­5848 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 42, viernes 6 de abril de 2018 el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Cuarto: Dar cuenta al resto de la Corporación. Quinto: La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre. Sexto: En lo no previsto expresamente en esta reso- lución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.” Lo que hace público en cumplimiento de lo dispues- to en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. En Villa de Arico, a 23 de marzo de 2018. La Alcaldesa-Presidenta, María Elena Fumero García. VILLA DE BREÑA ALTA A N U N C I O 1967 43819 Por Acuerdo del Pleno Municipal de fecha 2 de abril de 2018, se aprobó inicialmente el expediente de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. De conformidad con lo establecido en el artículo 126 y siguientes del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a exposición pública, por plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, durante el cual los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas. Se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieren presentado reclamacio- nes; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta, a 3 de abril de 2018. El Alcalde, Jonathan de Felipe Lorenzo, documento firmado electrónicamente.