fondo de Contingencia). Este importe se consigna de forma novedosa en el Presupuesto del ejercicio 2013, como consecuencia del mandato establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, por la que se aprueba la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Económica. A este respecto, el fondo de contingencia, estará destinado a cubrir necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicial. El capítulo VI (Inversiones Reales), se incrementa en un 81,62% (485.475,69€), respecto a los créditos iniciales de 2023. Estas inversiones se detallan con exactitud en el anexo de inversiones que forma parte del presente expediente. En los capítulos VII, VIII y IX, no se consigna cantidad alguna. En el Estado de Ingresos, las variaciones más significativas se observan en el Capítulo II (Impuestos Indirectos), motivado por los datos arrojados por la Liquidación definitiva del ejercicio 2022, y de las comunicaciones del Gobierno de Canarias de las previsiones del Bloque de impuestos del REF. El aumento más significativo se produce en las previsiones del IGIC y del AIEM, habida cuenta de las aportaciones realizadas en 2023, que sufren una modificación al alza tomando en consideración los datos aportados por la FECAM. El Capítulo IV (Transferencias Corrientes) también experimenta un crecimiento del 10,62% respecto al ejercicio 2023. Éstos derivan de las comunicaciones remitidas a esta Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7 Corporación por parte del Ministerio de Hacienda y de la Comunidad Autónoma, en cuanto a la participación en el Fondo de Compensación del Estado y Fondo Canario de Financiación Municipal, respectivamente. COMPARATIVA PRESUPUESTOS DE INGRESOS 2023-2024 CAPÍTULOS DE INGRESOS PREVISIONES INICIALES 2023 1. Impuestos directos 1.774.000,00 1.823.500,00 2,79% 2. Impuestos indirectos 1.608.936,19 2.343.161,74 45,63% 3. Tasa y otros ingresos 1.133.227,30 1.097.442,45 -3,16% 4. Transferencias corrientes 6.403.374,84 7.083.712,94 10,62% 5. Ingresos patrimoniales 15.001,00 30.000,00 0,00% INGRESOS CORRIENTES 10.934.539,33 12.377.817,13 13,20% 6. Enajenación inversiones reales 0,00 0,00 0,00% 7. Transferencias de capital 279.000,00 879.000,00 215,05% 8. Activos financieros 0,00 0,00 0,00% 9. Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00% INGRESOS DE CAPITAL 279.000,00 879.000,00 215,05% TOTAL INGRESOS 11.213.539,33 13.256.817,13 18,22% Finalmente, señalar que el incremento producido en el Capítulo VII (Transferencias de Capital), se debe a la previsión de aportación por parte del Cabildo Insular de La Palma, de una subvención de capital para el desarrollo del Programa Insular de Desarrollo Local de La Palma (PIDL), aportación prevista por parte del citado Cabildo Insular de La Palma en sus Presupuestos iniciales para 2024. 6) ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.- Desde la entrada en vigor de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, y del R.D. 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de su desarrollo en su aplicación a las Entidades Locales, es preciso atender, en la elaboración de los presupuestos locales, al cumplimiento del principio de estabilidad en los términos establecidos en las citadas disposiciones normativas, existiendo un informe específico en el Proyecto de Presupuesto, si bien se incorporan los datos siguientes, teniendo en cuenta que en los mismos no se han realizado ninguno de los ajustes establecidos por la legislación vigente. Y es en la observancia del cumplimiento del escenario de estabilidad, como criterio inspirador de la capacidad o necesidad de endeudamiento del ente local, que debe atenderse a dos ópticas presupuestarias: la financiera y la no financiera. Procediendo a su análisis: PRESUPUESTO 2024 Operaciones Corrientes ( I al V) 12.176.512,13 12.377.817,13 Operaciones de Capital ( VI al IX) 1.080.305,00 879.000,00 Operaciones no Financieras (I al VII) 13.256.817,13 13.256.817,13 Operaciones Financieras (VIII y IX) 0,00 0,00 Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 PREVISIONES INICIALES 2024 Variación 2023-2024 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 7 GASTOS INGRESOS TOTAL PRESUPUESTO 13.256.817,13 13.256.817,13 De los datos anteriores se desprende que las dotaciones iniciales del Presupuesto para el ejercicio 2024 cumplen los principios de nivelación presupuestaria interna (ingresos corrientes > gastos corrientes), estabilidad (Operaciones No Financieras de Ingresos ≥ Operaciones No Financieras de Gastos) y equilibrio presupuestario (Capítulo I al IX de Ingresos ≥ Capítulo I al IX de Gastos), en los términos de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. En resumen, el Presupuesto está ajustado a la realidad económica y financiera de la Corporación. Esta es mi opinión, no obstante, el Pleno de la Corporación con su superior criterio procederá como estime más conveniente. Villa de Breña Alta El Interventor Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7E4KMXZDJJYKEG4DWFPLRFJCL Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 7