ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN   EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DE 2021 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Patricia Ayut Martín Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio González Rodríguez D. Miguel Ángel Pérez González Dª. Laura García Bonilla Dª. Mª Lourdes Bethencourt Lorenzo D. Daniel Rodríguez Camacho Dª. Ángeles Yudena González Rodríguez Dª. Mª Teresa Rodríguez Concepción Interventora Accidental: Dª. Gloria Esther Calero Lirio Secretario Interino: D. Luis Fernando Reyes García Asistencia Técnica: Dª. Juana Esther Rodríguez González D. Felipe Pérez Rodríguez En la Villa de Breña Alta, siendo las 8:00 horas, del día 18 de noviembre de 2021, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo telemáticamente los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por el Sr. Secretario Interino, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria y urgente convocada para este día y hora. SECRETARIO GENERAL Fecha Firma: 07/03/2022 HASH: c17433e8bf72aedf7eb0f0c44ac7c7e2 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 2) No asiste Dª. Mª José García Álvarez y D. Borja Perdomo Hernández Declarada abierta la sesión, seguidamente se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA ALCALDE Fecha Firma: 08/03/2022 HASH: 6d4dae9a28071ec5ebb3b11c4e451b22 El Sr. Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con los siguientes puntos del Orden del Día: “2º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 33, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO AYUDAS AL TEJIDO AGRÍCOLA Y GANADERO DE ESTE MUNICIPIO, POR IMPORTE DE 70.000,00€; 3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 34, SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERA POR IMPORTE DE 4.000,00, PARA "GASTOS FINANCIEROS"; motivada en que son puntos que deben ser elevados al plenario si se quieren tramitar antes del 31 de diciembre del año en curso, al contar con plazo de exposición pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por eso es necesario que se someta con urgencia a la presente sesión. JONATHAN DE FELIPE LORENZO (2 de 2) Sometido a votación, el Pleno acordó por unanimidad de los presentes, declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 33, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO AYUDAS AL TEJIDO AGRÍCOLA Y GANADERO DE ESTE MUNICIPIO, POR IMPORTE DE 70.000,00€ El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 18 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 33, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: ANTECEDENTES Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6 ACTA DEL PLENO Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 22 de 19 de febrero de 2020. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 33/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO EXTRAORDINARIO 419.22668 TEJIDO AGRÍCOLA Y GANADERO 70.000,00€ Total… 70.000,00€ Total Crédito extraordinario: 70.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 6 ACTA DEL PLENO Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 70.000,00 € Total… 70.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. El Alcalde explica el punto, los ganaderos han sufrido indirectamente el volcán con la caída de ceniza sobre sus pastos, algunos tenían sembrado pasto que ha quedado inservible, el ganado está estabulado. Se une la subida de precios del cereal y forraje. Todo ello hace que apoyemos al sector ganadero para ayudarle a comprarle alimentación al ganado. Se están preparando las bases que se elevarán próximamente a Comisión Informativa, para llegar a todas las necesidades, dependiendo del número de cabezas de ganado. El Concejal, Sr. Rodríguez Camacho, pregunta si las ayudas se van hacer efectivas antes de final de año. El Alcalde contesta que al ser una actuación de emergencia es posible, y es voluntad municipal que las ayudas estén otorgadas antes del 31 de diciembre de 2021. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 33, en los términos expuestos El Alcalde explica el punto, informando de lo trasladado en Comisión Informativa. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 33/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO EXTRAORDINARIO 419.22668 TEJIDO AGRÍCOLA Y GANADERO 70.000,00€ Total… 70.000,00€ Total Crédito extraordinario: 70.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 70.000,00 € Total… 70.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Descripción Euros Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 ACTA DEL PLENO Descripción Euros 3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 34, SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERA POR IMPORTE DE 4.000,00, PARA "GASTOS FINANCIEROS" El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 18 de noviembre de 2021, siendo el texto literal del punto n.º 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: El Sr. Presidente da cuenta del expediente Modificación de Crédito 34, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la propuesta, el siguiente: ANTECEDENTES Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito suficiente en el vigente presupuesto de la Corporación, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable la propuesta de Alcaldía. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 ACTA DEL PLENO PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 34/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 9340.35900 Otros gastos financieros 4.000,00€ TOTAL……. 4.000,00€ Total Suplementos de Créditos: 4.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 4.000,00 € Total… 4.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” El Alcalde explica el punto, las entidades bancarias han subido sus comisiones y desde los Servicios Económicos elevan que la partida se ha quedado aminorada, por ello se eleva la modificación de crédito. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la modificación de crédito 34, en los términos expuestos El Alcalde explica el punto, informando de lo trasladado en Comisión Informativa. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 34/2021, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 9340.35900 Otros gastos financieros 4.000,00€ TOTAL……. 4.000,00€ Total Suplementos de Créditos: 4.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 4.000,00 € Total… 4.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Descripción Euros Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 ACTA DEL PLENO Descripción Euros Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, agradeciendo la puntualidad y, como siempre, la elegancia en las formas, siendo las 08 horas y 15 minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretario Interino, certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Número: 2021-0008 Fecha: 07/03/2022 Cód. Validación: AZMH37GCPF74DGZ5CP6G64PYE | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 6 ACTA DEL PLENO