ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DE 2023 Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Tenientes de Alcalde: Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez Dª. Patricia Ayut Martín Secretario Acctal.: D. Carlos Jacob Domínguez Concepción Asistencia Técnica: Dª. Juana Esther Rodríguez González En la Villa de Breña Alta, siendo las 13:30 horas, del día 15 de noviembre de 2023, se constituyó la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Tenientes de Alcalde relacionados al margen, todos ellos asistidos por el Sr. Secretario Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. No asisten D. Raúl Ramos Pérez y D. Sergio González Rodríguez. Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Alcalde-Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con los siguientes puntos del Orden del Día "APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XVIII CONCURSO INFANTIL “CUENTOS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023””, “APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XIX CONCURSO INFANTIL “TARJETAS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023””, “RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2022/2023”, “APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA 2023” y “RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN APOYO AL SECTOR EMPRESARIAL POR LAS OBRAS EN LA ZONA COMERCIAL ABIERTA DE BREÑA ALTA”, motivada en que todos los puntos que se incluyen se quieren aprobar cuanto antes para resolver las subvenciones y para que puedan salir los concursos también cuanto antes, por lo que se considera procedente celebrar la presente sesión. Sometido a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XVIII CONCURSO INFANTIL “CUENTOS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023”. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, celebrada el día 14 de noviembre de 2023, siendo el texto literal del punto nº1 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “1º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XVIII CONCURSO INFANTIL “CUENTOS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023” El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de las bases reguladoras del XVIII Concurso Infantil “Cuentos de Navidad Breña Alta 2023”, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía y del borrador de las Bases de dicho concurso, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Considerando que el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, ha convocado el Concurso infantil “Cuentos de Navidad Breña Alta”. Visto lo anterior, propongo a la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, y a la Junta de Gobierno Local, la aprobación de las Bases reguladoras del XVIII Concurso Infantil “Cuentos de Navidad Breña Alta 2023”. Villa de Breña Alta.- El Alcalde..- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.” “BASES XVIII CONCURSO INFANTIL DE CUENTOS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023. 1. OBJETIVOS DEL CONCURSO Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 El Ayuntamiento de Breña Alta, a través de la Concejalía de Cultura, convoca y organiza un concurso Municipal de Cuentos de Navidad incluido en la Fiesta de Navidad 2023/2024. 2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Podrán participar, a nivel individual, todos los niños y jóvenes empadronados o que realicen sus estudios en este municipio. Se establecen cuatro modalidades: - 1ª CATEGORÍA (1º Ciclo de Primaria). - 2ª CATEGORÍA (2º Ciclo de Primaria). - 3ª CATEGORÍA (3º Ciclo de Primaria) - 4ª CATEGORÍA (1º ESO) 3. BASES ESPECÍFICAS Ø TEMA: La Navidad: El espíritu de convivencia, de paz y de solidaridad entre los seres humanos. Ø EXTENSIÓN: La extensión máxima de los trabajos será de una página y escrito con bolígrafo. Ø IDENTIFICACIÓN: Cada trabajo irá debidamente identificado en su parte posterior con los siguientes datos: – nombre y apellidos, edad, teléfono y centro de enseñanza -.Los que no reúnan dichos requisitos no podrán ser valorados por el jurado y por tanto no podrán participar en el concurso. Ø