ANUNCIO SOBRE RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE DECLARA DESIERTO EL PROCESO SELECTIVO DE CONCURSO DE TRASLADO PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL VACANTES EN ESTE AYUNTAMIENTO. ALCALDE Fecha Firma: 15/12/2017 HASH: 0c091686dfb56e951afe61fb2b56a9d4 En el Boletín Oficial de la Provincia nº 150, de 15 de diciembre de 2017, ha sido publicado el Anuncio sobre Resolución por la cual se declara desierto el proceso selectivo de concurso de traslado para la provisión de dos plazas de Agente de la Policía Local vacantes en este Ayuntamiento y que literalmente se transcribe: JONATHAN DE FELIPE LORENZO (1 de 1) “Mediante Decreto de la Alcaldía nº 1679 de fecha 27 de noviembre de 2017, y en relación al procedimiento selectivo de Concurso de traslado de dos plazas pertenecientes al Empleo de Agente de Policía, vacantes en la Plantilla del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, encuadradas, dentro de la Escala de Administración especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, de clasificación (BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 43, de fecha 8 de abril de 2016, BOC nº 77, de 21 de abril de 2016 y en el BOE nº 106, del 3 de mayo de 2016), se resolvió dicho procedimiento selectivo, en los términos siguientes: “DECLARAR DESIERTO el proceso selectivo de Concurso de Traslado para la provisión de dos plazas de agente de Policía Local de este Ayuntamiento, de la Convocatoria Pública efectuada por Decreto de esta Alcaldía nº 263, de fecha 31 de marzo del 2016, por no haber ningún aspirante declarado APTO en el Reconocimiento Psicotécnico, siendo éste requisito necesario para optar a la plaza, de conformidad con lo establecido en la BASE SEPTIMA de dicho proceso selectivo”. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Tenerife, de conformidad con los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en dicho Boletín, en base al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; significándose, que en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse”. Villa de Breña Alta DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AL MARGEN Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597 Cód. Validación: 9PY5KFXF6J7ZQFCTHSQ4QM5S5 | Verificación: http://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 1