ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2022 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo En la Villa de Breña Alta, siendo las 13:30 horas, del día 9 de diciembre de 2022, se constituyó la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Tenientes de Alcalde relacionados al margen, todos ellos asistidos por el Sr. Secretario Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. Tenientes de Alcalde: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Patricia Ayut Martín Secretario Acctal.: D. Carlos Jacob Domínguez Concepción No asisten D. Sergio González Rodríguez (excusa su asistencia) y Dª. M.ª Teresa Rodríguez Concepción (excusa su asistencia). Asistencia Técnica: Dª. Juana Esther Rodríguez González Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Alcalde-Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con el siguiente punto del Orden del Día "EXPEDIENTE RELATIVO A LA MODIFICACIÓN EN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE BONOS DE APOYO AL TEJIDO EMPRESARIAL DE BREÑA ALTA", motivada en la necesidad de realizar cuantos antes la modificación de las bases, por lo que se considera procedente celebrar la presente sesión. Sometido a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- EXPEDIENTE RELATIVO A LA MODIFICACIÓN EN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE BONOS DE APOYO AL TEJIDO EMPRESARIAL DE BREÑA ALTA. El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta del expediente relativo a la modificación en las bases reguladoras de la concesión de bonos de apoyo al tejido empresarial de Breña Alta, destacando la necesidad de establecer más días para la recogida de los bonos. Seguidamente concede la palabra a la Sra. Ayut Martín la cual explica los días, los horarios… indicando que sería lunes y martes, de 9:00 horas a 13:00 horas y de 16:00 horas a 20:00 horas, miércoles y jueves de 9:00 horas a 13:00 horas, viernes de 9:00 horas a 13:00 horas y de 16:00 horas a 20:00 horas y sábado de 9:00 horas a 14:00 horas. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 2 de julio de 2019. Previa deliberación, visto lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó aprobar la modificación de las bases reguladoras de la concesión de bonos de apoyo al tejido empresarial de Breña Alta, aprobadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de diciembre de 2022, modificando la base 4º “PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE LOS BONOS”, y quedando las mismas redactadas con el siguiente tenor literal: “BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE BONOS DE APOYO AL TEJIDO EMPRESARIAL DE BREÑA ALTA 1º OBJETO El objeto de las presentes es regular el correcto funcionamiento de los Bonos de apoyo al tejido empresarial, sector gastronómico y de servicios del municipio de la Villa de Breña Alta. El objetivo es facilitar la estimulación y recuperación de la actividad comercial y hostelera del municipio, incentivando las compras en el tejido comercial, empresarial y gastronómico. Así a través de la adquisición, por parte de los ciudadanos, de los denominados bonos de comercio, se apoyará no sólo a los comercios, servicios profesionales y hosteleros, sino también supone una pequeña ayuda económica a las personas que los adquieran para mantener sus posibilidades de consumo. 2º DESCRIPCIÓN Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 El próximo 10 de diciembre, tendrá lugar en nuestro municipio un concierto en el que contaremos con el artista Francisco, así como también la participación de la Coral Polifónica de la Villa de Breña Alta y la Orquesta de la OCIP. El Ayuntamiento ha organizado un reparto de bonos de consumo para que con la venta de la entrada del concierto se tenga derecho a obtener un bono de 100€ a utilizar en los establecimientos de este municipio indicados en la Base Quinta. El concierto tiene por precio de entrada 10€, por lo tanto por cada entrada de 10€ adquieres un bono de 100€. 