ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN   EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Patricia Ayut Martín Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio González Rodríguez D. Miguel Ángel Pérez González Dª. Laura García Bonilla Dª. Mª Lourdes Bethencourt Lorenzo D. Daniel Rodríguez Camacho Dª. Ángeles Yudena González Rodríguez D. Borja Perdomo Hernández Dª. Mª Teresa Rodríguez Concepción Interventora Accidental: Dª. Gloria Esther Calero Lirio Secretario Interino: D. Luis Fernando Reyes García Asistencia Técnica: Dª. Juana Esther Rodríguez González D. Felipe Pérez Rodríguez En la Villa de Breña Alta, siendo las 7:55 horas, del día 11 de noviembre de 2021, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo telemáticamente los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por el Sr. Secretario Interino, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria y urgente convocada para este día y hora. SECRETARIO INTERINO Fecha Firma: 14/12/2021 HASH: c17433e8bf72aedf7eb0f0c44ac7c7e2 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 2) No asiste Dª. Mª José García Álvarez Declarada abierta la sesión, seguidamente se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA ALCALDE Fecha Firma: 14/12/2021 HASH: 6d4dae9a28071ec5ebb3b11c4e451b22 JONATHAN DE FELIPE LORENZO (2 de 2) El Sr. Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con los siguientes puntos del Orden del Día: “2º.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL 2020. 3º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 18, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 360.000,00 €, PARA ALBERGUE DEPORTIVO. 4º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 19, SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 159.000,00€ CON DESTINO A "PLAN DE ACCIÓN SOCIAL". 5º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 31, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 60.000,00€, CON DESTINO A EMERGENCIA VOLCÁN. 6º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 32, SUPLEMENTO DE CRÉDITO POR IMPORTE DE 36.800,00€ PARA HACER FRENTE A ENERGÍA ELECTRÍCA EN INSTALACIONES "; motivada en que son puntos que deben ser elevados al plenario si se quieren tramitar antes del 31 de diciembre del año en curso, al contar con plazo de exposición pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por eso es necesario que se someta con urgencia a la presente sesión. Sometido a votación, el Pleno acordó por unanimidad de los presentes, declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL 2020 El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 6 de octubre y 11 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 16 ACTA DEL PLENO El Sr. Presidente da cuenta del expediente CUENTA GENERAL 2020, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: “Visto el informe del Secretario General: Visto expediente 3063/2021 de aprobación de la Cuenta General de 2020 del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta que consta de: a) Providencia de Alcaldía. b) Informe de Secretaría. c) Informe de Intervención. d) Informe Secretario Gesbalta S.L. e) Memoria de la Cuenta General de 2020 y anexo. f) Acta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio de 6 de septiembre de 2021. Vista la Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 123 de 13 de octubre de 2021 anuncio indicando que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez que ha sido informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2020. Visto que Secretaría comprueba que en el plazo de exposición no se han registrado ninguna reclamación, reparo u observación a la misma. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable es la siguiente: — Los artículos 22.2 e) y 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. — Los artículos 208 a 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 119.3 y 137 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria. — Las Reglas 44 a 51 de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local — El artículo 9 y siguientes de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. — El artículo 31 y siguientes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. — El artículo 2, 6 y 27 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 30 del Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales, aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los Principios Generales sobre contabilidad analítica de las Administraciones Públicas (IGAE 2004). — Los Indicadores de Gestión en el ámbito del sector público (IGAE 2007). — El Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. — La Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública. — La Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban