ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN   EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 28 DE OCTUBRE DE 2022 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo En la Villa de Breña Alta, siendo las 13:00 horas, del día 28 de octubre de 2022, se constituyó la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Tenientes de Alcalde relacionados al margen, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. JUANA ESTHER RODRIGUEZ GONZALEZ (1 de 2) Tenientes de Alcalde: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Patricia Ayut Martín D. Sergio González Rodríguez Dª. M.ª Teresa Rodríguez Concepción SECRETARIA SESIÓN Fecha Firma: 31/10/2023 HASH: 9bea2bf158f2542661064b1357a535c5 Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Alcalde-Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con los siguientes puntos del Orden del Día "CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL EN EXPEDIENTE RELATIVO A RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2021/2022" y "EXPEDIENTE RELATIVO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN NOBEL NEGOCIOS, SL Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2022, PARA LA ACCION FORMATIVA Nº 22-38/500023 (ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES)", motivada en la necesidad de corregir el error de la resolución de ayudas a estudiantes con la mayor celeridad posible y aprobar el Convenio para continuar con los tramites correspondientes, por lo que se considera procedente celebrar la presente sesión. ALCALDE Fecha Firma: 31/10/2023 HASH: 439e1a66e0033c470196482b4cbba053 JONATHAN DE FELIPE LORENZO (2 de 2) Sometido a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.-CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL EN EXPEDIENTE RELATIVO A RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2021/2022. El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta de la corrección de error material en expediente relativo a resolución de la convocatoria de las ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla, durante el curso académico 2021/2022, siendo el texto literal del informe del AEDL-Coordinador y de la Propuesta de la Alcaldía, el siguiente: “INFORME DE RECTIFICACION DE ERROR MATERIAL DE INFORME PREVIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ACCESO A AYUDAS PÚBLICAS Expediente: 3082/2022 Procedimiento: Convocatoria de ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2021/22. ANTECEDENTES.- Visto el acuerdo de Resolución de la Convocatoria de las ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla, durante el curso académico 2021/2022, adoptado por la Junta de Gobierno Local de 21 de octubre de 2022, con cargo a la partida 2021.3260.48101 del presupuesto municipal para el ejercicio 2021, dotada con 56.000 €, en base al informe sobre el cumplimiento de los requisitos para el acceso a las mismas de fecha 13 de octubre de 2022. Advertido error material en la distribución individual de las ayudas por contradicción entre los puntos primero, segundo y tercero del informe, en los que figura la distribución correcta de las 92 solicitudes presentadas, y el punto cuarto del mismo, en el que figura el error material detectado; toda vez que son 70 y no 90 las solicitudes presentadas correspondientes a estudios realizables en Canarias amparables por la Convocatoria, hecho que incide en la distribución individual de las ayudas concedidas. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Visto lo cual, una vez corregido el error material detectado y en aplicación de lo especificado en el párrafo 3º de la Base Sexta, se emite el siguiente.-  INFORME: Primero.- Acogiéndose a la convocatoria se han presentado un total de noventa y dos (92) solicitudes de ayuda, junto a la documentación preceptiva, cuya síntesis se muestra en la siguiente tabla: Total de solicitudes presentadas    92 Solicitudes correspondientes a estudios realizables en Canarias 70   Solicitudes correspondientes a estudios no realizables en Canarias 20   Solicitudes no amparadas en la Convocatoria 2   Segundo.- Las noventa (90) solicitudes relacionadas en los anexos I y II, relativas a solicitudes correspondientes, respectivamente, a estudios realizables (70) y no realizables (20) en Canarias, cumplen con los requisitos para la concesión de las ayudas al estudio amparadas en la Convocatoria. Tercero.- Las dos (2) solicitudes incluidas en el anexo III, no cumplen con los requisitos establecidos en las bases por las causas que en él se especifican; solicitudes no amparadas en la convocatoria (2). Cuarto.