3º VENTA DE ENTRADAS Las entradas del concierto saldrán a la venta el día 8 de diciembre de 2022, pudiendo adquirirse en el punto de venta físico ubicado en el Museo del Puro, Parque de Los Álamos, Villa de Breña Alta, en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas durante los días 8 y 9 de diciembre de 2022. También podrán comprarse las entradas por internet a partir de las 00:00 horas del día 8 de diciembre de 2022, a través del siguiente enlace: https://www.tuticketlapalma.com/ En total saldrán a la venta 850 entradas, 650 se venderán a través de la plataforma de TUTICKETLAPALMA y las 200 restantes se venderán en el punto físico del Museo del Puro. 4º PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE LOS BONOS Para la adquisición del bono de compra vinculado a la entrada del concierto, es requisito indispensable acudir al citado concierto el día 10 de diciembre de 2022, debiendo presentarse junto a la entrada el DNI. Cada entrada contendrá un código QR, por lo que al entregar la entrada se procederá a la lectura de dicho código y quedará registrado que la persona asiste al concierto, y automáticamente se enviará un SMS al nº de teléfono móvil que se haya facilitado en la compra de entrada física o se haya registrado en la compra de entrada por internet. El SMS que se reciba se deberá mostrar, junto con el DNI, para la recogida del bono de compra físico, que se entregarán en el Museo del Puro, Parque de Los Álamos, Villa de Breña Alta, entre los días del 12 al 17 de diciembre de 2022 en los siguientes horarios: - Lunes 12: de 9:00 a 13:00 h. y de 16:00 a 20:00 h. - Martes 13: de 9:00 a 13:00 h. y de 16:00 a 20:00 h. - Miércoles 14: de 9:00 a 13:00 h. - Jueves 15: de 9:00 a 13:00 h. - Viernes 16: de 9:00 a 13:00 h. y de 16:00 a 20:00 h. - Sábado 17: de 9:00 a 14:00 h. Por cada entrada de 10€ se entregará un bono de 100€, por lo que con la puesta en venta de 850 entradas para el concierto, se haría un reparto total de 850 bonos de 100€. 5º CONDICIONES DE LOS BONOS Y VIGENCIA DE SU USO Sólo podrá otorgarse un bono por entrada. Cada bono irá numerado y asociado con el DNI de la persona que adquirió la entrada, por lo que serán personales e intransferibles. Un sólo bono podrá ser canjeado en más de un establecimiento en caso de no haber superado la cuantía límite de 100€ fijada para cada bono. No se podrá exigir el importe monetario del bono. Los bonos podrán ser canjeados en todos los establecimientos comerciales de pequeñas y medianas empresas así como autónomos, en los establecimientos gastronómicos así como en servicios profesionales de peluquería y salones de estética abiertos al público en el municipio de la Villa de Breña Alta. Quedando excluidos de participar los siguientes establecimientos: -Locales de juego y apuestas. -Farmacias. -Servicios que se presten en sociedades, casinos, clubes y establecimientos análogos. -Bancos. -Establecimientos de venta de combustible, carburante y demás relacionados. -Negocios de alimentación pertenecientes a cadenas de distribución, grandes almacenes o grandes superficies. -La filial de grandes firmas o franquicias, así como establecimientos pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tenga la consideración de pequeña y mediana empresa según la normativa vigente. 6º VIGENCIA DE LOS BONOS Los bonos podrán canjearse a partir del día 15 de diciembre del presente año 2022 hasta el día 5 de enero del próximo año 2023, ambos inclusive. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Todos los bonos de consumo que no se canjeen en las fechas establecidas perderán su valor.. 7º JUSTIFICACIÓN DE LOS BONOS Una vez haya finalizado el plazo de utilización de los bonos, las personas adquirientes de los mismos deberán presentar en el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, hasta el día 13 de enero de 2023, el bono cumplimentado con la fecha, cantidad y sello/firma del establecimiento/s donde se haya canjeado. Por su parte lo establecimientos deberán presentar en el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y en el mismo plazo, hasta el día 13 de enero de 2023, las facturas correspondientes a las compras realizadas con dichos bonos de consumo. 8º ACEPTACIÓN DE LAS BASES El mero hecho de adquirir tu bono el día del concierto implica que los beneficiarios aceptan íntegramente y en su totalidad las condiciones de estas bases. 9º PROTECCIÓN DE DATOS En cuanto al tratamiento de los datos de carácter personal estos serán usados única y exclusivamente para el funcionamiento de la utilización de estos bonos, quedando sometido a los establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales. 10º PUBLICIDAD Las presentes bases serán objeto de publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento así como en las redes sociales pertenecientes al mismo.” Dar cuenta a la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las trece horas y treinta y cuatro minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretario Acctal., certifico. Documento firmado electronicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597