las normas para la Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 16 ACTA DEL PLENO formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público. — La Orden EHA 3565/2008, de 3 de diciembre, por la cual se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. — El artículo 4.2.b) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — La Resolución de 30 de marzo de 2007, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión de Gobierno, de 29 de marzo, sobre creación del Registro Telemático del Tribunal de Cuentas. — La Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las Cuentas Anuales del Plan General de Contabilidad Pública. — La Resolución de 28 de julio de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se recomienda un formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático que facilite su rendición. — La Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Instrucción sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales. — La Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015, por el que se aprueba la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha Cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015. Esta Alcaldía PROPONE se acuerde: PRIMERO.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2020 de acuerdo a lo previsto en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. SEGUNDO.- Remitir la documentación a la Audiencia de Cuentas de Canarias, de conformidad con el artículo 212.5 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.” El Alcalde explica el punto indicando que la cuenta general es positiva. Ante todo quiero agradecer a los servicios económicos, como saben, muchos de los proveedores y personas que trabajan con nuestra Administración siempre les digo que gracias al esfuerzo y al trabajo de todos los servicios económicos y todos los servicios municipales, desde las certificaciones al pago inmediato a los informes preceptivos, sin ellos no sería posible presentar esta cuenta general, llegar a final de 2020 con un 97,74% de pago, estamos hablando de casi el 100% pagado a 31 de diciembre de 2020, y luego, en cuanto a la parte de inversión, estamos hablando de un presupuesto 2020 con un gasto por habitante, tenemos que tener en cuenta que fue el año de la COVID, donde se hicieron muchas modificaciones de crédito, donde superamos el presupuesto en gasto corriente en un 107%, y el gasto por habitante se coloca en unos 1.202 euros por habitante, yo creo que es una cifra nada deleznable, teniendo en cuenta que estamos en una Administración pública local, la ejecución presupuestaria también presenta unos grandes datos. Es verdad que sobre el presupuesto inicial en el año 2020 tenemos que tener en cuenta que vino la COVID y todo fueron modificaciones de crédito, alcanzó el 65%, pero sobre el presupuesto total, es decir, sobre el dinero, ya les dije que solamente en gasto corriente superamos el 100%, es decir, ejecutamos el presupuesto teniendo en cuenta esas modificaciones y teniendo en cuenta que tuvimos que actuar en la COVID. También hay que, evidentemente, todo esto se debe gracias al esfuerzo de las personas y las familias del municipio de Breña Alta. Tenemos una realización de cobro que hay que aplaudir en nuestro municipio con un 93,26%, eso habla mucho en una época complicada de la responsabilidad que tiene nuestra ciudad. Por lo tanto, volviendo a agradecer a todas las personas que han trabajado durante el año 2020, los servicios económicos que presentamos y que podemos presentar hoy en nuestra cuenta general, y diciendo además que también este municipio cuenta con una autonomía fiscal, teniendo en cuenta, y vuelvo, que somos una Administración Local del 39,37%, creo que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 16 ACTA DEL PLENO es una cuenta general que es bastante positiva. Han visto también el arqueo a 2020, sabemos que teníamos muchas inversiones que pertenecían a dinero de otras Administraciones, a actuaciones que hemos conseguido a través de transferencias. Nuestras cuentas, presentamos un arqueo sobre diez a 31 de diciembre de 2020 de más de 6 millones euros. El Concejal, Sr. Rodríguez Camacho, toma la palabra e indica que ratificamos lo que habíamos dicho en la Comisión, que se celebró en octubre, que entendíamos que era una anualidad atípica la del 2020. Evidentemente, vino sobrevenida por la pandemia y todas las actuaciones de emergencia que se tuvieron que realizar, tanto en ayudas y prestaciones que se hicieron desde el ayuntamiento, tenían que realizar todas esas modificaciones de crédito que al fin y al cabo vinieron a modificar el presupuesto, como bien ha dicho el alcalde, y por otro lado también, desde el capítulo