ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 24/06/2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Patricia Ayut Martín Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio González Rodríguez D. Miguel Ángel Pérez González Dª. Mª José García Álvarez Dª. Laura García Bonilla Dª. Mª Lourdes Bethencourt Lorenzo D. Daniel Rodríguez Camacho Dª. Ángeles Yudena González Rodríguez D. Borja Perdomo Hernández Dª. Mª Teresa Rodríguez Concepción Interventora Accidental: Dª. Gloria Esther Calero Lirio Secretario Interino: D. Luis Fernando Reyes García Asistencia Técnica: Dª. Juana Esther Rodríguez González D. Felipe Pérez Rodríguez En la Villa de Breña Alta, siendo las 18:00 horas, del día 24 de junio de 2021, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo telemáticamente los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por el Sr. Secretario Interino, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria convocada para este día y hora. SECRETARIO INTERINO Fecha Firma: 14/12/2021 HASH: c17433e8bf72aedf7eb0f0c44ac7c7e2 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 2) Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: ALCALDE Fecha Firma: 14/12/2021 HASH: 6d4dae9a28071ec5ebb3b11c4e451b22 1º.- ESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN PARCIAL DE LA CONCEJALA DE LA CORPORACIÓN Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN. JONATHAN DE FELIPE LORENZO (2 de 2) El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, celebrada el día 24 de junio de 2021, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- ESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN PARCIAL DE LA CONCEJALA DE LA CORPORACIÓN Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo al establecimiento del régimen de dedicación parcial de la Concejala de la Corporación Dª. María Teresa Rodríguez Concepción, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA ESTABLECIMIENTO DE MIEMBRO DE LA CORPORACIÓN QUE EJERCE SUS CARGOS EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN PARCIAL Constituida la Corporación surgida de las elecciones locales celebradas el día 26 de mayo de 2019, en sesión extraordinaria que tuvo lugar el día 15 de junio de 2019, estableciéndose en acuerdo plenario 2 de julio de 2019 el régimen de dedicación de los miembros políticos de esta Corporación. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el artículo 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo cuando lo desempeñen en régimen de dedicación exclusiva o parcial . Por todo ello, esta Alcaldía, propone al Pleno del Ayuntamiento, la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Establecer que el miembro de la Corporación Dª. MARÍA JOSÉ GARCÍA Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 26 ACTA DEL PLENO ÁLVAREZ deje de ser la responsable de la gestión de los asuntos relativos a vivienda. Siendo responsable de la gestión de los asuntos relativos a urbanismo y contratación pública. Segundo.- Establecer que el miembro de la Corporación que seguidamente se relaciona, ejercerá sus cargos en el régimen de dedicación parcial y en los términos que se señalan: - Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, con dedicación parcial (36 %), como responsable de la gestión de los asuntos relativos a vivienda, promoción de vivienda pública, relaciones con el Cabildo Insular, con efectos del día 24 de junio de 2021. Tercero.- Establecer a favor del citado miembro de la Corporación que desempeñan sus funciones en régimen dedicación parcial, las retribuciones que se indican en cada caso: BRUTO ANUAL MENSUAL EXTRAS Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN 14.450,00 € 1.032,13 € 2.064,28 € El citado percibirá, por los importes indicados, un total de 14 pagas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre; asimismo se debe proceder a dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social. Para los años sucesivos, caso de continuar con tal dedicación, se incrementará en el porcentaje que se establezca por la Ley Presupuestaria para los funcionarios y personal laboral al servicio de la Administración. Tercero.- La retribución fijada será satisfecha con cargo a los créditos previstos en la aplicación presupuestaria 912.10000, del Presupuesto General y a los de la aplicación presupuestaria 912.16000, en cuanto a las cuotas de Seguridad Social. Villa de Breña Alta.- El Alcalde – Presidente.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Alcalde da la palabra a la Concejala Dª María Teresa Rodríguez. Interviene la Sra. Rodríguez Concepción diciendo buenos días a todos, dejar claro la voluntad de trabajar por los ciudadanos de Breña Alta y de la calidad de los servicios públicos que se merecen. El Alcalde agradece las palabras de la Concejala y le da la bienvenida. Es una posibilidad que se le dio a todos los grupos del Ayuntamiento, y como bien señala la Concejala es una cuestión de trabajo. Da la palabra al Sr. Rodríguez Camacho Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que su Grupo se pronunciará en el Pleno. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, acordó, por ( 4 ) votos a favor (3 CC- PNC y 1 Grupo Mixto-PP), y ( 1 ) abstención (1 PSOE),propone se acuerde aprobar el establecimiento del régimen de dedicación parcial de la Concejala de la Corporación Dª. María Teresa Rodríguez Concepción, en los términos expuestos.” Inicia la intervención el Sr. Presidente diciendo que los puntos del orden del Pleno Extraordinario son los siguientes. El primero, es el establecimiento del régimen de dedicación parcial de la concejala de la Corporación, doña María Teresa Rodríguez Concepción. Como saben, esto se debe a una oferta que en un momento determinado tuve ocasión de hacer, concretamente cuando estábamos sumidos en plena pandemia y en la adopción de medidas para la contención de la misma. No solo la sanitaria, sino también las sociales y las de carácter económico. Yo tuve ocasión de entrar en el Ayuntamiento de Breña Alta, en la oposición, en el año 2011. Un año que si recordamos cronológicamente y nos vamos a la hemeroteca pactaban Partido Popular y Partido Socialista y el Grupo de Coalición Canaria con cinco concejales se quedó afuera. Fue en el año 2015 cuando tuvimos ocasión de entrar en el Gobierno y yo asumí la Alcaldía, pero lo hice solo con los votos de Coalición Canaria. Un mes después el Partido Socialista me pidió entrar en el Gobierno con nosotros y aceptamos la entrada en el Gobierno y gobernamos juntos desde el año 2015 hasta el año 2019. Gobierno en el que yo creo que pues el balance está ahí y hemos hecho un trabajo conjunto en el que además hemos aprovechado Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 26 ACTA DEL PLENO para tener experiencia de Gobierno tanto los concejales, como yo, como las personas que tuvimos esa responsabilidad. En el año 2019 pues nos sorprende al inicio de legislatura una pandemia. Ustedes saben perfectamente, todos los que están que siempre he creído en unión, siempre he creído en el equipo y en remar todos juntos. En este caso creo que se debe hacer aún más si cabe, teniendo en cuenta las circunstancias adversas y teniendo en cuenta además que nos enfrentamos a una nueva realidad. Yo he abandonado el concepto de volver a la normalidad. Yo creo que no debemos volver a ningún sitio. Debemos de afrontar una nueva realidad, porque entiendo y así lo vaticinan muchísimos gurús que el mundo como lo conocíamos antes de la pandemia no volverá a ser igual, entre otras cosas, porque así sí tenemos que mantener aquellos sistemas económicos y sociales, además del estado de bienestar que es muy importante y tenemos que seguir siendo desde los ayuntamientos la puerta más cercana a los ciudadanos y ciudadanas, pero en ningún caso vamos y debemos tampoco volver a la época anterior a la pandemia, porque la pandemia nos ha demostrado que, por ejemplo, no estábamos preparados ni siquiera para hacer respiradores, ni para fabricar una simple mascarilla. Ahora se ha demostrado que tenemos que mirar al futuro con otra perspectiva, con otra altura de miras y en ese sentido yo creo en la unidad, creo en que podemos trabajar todos juntos desde el Gobierno Municipal por Breña Alta y también creo y así lo he dicho en donde he tenido ocasión de hablar sobre este tema concreto, que evidentemente desde la oposición se puede aportar, se puede hacer una oposición constructiva. Yo estuve en la oposición durante cuatro años. De ninguna forma quiero decir con esto que lamento que nunca fui invitado a gobernar. A mí me sirvió de mucho. A nosotros, a nuestro grupo le dio madurez el hecho de estar en la oposición. Y, en ese sentido, se puede hacer una oposición constructiva de la oposición. Entendía en ese momento y entendíamos desde el Grupo de Gobierno que no se estaba haciendo una oposición constructiva y así he tenido ocasión de decir. Creía que se estaba haciendo una oposición del “y tú más”. Creía que se estaba haciendo una oposición por el simple hecho de justificar que se estaba en oposición y en ese sentido pues de alguna forma creía que se podía trabajar mejor por parte de los concejales que conformaban la oposición si estaban en una posición de Gobierno, en una posición de aportación, en una posición de arrimar el hombro y, en ese sentido, por eso establecí, por eso mantuve reuniones con ustedes, con los dos grupos políticos y con los dos portavoces en el sentido de aunar ideas, de tener la capacidad de Gobierno para buscar una salida ante grandes desafíos. Grandes desafíos que, por ejemplo, les decía, como el Plan de Recuperación y Resiliencia, que vendrá a las Administraciones Locales de forma muy ambigua y que tendremos que concretar aquí o temas tan importantes como el mantenimiento de los servicios públicos, el seguir aspirando pues a esa responsabilidad de gestión que hoy asume la concejala Maite Rodríguez, que es el acceso a una vivienda digna, donde realmente se tiene que seguir haciendo esfuerzos