- De acuerdo a lo especificado en la Base Séptima, en las que  “se fija una cuantía individual mínima de ciento cincuenta euros (150 €), ampliable en función de las disponibilidades presupuestarias…”, y los criterios de asignación del remanente, regulados en la Base Octava, según los cuales se procederá a prorratear el mismo “…hasta un máximo de 2.5 veces dicha cuantía, entre los/as solicitantes que deban cursar sus estudios fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por imposibilidad de hacerlo en ella. Procediendo nuevamente a prorratear el excedente entre la totalidad de las solicitudes presentadas, mediante un aumento lineal de la asignación mínima, hasta agotar la partida”, correspondería distribuir la partida entre las solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos exigidos, de acuerdo al siguiente detalle y desglose anexo:   N° Asig. Base Excedente Ayuda individual Total Solicitudes estudios realizables en Canarias 70 150,00 € 422,22 € 572,22 € 40.055,56 € Solicitudes estudios no realizables en Canarias 20 375,00 € 422,22 € 797,22 € 15.944,44 €       SUMA 56.000,00 €    ANEXO I: Solicitudes de ayuda relativas a estudios que se realizan o pueden realizarse en Canarias. (572,22 €) Nº Registro Nombre Apellidos DNI Estudios Centro de Estudios 1 RC-5628 ANTEQUERA PÉREZ ANDRÉS DIDIER 42236483L Grado en Historia 3 RC-5649 RODRIGUEZ MEDINA ÓSCAR LUIS 42258661W Grado en Biología PERESTELO PLASENCIA LARA 42235015T Grado en Trabajo Social 4 RC-5681 6 RE-1553 RODRIGUEZ RUBIO RAUL 42234246J 7 RE-1555 PEREZ BRITO SHEILA 42255205L GARCIA DE CONCEPCION CRISTIAN 42233110G Grado en Psicología 8 RE-1559 9 RC-5693 CASTILLO KOWARIK MATEO 42233139X MARIANNA ALEJANDRA 42234688H 10 RC-5704 VEGAS BRITO HERNANDEZ RODRIGUEZ MARYAN KAREY 42235488J Grado en Biología 11 RC-5712 12 RC-5723 RODRIGUEZ SANFIEL ENRIQUE 42233901J 13 RC-5729 NAVARRO GARCIA JUAN VICENTE 42236469M 15 RC-5737 FELIPE BRITO VALERIA 42255789M Grado en Farmacia FERNANDEZ MARRERO HECTOR 42199682H 16 RC-5748 18 RC-5757 LORENZO PEREZ CARLA 42258110A Grado en Veterinaria Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Tec. Superior Radioterapia y Dosimetría CESUR Grado en Magisterio de Ed. Infantil Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Informática Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Tec. Superior Laboratorio Clínico y Biomédico CESUR Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Informática Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Estudios Clásicos Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Informática Universidad de La Laguna (ULL) Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 19 RE-1591 GONZALEZ VALIDO NESTOR 42233331H 20 RE-1592 GONZALEZ VALIDO NATALIA 42233332L Grado en Medicina 21 RC-5781 MANSO SEVILLA ANGELA 42198953W 22 RC-5784 HENRIQUEZ BLANCO CECILIA 42234359B Grado en Trabajo Social 23 RC-5787 CALLE DINEVA GABRIELA 42234319V Grado en Turismo 24 RE-1602 MARTIN RODRIGUEZ JUAN MIGUEL 42235458Y 25 RE-1609 MANSO SICILIA MIGUEL 42236206H Grado en Física GONZALEZ GONZALEZ LUCAS 42235255X Grado en Derecho 26 RC-5820 GUILLERMO EMMANUEL 42255039Z 27 RE-1612 GONZALEZ MENDEZ 30 RC-5841 GONZALEZ PEREZ DIEGO 42236165T 31 RC-5847 RODRIGUEZ PEREZ AINHOA 42235926Z Grado en Turismo HERNANDEZ RODRIGUEZ MARCOS 42234304W 32 RC-5860 33 RC-5862 PEREZ YANES ISMAEL 42235203G RODRIGUEZ HERNÁNDEZ OMAR 42198312M 34 RC-5864 GONZALEZ HERNADEZ SELENE 42255601R 35 RC-5873 36 RC-5874 CARRION BRITO CLAUDIA 42234132Z GONZALEZ CARRASCO JARA 42235843T 37 RC-5881 38 RE-1646 TENA DE PAZ CARMEN 42232467M 39 RC-5972 AFONSO HERNANDEZ AMANDA 42257983Z Grado en Pedagogía 42 RC-5986 PEREZ CARMONA DIEGO ALFONZO 42236489W Master en Astrofisica 43 RC-5991 PERDOMO MARTIN ADRIAN 42236223N Grado en Logopedia 44 RC-5997 PEREZ CARMONA DANIELA 42236490A 46 RE-1658 CABRERA GONZALEZ CAROLINA 42234567N Grado en Trabajo Social 47 RE-1659 ALONSO MARTIN ADRIANA 42279116X Grado en Pedagogía 49 RE-1667 MARTIN DIAZ SARA 42257043V Master en Abogacía 50 RC-6012 GALAN SORIA LUIS FERMIN 42232963H 51 RC-6021 CABRERA ALVAREZ CARLOS 42256832J Grado en Física 52 RC-6038 ORTEGA FERNANDEZ SARA 42255384Z 53 RE-1673 REINO SANTOS CARLA 42199757R Grado en Medicina HERNANDEZ RODRIGUEZ MARTA 42255331F 54 RC-6050 56 RE-1697 MORALES PEREZ SERGIO AYOZE 51154105N Grado en Psicología PEREZ MONTESDEOCA PATRICIA 42417282S Grado en Turismo 57 RC-6160 58 RC-6174 GARCIA RODRIGUEZ TAMARA 42235041A 62 RE-1712 DIAZ DIAZ JANA 42233410M Grado en Biología CONCEPCION ALONSO DANIELA 42235261Q Grado en Medicina 63 RE-1714 64 RE-1717 CAPEL GONZALEZ ANA YAMILET 79199000H Grado en Pedagogía 65 RE-1722 CABRERA DIAZ LUCIA 42234569Z Grado en Medicina PIERINA VALENTINA 42283819K Grado en Bellas Artes 66 RE1732 RODRIGUEZ VIDAL 67 RC-6313 YAZDANI GARCIA SARA 42236758H Grado en Medicina Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Grado en Naútica y transporte marítimo Universidad de La Laguna (ULL) Univ. Complutense de Madrid Master en Traducción Profesional y Mediación Intercultural Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Tec. Superior en Educación y Control Ambiental IES San Matías Universidad de La Laguna (ULL) Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Grado en Ingeniería Informática Universidad