de ingresos y en recaudación pues evidentemente se tuvieron que bonificar muchas de las tasas y precios públicos que tenía el ayuntamiento, evidentemente, establecer un criterio objetivo de esa anualidad comparándolo con otras anualidades anteriores pues ya lo vaticinábamos justo antes de comenzar la pandemia que iba a ser imposible, que iba a venir sobrevenido por la situación y, evidentemente, es lo que nos tocó hacer en ese momento y tuvimos que actuar de esa manera, creo que todos de forma corresponsable. Y decir lo que había dicho ahora, en la Comisión anterior, que nosotros en la primera Comisión, por no haber tenido tiempo para haber estudiado el documento en sí, nos habíamos abstenido, y ahora sí que vamos a cambiar el sentido del voto a un voto favorable. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2020 de acuerdo a lo previsto en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. SEGUNDO.- Remitir la documentación a la Audiencia de Cuentas de Canarias, de conformidad con el artículo 212.5 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.” 3º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 18, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 360.000,00 €, PARA ALBERGUE DEPORTIVO. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 11 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 18, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: “Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 16 ACTA DEL PLENO — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 18/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: CRÉDITO EXTRAORDINARIO 3420.62205 Albergue Deportivo 360.000,00€ TOTAL……... 360.000,00€ Total Crédito Extraordinario: 360.000,00€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 360.000,00€ TOTAL…... 360.000,00€ SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El Alcalde explica el punto, como se había adelantado en el último Pleno Ordinario, es intención del Ayuntamiento impulsar y apoyar las instalaciones deportivas incluyendo un albergue socio-deportivo. Se está pendiente de la entrega del proyecto de obra que ya se encargó por Decreto de Alcaldía y determinar número de literas por altura. En la memoria se incluye explicación que también para situaciones de emergencias es un recurso de gran valor a incluir en el Plan Municipal de Emergencias. El albergue colmata el anillo deportivo dando Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 16 ACTA DEL PLENO fuerza para que sea de alto rendimiento. Hace falta la modificación de crédito para incorporar cantidad al Capítulo 6 antes del 31 de diciembre de 2021. Toma la palabra el Concejal Sr. Daniel Rodríguez exponiendo que ya en Pleno trasladaron que cuando estuvieron en el Gobierno les hubiera gustado poder desarrollar pero en ese momento las prioridades eran otras. Su grupo apoya la creación de la instalación. Es interesante su inclusión en el Plan Municipal de Emergencias. Plantea duda sobre el plazo para la ejecución de la obra ¿Sería hasta el 31 de diciembre o se prorrogaría para el próximo año? El Alcalde responde que por eso se lleva ahora la aprobación la reserva de crédito, para poder ejecutarse también dentro del año 2022. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 18, en los términos expuestos. El Alcalde explica el tercer punto que es la aprobación de la modificación de crédito número 18 de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales por importe de 360.000 euros para albergue deportivo. Procedo a dar una somera explicación. Como saben, habíamos contratado el proyecto para ese albergue deportivo en la zona deportiva donde está nuestro anillo deportivo, en la zona aledaña al polideportivo, entre el polideportivo y las instalaciones de Baltavida, creo que se ha hecho una apuesta a lo largo de estos años en Breña Alta por tener una infraestructuras deportivas muy potentes, que se han ido entendiendo además las nuevas tendencias deportivas que han ido apareciendo, que seguimos y queremos seguir haciendo más esfuerzos atendiendo al tejido deportivo del municipio de Breña Alta, yo creo que es importante, no solo la parte de las instalaciones, sino el trabajo que hacen los deportistas individuales de los clubes, y las asociaciones deportivas. Es muy importante y eso también lo tenemos que atender, y lo dijimos, y lo veníamos hablando desde la legislatura pasada, que debemos dar un salto de calidad en lo deportivo, si ya conseguimos cerrarlo con un albergue deportivo, tenemos la posibilidad de hacerlo ahora, con una incorporación de remanente de crédito, y estamos ultimando el proyecto. Se habla de un albergue de 38 a 47 plazas, dependiendo de las literas, en su momento se vendrá a presentar el proyecto, decía