PLAZO DE ENTREGA Y LUGAR: Los trabajos se podrán entregar en la Biblioteca Municipal en horario de 09:00h a 14:00h y de 16:00h a 20:00h del día siguiente de la publicación del Anuncio de las presentes Bases en la página web (www.balta.org) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la villa de Breña Alta y en la sede electrónica (https://brenaalta.sedeectronica.es) Y se recogerán en los Centros Escolares como fecha límite el 11 de diciembre de 2023 a las 12:00h. 4. JURADO Para la selección, será nombrado un jurado compuesto por personas relacionadas con la materia, siempre será número impar y reservas, que actúa como suplente en caso de no asistir alguno de los miembros del jurado. La Teniente de Alcalde responsable de la gestión de los asuntos relativos a Cultura y como Secretaría la Técnico Gestor Cultural de la Corporación o persona/s en las que se delegue, actuando la secretaría/o con voz pero sin voto. La designación de los mismos, junto a los sustitutos, se realizará mediante solicitud a los diferentes componentes que integrarán el jurado. Se reunirán para el fallo, el día 15 de diciembre de 2023 en el Ayuntamiento a las 18:00h. El secretario/a del jurado, abrirá los sobres el al finalizar el plazo de presentación dando una clave a cada trabajo y haciendo constar la misma en el sobre correspondiente donde figurarán los datos del autor. Así también se hará llegar con anterioridad al día 18 de diciembre a los miembros del jurado, copia de los trabajos presentados. La decisión del jurado será inapelable e irrevocable. 5. PROPIEDAD DEL TRABAJO PRESENTADO El Ayuntamiento de Breña Alta, se reserva los derechos de reproducción del cuento ganador. El trabajo ganador estará expuesto durante las Fiestas Navideñas desde el 18 de diciembre de 2023 hasta el 12 de enero de 2024. Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Breña Alta, quién podrá reproducirlo y hacer uso del mismo en cualquier forma y tiempo, con renuncia del autor de todo derecho que no sea el del señalado. 6. PREMIOS Habrá un ganador por categoría que percibirá un premio consistente en un vale por valor de 60€ para gastar en los comercios del municipio, un diploma y un lote de libros que aporta el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. 7. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Se entenderán aceptadas estas Bases por aquellos que se presenten al concurso.” Interviene el Sr. presidente remitiéndose a la propuesta de bases realizada, destacando que son idénticas a años anteriores con la salvedad del cambio de fechas. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar las Bases del XVIII Concurso Infantil “Cuentos de Navidad Breña Alta 2023”, en los términos transcritos. ” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la Comisión Informativa correspondiente, destacando que se aprobó por unanimidad. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, visto lo anterior y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó aprobar las Bases reguladoras del XVIII Concurso Infantil “Cuentos de Navidad Breña Alta 2023”. 3º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XIX CONCURSO INFANTIL “TARJETAS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023”. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, celebrada el día 14 de noviembre de 2023, siendo el texto literal del punto n.º 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL XIX CONCURSO INFANTIL “TARJETAS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023” El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de las bases reguladoras del XIX Concurso Infantil “Tarjetas de Navidad Breña Alta 2023”, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía y del borrador de las Bases de dicho concurso, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Considerando que el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, ha convocado el Concurso infantil “Tarjetas de Navidad Breña Alta”. Visto lo anterior, propongo a la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas y a la Junta de Gobierno Local, la aprobación de las Bases reguladoras del XIX Concurso Infantil “Tarjetas de Navidad Breña Alta 2023”. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.” “BASES XIX CONCURSO INFANTIL DE TARJETAS DE NAVIDAD BREÑA ALTA 2023. 1. OBJETIVOS DEL CONCURSO El Ayuntamiento de Breña Alta, a través de la Concejalía de Cultura, convoca y organiza un concurso Municipal de Tarjetas de Navidad incluido en la Fiesta de Navidad 2023/2024. 2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Podrán tomar parte en este concurso todos los niños empadronados o que realicen sus estudios en este municipio. Se establecen tres modalidades: 1ª CATEGORÍA (Educación Infantil). 2ª CATEGORÍA (1º Ciclo de Primaria). 3ª CATEGORÍA (2º Ciclo de Primaria). 4ª CATEGORÍA (3º Ciclo de Primaria). 3. BASES ESPECÍFICAS Ø TEMA: La Navidad: El espíritu de convivencia, de paz y de solidaridad entre los seres humanos. Ø TÉCNICA: Secas y liquidas (ceras, rotuladores, lápices de colores, guache...) pero no collage o pinturas purpurinosas. Ø SOPORTE: Cartulina. Ø EXTENSIÓN: Tamaño único DIN A4 (210x297 mm). Ø Nº DE TRABAJOS: No más de dos por persona. Ø IDENTIFICACIÓN: Cada trabajo irá debidamente identificado en su parte posterior con los siguientes datos: – nombre y apellidos, edad, teléfono y centro de enseñanza -.Los que no reúnan dichos requisitos no podrán ser valorados por el jurado y por tanto no podrán participar en el concurso. Ø PLAZO DE ENTREGA Y LUGAR: Los trabajos se podrán entregar en la Biblioteca Municipal en horario de 09:00h a 14:00h y de 16:00h a 20:00h del día siguiente de la publicación del Anuncio de las presentes Bases en la página web (www.balta.org) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la villa de Breña Alta y en la sede electrónica (https://brenaalta.sedeectronica.es) Y se recogerán en los Centros Escolares como fecha límite el 11 de diciembre de 2023 a las 12:00h. 4. JURADO Para la selección, será nombrado un jurado compuesto por personas relacionadas con la materia, siempre será número impar y reservas, que actúa como suplente en caso de no asistir Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 alguno de los miembros del jurado. La Teniente de Alcalde responsable de la gestión de los asuntos relativos a Cultura y como Secretaría la Técnico Gestor Cultural de la Corporación o persona/s en las que se delegue, actuando la secretaría/o con voz pero sin voto. La designación de los mismos, junto a los sustitutos, se realizará mediante solicitud a los diferentes componentes que integrarán el jurado. Se reunirán para el fallo, el día 15 de diciembre de 2023 en el Ayuntamiento a las 17:00h. La decisión del jurado será inapelable e irrevocable. 5. PROPIEDAD DEL TRABAJO PRESENTADO El Ayuntamiento de Breña Alta, se reserva los derechos de reproducción de la tarjeta ganadora. El trabajo ganador estará expuesto durante las Fiestas Navideñas desde el 18 de diciembre de 2023 hasta el 12 de enero de 2024. Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Breña Alta, quién podrá reproducirlo y hacer uso del mismo en cualquier forma y tiempo, con renuncia del autor de todo derecho que no sea el del señalado. 6. PREMIOS Habrá un ganador por categoría que percibirá un premio consistente en un vale por valor de 60€ para gastar en los comercios del municipio, un diploma y un lote de libros que aporta el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. 7. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Se entenderán aceptadas estas Bases por aquellos que se presenten al concurso.” Interviene el Sr. presidente remitiéndose a la propuesta de bases realizada y, como en el punto anterior, añade que son idénticas a años anteriores con la salvedad de las fechas. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar las Bases del XIX Concurso Infantil “Tarjetas de Navidad Breña Alta 2023”, en los términos transcritos. ” Interviene el Sr. Presidente que, tras remitirse a la Comisión Informativa correspondiente, dice, al igual que el punto anterior, que se aprobó por unanimidad. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, visto lo anterior y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Cultura y Fiestas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó aprobar las Bases reguladoras del XIX Concurso Infantil “Tarjetas de Navidad Breña Alta 2023”. 4º.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2022/2023. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal, celebrada el día 15 de noviembre de 2023, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2022/2023 El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la resolución de la convocatoria de las ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla, durante el curso académico 2022/2023, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal del informe del AEDL-Coordinador y de la Propuesta de la Alcaldía, el siguiente: “INFORME SOBRE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ACCESO A AYUDAS PÚBLICAS Expediente: 4096/2023 Procedimiento: Convocatoria de ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2022/23. ANTECEDENTES.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 20 de julio de 2023, fue aprobada la Convocatoria de las ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2022/2023, con cargo a la partida 2021.3260.48101 del presupuesto municipal para el ejercicio 2022, dotada con 56.000 €. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Las Bases fueron publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 81, de fecha 6 de julio de 2022. El extracto de la Convocatoria fue publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 91 de 28 de julio de 2023, y el plazo de presentación de solicitudes finalizó el 28 de agosto del mismo año. Seguidamente se ha procedido a evaluar y requerir para subsanar, en su caso, las solicitudes incompletas a efectos de conocer y comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas conforme al procedimiento establecido en las bases. Visto lo cual, a partir del análisis de los datos y en aplicación de lo especificado en el párrafo 3º de la Base Sexta, se emite el siguiente.- INFORME: Primero.- Acogiéndose a la convocatoria se han presentado un total de ciento veintinueve (129) solicitudes de ayuda, junto a la documentación preceptiva, cuya síntesis se muestra en la siguiente tabla: Total de solicitudes presentadas 129 Solicitudes correspondientes a estudios realizables en Canarias 93 Solicitudes correspondientes a estudios no realizables en Canarias 18 Solicitudes no amparadas en la Convocatoria 18 Segundo.- Las ciento once (111) solicitudes relacionadas en los anexos I y II, relativas a solicitudes correspondientes, respectivamente, a estudios realizables (93) y no realizables (18) en Canarias, cumplen con los requisitos para la concesión de las ayudas al estudio amparadas en la Convocatoria. Tercero.- Las dieciocho (18) solicitudes incluidas en el anexo III, no cumplen con los requisitos establecidos en las bases por las causas que en él se especifican. Cuarto.- De acuerdo a lo especificado en la Base Séptima, en las que “se fija una cuantía individual mínima de ciento cincuenta euros (150 €), ampliable en función de las disponibilidades presupuestarias…”, y los criterios de asignación del remanente, regulados en la Base Octava, según los cuales se procederá a prorratear el mismo “…hasta un máximo de 2.5 veces dicha cuantía, entre los/as solicitantes que deban cursar sus estudios fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por imposibilidad de hacerlo en ella. Procediendo nuevamente a prorratear el excedente entre la totalidad de las solicitudes presentadas, mediante un aumento lineal de la asignación mínima, hasta agotar la partida”, correspondería distribuir la partida entre las solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos exigidos, de acuerdo al siguiente detalle y desglose anexo: Nº Asig. Base Excedente Ayuda individual Total Solicitudes estudios realizables en Canarias 93 150,00 € 318,02 € 468,02 € 43.525,68 € Solicitudes estudios no realizables en Canarias 18 375,00 € 318,02 € 693,02 € 12.474,32 € SUMA 56.000,00 € ANEXO I: Solicitudes de ayuda relativas a estudios que se realizan o pueden realizarse en Canarias. (468.02 €) Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Nº Registro Apellidos Nombre DNI Estudios Centro de estudios 1 RE 1967 PÉREZ PÉREZ DANIELA 42233376V Ciclo Superior de Radioterápia y Dosimetria DENTAL TRAINER 4 RE 1984 GARCIA DE CONCEPCION CRISTIAN 42233110G Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 6 RC 6678 MORALES GUTIERREZ GERAD DE JESUS 45346241Q Grado en Química Universidad de La Laguna (ULL) 8 RC 6682 BRAVO HERNÁNDEZ RAQUEL 42236127P Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 9 RC 6884 GONZALEZ CARRASCO JARA 42235843T Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de Valladolid 10 RC 6691 YAZDANI GARCIA SARA 42236758H Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 11 RC 6697 PADRINO HERNANDEZ RAUL 42234215M Grado en derecho Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 13 RC 6718 ARROCHA DARIAS ANDREA 42233220E Grado en Estudios Ingleses Universidad de La Laguna (ULL) 14 RE 1993 MANSO SEVILLA ANGELA 42198953W Máster en Enseñanza de Español y su Cultura Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 15 RE 1994 MANSO SEVILLA LIDIA 42257615Z Grado en Educación Primaria, Plan 42 Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 16 RE 2003 SAN JUAN MARTIN NIEVES ANDREA 42232803L Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 20 RC 6772 ÁLVAREZ HERNÁNDEZ CARLA 42279182F CFGS Sanidad-Anatomía Patológica y citodiagnósticoCIFP Los Gladiolos 22 RC 6776 HERNANDEZ RODRIGUEZ MARCOS 42234304W Grado en Traducción e Interpretación Universidad de Salamanca 23 RE 2014 ALONSO MARTIN ADRIANA 42279116X Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 24 RE 2017 PÉREZ DELGADO LUCIA 42235545R Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 25 RC 6802 RODRIGUEZ PEREZ AINHOA 42235926Z Grado en Turismo Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 26 RC 6815 LORENZO PEREZ CARLA 42258110A Grado en Veterinaria Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 27 RE 2024 CONCEPCION ALONSO DANIELA 42235261Q Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 28 RC 6818 CABRERA RODRÍGUEZ DESIREE 42234376M Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 29 RE 2026 GONZALEZ MENDEZ GUILLERMO EMMANUEL 42255039Z Grado en Ingeniería Informática Universidad de La Laguna (ULL) 30 RC 6826 DAVINIA BRITO SAN JUAN 42235376Q Grado en Derecho Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 33 RC 6873 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ IRAYA 42234058D Grado en Matemáticas Universidad de La Laguna (ULL) 34 RC 6875 CARRIÓN DÍAZ ISABEL MARÍA 42258846A Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 37 RC 6950 VEGAS BRITO MARIANNA ALEJANDRA 42234688H Tec. Superior Laboratorio Clínico y Biomédico Centro Formación CESUR 38 RC 6959 CARRION BRITO CLAUDIA 42234132Z Grado en Ingeniería Química Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 39 RE 2051 CABRERA GONZALEZ CAROLINA 42234567N Grado en Trabajo Social Universidad de La Laguna (ULL) 40 RC 6972 MARTIN DIAZ SARA 42257043V Master en Abogacía Universidad de La Laguna (ULL) 42 RE 2056 PEREZ YANES ISMAEL 42235203G Grado en Ingeniería Informática Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 45 RE 2066 MAGLIOCCO PULIDO LUCIANA 42347619L Grado en Arquitectura Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 46 RC 2072 CAPEL GONZALEZ ANA YAMILET 79199000H Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 47 RC 7019 HENRIQUEZ BLANCO CECILIA 42234359B Grado en Trabajo Social Universidad de La Laguna (ULL) 48 RC 7020 CABRERA ALVAREZ CARLOS 42256832J Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 51 RE 7064 RODRIGUEZ SANFIEL ENRIQUE 42233901J Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 52 RC 7065 RODRIGUEZ MARTIN YBALLA 42282669K T.S. Laboratorio Clínico y Biomédico Centro Formación CESUR 53 RC 7068 CONDE GONZALEZ AYOZE 42234784E Grado en relaciones Laborales Universidad de La Laguna (ULL) 54 RC 7082 GONZALEZ PEREZ DIEGO 42236165T Ciclo Sup. Activ. Fisica y Deporte - Acondicionamien IES Las Galletas 55 RC 7085 ARMAS CASTELLANO FRANCISCO JOSE 42256066Y Grado en Sociología Universidad