de La Laguna (ULL) Ciclo Sup. Activ. Fisica y Deporte - Acondicionamiento Fisico IES Las Galletas Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Grado en Traducción e Interpretación Universidad de Salamanca Grado en Ingeniería Informática Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Administración y Dir. Empresas Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Química Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de Valladolid Grado en Lenguas Modernas Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Ciclo Sup. Sanidad - Protesis dentales + Higiene Bucodental CPFP Grupo Dentazul SL Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Doble Grado ADE + Derecho Universidad Complutense de Madrid Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Español: Lengua y Literatura Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Ciclo Sup. Química - Laborat. Análisis y de control de calidad IES Tegueste Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) 68 RC-6327 ALVAREZ GONZALEZ LUCIA 42255612N Grado en Fisioterapia Universidad de Valladolid 69 RC-6329 ALVAREZ GONZALEZ AITANA 42255611B Grado en Turismo 70 RE-1744 ALVAREZ SANCHEZ ANIA 42199482W Grado en Fisioterapia 71 RC-6340 HERNANDEZ BRITO DANIELA 42236323C Grado en Historia 72 RC-6371 CABRERA PEREZ NOELIA 42234163E Grado en Derecho 74 RE-1755 PEREZ GONZALEZ AINARA 42234839P Grado en Turismo 75 RE-1758 SOSA ARROCHA CARLA ISABELLA 42234867J 76 RC-6399 LOPEZ GARCIA CHRISTOPHER 42233277X 77 RC-6411 PEREZ GONZALEZ EUGENIA 42279297F Grado en Matemáticas 80 RC-6475 ARMAS CASTELLANO FRANCISCO JOSE 42256066Y Grado en Sociología 83 RC-6552 RAMON GONZALEZ DIEGO 42236947T ASENSIO FERNANDEZ DANIEL 42199343R 84 RC-6640 MORALES GUTIERREZ GERAD DE JESUS 45346241Q Grado en Química 85 RC-6650 88 RE-1839 PEREZ PARRILLA PABLO 42256254X Grado en Física LORENZO HERNANDEZ DIEGO 42232371R 90 RC-6717 91 RE-1841 DIAZ PEREZ OLIVER 42195138M Grado en Logopedia Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC)    ANEXO II Solicitudes de ayuda relativas a estudios no realizables en Canarias. (797,22 €) 92 RE-1843 GONZALEZ ALVAREZ LARA 42235622D Nº Registro Nombre Apellidos DNI Estudios Centro de Estudios 2 RC-5645 MARTINEZ PÉREZ ALEJANDRA 42235826Y 6 RE-1554 RODRIGUEZ RUBIO JORGE 42234245N Relaciones Internacionales Universidad de Essex 14 RE-1584 GONZALEZ ALONSO JESUS 42235009V FERNANDEZ MARRERO FABIO 42199683L 17 RC-5749 28 RC-5826 CASTILLO KOWARIK LIA 42233144S CONCEPCION MARTIN NOA 42234390L 29 RC-5831 40 RC-5973 DELGADO SANCHEZ MAR 42199105Q 41 RC-5974 LEON MARTIN CARLA 42199922M 45 RC-6006 PEREZ MARTINEZ CRISTINA 42232695A 48 RE-1661 GARCIA GARCIA ALBERTO 42235322P 55 RE-1693 DIAZ PEREZ AURORA 42233358E 59 RE-1703 DIAZ PEREZ MARINA 42233357K 60 RE-1704 CAPOTE ROBAYNA NAYELI 42199993F 61 RE-1711 DIAZ DIAZ AINOA 42233409G 78 RE-1774 GARCIA GUTIERREZ SERGIO 42234815F 79 RC-6468 PALOMARES PEREZ MIGUEL ANGEL 42199873W 81 RC-6521 CARRION DIAZ JORGE ANTONIO 42258116D Grado en Biotecnología Universidad de Granada 82 RC-6547 GARCIA GONZALEZ MARIA JOSE 42232607F 86 RE-1819 LORENZO BRITO JULIA 42255289B 89 RE-1840 PEREZ PARRILLA JORGE 42256255B Doctorado en Biología Universidad de Salamanca Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Ciclo Superior en Educación Infantil IES Pérez Galdós Grado en Ciencias Ambientales Universidad de La Laguna (ULL) Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Ciclo Sup. Comercio y Marketing - Gestion de Ventas IES La Laboral Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Electrónica Universidad de La Laguna (ULL) Universidad de La Laguna (ULL) Grado en Ingeniería Telecomunicaciones Grado en Lenguas,Literaturas y Culturas Románicas Universidad de Salamanca Doble Grado en Periodismo y Com. Audiovisual Universidad de Sevilla Master en Dirección y Gestión de Emp. Hoteleras Univ. Complutense de Madrid Grado en Fisica e Instrumentación Espacial Universidad de Alcalá Doble grado Matemáticas y Física Universidad de Oviedo Doble Grado de Magisterio y Pedagogía Univ. Complutense de Madrid Doble Grado en Derecho y Criminología Universidad de Alicante Grado en Bioquímica y Biología molecular Universidad Rovira y Virgili Grado en Diseño y Desarrollo de Videojuegos Universidad Rey Juan Carlos Master en Microbiología y Bitecnología microbiana Universidad de Helsinki Grado en Relaciones Internacionales Universidad Complutense de Madrid Master en Animación y Realización 2D Escuela de Cine de BCN Grado en Publicidad y relaciones públicas Univ. Rey Juan Carlos Grado en Ingeniería de la Energía Universidad Politécnica de Valencia Grado en Medios Audiovisuales Universidad Pompeu y Fabra Grado en Ingeniería de la Energía Univ. Politécnica de Madrid Doble Grado en Derecho y Estudios Internacionales Universidad Carlos III Molecular y Genómica   ANEXO III Solicitudes que no cumplen con los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras.   