por las administraciones competentes para apostar por la promoción de vivienda pública y, además, nosotros tenemos que poner todo lo que tenemos en nuestro alcance para que nuestro municipio sea un municipio dentro del archipiélago de Canarias donde se haga esa apuesta por la vivienda pública. Además, tenemos el deber y la responsabilidad desde la posición que nos ocupa en el municipio de Breña Alta de establecer lazos más fuertes y comunicaciones más directas con las instituciones con las que compartimos responsabilidad. En este caso el Cabildo Insular de La Palma, el Gobierno de Canarias que son, quizás, las dos instituciones más directas. No quiero decir con esto que haya ningún sectarismo de partido. No lo estoy diciendo, ni de alguna forma lo estoy manifestando públicamente. Lo que sí estoy diciendo es que a veces la comunicación se tensa por razones que no son propias o que no, o que escapan de las partes y, en ese caso, lo único que se hace es perjudicar a ambas instituciones y al final perjudicar a vecinos y vecinas que han elegido una opción determinada para gobernar y que también han elegido incluso en muchos casos otros no para que se gobierne directamente desde esas instituciones también. Y en ese sentido tenemos que ser responsables, tenemos que comunicarnos y tenemos que respetar la democracia y la soberanía en todo caso y tenemos que actuar con la debida lealtad institucional y el respeto a la igualdad y objetividad en las inversiones, teniendo en cuenta criterios objetivos como el poblacional, por ejemplo, o Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 26 ACTA DEL PLENO criterios de otra índole. Y, en ese sentido, creo que también teníamos la oportunidad de establecer lazos comunicativos más fuertes, quizás desde un punto de vista que no me refiero de forma peyorativa, más amistosa, con más nivel de comprensión y más directo. Vamos a poner un ejemplo. El concejal del Partido Socialista es Consejero en el Cabildo Insular de La Palma por el Partido Socialista. Lógicamente la comunicación con el portavoz del Partido Socialista, Daniel Rodríguez, va a ser muchísimo mejor que conmigo mismo, entre otras cosas, en este caso, en algunos casos por temas de partidos políticos. Y eso es sabido y es conocido. Desgraciadamente a mí eso no me gusta. No me refiero a que desgraciadamente sea así, porque debe ser así. Es decir, evidentemente la comunicación entre ustedes debe ser más fluida, debe ser mejor y debe ser con mayor confianza que quizás conmigo, pero me gustaría que en algún momento estableciéramos lazos comunicativos, yo creo que con carácter igual. Que no quiero decir que no se esté haciendo, porque tengo que decir también y tengo que aprovechar que en este momento las relaciones con el consejero del Cabildo Insular de La Palma son buenas y realmente hemos llegado a acuerdo últimamente en ese sentido. Pero quería hacer hincapié en esta cuestión para poner un ejemplo. Y, bueno, en ese sentido, nos ha alegrado muchísimo que la señora Maite haya accedido a tener responsabilidades de Gobierno con el Gobierno ya existente, en el régimen de dedicación que se dice en este punto y yo creo que, con una perspectiva de trabajo muy amplia, con una responsabilidad muy grande en este momento, pero que yo creo que asume con valentía. Nosotros aceptamos con muy buen agrado lógicamente porque desde siempre, desde el primer momento la oferta fue totalmente sincera y creyendo en la misma, sino en ningún caso la hubiera hecho. Se dijo en algún medio de comunicación, lo escuché, creo que fue el portavoz del Partido Socialista dice el alcalde de Breña Alta puede tener buenas intenciones en sus manifestaciones o no. Yo le digo a usted que tengo buenas intenciones en mis manifestaciones, pues siempre intento tenerlas. Nada más. Decirles que ya tienen esto, que ya se llevó a Comisión esta mañana, que fue aprobado con una abstención del Partido Socialista y, bueno, me presto a que cualquiera que tenga algo que decir al respecto, cualquiera de los portavoces me refiero, pues solicite el turno de palabra. Hoy, si le parece, señora Maite, como está en el Gobierno y ha entrado en el Gobierno, vamos a dejar que Daniel Rodríguez Camacho de alguna forma sea el primero en intervenir. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo: Buenas tardes a todos, buenas tardes a todas. Nosotros pensamos que el Grupo de Gobierno que conforma el Ayuntamiento de Breña Alta tiene una mayoría lo suficientemente holgada y grande para gobernar sin problemas. Tiene nueve de trece concejales, de los cuales ya ocho cobran de las arcas del Estado por ser cargos públicos. Creo también que en los momentos es sumar más concejales que cobren de las arcas de este Ayuntamiento. Nosotros, como bien decía el señor alcalde, tenemos que ser coherentes. Perdimos las elecciones y nos tocó la responsabilidad de ser oposición. En democracia yo creo que es tan importante o creemos que es tan importante un Gobierno como una oposición que sea prepositiva, que haga propuesta y nosotros hemos estado siendo una oposición o entendemos que estamos siendo una oposición cargada de esa predisposición y en la que no hemos dejado de hacer propuestas al Grupo de Gobierno. Hoy se propone que la señora concejala María José García pasa a llevar Urbanismo y Contratación Pública y que la concejala María Teresa Rodríguez pasa a llevar una Concejalía que hasta ahora no existía y la de Vivienda que hasta ahora la llevaba la concejal, la señora concejala María josa García. Suponiendo esto para los vecinos de Breña Alta un sobrecoste de 14.000 euros. Nosotros a principio de la legislatura dijimos que no éramos quién para evaluar a priori la capacidad de trabajo del Grupo de Gobierno y que el tiempo lo diría. Y les votamos a favor el día que se estableció en las retribuciones de esta corporación y de sus miembros. El tiempo nos ha dicho que la capacidad de trabajo que en aquel momento no conocíamos por parte de su Grupo de Gobierno no es suficiente y que usted mismo ha tenido que ampliarla con más concejales suponiendo un gasto mucho más elevado para este Ayuntamiento. A mí me gustaría acabar esta intervención leyendo lo siguiente o haciendo mención y leo textualmente. “Los ciudadanos de Breña Alta no tienen por qué aguantar esa suma de gastos, cuando además se va a superar en este caso el capítulo 1”. Eso que he leído está en el acta del Pleno número 10/2019 y son las palabras de la señora María Teresa Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 26 ACTA DEL PLENO Rodríguez refiriéndose a los sueldos y al incremento del número de concejales que por parte de este Grupo de Gobierno a principio se hacía, a principio de legislatura. Entonces, entiendo, que nosotros como bien estamos exponiendo, no vamos a estar a favor de esta nueva Concejalía. El Alcalde da la gracias al Sr. Rodríguez Camacho por su intervención y da la palabra a la Sra. Rodríguez Concepción. Interviene la Sra. Rodríguez Concepción diciendo que: Buenas tardes a todos. Sí, quiero dejar bastante constancia en estas pequeñas líneas que voy a aportar a todos los que están escuchándome. No solo al Grupo de Gobierno, sino a la oposición, sino también a los que lo están siguiendo a través de streaming. Entré a un Gobierno en un momento muy complicado, tras las duras consecuencias que nos dejado la pandemia, en el que desde el Partido Popular vamos a dejarnos en la piel para dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos de Breña Alta. Es un reto que asumo con gran responsabilidad, eso nunca se ponga en duda, pero con muchas ganas. He venido a sumar. Durante estos dos años de mandato el PP de Breña Alta ha sido una oposición fuerte, constructiva y el altavoz de muchos vecinos. Por lo que ahora, desde el Gobierno, vamos a seguir trabajando para no dejar a ningún vecino atrás y porque creemos que podemos ser mucho más útiles desde el Gobierno. Aporto experiencia en la gestión de Gobierno que quedó plasmada durante el período 2011-2015, donde trabajamos duro para afrontar la crisis económica por todos sabido, que me llevó a trabajar con dedicación y ganas frente a cinco áreas en este Ayuntamiento, poniendo en marcha programas de ayudas al alquiler de vivienda, políticas de igualdad y juventud, garantizando una escucha activa a través de los consejos de barrio y resolutiva en las políticas de participación ciudadana. Por otro lado, y es bien sabido que aporto experiencia en la gestión en todo lo relacionado al área que asumo la de vivienda, dada mi larga vida laboral dedicada a la gestión y administración de la misma, en estrecha colaboración con el Gobierno de Canarias y distintas administraciones locales de la villa. Y agradeciendo la bienvenida que me ha dado el Grupo de Gobierno y, por ende, muy contenta por conformar parte del Gobierno de Breña Alta. Gracias. Interviene el Sr. Presidente diciendo que agradece la intervención de la Sra. Rodríguez Concepción. Y responde al señor Rodríguez Camacho, a dos cuestiones que considera imprecisas. Una que yo no cobro del Ayuntamiento, por tanto, son siete las personas que cobran del Ayuntamiento. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que no, que indicó que cobran de las arcas del Estado, señor alcalde. Interviene el Sr. Presidente diciendo que no cobra de las arcas del Estado. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho preguntando por el sueldo de Gobierno de Canarias de dónde sale. Interviene el Sr. Presidente diciendo que no, del presupuesto del Parlamento de Canarias. No cobro de las arcas. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que del Gobierno de Canarias. Interviene el Sr. Presidente reiterando que no cobra del Ayuntamiento de Breña Alta. Por lo tanto, es que en varias notas lo he visto. O sea, son siete las personas, son nueve los concejales. Siete las personas que cobran del Ayuntamiento de Breña Alta. Por lo tanto, mi sueldo no sale del Ayuntamiento de Breña Alta. Y otra cuestión. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 26 ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que si son ocho los que cobran por ser cargo público, que es lo que yo he dicho. Ocho. Por ser cargo público. Interviene el Sr. Presidente diciendo que él no cobra del Parlamento de Canarias. Está bien la entelequia y se la compro. No hay problema. Luego, una cuestión más. La señora María José García Álvarez concejala de esta Institución, ya llevaba Contratación y Urbanismo. Con generosidad para que una persona asuma la responsabilidad y yo creo que también con generosidad y humildad, porque a veces hay que tener también humildad y decir, oye, pues mira, otra persona que entra, otra persona que puede ayudar y otra persona que puede aportar. Y eso también hay que agradecérselo a la concejala García Álvarez. Por otro lado, señor Daniel, usted cuando nosotros empezamos a gobernar que estábamos en minoría, no teníamos los concejales suficientes, ¿entró sin cobrar o entró cobrando? Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que entró recibiendo unas retribuciones. Interviene el Sr. Presidente diciendo que lógicamente. Y además con una dedicación del 100% y con un sueldo que yo creo que se le doblaba el sueldo a la señora Maite, por no decir que se lo triplicaba a la señora Maite. En ese sentido quiero decir que usted entienda que una persona que quiere asumir responsabilidad de Gobierno. Sí, se lo triplicaba. Se lo podemos ver, pero yo creo que se lo triplicaba. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho preguntando ¿Y usted qué dedicación tenía, estaba al 100%? Interviene el Sr. Presidente diciendo que la misma que usted. Tenía la misma que usted como alcalde y usted como teniente de alcalde, la misma. Entonces quiero decir con esto que lógicamente las personas que asumen responsabilidades, usted también entró después en el Gobierno, usted no entró desde el inicio en el Gobierno, no cuando se constituyó la Corporación. Y cuando se tomó posesión de Alcaldía y en ese sentido, usted cobró. Por otro lado, tengo que decirle que esto no va a suponer un incremento del capítulo 1 porque hay determinadas plazas incluso que en este momento están en comisión de servicio. Plazas que con la mitad de los meses que van a cobrar, que va a cobrar doña Maite va a quedar perfectamente resuelto su retribución. Se lo dije también y tuvo ocasión de decírselo en la reunión que mantuvimos en el Ayuntamiento. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que quizás ahí, señor alcalde, si me permite, hubo un mal entendido, porque yo lo que hice fue leer literalmente una frase que constaba en un acta de un Pleno, el número 10 del 2019 en la que se decía eso para justificar la subida de sueldo. Simplemente eso. No dicho que haya subido, ahora el capítulo 1. No quería llevar a confusión al respecto, evidentemente. Puntualizo solo que leía textualmente. Interviene el Sr. Presidente respondiendo al Sr. Rodríguez Camacho. Eso se explicó usted perfectamente y creo que le comprendí. Lo único que me estaba refiriendo es que no se preocupe por la retribución de Maite, porque en este momento hay retribuciones que hemos dejado de abonar, porque hay comisiones de servicio determinadas que están vinculadas en el propio capítulo 1 que van a permitir holgadamente que Maite asuma estas responsabilidades con su correspondiente retribución. Y esto lo digo más que nada para que se tenga en cuenta que no va a suponer para nada un sesgo económico en el presupuesto del Ayuntamiento. Lo digo para conocimiento de todas las personas que nos escuchan y de usted lógicamente, porque tiene el deber de preguntarme, la obligación de preguntarme y yo de responderle. Y, en ese sentido, quería hacerle mención a esos puntos. Y luego, por lo demás, lógicamente, yo creo que hoy para nosotros y vuelvo a coincidir, es un día importante y, sobre todo, para Breña Alta que es un Grupo de Gobierno con una mayoría absoluta pues integre a una parte de la oposición, pues creo que es importante, y evidentemente trabajaremos todos los días. Pues nos equivocaremos como nos hemos equivocado durante muchos años y muchas veces y, bueno, lo importante es construirse a partir de los errores. Hay una frase que dice, la filosofía Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 26 ACTA DEL PLENO budista que dice que la flor de loto nace del de barro para florecer. O sea, la flor de loto nace de un cúmulo de bacterias y mira tú, qué flor tan bonita. Entonces en ese sentido nos construimos y nos tenemos que reconstruir a base de errores, a base de equivocarnos para seguir avanzando, como lo hemos hecho. Pues yo de todas formas le agradezco y evidentemente respeto escrupulosamente y se lo digo sinceramente señor Rodríguez Camacho, sus declaraciones. Las respeto. De hecho, usted ha visto que cuando me he referido a usted, durante toda mi intervención en ningún caso lo he hecho con acritud. Yo lo que he querido es que de alguna forma comunicarle a usted, primero, mi intención y, segundo, por qué en su momento tomamos la decisión. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que no, que sigue reiterando y sin ningún tipo de acritud, que nosotros estamos dispuestos a hacer una oposición prepositiva como hemos hecho hasta ahora y seguiremos haciendo propuestas evidentemente desde donde nos toca ahora mismo, que es de la oposición como único grupo en la oposición. Interviene el Sr. Presidente diciendo que perfectamente. Y es legítimo. Y es totalmente legítimo. Vamos a proceder a la votación. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, el Ayuntamiento Pleno, por ( 10 ) votos a favor ( 9 CCa-PNC y 1 Grupo Mixto-PP ) y ( 3 ) votos en contra (3 PSOE), acordó: Primero.- Establecer que el miembro de la Corporación Dª. MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ deje de ser la responsable de la gestión de los asuntos relativos a vivienda. Siendo responsable de la gestión de los asuntos relativos a urbanismo y contratación pública. Segundo.- Establecer que el miembro de la Corporación que seguidamente se relaciona, ejercerá sus cargos en el régimen de dedicación parcial y en los términos que se señalan: - Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, con dedicación parcial (36 %), como responsable de la gestión de los asuntos relativos a vivienda, promoción de vivienda pública, relaciones con el Cabildo Insular, con efectos del día 24 de junio de 2021. Tercero.- Establecer a favor del citado miembro de la Corporación que desempeñan sus funciones en régimen dedicación parcial, las retribuciones que se indican en cada caso: BRUTO ANUAL MENSUAL EXTRAS Dª MARÍA TERESA RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN 14.450,00 € 1.032,13 € 2.064,28 € El citado percibirá, por los importes indicados, un total de 14 pagas, correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre; asimismo se debe proceder a dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social. Para los años sucesivos, caso de continuar con tal dedicación, se incrementará en el porcentaje que se establezca por la Ley Presupuestaria para los funcionarios y personal laboral al servicio de la Administración. Tercero.- La retribución fijada será satisfecha con cargo a los créditos previstos en la aplicación presupuestaria 912.10000, del Presupuesto General y a los de la aplicación presupuestaria 912.16000, en cuanto a las cuotas de Seguridad Social. 2º.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 13/2021, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, POR IMPORTE DE 216.559,25 €, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 24 de junio de 2021, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 26 ACTA DEL PLENO “2º.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 13/2021, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, POR IMPORTE DE 216.559,25 €, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES El Sr. Presidente da cuenta del expediente de modificación de crédito nº 13/2021, en la modalidad de suplemento de crédito, por importe de 216.559,25 €, financiado con remanente de tesorería para gastos generales, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Memoria de la Alcaldía, del Informe de Intervención y del Informe Propuesta de Resolución, el siguiente: “MEMORIA DE LA ALCALDÍA Durante la pandemia, hicimos muchos esfuerzos desde las instituciones Municipales para que se entendiera el papel que juegan las Administraciones Locales en la atención directa e inmediata a las personas, con carácter ordinario, pero aún más ante situaciones de emergencia social que escapan al control del Estado. Hemos vivido tiempos de incertidumbre, y el ejercicio pasado el presupuesto Municipal, quedó des-configurado por modificaciones de crédito, principalmente para contener los efectos sanitarios, sociales y económicos de la pandemia. En ese sentido, siempre tuvimos en cuenta la liquidez, precisamente porque el escenario era desconocido, así como también lo eran las acciones que iban a tomar el resto de Administraciones, para compensar a los Ayuntamientos. En este sentido, tuvimos ocasión de elevar una Queja al Diputado del Común, ante una posible caída de ingresos, y en previsión de tener dificultades para el mantenimiento de nuestros servicios públicos esenciales; Q20/1290, de la que se puede encontrar referencia en las páginas 218 y 219 del Informe del Diputado del Común 2020. Ante todo, hay que agradecer la responsabilidad de la ciudadanía de la Villa de Breña Alta, no sólo sanitaria, sino también el cumplimiento de sus obligaciones tributarias municipales, en un escenario inédito, dónde podían excusarse. Es la prueba de que la contribución igualitaria, proporcional y responsable de todos los miembros que conforman la ciudadanía, hacen sobreponerse a las Sociedades ante cualquier circunstancia, así como lo preparan para afrontar los siguientes desafíos. El RD Ley 27/2020, que de alguna forma venía a suponer una