que estamos haciendo esto porque necesitamos incorporar el remanente para tener todos los trámites listos antes del 31 de diciembre, y luego traeremos el proyecto y lo presentaremos, porque es un proyecto, bonito y ambicioso, en el municipio. Añadiéndole a esto además que, como decía en Comisión, es una instalación que también va a estar en nuestro Plan de Emergencia Municipal, porque es una instalación que en un momento determinado puede servir para una emergencia, como hemos visto lo que ha pasado en el oeste de la isla, y es bueno siempre tener un sitio donde con carácter inmediato albergar a determinadas personas, es decir, tiene también no solo una finalidad deportiva, no solo colocarnos como, yo creo, con unas instalaciones de alto rendimiento dentro del archipiélago, sino además de venir a posibilitar una alternativa emergente habitacional en un momento determinado. El Concejal Sr. Rodríguez Camacho añade que conste lo que dijeron en la Comisión Informativa, para no extendernos mucho, lo único la duda que habíamos comentado de preguntar los plazos que teníamos para ejecución antes de final de año, si había que ejecutar la obra o comenzarla antes de final de año, o si la reserva se mantenía, simplemente hacer constar lo mismo que dijimos en Comisión. El Alcalde replica que sí, para contestarle, dado que es un Pleno público, decirle que si, como le dije, tenemos una reserva de crédito antes del 31 de diciembre podemos incorporarla, y reservado, como crédito reservado, en el ejercicio siguiente. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 16 ACTA DEL PLENO Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 18/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en aplicaciones de gastos: CRÉDITO EXTRAORDINARIO 3420.62205 Albergue Deportivo 360.000,00€ TOTAL……... 360.000,00€ Total Crédito Extraordinario: 360.000,00€ Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Descripción Euros ingresos 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales…. 360.000,00€ TOTAL…... 360.000,00€ SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” 4º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 19, SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 159.000,00€ CON DESTINO A "PLAN DE ACCIÓN SOCIAL". El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 11 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 4 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 19, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: “Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 16 ACTA DEL PLENO — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta,. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 19/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 241.14107 Plan de Acción Social 112.000,00€ 241.16000 Seguridad Social 47.000,00€ Total… 159.000,00€ Total Suplementos de Créditos: 159.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 159.000,00 € Total… 159.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El Alcalde explica el punto, el Plan de Acción Social, tenía unos criterios de valoración donde cumplían unas 40 personas, dada la situación post-covid, necesidades de empleabilidad, personas en riesgo de exclusión social, que no habían participado en convenio de empleo y teniendo un remanente de crédito. El Coordinador de Servicios Sociales trasladó lo positivo que podría ser para esas personas participar en el Plan de Acción Social. Esto es posible gracias a la flexibilidad de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 16 ACTA DEL PLENO Descripción Euros Toma la palabra el Concejal Sr. Daniel Rodríguez, aludiendo a esa flexibilidad de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, y siempre que tenga validez jurídica, estamos para hacer políticas para las personas. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 19, en los términos expuestos. El Alcalde expone el 4º punto que es la aprobación de la modificación de crédito número 19, suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería para gastos generales por importe de 159.000 euros con destino al Plan de Acción Social. Bueno, como saben, sacamos una convocatoria anual del Plan de Acción Social. Este año la incorporamos en presupuesto, el año pasado incluso recuerdan que hicimos una modificación de crédito que fue una de las acciones que tomamos ante la reacción de la COVID-19, aparte del apoyo al tejido empresarial pusimos en marcha mediante una modificación de crédito, otro suplemento al Plan de Acción Social. Y este año teníamos una cuantía determinada para el Plan de Acción Social y por eso ofertamos unas plazas determinadas, unas plazas determinadas donde concurrieron unas personas, un número de personas que al final cumplieron