Nº Registro Nombre Apellidos DNI Causa 7 3 RC-6377 CABRERA PEREZ GERALDINE 42234610D Estudios no amparados en la convocatoria. Realizables en La Palma Villa de Breña Alta.- Carlos L Díaz Bethencourt.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” 8 7 RC-6689 PICO VIDAL VIOLETA 42236578E “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA ASUNTO: RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2021/2022. Dada la importancia de la educación en el desarrollo personal y profesional de nuestro entorno, condicionado actualmente por el continuo y rápido desarrollo de los conocimientos y mayores exigencias formativas del contexto social y productivo, lo cual está motivando la justa aspiración de los jóvenes de nuestro municipio a recibir una mejor y más prolongada formación, superior, en cualquier caso, a la Enseñanza Secundaria Obligatoria. Teniendo en cuenta las estimaciones de evolución del mercado laboral, en relación a que  el mercado de trabajo absorberá cada vez menor porcentaje de trabajadores/as sin ninguna cualificación, requiriendo fundamentalmente trabajadores cualificados que posean, al menos, alguna titulación de enseñanza secundaria postobligatoria. Considerando que el Ayuntamiento de Breña Alta viene concediendo ayudas a estudiantes del municipio, para cursar estudios que no pueden ser realizados en la isla de La Palma y teniendo en cuenta la dificultad añadida para aquellos que han de realizarse fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias. Considerando las solicitudes de ayuda presentadas de acuerdo a las Bases y Convocatoria aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 24 de junio de 2022 y publicadas, respectivamente, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife 81, de fecha 6 de julio y nº 84, del día 13 de julio de 2022, a la cual se han presentado un total de 92 solicitudes, que han sido evaluadas de acuerdo a lo especificado en las mismas. Visto lo anterior y el Informe del Aedl-Coordinador que corrige un error material del informe anterior que afecta a la distribución individual de las ayudas, en relación al cumplimiento de las citadas Bases, propongo lo siguiente.- Primero.- Resolución de la Convocatoria de concesión de ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2021/2022. Segundo.- Notificación a los/as interesados/as del resultado del Acuerdo y ejecución de lo acordado. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de corrección realizada. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 2 de julio de 2019. Previa deliberación, visto lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Corregir el error material detectado en el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21 de octubre de 2022, sobre Resolución de la Convocatoria de concesión de ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2021/2022, en el sentido siguiente: En el apartado primero, de la parte resolutiva, donde dice: “CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de la Isla, en Canarias, o que cursándose fuera de las Islas se puedan cursar en Canarias, para el curso académico 2021/2022, por importe de 468,18 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan:” Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Estudios no amparados en la convocatoria. Educación no presencial Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Debe decir: “CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de la Isla, en Canarias, o que cursándose fuera de las Islas se puedan cursar en Canarias, para el curso académico 2021/2022, por importe de 572,22 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan:”   En el apartado segundo, de la parte resolutiva, donde dice: “CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de Canarias, al no poder realizarse en Centros de Estudios de las Islas, para el curso académico 2021-2022, por importe de 693,18 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan:” Debe decir: “CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de Canarias, al no poder realizarse en Centros de Estudios de las Islas, para el curso académico 2021-2022, por importe de 797,22 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan:” En el apartado tercero, de la parte resolutiva, donde dice: Nº Registro Nombre Apellidos DNI Causa 73 RC-6377 CABRERA PEREZ GERALDINE 42234610D 68 RC-6689 PICO VIDAL VIOLETA 42236578E Debe decir: Nº Registro Nombre Apellidos DNI Causa 73 RC-6377 CABRERA PEREZ GERALDINE 42234610D 87 RC-6689 PICO VIDAL VIOLETA 42236578E Segundo.- Notificación a los/as interesados/as del resultado del Acuerdo y ejecución de lo acordado. Dar cuenta a la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. 3º.