cesión de los remanentes por parte de las entidades locales, a cambio de algunos beneficios que eran imprecisos y no dejaban de ser una expectativa, NO fue convalidado en el Congreso de los Diputados, y contó con el rechazo de 193 Diputados. Sin embargo, el Congreso de los Diputados, forzó una medida, que da cobertura al acto pretendido. El 20 de octubre de 2020, apreció, por mayoría absoluta la concurrencia de las condiciones de excepcionalidad para suspender las reglas fiscales. De este modo, se da cumplimiento al mandato del art. 135.4 CE, el cual establece que “Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados”. Así también, a lo dispuesto en el art. 11.3 LOEPYSF: “Excepcionalmente, el Estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir en déficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. Esta desviación temporal no puede poner en peligro la sostenibilidad fiscal a medio plazo” Eso nos permite usar el remanente de tesorería para seguir apoyando el tejido social y económico del Municipio, a través de acciones directas e inversiones de mejora de nuestro entorno y servicios, y otras que si bien son indirectas, son acciones de dinamización y de continuidad de eventos que nos han diferenciado y han hecho atractivo el flujo de visitantes y que hacen que nuestra ciudadanía disfrute de oferta de ocio y cultura, mientras lo comparte con la sinergia de nuestro potente tejido comercial, gastronómico y de servicios. Es también importante en esta época potenciar el conocimiento de nuestra marca de Villa, así como Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 26 ACTA DEL PLENO nuestra oferta diferenciada que posibilite a los potenciales visitantes y desconocedores de las virtudes que tenemos, acudir y conocer nuestro Municipio. Las incorporaciones de crédito van a permitir además continuar con acciones en el principal pilar de la Sociedad, el educativo, y va en favor del mantenimiento del empleo, a través de la Oferta de Empleo Público. Como se sabe las Ayudas directas a PYMES y Autónomos y al Tejido Social y Económico de la Villa, está contenido en el Presupuesto y cuenta además con incorporación de remanentes de tesorería para gastos generales y para gastos con financiación afectada recientes. Por otra parte, como se sabe es fundamental la realización de vivienda pública, y entendemos que en ese sentido, lo prioritario es la adquisición de suelo, para cederlo a la Administración competente y que esto no suponga una traba a la hora de realizar viviendas de este tipo en nuestro Municipio. Si bien, tenemos un asiento contable de más de 4 millones de € de remanente, hemos optado por los criterios de realismo y prudencia. Realismo; En cuanto a nuestra capacidad para ejecutar las incorporaciones, conjuntamente con el Presupuesto, y prudencia; En cuanto a la incertidumbre aún existente, y la inercia que llevamos en la gestión en cuanto a no generar más tensiones de tesorería. Todo ello, sin perjuicio de que entendamos otras incorporaciones en el futuro, necesarias. FINANCIACIÓN Está modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, en los siguientes términos: Altas en aplicaciones de gastos: SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 3420.61919 Obras de Reforma Cubierta Pabellón Municipal 42.559,25 1510.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 30.000,00 9200.22706 Estudios y trabajos técnicos 10.000,00 3360.60903 Acondicionamiento Exterior El Molino 20.000,00 3340.22647 Programa de Dinamización Cultura y Municipal 45.000,00 3380.22114 Suministro de Luces de Navidad 40.000,00 4320.22653 Eventos Audiovisuales Promoción del Municipio 9.000,00 4320.22654 Dinamización Turística 5.000,00 1510.60002 Adquisición de Suelo para Vivienda Pública 15.000,00 TOTAL……... 216.559,25€ Total Suplementos de Crédito : 216.559,25 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 216.559,25€ TOTAL…... 216.559,25€ Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” “MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS, n.º 13 DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y N.º 14 DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS (EXPTE. 3167/2021) Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente I N F O R M E PRIMERO.- Las modificaciones presupuestarias son los cambios en cuantía, finalidad o Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 26 ACTA DEL PLENO temporalidad de los créditos inicialmente aprobados en los presupuestos de las entidades locales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, las modificaciones de crédito que podrán ser realizadas en los presupuestos de gastos de la Entidad y de sus Organismos autónomos (entre otros): • Suplementos de créditos. • Créditos extraordinarios. SEGUNDO.- La legislación aplicable es la siguiente: • El artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. • El artículo 37.2, apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuesto. TERCERO.- El expediente que se propone para su aprobación versa sobre una modificación del Presupuesto vigente mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios, por un importe total de 816.118,50 euros. CUARTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y artículo 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación o el mismo es insuficiente, se incoó por parte del Alcalde de la entidad local expediente de modificación de créditos. Los gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente y, que cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 37.2 apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 2 de abril, son los siguientes: Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS 3420.61919 Obras de Reforma Cubierta Pabellón Municipal 42.559,25 1510.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 30.000,00 9200.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 10.000,00 3360.60903 Acondicionamiento Exterior del Molino 20.000,00 3340.22647 Programa de Dinamización Cultural y Municipal 45.000,00 3380.22114 Suministro de Luces de Navidad 40.000,00 4320.22653 Eventos Audiovisuales Promoción del Municipio 9.000,00 4320.22654 Dinamización Turística 5.000,00 1510.60002 Adquisición de Suelo para Vivienda Pública 15.000,00 CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4540.61910 Mejora accesibilidad Camino Payo 15.000,00 4590.60910 Talud Calle Venezuela 3.000,00 4312.62516 Mobiliario Mercado Los Álamos 150.000,00 4540.61912 Rehabilitación Espacio Antigua Iglesia El Socorro 10.000,00 1360.60913 Tomas de Incendio 20.000,00 3360.61914 Rehabilitación y Mejora de Edificios Históricos 14.000,00 2310.13102 Personal Refuerzo Apoyo COVID 19 180.000,00 9200.22623 Plan de Medios de Comunicación 150.000,00 4540.61911 Ensanche Camino de la Cumbre 42.559,25 1320.22743 Vigilancia y Centro Nocturno de Edificios Municipales 15.000,00 Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 26 ACTA DEL PLENO Total… 216.559,25 Total Suplementos de Créditos y Créditos Extraordinarios: 816.118,50 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 816.118,50 € Total… 816.118,50 € QUINTO.- Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, que es suficiente, según Decreto nº 489/2021, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2020. SEXTO.- Que la modificación presupuestaria, está estructurada y adaptada a lo previsto en la Orden EHA 3565/2008, de 3 de diciembre de 2008, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo. Tal y como queda reflejado, la aplicación presupuestaria se ha definido, al menos, por la conjunción de las clasificaciones por programas y económica, a nivel de grupos de programas y concepto, respectivamente. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del Presupuesto, en los créditos del estado de gastos y respecto a la Clasificación por Programas, el nivel de vinculación jurídica es, como mínimo, a nivel de Área de Gasto, y respecto a la Clasificación económica es, como mínimo, el de Capítulo, cumpliendo lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 500/1990 para los niveles de vinculación. SÉPTIMO.- Asimismo y, de conformidad con la normativa vigente en materia presupuestaria, el presupuesto está sometido a unas reglas básicas que determinan su contenido, ámbito temporal, así como determinados aspectos del mismo, los llamados principios presupuestarios. OCTAVO.- El expediente deberá someterse al Ayuntamiento Pleno con sujeción a los mismos trámites y requisitos que el Presupuesto, resultando de aplicación las normas sobre publicidad, reclamaciones e información a que se refiere el artículo 169 del TRLRHL. NOVENO.- Se ha tenido en cuenta la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece entre sus objetivos garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. Por ello, la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Entidades Locales deben realizarse bajo el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 3 y 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En este punto, cabe recordar que el pasado 20 de octubre de 2020, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó por mayoría absoluta el acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2020, por el que se solicita del Congreso de los Diputados la apreciación de que España está sufriendo una pandemia, lo que supone una situación de emergencia extraordinaria, con el fin de aplicar la previsión constitucional que permite en estos casos superar límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública. Con la apreciación adoptada por la mayoría absoluta del Congreso y con efectividad desde el mismo día en que se tomó el acuerdo, quedan suspendidos durante el ejercicio 2020 y 2021 los objetivos de estabilidad y deuda, así como la regla de gasto. De este modo, España deja en suspenso el camino de consolidación fiscal aprobada antes de la crisis sanitaria de la Covid-19. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Total… 599.559,25 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 26 ACTA DEL PLENO En cualquier caso, la suspensión de las reglas fiscales no implica la suspensión de la aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo ni del resto de la normativa hacendística, todas continúan en vigor. Igualmente, no supone la desaparición de la responsabilidad fiscal, puesto que el Gobierno ha fijado una tasa de déficit de referencia para las Corporaciones Locales en el ejercicio 2021 del 0,1% del PIB que servirá de guía para la actividad municipal. Así, la suspensión de las reglas fiscales, no supone que desaparezca la responsabilidad fiscal de cada una de las administraciones públicas a la que se refiere el artículo 8 de la referida Ley Orgánica 2/2012, como tampoco el principio de prudencia a la hora de ejecutar sus presupuestos. Siendo el resultado del control permanente previo del expediente:  Favorable Villa de Breña Alta.- La Interventora Accidental.- GLORIA ESTHER CALERO LIRIO.- Documento firmado electrónicamente al margen.- ” “D. Luis Fernando Reyes García en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional emito el siguiente: INFORME Objeto: Se procede a elevar el presente informe para a la modificación de créditos de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 26 ACTA DEL PLENO información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 22 de 19 de febrero de 2020. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 13/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 3420.61919 Obras de Reforma Cubierta Pabellón Municipal 42.559,25 1510.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 30.000,00 9200.22706 Estudios y trabajos técnicos 10.000,00 3360.60903 Acondicionamiento Exterior El Molino 20.000,00 3340.22647 Programa de Dinamización Cultura y Municipal 45.000,00 3380.22114 Suministro de Luces de Navidad 40.000,00 4320.22653 Eventos Audiovisuales Promoción del Municipio 9.000,00 4320.22654 Dinamización Turística 5.000,00 1510.60002 Adquisición de Suelo para Vivienda Pública 15.000,00 TOTAL……... 216.559,25€ Total Suplementos de Crédito: 216.559,25€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 216.559,25€ TOTAL…... 216.559,25€ SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. Villa de Breña Alta.- El Secretario General.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Alcalde explica la memoria que se eleva a la Comisión Informativa. Hace saber qué hace poco se aprobó la liquidación del presupuesto 2020 que arrojó un remanente de tesorería de unos cuatro millones de euros, debido a muchas circunstancias, no es debido a la falta de ejecución por parte del Ayuntamiento, sino por el peso que tenía sobre las Administraciones la Ley de Estabilidad Presupuestaria que establecía límites y reglas a los Ayuntamiento que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 26 ACTA DEL PLENO impedían usar esos remanentes, lo que limitaba la actuación municipal. También saben que hubo un Decreto–Ley que finalmente decayó en el que el Estado quería que se le entregarán los remanentes de los municipios. Con el superávit solo se podía para inversiones financieramente sostenibles. Desde el Ayuntamiento de Breña Alta se trasladó carta a la FECAM para solicitar que se mantuviera esa posibilidad, cosa que ocurrió. Llegados a este punto. Los datos son buenos. El año pasado se permitía el gasto para paliar los efectos y prevención del COVID. El Ayuntamiento el año pasado optó por modificaciones de crédito para adaptarse a la realidad de la pandemia. Y poder hacer frente a las medidas de prevención, personal COVID, ayudas a pymes y autónomos. A día de hoy estamos en otra realidad, aunque ayer la isla de Tenerife subió a nivel 3 de alerta sanitaria, lo que aumenta el riesgo de contagio. Con estas modificaciones se posibilita inyectar y ayudar económicamente al tejido productivo, al social, a las empresas a las pymes y otras acciones como el mantenimiento de los servicios públicos o mejora del entorno, han podido ver que en vivienda hay una partida importante para que la Concejala de Vivienda tendrá que gestionar, como la reparcelación de la calle Velázquez y de adquisición de suelo. Otros municipios están reformando su imagen hacía el exterior. Este año se prevé que el turismo sea entre islas. Dentro de esto Breña Alta se tiene que colocar bien posicionado y con una imagen fuerte y potente. Como el punto de información turística. Se establecen partidas para ese objetivo, para que en agosto estemos bien posicionados. Estas modificaciones son la ampliación de unos presupuestos que ante la incertidumbre no contemplaban todas estas acciones. Como la situación del Plan de Colaboración de Obras del Cabildo que en un primer momento se minoró para posteriormente el Cabildo asumir la cantidad normal que trasladaba al municipio de Breña Alta con carácter anual. En la memoria hay dos criterios que basan nuestro planteamiento. Primero la prudencia y el otro es el realismo. No tenemos que agotar el remanente. Incorporamos lo que creemos que podemos ejecutar desde ahora hasta el 31 de diciembre de 2021. Nos gustaría que pronto en los Consejos de Barrio se eleven las propuestas y escuchar a los vecinos. Ya lo veníamos haciendo en años anteriores con el superávit. Vistas las necesidades de Gobierno se han volcado en estas modificaciones de crédito. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho preguntando por la partida rehabilitación de patrimonio histórico ¿A qué edificios se refiere? El Alcalde responde que a las portadas de Breña Alta, o las Iglesias deterioradas que están en el catálogo de patrimonio del municipio. El Ayuntamiento colabora por ejemplo para la conservación de las puertas de las Iglesias que se encuentran deterioradas. Forma parte de nuestro tejido histórico. El Sr. Rodríguez Camacho pregunta por la partida “Plan de Medios” El Alcalde responde que desde que inició su mandato de Alcalde se encontró con una partida denominada “Publicidad y propaganda” la cual es una partida que nunca entendió ya que lo que se hace es atender el tejido informativo del municipio. Por eso eleva está modificación, para nombrar las cosas por su nombre, por dos cuestiones. Primero lo que no se dice, no se hace, y se debe atender el traslado de comunicación para poder llegar a los ciudadanos y potenciales visitantes. Esos medios tienen unos gastos para mantenerse, por ello tenemos que potenciar que la información fluya y dar estímulo y apoyo a los medios de comunicación, para favorecer que la información municipal se traslade a todos los rincones del mundo. El Sr. Rodríguez Camacho pregunta si son medios de la isla de la Palma. El Alcalde responde que principalmente sí. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, acordó, por ( 4 ) votos a favor (3 CC-PNC y 1 Grupo Mixto-PP), y ( 1 ) abstención (1 PSOE), propone se acuerde aprobar el expediente de modificación de crédito nº 13/2021, en la modalidad de suplemento de crédito, por importe de 216.559,25 €, financiado con remanente de tesorería para gastos generales, en los términos expuestos.” Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 26 ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente diciendo que el segundo punto del Orden del Día es la modificación del crédito 13/2021. Si les parece hacemos lo mismo que hicimos esta mañana. Vamos a hacer los dos puntos conjuntamente. Es que más que nada al final no dejan de ser modificaciones de crédito y podemos hablar de todo y hay una memoria para los dos, que es exactamente igual. Entonces si no, vamos a tener que explicar en unas, unas cosas y en otras, otras cosas y realmente lo permite. Es decir, son dos modificaciones de crédito. Una por 216.559, otra por 599.559. Ustedes saben perfectamente cuáles son las partidas. Y una vez que establezca lo de los dos puntos y establezca las partidas me pueden preguntar indistintamente por cualquiera de ellas. Si ustedes quieren votar a un punto de una manera determinada y a otro punto de otra manera determinada, la votación sí la hacemos de forma separada. Pues el segundo punto del Orden del Día es la modificación de crédito 13/2021 en la modalidad de suplemento de crédito por importe de 216.559,29 euros financiados con remanentes de tesorería para gastos generales. Y, la tercera, es la modificación de crédito número 14 de 2021 en la modalidad de crédito extraordinario por importe de 599.559,25, financiado con remanente de tesorería para gastos generales. Bueno, como les decía esta mañana y voy a intentar reproducir, intentando también sintetizar, pues hemos hecho muchos esfuerzos durante toda la pandemia para intentar hacer ver la importancia que tienen las entidades locales, la importancia que tienen los ayuntamientos en la gestión de situaciones sociales adversas, de situaciones de crisis como esta sanitaria, porque al final somos la puerta más cercana a la ciudadanía y la que podemos prestarle una atención directa a la propia ciudadanía. Hemos tenido muchos altibajos y períodos de incertidumbre, incluso en cuanto a nuestros fondos. Es verdad que la Ley de Estabilidad Presupuestaria hizo que generáramos un ahorro muy grande en las administraciones. De hecho, es uno de los parámetros que se establecen en el Fondo Canario de Financiación, en el número 5 que es el ahorro neto y, en ese sentido, trabajamos para cumplir estrictamente con la Ley de Estabilidad Presupuestaria y las reglas fiscales que de aquí se derivaban. En un momento determinado se nos advierte que probablemente por parte del Estado se van a llevar los remanentes y quieren o quieren que colaboremos desde los ayuntamientos y desde las instituciones locales dándole los remanentes para que luego el Estado nos hiciera una especie de ayudas o subvenciones que tenían una materialización al menos, como digo, incierta y que no estaba consolidada. En ese momento, de hecho, el tiempo dio la razón porque se aprueba un Decreto Ley después de que la FEMP votara a favor por un miembro