los requisitos objetivos, evidentemente, en una baremación unos están por encima de otros, teniendo en cuenta sus circunstancias sociofamiliares, pero si no nos vamos a esa baremación y directamente vamos a los criterios objetivos y a los que cumplen, había como cuarenta personas que podían cumplir. Entendíamos en este momento que estábamos en un momento, vuelvo a reiterar, social complicado, debido a la COVID-19, debido a esa reinyección que tenemos que hacer a nivel social y a nivel económico, y, bueno, entendiendo que incluso en determinadas ocasiones hemos sacado convocatorias, como la del año pasado, como la del apoyo al tejido empresarial que siempre, aun poniendo determinadas líneas quedan cuantías sin abonar, dijimos, tenemos la posibilidad, gracias a la flexibilización de las reglas fiscales y la Ley de Estabilidad Presupuestaria, tenemos la posibilidad de incorporar, lo cual no se podía hacer antes, se supone que era solamente para inversiones, e inversiones financieramente sostenibles, pues incorporamos el crédito a futuro y estas personas, es decir, las cuarenta personas, pueden entrar a trabajar, en este momento tienen la oportunidad de tener una cotización, personas que nunca han entrado en un Plan de Empleo en el ayuntamiento, es la primera vez, debutan con el Plan de Empleo en el municipio, están en el Plan de acción social y son personas que luego además tendrán acceso a las prestaciones en un escenario de incertidumbre, porque estamos reaccionando a los coletazos de la COVID-19, COVID-19 que todavía no nos ha abandonado, cada vez busca alternativas para quedarse; de hecho, los datos en España y en Europa son preocupantes y nosotros estamos también en nuestro municipio preocupados. En ese sentido, yo creo que ha sido positivo el hecho de atender a esas personas y para ello necesitamos poner más crédito y tenemos crédito en el remanente y, por tanto, yo creo que es una acción social importante, son oportunidades para las personas y, como digo, son posibilidades a futuro y alternativas que les damos a estas personas y a estas familias. El Concejal, Sr. Rodríguez Camacho reitera lo dicho en Comisión, la flexibilidad que este año aporta el remanente de Tesorería nos permite hacer esto, siempre y cuando tenga validez jurídica, lo mismo que dije antes, nosotros aquí estamos haciendo política para las personas y es lo que nos toca, evidentemente, o sea que estamos de acuerdo. El Alcalde agradece al señor Rodríguez. Hay que tener en cuenta, por lo de la validez jurídica, que se hizo, la mesa, selección y cumplieron, es decir, los requisitos se fiscalizaron, que esas personas cumplan los requisitos, es decir, que no se han elegido unas personas con respecto a otras, sino que son las que objetivamente cumplían los requisitos. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 16 ACTA DEL PLENO PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 19/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 241.14107 Plan de Acción Social 112.000,00€ 241.16000 Seguridad Social 47.000,00€ Total… 159.000,00€ Total Suplementos de Créditos: 159.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 159.000,00 € Total… 159.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” 5º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 31, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, POR IMPORTE DE 60.000,00€, CON DESTINO A EMERGENCIA VOLCÁN. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 11 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 5 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 31, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: “Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Descripción Euros Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 16 ACTA DEL PLENO — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 31/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO EXTRAORDINARIO 311.22668 Erupción Volcán 60.000,00€ Total… 60.000,00€ Total Crédito extraordinario: 60.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 60.000,00 € Total… 60.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El Alcalde explica el punto, se ha tenido que atender situación de emergencia en el municipio con caída de cenizas. Se tuvo que actuar rápidamente en tejados de edificios municipales, calles, accesos de personas con movilidad reducida y personas dependientes. El Alcalde agradece la labor de los voluntarios y también de trabajadores del Plan de Acción Social para ayudar en el barrido. También la colaboración ciudadana para barrer y adecentar las vías y calles. Este dinero se destina a financiar empresas de limpieza que realizaron Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 16 ACTA DEL PLENO Descripción Euros trabajos de emergencia en el municipio. Todavía estamos en emergencia volcánica y no se conocen todos los gastos que se derivan de la situación climática adversa. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 31, en los términos expuestos El Alcalde explica el 5º punto es la aprobación de la modificación de crédito nº 31, de suplemento de crédito financiado con el remanente de Tesorería para gastos generales por importe de 60.000 euros con destino a emergencia del volcán. Bueno, nos ha tocado a nosotros nada, que es limpiar cenizas, dentro de lo que le ha tocado a la parte oeste, pero evidentemente hemos tenido que actuar con la máxima rapidez, la que nos ha permitido nuestros servicios ,hay que agradecer, y vuelvo a decirlo, a todas las personas, a todas las empresas, a todos los colaboradores, a todos los voluntarios, aquellos que han estado sacando cenizas incluso en sus propias viviendas, delante de sus viviendas, delante de su comunidad de propietarios, todas las que han hecho un esfuerzo para también, porque evidentemente no podemos llegar con la agilidad que se requiere porque es imposible, pero hay personas que incluso han hecho esfuerzos y han limpiado determinados viales para que pasen los vehículos, hay que agradecérselo, yo creo que se ha entendido perfectamente por la ciudadanía la emergencia en este momento y, bueno, pues evidentemente necesitábamos de contrataciones de empresas, aparte para el apoyo a todas estas personas y a todos nuestros servicios, y lo hemos ido haciendo. Tampoco es que tengamos mucha capacidad, no hay muchas empresas, y muchas empresas en la isla en este momento pues están también en la emergencia y no tienen mucha disponibilidad, pero hemos podido llegar a limpiar los techos de las personas con movilidad reducida, han limpiado sus viviendas, hemos podido llegar a los edificios públicos, a los pabellones deportivos, que es lo que hemos ido haciendo, y a los viales a través también de esas barredoras que nos han puesto al servicio desde Fomento que, como saben, es la empresa que nos lleva Servicios, Obras y Mantenimiento, es la empresa adjudicataria por ahora de este servicio y que nos está dando un servicio, que yo creo que ha hecho también un esfuerzo que hay que agradecer, hay que agradecérselo a los Alcaldes también, que han liberado esas barredoras en determinados municipios, como en San Miguel de Abona, también en el Ayuntamiento de Las Palmas, yo creo que es importante toda la colaboración que hemos tenido, pero aparte de esto necesitamos una partida económica para seguir, para atender a aquellos mandatos que ya hemos hecho y para seguir atendiendo la emergencia, una partida económica de 60.000 euros, sin perjuicio de que se pueda incrementar, de que pensemos de cara al presupuesto que podamos seguirla teniendo, esperamos que no la tengamos que hacer porque el volcán se apague cuanto antes, termine cuanto antes, deje de erupcionar cuanto antes, pero bueno, de momento estamos en la emergencia y tenemos que actuar así. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 31/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO EXTRAORDINARIO 311.22668 Erupción Volcán 60.000,00€ Total… 60.000,00€ Total Crédito extraordinario: 60.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 16 ACTA DEL PLENO Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 60.000,00 € Total… 60.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” 6º.- APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 32, SUPLEMENTO DE CRÉDITO POR IMPORTE DE 36.800,00€ PARA HACER FRENTE A ENERGÍA ELECTRÍCA EN INSTALACIONES. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 11 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 6 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 32, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: “Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 16 ACTA DEL PLENO Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 32/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 341.22100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 20.800,00€ 231.22100 Energía eléctrica Centros Sociales 16.000,00€ TOTAL……. 36.800,00€ Total Suplementos de Créditos: 36.800,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 36.800,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El Alcalde explica el punto, han subido los costes de energía eléctrica de manera sustancial, ejemplifica esa subida con el coste de las instalaciones deportivas municipales. Se va a intentar acogerse a bonificaciones por estar la isla de la Palma declarada en situación de zona catastrófica. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 32, en los términos expuestos El Alcalde explica el 6º punto, la aprobación de la modificación de crédito número 32, suplemento de crédito por importe de 36.800 euros para hacer frente a la energía eléctrica en instalaciones. La interventora está aquí conmigo, para que la ciudadanía de alguna forma también sepa el esfuerzo que cuesta mantener los servicios públicos, que yo creo que lo saben de sobra, pero para que lo conozcan de primera mano, solamente en instalaciones deportivas la facturación en energía eléctrica de este mes ha sido de 14.500 euros. Evidentemente, teníamos una previsión a principio de año, cuando hicimos el presupuesto, y ahora ha cambiado radicalmente, porque venimos con la previsión debido a la subida, a la gran subida del suministro eléctrico, que también preocupa, y lo más que preocupa es que también está afectando a muchas personas y a muchas familias. Y, claro, evidentemente, tenemos que cumplir con las obligaciones y tenemos que tener dinero suficiente en la partida. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 16 ACTA DEL PLENO Descripción Euros Total… 36.800,00 € Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 32/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 341.22100 Energía eléctrica instalaciones deportivas 20.800,00€ 231.22100 Energía eléctrica Centros Sociales 16.000,00€ TOTAL……. 36.800,00€ Total Suplementos de Créditos: 36.800,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 36.800,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” 7º.- AGRADECIMIENTO A LA POLICÍA LOCAL DE LA VILLA DE BREÑA ALTA POR RÁPIDA ACTUACIÓN ANTA CAÍDA DE NIÑA. El Alcalde indica que el 7º punto es un agradecimiento a la Policía Local de la Villa de Breña Alta. Evidentemente podría haber mandado un agradecimiento por escrito como alcalde del municipio, pero creo que, y entiendo, que es importante que lo hagamos en Pleno y que tenga el beneplácito de todos los miembros del Pleno, que es un agradecimiento a la Policía Local de la Villa de Breña Alta por la rápida actuación ante la caída de una niña en Mercadona, recuerden que se cayó una niña en el suelo de Mercadona, que quedó inconsciente y que, sus padres, evidentemente, estuvieron en estado de shock, y gracias a la rápida actuación en ese momento de, yo digo de toda la Policía Local, pero en ese momento es de dos policías locales que estaban de servicio, Ariel Sabina y Ángel Faris, pudieron conseguir llegar al hospital y la niña está sana y salva, está bien, y realmente esto creo que es un gesto de un buen servicio público y también ha llegado, y lo hemos visto, el agradecimiento de los padres, que estaban muy agradecidos con el rápido servicio de nuestro servicio de Policía Local, y en ese sentido creo que dado que forman parte de esta institución municipal, de esta Administración, pues decir en este Pleno, creo que le agradecemos y que nos sentimos orgullosos de que hayan hecho ese servicio con efectividad y eficiencia. El Concejal, Sr. Rodríguez Camacho, toma la palabra diciendo que es tranquilizante contar con profesionales, en este caso con personas formadas dentro de nuestra Policía Local, que sean capaces de gestionar, como se presupone, pero que nunca uno está preparado para eso, en estos casos de emergencia, y agradecer, evidentemente, la labor que han tenido y desear que para la niña solo quede en una anécdota y que no haya pasado nada más, todo lo contrario, agradecemos tanto por un lado el estado de salud como por el otro de la diligencia que han tenido las personas que conforman parte de nuestro cuerpo de Policía Local a la hora de asistir esta emergencia. La Concejala, Sra. Rodríguez Concepción, se suma a las muestras de agradecimiento y, por supuesto, al reconocimiento de la profesionalidad del equipo que tenemos que conforma Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Descripción Euros Total… 36.800,00 € Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 16 ACTA DEL PLENO la Policía Local del municipio, evidentemente en esta situación puntual, pero quiero generalizar a toda su actividad normal durante todo su trabajo y, por supuesto, me uno a la tranquilidad de que gracias a esta efectividad la niña y la familia están todos a salvo. El Alcalde concluye que se eleve certificado del agradecimiento a los dos policías locales del acta de este Pleno en la parte que compete al punto 7º. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, agradeciendo la puntualidad y, como siempre, la elegancia en las formas, siendo las 08 horas y 20 minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretario Interino, certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0007 Fecha: 14/12/2021 Cód. Validación: 5E337DFT9L72MEJGFQH2KJ5RP | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 16 ACTA DEL PLENO