- EXPEDIENTE RELATIVO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN NOBEL NEGOCIOS, SL Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2022, PARA LA ACCION FORMATIVA Nº 22-38/500023 (ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES). El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta del expediente relativo al Convenio Específico de Colaboración entre el Centro de Formación Nobel Negocios, SL y el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para la realización del módulo de formación en centros de trabajo de alumnos/as participantes en los certificados de profesionalidad de la programación de formación de oferta 2022, para la acción formativa nº 22-38/500023 (Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales), siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 Estudios no amparados en la convocatoria. Educación no presencial Estudios no amparados en la convocatoria. Realizables en La Palma Estudios no amparados en la convocatoria. Educación no presencial Estudios no amparados en la convocatoria. Realizables en La Palma ASUNTO: CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN NOBEL NEGOCIOS SL Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2022, PARA LA ACCION FORMATIVA Nº 22- 38/500023 (Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales ) Vista la solicitud presentada por D. José Angel Pais Yanes (42167184L) y nº de Registro 2022-E-RE-2302, en representación del Centro de Formación NOBEL NEGOCIOS SL (B42847749), con domicilio social en Avenida el Puente Nº 37-B, CP 38.700, municipio Santa Cruz De La Palma, provincia S/C de Tenerife, solicitando la firma de un Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, para la realización de prácticas profesionales no laborales. Considerando la necesidad y la importancia de regular la contribución del Ayuntamiento a la formación de personas adultas en el municipio, como Entidad colaboradora de los diferentes Centros de formación acreditados, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, (BOE Nº 159 de 05/07/2017) por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (BOE nº 78 de 01/04/2019) y demás normativa de aplicación. Teniendo en cuenta que el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, con el fin de satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en aplicación del artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, desarrolla y/o colabora habitualmente en la ejecución de acciones formativas tendentes a mejorar y/o actualizar la cualificación y la empleabilidad de los vecinos del municipio, canalizadas fundamentalmente a través de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, para facilitar la adaptación y/o el tránsito de personas sin empleo o en riesgo de perderlo y, por tanto, en exclusión o riesgo de estarlo, hacia nuevos sectores u oportunidades de empleo que les permitan cubrir sus necesidades básicas de modo autónomo y digno. Considerando que el Centro de Formación el Centro de Formación NOBEL NEGOCIOS SL con CIF/NIF B42847749, es una entidad acreditada por el Servicio Canario de Empleo (SCE) para la impartición de la/s siguiente/s acción/es formativa/s de las que ha resultado beneficiaria, por CERTIFICADO - Nº: 384 / 2022 – de la Subdirectora de Formación por el que se resuelve la solicitud presentada para la realización de acciones formativas conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad sin financiación pública para la acción especificada en el asunto de esta propuesta. Considerando igualmente la adaptación continua de su oferta formativa, para adecuarla a las demandas de los usuarios y necesidades del mercado laboral y la contribución que el Ayuntamiento puede realizar a la calidad de la formación que reciben a través de la colaboración en la realización de actividades formativas, incluidas las prácticas profesionales no laborales. Vista la Memoria justificativa realizada, en aplicación del art. 50.1 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en la que se analiza la necesidad y oportunidad, impacto económico, carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en la citada Ley. Considerando que de conformidad con el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, las entidades actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del Pleno. Teniendo en cuenta, que el apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, prevé como delegables en la Junta Gobierno Local, las competencias atribuidas expresamente por ley al Pleno (artículo 22.2.q) y, por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 1 de julio de 2015, se acordó” Delegar en la Junta de Gobierno Local, las competencias atribuidas al Pleno del Ayuntamiento, siempre y cuando se trate de atribuciones que de acuerdo con la legislación vigente tengan el carácter de delegables“. Visto lo anterior propongo la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar el Convenio específico de colaboración entre el Centro de formación Nobel Negocios y el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para la realización del módulo de formación en centros de trabajo de alumnos/as participantes en el curso los certificados de profesionalidad de la programación de formación de oferta 2022, para la acción formativa Nº 22- 38/500023 (Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales). Segundo.