más en la misma, cuando realmente era vox populi que los alcaldes y alcaldesas de España no estaban de acuerdo y directamente se va al Congreso de los Diputados. El Decreto Ley que se aprueba por parte del Gobierno, el Congreso de Diputados lo tumba y al final ese Decreto Ley donde había una sesión de remanentes queda invalidado por la mayoría absoluta del Congreso. Y lo que sí viene a decir la mayoría absoluta del Congreso en octubre del año 2020 es que hay que hacer uso del artículo 134.5 de la Constitución Española que se reproduce en este caso que es eliminar, suspender en este caso, la regla fiscal. Y ha suspendido las reglas fiscales y nos encontramos con un remanente en el Ayuntamiento de Breña Alta de 4.000.000 de euros. Tengo que decir que nosotros incluso a este respecto llegamos a hacer una queja pensando en que podíamos poner en riesgo la liquidez municipal a Diputados. Como una queja que, si ustedes ven el informe de Diputado del Común del año 2020, se encuentra contenida aquí y así lo he expuesto en la memoria. Y una vez que podemos disponer de los remanentes tengo que decir, lo vimos el otro día en la liquidación del presupuesto, tenemos 4.000.000 de euros. En este momento sabemos que también teníamos resulto a las ayudas a los empresarios. Hemos hecho una incorporación de remanentes que se podía hacer directamente a través del año anterior. Tenemos otro medio millón este año para dedicar a las ayudas a los autónomos, pymes y empresas y en ese sentido, no tuvimos que hacer ninguna aportación ahora mismo porque hemos visto que el año pasado tenemos que revisar criterios, ver criterios más actuales, porque quizás los del año pasado son criterios ya caducos porque las situaciones han variado, se ha modificado, no estamos exactamente en la misma situación. La situación de los ERTEs es totalmente distinta. Y sí es verdad que tenemos que valorar criterios. Pero realmente disponemos de liquidez y además de presupuesto, para asumir este apoyo al tejido social y económico de la Villa de Breña Alta. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 26 ACTA DEL PLENO Y luego entendíamos que teníamos que seguir manteniendo los pilares básicos y que teníamos que atender a las preocupaciones de la ciudadanía. Preocupaciones de la ciudadanía, como se sabe, casi en el primer lugar, está el desempleo. Teníamos personas que han venido a través de oferta pública de empleo trabajando en nuestra institución municipal a través de una partida que llamamos apoyo al COVID-19. A la COVID-19. Esa partida es una de las partidas que está contenida aquí, quizás con más dinero. Se trata del personal, por ejemplo, de limpieza que estaba haciendo las tareas de limpieza en los colegios. Hubo otras personas que nos pueden hacer falta en un momento determinado para ser, por ejemplo, auxiliares administrativos por acumulación de tarea y porque tengamos que sacar más ayudas a libros, porque tengamos que sacar más becas, porque incluso tendremos que atender también y tenemos que seguir atendiendo a esas subvenciones a empresas, a autónomos y a trabajadores. Y, en ese sentido, creo que atendemos al empleo a través de la oferta pública que es fundamental. Como ustedes han visto y se ha dicho anteriormente contenemos también en la materia de Maite, 100.000 euros para adquisición de suelo para vivienda. Estamos haciendo una reparcelación de la calle Velázquez y podemos tener un suelo para ofrecer. Se lo hemos dicho al Gobierno de Canarias. Se lo hemos enviado por oficio, pero ahora necesitamos adquirir más suelo para tener una mayor disposición, una mejor disposición y un mejor punto de partida para que Breña Alta sea un lugar de los elegidos, porque ahora mismo no estamos en la baja de ruta del Gobierno de Canarias y no lo estamos no porque no hayamos ofrecido suelo, sino porque no es un criterio. No sé qué criterio se ha utilizado para que en este momento Breña Alta no esté. Una de las preguntas que también he tenido ocasión de hacer en el Parlamento. Luego seguimos diciendo que, en este momento como una nueva realidad, tenemos que seguir reforzando la imagen de marca, al tiempo que tenemos que ser atractivos para los que nos visitan y, en ese sentido, también hemos impulsado partidas de carácter turístico, partidas de promoción e imagen del municipio y como les decía esta mañana, también hay un plan de medios. Un plan de medios que viene a de alguna forma a posicionar formativa como municipio dentro de la isla de La Palma y dentro del archipiélago de Canarias. Yo creo que es fundamental, concretamente en un momento donde hay lleno casi absoluto con las medidas profilácticas en la temporada de verano y, concretamente, el turismo regional, algo que no pasaba antes y que ahora este verano va a pasar. Y en ese sentido nosotros tenemos que estar para hacer esas prestaciones. Y dentro de eso, viene la temporada alta, normal, que es la temporada de invierno y nosotros tenemos eventos, tenemos mecanismos de dinamización que venimos utilizando y que han funcionado. Hemos visto, por ejemplo, la fiesta de Navidad. Para nosotros es una insignia. Y concretamente el alumbrado de Navidad es una insignia y atrae a muchísimos visitantes al municipio. Por eso tenemos que hacer esfuerzos para seguir manteniendo esta fiesta e impulsándola, teniendo en cuenta, además, que el año pasado desgraciadamente estuvimos también la visita de Filomena que fue una tormenta tropical que nos dejó pues en el alumbrado bastantes problemas. Alumbrado que ya habíamos adquirido y que ahora de alguna forma tenemos que también que renovar y tenemos que ver la fórmula de gestión. En ese sentido también tenemos que apostar por eso, porque supone un elemento de dinamización de futuro para el propio comercio. Y luego han visto partidas de directamente de la partida genérica que llevamos poniendo hace mucho tiempo que era de dinamización municipal. En ese caso también creo que tenemos que seguir haciendo eventos, que tenemos que generar sinergia y que tenemos que hacer que nuestro municipio y en nombre de nuestro municipio se escuche y que se ponga un atractivo para generar sinergias como el resto del comercio y también con el tejido gastronómico del municipio que ahora mismo y se ha demostrado en recientes eventos como la Ruta de las Tapas que es un municipio muy rico gastronómicamente y que tiene muchísima oferta y al final se trata de buscar las sinergias para atraer a la gente y también, al mismo tiempo, para que la gente nos conozca. El mundo va tan rápido. Las cosas pasan tan rápido. De hecho, el otro día ponía un ejemplo. Fíjense ustedes lo rápido que va que nos han puesto una doble velocidad en el WhatsApp para escuchar los mensajes más rápido, para que no nos entregamos y va tan rápido que es que a veces no nos paramos a mirar que hay un restaurante al lado de nosotros, al lado donde vamos a trabajar ni siquiera vemos que hay un restaurante, que hay un local. Si Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 26 ACTA DEL PLENO no generamos alrededor de estos lugares eventos y dinamización, eventos donde vengamos a pasear, a relajarnos y a disfrutar y podamos tener más amplitud de mira, no vamos a conseguir en ningún caso que esto se conozca y se debe conocer Breña Alta, sobre todo, por el esfuerzo y la valentía que están haciendo muchísimas personas. Hay más partidas. Incorporamos la partida que venía anteriormente, del anterior presupuesto que es la vigilancia en edificios públicos. Creo que es fundamental seguir haciendo esta tarea de vigilancia y de seguridad en los edificios públicos en este momento. Han visto que necesitamos presentar muchísimos proyectos ahora mismo con el plan de residencia, con los fondos del Next Generation, con los fondos de transición ecológica. En ese sentido, y además hemos visto también, por ejemplo, una estrategia que ya está asentada en nuestro municipio, que ya mañana va a la mesa de contratación por fin y se materializa, que es la estrategia de desarrollo urbano sostenible integrado. Para eso necesitamos honorarios técnicos. Para eso necesitamos estudios y trabajos técnicos, para organizar proyectos, para tenerlos, para tenerlos, para estar en la casilla de salida con más ventajas. Si podemos, para que se puedan hacer cosas, se puedan realizar cosas y que nuestro municipio sea uno de los municipios que no se quede fuera de esos ansiados fondos y que vengan a repercutir directamente en la economía de nuestro municipio. Y, bueno, pues hay otras cosas que son necesarias, que son las gestiones de bombero que llamamos, para resolver situaciones. Recordamos que hemos llegado hasta la mitad de la obra de reforma de la cubierta del pabellón. Esto era una partida presupuestaria que en su momento dotó el Partido Socialista con un euro, porque en una declaración de intenciones que se suele hacer, nosotros la aprobamos, pero es verdad, era una necesidad y el remanente nos permite atenderla para que busquemos durante esos diez años que es la garantía, que al menos durante diez años, esperemos que sean por muchos más, no tengamos ninguna filtración de agua en el pabellón, ni se pueda hacer una práctica adecuada y tranquila del deporte. Si hay unas partidas de las que quiero hacer mención directamente. Seguimos poniendo la partida condicionamiento exterior del molino, porque hemos hecho trabajos en el molino. Se está haciendo la actual glorieta y entendemos que tenemos que seguir poco a poco poniendo en valor y ensalzando, enriqueciendo este entorno. Lo demás pues ustedes lo han visto. Yo creo que he podido analizar en groso modo todo y bueno, como dije esto, mañana fue a comisión, dije ahora mismo, pero yo creo que hoy debía dar una explicación, dado que el Pleno es público y que muchas personas igual estarán siguiendo. Sí, señor Rodríguez Camacho. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho advirtiendo que no sabe si es una errata y que igual estamos nosotros equivocados, pero en su exposición ha dicho que a vivienda se destinaban 100.000 euros. Interviene el Sr. Presidente diciendo que 90.000 al final. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho respondiendo que no, que son 15.000 euros. Por eso digo que la cuantía es muy diferente. Interviene el Sr. Presidente diciendo que sí, que se trata de una errata. Y si lo permite con el informe, son 100.000 euros realmente. O sea, habría que añadirle. Aquí está la señora interventora. Habría que añadirle 85.000 euros. Lógicamente con 15.000 euros si tuviéramos la oportunidad de comprar un solar, no es dinero suficiente. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho preguntando si las cifras cuadrarían. Interviene el Sr. Presidente diciendo habría que sumarle 85.000 euros a los 216.559,25. Señor secretario. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que hay otra partida que a nosotros nos parecía excesiva, que igual la errata está ahí, que es la de plan de medios de comunicación 150.000 euros. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 26 ACTA DEL PLENO Interviene el Sr. Presidente diciendo que ese es el error. Que ahí está el cambio. Gracias. Es una errata. Es un error material a la hora de la transcripción. El plan de medios es 15.000 euros y es que al final pusimos y la adquisición para el suelo de viviendas 150.000 euros. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que esta mañana se hacía mención de que me parecía extraño lo del plan. Interviene el Sr. Presidente diciendo que pensaba que se refería a los 15.000 euros. Sí. Cambiamos esas dos cuestiones. Mejor así. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho preguntando si las cifras cuadrarían. Interviene el Sr. Presidente diciendo que sí. Adquisición de suelo para viviendas 150.000 euros y 15.000 euros el plan de medios, sí. ¿Le parece señor secretario? Interviene el Sr. Secretario señalando que sí, que así queda la misma cantidad y cuadraría. Interviene el Sr. Presidente agradeciendo la advertencia del señor Rodríguez. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho concluyendo que entonces su Grupo puede votar favorable a las dos propuestas. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes,, acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 13/2021, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: SUPLEMENTOS DE CRÉDITO 3420.61919 Obras de Reforma Cubierta Pabellón Municipal 42.559,25 1510.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 30.000,00 9200.22706 Estudios y trabajos técnicos 10.000,00 3360.60903 Acondicionamiento Exterior El Molino 20.000,00 3340.22647 Programa de Dinamización Cultura y Municipal 45.000,00 3380.22114 Suministro de Luces de Navidad 40.000,00 4320.22653 Eventos Audiovisuales Promoción del Municipio 9.000,00 4320.22654 Dinamización Turística 5.000,00 1510.60002 Adquisición de Suelo para Vivienda Pública 150.000,00 TOTAL……... 316.559,25€ Total Suplementos de Crédito: 316.559,25€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 316.559,25€ TOTAL…... 316.559,25€ Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 26 ACTA DEL PLENO Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 3º.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 14/2021, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, POR IMPORTE DE 599.559,25 €, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 24 de junio de 2021, siendo el texto literal del punto nº 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “3º.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 14/2021, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, POR IMPORTE DE 599.559,25 €, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES El Sr. Presidente da cuenta del expediente de modificación de crédito nº 14/2021, en la modalidad de crédito extraordinario, por importe de 599.559,25 €, financiado con remanente de tesorería para gastos generales, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Memoria de la Alcaldía, del Informe de Intervención y del Informe Propuesta de Resolución, el siguiente: “MEMORIA DE LA ALCALDÍA Durante la pandemia, hicimos muchos esfuerzos desde las instituciones Municipales para que se entendiera el papel que juegan las Administraciones Locales en la atención directa e inmediata a las personas, con carácter ordinario, pero aún más ante situaciones de emergencia social que escapan al control del Estado. Hemos vivido tiempos de incertidumbre, y el ejercicio pasado el presupuesto Municipal, quedó des-configurado por modificaciones de crédito, principalmente para contener los efectos sanitarios, sociales y económicos de la pandemia. En ese sentido, siempre tuvimos en cuenta la liquidez, precisamente porque el escenario era desconocido, así como también lo eran las acciones que iban a tomar el resto de Administraciones, para compensar a los Ayuntamientos. En este sentido, tuvimos ocasión de elevar una Queja al Diputado del Común, ante una posible caída de ingresos, y en previsión de tener dificultades para el mantenimiento de nuestros servicios públicos esenciales; Q20/1290, de la que se puede encontrar referencia en las páginas 218 y 219 del Informe del Diputado del Común 2020. Ante todo, hay que agradecer la responsabilidad de la ciudadanía de la Villa de Breña Alta, no sólo sanitaria, sino también el cumplimiento de sus obligaciones tributarias municipales, en un escenario inédito, dónde podían excusarse. Es la prueba de que la contribución igualitaria, proporcional y responsable de todos los miembros que conforman la ciudadanía, hacen sobreponerse a las Sociedades ante cualquier circunstancia, así como lo preparan para afrontar los siguientes desafíos. El RD Ley 27/2020, que de alguna forma venía a suponer una cesión de los remanentes por parte de las entidades locales, a cambio de algunos beneficios que eran imprecisos y no dejaban de ser una expectativa, NO fue convalidado en el Congreso de los Diputados, y contó con el rechazo de 193 Diputados. Sin embargo, el Congreso de los Diputados, forzó una medida, que da cobertura al acto pretendido. El 20 de octubre de 2020, apreció, por mayoría absoluta la concurrencia de las condiciones de excepcionalidad para suspender las reglas fiscales. De este modo, se da cumplimiento al mandato del art. 135.4 CE, el cual establece que “Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados”. Así también, a lo dispuesto en el art. 11.3 LOEPYSF: “Excepcionalmente, el Estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir en déficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 26 ACTA DEL PLENO perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. Esta desviación temporal no puede poner en peligro la sostenibilidad fiscal a medio plazo” Eso nos permite usar el remanente de tesorería para seguir apoyando el tejido social y económico del Municipio, a través de acciones directas e inversiones de mejora de nuestro entorno y servicios, y otras que si bien son indirectas, son acciones de dinamización y de continuidad de eventos que nos han diferenciado y han hecho atractivo el flujo de visitantes y que hacen que nuestra ciudadanía disfrute de oferta de ocio y cultura, mientras lo comparte con la sinergia de nuestro potente tejido comercial, gastronómico y de servicios. Es también importante en esta época potenciar el conocimiento de nuestra marca de Villa, así como nuestra oferta diferenciada que posibilite a los potenciales visitantes y desconocedores de las virtudes que tenemos, acudir y conocer nuestro Municipio. Las incorporaciones de crédito van a permitir además continuar con acciones en el principal pilar de la Sociedad, el educativo, y va en favor del mantenimiento del empleo, a través de la Oferta de Empleo Público. Como se sabe las Ayudas directas a PYMES y Autónomos y al Tejido Social y Económico de la Villa, está contenido en el Presupuesto y cuenta además con incorporación de remanentes de tesorería para gastos generales y para gastos con financiación afectada recientes. Por otra parte, como se sabe es fundamental la realización de vivienda pública, y entendemos que en ese sentido, lo prioritario es la adquisición de suelo, para cederlo a la Administración competente y que esto no suponga una traba a la hora de realizar viviendas de este tipo en nuestro Municipio. Si bien, tenemos un asiento contable de más de 4 millones de € de remanente, hemos optado por los criterios de realismo y prudencia. Realismo; En cuanto a nuestra capacidad para ejecutar las incorporaciones, conjuntamente con el Presupuesto, y prudencia; En cuanto a la incertidumbre aún existente, y la inercia que llevamos en la gestión en cuanto a no generar más tensiones de tesorería. Todo ello, sin perjuicio de que entendamos otras incorporaciones en el futuro, necesarias. FINANCIACIÓN Está modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, en los siguientes términos: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4540.61910 Mejora Accesibilidad Camino Payo 15.000,00 4590.60910 Talud Calle Venezuela 3.000,00 4312.62516 Mobiliario Mercado Los Álamos 150.000,00 454.61912 Rehabilitación Espacio Antigua Iglesia El Socorro 10.000,00 1360.60913 Tomas de incendio 20.000,00 3360.61914 Rehabilitación y Mejora de Edificios Históricos 14.000,00 2310.13102 Personal Refuerzo Apoyo COVID-19 180.000,00 9200.22623 Plan de Medios de Comunicación 150.000,00 4540.61911 Ensanche Camino de la Cumbre 42.559,25 1320.22743 Vigilancia y Centro Nocturno de Edificios Municipales 15.000,00 TOTAL……. 599.559,25€ Total Crédito Extraordinario: 599.559,25 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 599.559,25€ TOTAL…... 599.559,25€ Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” “MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS, n.º 13 DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y N.º 14 DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS (EXPTE. 3167/2021) Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 26 ACTA DEL PLENO artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente I N F O R M E PRIMERO.