- Facultar al Alcalde-Presidente de la Corporación, o persona que legalmente le sustituya, para que proceda a suscribir el citado Convenio y cuantas actuaciones se deriven del mismo. Tercero.- Dar traslado del acuerdo al Centro de formación al objeto de que proceda a la firma del texto del citado convenio. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 electrónicamente al margen ” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de Convenio. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 2 de julio de 2019. Previa deliberación, visto lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar el “EXPEDIENTE RELATIVO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN NOBEL NEGOCIOS, SL Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2022, PARA LA ACCION FORMATIVA Nº 22-38/500023 (ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES)”, en los siguientes términos: “CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN NOBEL NEGOCIOS, SL Y LA EMPRESA  AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA  PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE  LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN DE OFERTA 2022. En  BREÑA ALTA a  20  de octubre de 2022      REUNIDOS Por el CENTRO COLABORADOR: D/Dña.: RAQUEL FUSTEGUERES FUENTES, con NIF:42.195.753-E, en nombre y representación del centro NOBEL NEGOCIOS, SL  con CIF/NIF nº B42847749 y domicilio social en AVENIDA EL PUENTE Nº 37-B – 38.700, municipio SANTA CRUZ DE LA PALMA, provincia S/C de Tenerife, teléfono 922416513. Y POR LA EMPRESA: D JONATHAN DE FELIPE LORENZO, con DNI nº 42190971R, en nombre y representación de la empresa AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA, con CIF/NIF nº P3800800I, y domicilio social en C/ BLAS PÉREZ GONZALEZ, Nº 1., provincia SANTA CRUZ DE TENERIFE, teléfono 922438005. DECLARAN PRIMERO. - Que se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para la negociación y firma del presente convenio. SEGUNDO. - Que el objeto del presente convenio es facilitar por parte de la empresa AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo (FCT) al alumnado del Certificado de Profesionalidad con código SSCS0208, de la acción formativa nº 22-38/500023, especialidad ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES, impartido en el Centro NOBEL NEGOCIOS, SL. TERCERO. - La empresa AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA tiene actividad suficiente para acoger al alumnado en prácticas y dispone de las condiciones de espacio y mobiliario necesarios para el desarrollo de las capacidades de la acción formativa señalada. ACUERDAN Suscribir el presente convenio de colaboración para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE nº159, de 5 de julio de 2017), el RD 34/2008 de 18 de enero, que regula los Certificados de Profesionalidad (BOE nº27, de 31 de enero de 2008), el Real Decreto RD 1379/2008, de 1 de agosto, modificado por el RD 721/2011, de 20 de mayo, modificado por el RD 625/2013, de 2 de agosto, correspondiente a esta  especialidad formativa y la Convocatoria de concesión de subvenciones para este tipo de acción formativa así como la Resolución de concesión sobre la misma y el Manual de Gestión pertinente, además de las cláusulas que establece este Convenio y todas aquellas normas que sean de aplicación y que ambas partes conocen y acatan. Por todo ello se firma el presente Convenio con las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA. - Objeto. - El objetivo del presente convenio es facilitar por parte de la empresa suscriptora la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo (FCT) al alumnado de la/s acción/es formativa/s que figura en el cuadro adjunto, del Subsistema de Formación para el Empleo, Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 impartidos en el centro de formación que suscribe el presente convenio.   Nº Curso Especialidad Horas de prácticas 22-38/500023 ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES 80 SEGUNDA. - Relación entre el alumnado en prácticas y la empresa La relación entre el alumnado y la empresa en la que realiza las prácticas profesionales, que en ningún caso será de carácter laboral, se efectuará dentro del marco previsto por el RD 694/2017 y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de cualquier otra que fuera de aplicación. La empresa no podrá cubrir ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo con un alumno/a en prácticas, salvo que se establezca al efecto una relación laboral retribuida. En este caso, se considerarán extinguidas las prácticas con respecto a este alumno/a, debiendo la empresa comunicar este hecho al Centro de formación para formalizar su baja. TERCERA. - Inicio de