- Las modificaciones presupuestarias son los cambios en cuantía, finalidad o temporalidad de los créditos inicialmente aprobados en los presupuestos de las entidades locales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, las modificaciones de crédito que podrán ser realizadas en los presupuestos de gastos de la Entidad y de sus Organismos autónomos (entre otros): • Suplementos de créditos. • Créditos extraordinarios. SEGUNDO.- La legislación aplicable es la siguiente: • El artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. • El artículo 37.2, apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuesto. TERCERO.- El expediente que se propone para su aprobación versa sobre una modificación del Presupuesto vigente mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios, por un importe total de 816.118,50 euros. CUARTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y artículo 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, para los que no existe crédito en el vigente Presupuesto de la Corporación o el mismo es insuficiente, se incoó por parte del Alcalde de la entidad local expediente de modificación de créditos. Los gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente y, que cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 37.2 apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 2 de abril, son los siguientes: Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS 3420.61919 Obras de Reforma Cubierta Pabellón Municipal 42.559,25 1510.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 30.000,00 9200.22706 Estudios y Trabajos Técnicos 10.000,00 3360.60903 Acondicionamiento Exterior del Molino 20.000,00 3340.22647 Programa de Dinamización Cultural y Municipal 45.000,00 3380.22114 Suministro de Luces de Navidad 40.000,00 4320.22653 Eventos Audiovisuales Promoción del Municipio 9.000,00 4320.22654 Dinamización Turística 5.000,00 1510.60002 Adquisición de Suelo para Vivienda Pública 15.000,00 CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4540.61910 Mejora accesibilidad Camino Payo 15.000,00 4590.60910 Talud Calle Venezuela 3.000,00 4312.62516 Mobiliario Mercado Los Álamos 150.000,00 Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 26 ACTA DEL PLENO Total… 216.559,25 4540.61912 Rehabilitación Espacio Antigua Iglesia El Socorro 10.000,00 1360.60913 Tomas de Incendio 20.000,00 3360.61914 Rehabilitación y Mejora de Edificios Históricos 14.000,00 2310.13102 Personal Refuerzo Apoyo COVID 19 180.000,00 9200.22623 Plan de Medios de Comunicación 150.000,00 4540.61911 Ensanche Camino de la Cumbre 42.559,25 1320.22743 Vigilancia y Centro Nocturno de Edificios Municipales 15.000,00 Total Suplementos de Créditos y Créditos Extraordinarios: 816.118,50 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 816.118,50 € Total… 816.118,50 € QUINTO.- Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, que es suficiente, según Decreto nº 489/2021, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2020. SEXTO.- Que la modificación presupuestaria, está estructurada y adaptada a lo previsto en la Orden EHA 3565/2008, de 3 de diciembre de 2008, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo. Tal y como queda reflejado, la aplicación presupuestaria se ha definido, al menos, por la conjunción de las clasificaciones por programas y económica, a nivel de grupos de programas y concepto, respectivamente. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del Presupuesto, en los créditos del estado de gastos y respecto a la Clasificación por Programas, el nivel de vinculación jurídica es, como mínimo, a nivel de Área de Gasto, y respecto a la Clasificación económica es, como mínimo, el de Capítulo, cumpliendo lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 500/1990 para los niveles de vinculación. SÉPTIMO.- Asimismo y, de conformidad con la normativa vigente en materia presupuestaria, el presupuesto está sometido a unas reglas básicas que determinan su contenido, ámbito temporal, así como determinados aspectos del mismo, los llamados principios presupuestarios. OCTAVO.- El expediente deberá someterse al Ayuntamiento Pleno con sujeción a los mismos trámites y requisitos que el Presupuesto, resultando de aplicación las normas sobre publicidad, reclamaciones e información a que se refiere el artículo 169 del TRLRHL. NOVENO.- Se ha tenido en cuenta la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece entre sus objetivos garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. Por ello, la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Entidades Locales deben realizarse bajo el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 3 y 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En este punto, cabe recordar que el pasado 20 de octubre de 2020, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó por mayoría absoluta el acuerdo del Consejo de Ministros Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Total… 599.559,25 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 26 ACTA DEL PLENO de 6 de octubre de 2020, por el que se solicita del Congreso de los Diputados la apreciación de que España está sufriendo una pandemia, lo que supone una situación de emergencia extraordinaria, con el fin de aplicar la previsión constitucional que permite en estos casos superar límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública. Con la apreciación adoptada por la mayoría absoluta del Congreso y con efectividad desde el mismo día en que se tomó el acuerdo, quedan suspendidos durante el ejercicio 2020 y 2021 los objetivos de estabilidad y deuda, así como la regla de gasto. De este modo, España deja en suspenso el camino de consolidación fiscal aprobada antes de la crisis sanitaria de la Covid-19. En cualquier caso, la suspensión de las reglas fiscales no implica la suspensión de la aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo ni del resto de la normativa hacendística, todas continúan en vigor. Igualmente, no supone la desaparición de la responsabilidad fiscal, puesto que el Gobierno ha fijado una tasa de déficit de referencia para las Corporaciones Locales en el ejercicio 2021 del 0,1% del PIB que servirá de guía para la actividad municipal. Así, la suspensión de las reglas fiscales, no supone que desaparezca la responsabilidad fiscal de cada una de las administraciones públicas a la que se refiere el artículo 8 de la referida Ley Orgánica 2/2012, como tampoco el principio de prudencia a la hora de ejecutar sus presupuestos. Siendo el resultado del control permanente previo del expediente:  Favorable Villa de Breña Alta.- La Interventora Accidental.- GLORIA ESTHER CALERO LIRIO.- Documento firmado electrónicamente al margen.- ” “D. Luis Fernando Reyes García en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional emito el siguiente: INFORME Objeto: Se procede a elevar el presente informe para a la modificación de créditos de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 26 ACTA DEL PLENO — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 22 de 19 de febrero de 2020. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 14/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4540.61910 Mejora Accesibilidad Camino Payo 15.000,00 4590.60910 Talud Calle Venezuela 3.000,00 4312.62516 Mobiliario Mercado Los Álamos 150.000,00 454.61912 Rehabilitación Espacio Antigua Iglesia El Socorro 10.000,00 1360.60913 Tomas de incendio 20.000,00 3360.61914 Rehabilitación y Mejora de Edificios Históricos 14.000,00 2310.13102 Personal Refuerzo Apoyo COVID-19 180.000,00 9200.22623 Plan de Medios de Comunicación 150.000,00 4540.61911 Ensanche Camino de la Cumbre 42.559,25 1320.22743 Vigilancia y Centro Nocturno de Edificios Municipales 15.000,00 TOTAL……. 599.559,25€ Total Créditos Extraordinarios: 599.559,25€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 599.559,25€ TOTAL…... 599.559,25€ SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 26 ACTA DEL PLENO en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. Villa de Breña Alta.- El Secretario General.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Alcalde da por explicado el punto con las consideraciones contenidas en el punto anterior. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, acordó, por ( 4 ) votos a favor (3 CC-PNC y 1 Grupo Mixto-PP), y ( 1 ) abstención (1 PSOE), propone se acuerde aprobar el expediente de modificación de crédito nº 14/2021, en la modalidad de crédito extraordinario, por importe de 599.559,25 €, financiado con remanente de tesorería para gastos generales, en los términos expuestos.” Las intervenciones se trataron en el punto anterior conjuntamente, advirtiendo error y rectificando cantidades. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 14/2021, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4540.61910 Mejora Accesibilidad Camino Payo 15.000,00 4590.60910 Talud Calle Venezuela 3.000,00 4312.62516 Mobiliario Mercado Los Álamos 150.000,00 454.61912 Rehabilitación Espacio Antigua Iglesia El Socorro 10.000,00 1360.60913 Tomas de incendio 20.000,00 3360.61914 Rehabilitación y Mejora de Edificios Históricos 14.000,00 2310.13102 Personal Refuerzo Apoyo COVID-19 180.000,00 9200.22623 Plan de Medios de Comunicación 15.000,00 4540.61911 Ensanche Camino de la Cumbre 42.559,25 1320.22743 Vigilancia y Centro Nocturno de Edificios Municipales 15.000,00 TOTAL……. 464.559,25€ Total Créditos Extraordinarios: 464.559,25€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 464.559,25€ TOTAL…... 464.559,25€ Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las 18 horas y 50 minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 26 ACTA DEL PLENO Secretario Interino, certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0005 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 53JA5YCF2XRS92JWXZ69JR36P | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 26 ACTA DEL PLENO