las prácticas y póliza de accidentes. Las prácticas se iniciarán en la fecha que se comunique en el documento establecido al efecto. Con carácter previo, el centro de formación presentará la siguiente documentación al Servicio Canario de Empleo: –        Convenio debidamente firmado y sellado entre la empresa y el centro colaborador –        Programa formativo (anexo VIII de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre) El centro de formación formalizará, antes del inicio de las prácticas, una póliza de accidentes de los alumno/as, facilitando copia de la misma a la empresa, que deberá tener contratadas las siguientes coberturas: -               Fallecimiento por accidente: importe asegurado de treinta y seis mil euros (36.000 Euros). -               Invalidez absoluta y permanente por accidente: importe asegurado de cuarenta mil euros (40.000 Euros). -               Invalidez permanente parcial por accidente: importe que corresponda según baremo. -               Asistencia ilimitada sanitaria por accidente, más el riesgo “in itinere”. En todo caso, el alumnado quedará exento de la responsabilidad civil por daños frente a terceros producidos durante la realización de prácticas en empresas, siendo responsable el centro de formación, para lo que podrá concertar una póliza. En cada centro de trabajo donde se vaya a impartir el módulo de FCT deberá constar: –        copia u original de la póliza de seguro de alumnos suscrita por el centro colaborador –        convenio –        autorización de alumno menor de edad –        ficha relación de alumnos iniciales y tutor –        control de asistencia. –        Programa formativo según modelo Anexo VIII, Orden ESS 1897/2013 y escala evaluativa –        documentación para el seguimiento en las visitas presenciales al alumno. CUARTA. Contenido del módulo de prácticas. Con el fin de garantizar que las actividades a desarrollar por el alumnado en el módulo F.C.T. se ajusten al certificado realizado, se tendrá en cuenta el contenido de las mismas establecido en el correspondiente Real Decreto que regule dicho certificado; sin perjuicio de que dichas actividades puedan ser supervisadas por parte del Servicio Canario de Empleo a través del personal que tenga asignado para esta tarea. El centro de formación y la empresa elaborarán conjuntamente el programa formativo de acuerdo con lo que establezca cada certificado de profesionalidad. Dicho programa formativo, que se adjuntará al convenio, incluirá criterios de evaluación observables y medibles, debiendo constar los departamentos de trabajo por los que rotará el alumno/a y las tareas a desarrollar, con sus horas correspondientes, así como el seguimiento y evaluación de los alumnos/as y su evaluación final de acuerdo con los criterios de evaluación del mencionado módulo de prácticas. QUINTA. - Desarrollo de las prácticas El módulo de formación práctica se desarrollará en los centros de trabajo que tengan actividad suficiente para acoger alumnos/as en prácticas, siempre que dispongan de espacio y Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 mobiliario necesario para el desarrollo de las mismas. CENTRO DE TRABAJO DIRECCIÓN CENTRO RESIDENCIAL NINA JAUBERT CENTRO DE DÍA DE MAYORES DE BREÑA ALTA Con carácter general, las prácticas no superarán las 40 horas semanales. El número de horas diarias de las prácticas no podrá ser superior a 8, ni inferior a 4, salvo cuando exista simultaneidad con el curso, en cuyo caso sí podrá ser inferior a 4 horas, sin que la suma total de horas del curso y horas de prácticas supere las 8 horas diarias. En el desarrollo de las prácticas, se tendrá en cuenta el horario de los centros de trabajo. El horario fijado deberá estar comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas, salvo para aquellos certificados que por su naturaleza impidan que se desarrollen dentro de este horario, en cuyo caso se acordará con el centro de formación, aportando al SCE informe motivado que se refleje en el programa formativo de las prácticas. SEXTA. - Sistema de tutoría para el seguimiento y evaluación de la realización de las prácticas En el seguimiento y valoración de las prácticas realizadas, de acuerdo con la programación establecida, intervendrá, de una parte, el formador del centro de formación y, de otra, personal de la empresa donde se realizan las prácticas. Las funciones principales del tutor/a del centro de formación son: 1.             Acordar el programa formativo con la empresa. 2.             Realizar, junto con el tutor designado por la empresa, el seguimiento y la evaluación de los alumnos. Respecto al seguimiento y evaluación de los alumnos programará una serie de actividades con objeto de facilitar el desarrollo de este módulo, entre las que se incluyen: 1.             Explicar a los alumnos las condiciones tecnológicas de la empresa (actividades, puestos de trabajo, seguridad y salud laboral; etc.) 2.             Presentar a los alumnos en la empresa. 3.             Periódicamente (en función de la duración del módulo) visitar la empresa para realizar el seguimiento de las actividades. 4.             Acción tutorial con los alumnos (dificultades, aclaraciones; etc.). 5.             Planificar y realizar la evaluación de los alumnos junto con el tutor de empresa. Para ello se tendrá en cuenta lo establecido sobre procedimientos, métodos e instrumentos de evaluación La empresa donde se desarrollen las prácticas designará un tutor/a que desempeñe una actividad igual o afín a la especialidad en la que haya sido formado el alumno/a que tendrá las siguientes funciones: 1.                      Dirigir las actividades formativas de los alumnos en el centro de trabajo. 2.                      Orientar a los alumnos durante el periodo de prácticas no laborales en la empresa 3.                      Valorar el progreso de los alumnos y evaluarlos junto con el tutor del centro formativo. En cualquier momento del desarrollo de las prácticas, el SCE podrá visitar las instalaciones de la empresa para supervisar las condiciones de realización de las prácticas que figuran en el presente convenio y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello. SÉPTIMA. - Baja e incidencias del alumno/a en prácticas. La empresa, previa comunicación al centro de formación, podrá excluir de la participación en las prácticas a aquellos alumnos/as que: a)     Incurran en más de tres faltas de asistencia no justificadas en un mes. b)     Incurran en faltas de puntualidad, incorrecto comportamiento, o falta de aprovechamiento, a criterio del responsable del seguimiento de las mismas, previa audiencia al interesado/a. c)     Lo soliciten motivadamente. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597   CAMINO EL BREZAL DE ARRIBA, 7 38710 BREÑA ALTA   C/ LA DURA 1 38710 BREÑA ALTA Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023 En todos los citados casos, así como cuando se produzcan variaciones en las fechas de ejecución de las prácticas, horario, suspensión etc.…, la empresa está obligada a comunicar de forma inmediata al centro de formación esta circunstancia. OCTAVA. - Derechos y obligaciones. -               La empresa deberá comunicar a los representantes legales de los trabajadores/as los convenios de prácticas que se suscriban. -               El centro de formación y la empresa elaborarán conjuntamente el seguimiento y evaluación final de los alumnos/as de acuerdo con los criterios de evaluación del mencionado módulo de prácticas. -               El centro de formación deberá presentar al SCE dentro de los 30 días siguientes a la finalización de las prácticas la siguiente documentación elaborada conjuntamente con la empresa consistente en: 1.     Controles de asistencia. 2.     Escala evaluativa en base al anexo VIII de la Orden ESS1897 y sistema de seguimiento del tutor del Centro Colaborador, debidamente cumplimentada y firmada por los tutores que aparecen asignados en el Programa formativo (anexo VIII) y mecanizadas en el aplicativo SISPECAN. NOVENA. - Vigencia. Este convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del mismo y finalizará una vez que el alumno/a haya completado el nº de horas de prácticas establecido en la cláusula, PRIMERA del presente convenio. DÉCIMA. - Causas de extinción. Serán causas de extinción del convenio: a)     El cese de la actividad de la empresa. b)     Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas. c)     El mutuo acuerdo entre las partes firmantes del mismo. d)     El incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas en el convenio. e)     La modificación por alguna de las partes de las cláusulas del presente convenio. f)      La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, siempre que se hubiese realizado con una antelación suficiente a la fecha de finalización. UNDÉCIMA. - Ambas partes, en su ámbito, cumplirán con las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales que les pudiera corresponder. Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio de Colaboración por triplicado, en el lugar y fecha arriba indicados. POR EL CENTRO DE FORMACIÓN.- Fdo.: RAQUEL FUSTEGUERES FUENTES.- POR LA EMPRESA.- Fdo.: JONATHAN DE FELIPE LORENZO.-” Segundo.- Facultar al Alcalde-Presidente de la Corporación, o persona que legalmente le sustituya, para que proceda a suscribir el citado Convenio y cuantas actuaciones se deriven del mismo. Tercero.- Dar traslado del acuerdo al Centro de formación al objeto de que proceda a la firma del texto del citado convenio. Dar cuenta a la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las trece horas y nueve minutos extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 7YCPNGGAMT296453TKMCZGGZZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 11 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0013 Fecha: 31/10/2023