de La Laguna (ULL) 57 RE 2090 EXPOSITO HERNÁNDEZ DAVINIA 42236946E Grado en Farmacia Universidad de La Laguna (ULL) 58 RC 7101 CASTILLA GARCÍA PABLO 42233429R Grado en Fisioterapia Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 60 RC 7110 PERAZA CABRERA ÁNGEL 42282039N CFGS Servicios Socioculturales y a la Comunidad-AniCIFP Los Gladiolos 61 RC 7120 LORENZO CHAVEZ DANIELA 42233995S Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 62 RC 7121 HERNANDEZ RODRÍGUEZ SARA 42255328G CFGS Hostelería y Turismo-Dirección de Cocina (LOE)CIFP Virgen de La Candelaria 63 RC 7125 HERNANDEZ RODRIGUEZ MARTA 42255331F Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 64 RE 2102 MANSO SICILIA MIGUEL 42236206H Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 66 RE 2110 NUÑO TRIANA DANIELA 42257391C Grado en Relaciones Laborales Universidad de La Laguna (ULL) 67 RC 7171 LOPEZ GARCIA CHRISTOPHER 42233277X Grado en Ciencias Ambientales Universidad de La Laguna (ULL) 68 RC 7182 GONZALEZ HERNADEZ SELENE 42255601R Grado en Administración y Dir. Empresas Universidad de La Laguna (ULL) 70 RE 2122 ALVAREZ GONZALEZ LUCIA 42255612N Grado en Fisioterapia Universidad Fernando Pessoa 71 RE 2129 GONZALEZ VALIDO NESTOR 42233331H Grado en Naútica y transporte marítimo Universidad de La Laguna (ULL) 72 RE 2130 GONZALEZ VALIDO NATALIA 42233332L Grado en Medicina Univ. Complutense de Madrid 73 RC 7239 PEREZ MONTESDEOCA PATRICIA 42417282S Grado en Turismo Universidad de La Laguna (ULL) 74 RC 7254 HERNANDEZ BRITO DANIELA 42236323C Grado en Historia Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 75 RC 7279 MARANTE GONZÁLEZ ISRAEL 42234002E Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 77 RC 7296 LORENZO HERNANDEZ DIEGO 42232371R Grado en Ingeniería Electrónica Industrial Universidad de La Laguna (ULL) 79 RC 7303 BRAVO PÉREZ YOSE 42236018Z Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 80 RC 7311 ACOSTA ABRANTE GABRIELA 42234315S Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 82 RC 7361 PÉREZ HERNÁNDEZ DEBORA 42236673G Grado en Turismo Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 84 RC 7386 CASTILLO KOWARIK MATEO 42233139X Grado en Ingeniería en Organización Industrial Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 86 RC 7388 RODRIGUEZ DELGADO NEREA 42256208X CFGS Agraria-Paisajismo y Medio Rural (LOE) IES El Sobradillo 89 RE 2167 ANTEQUERA PÉREZ ANDRÉS DIDIER 42236483L Grado en Historia Universidad de La Laguna (ULL) 90 RE 2170 BEY NAVARRO MARTA 42235939G Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 91 RC 7422 ASENSIO FERNANDEZ DANIEL 42199343R Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de La Laguna (ULL) 93 RE 2173 DIAZ DIAZ JANA 42233410M Grado en Biología Universidad de La Laguna (ULL) 94 RE 2174 MAGDALENA PÉREZ LETICIA 42234069C Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 95 RE 2175 BARRIOS LÓPEZ SELENA 42255561F Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 96 RC 7425 RODRÍGUEZ SANCHEZ NAUZET 42255182L Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 97 RC 7448 NAVARRO GARCIA JUAN VICENTE 42236469M Grado en Estudios Clásicos Universidad de La Laguna (ULL) 98 RE 2184 SAN GIL HERNÁNDEZ BETTY MARÍA 42234050R Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 99 RE 2194 CONCEPCIÓN MARTÍN ALBERTO 42235293W Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 100 RC 7468 AFONSO HERNANDEZ AMANDA 42257983Z Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 101 RC 7481 PÉREZ VIÑA DIEGO 42235057L Grado en Maestro en Educación Infantil Universidad de La Laguna (ULL) 102 RE 2203 VARGAS FELIPE ZAIRA 42233112Y Doble titulación: Grado ADE y Grado en Derecho Univ. de las Palmas de Gran Canaria 103 RE 2205 SAN GIL HERNÁNDEZ JORGE 42234051W GS Ganadería y asistencia en Sanidad Animal Centro Integrado Agroforestal 106 RC 7527 LORENZO BRITO EDUARDO 42255290N Grado en Maestro en Educación Primaria Universidad de La Laguna (ULL) 107 RC 7530 FRANCISCO SANCHEZ ISMAEL 42280612B Grado en Bellas Artes Universidad de La Laguna (ULL) 108 RC 7532 LEON MARTIN CARLA 42199922M Master Universitario en Abogacia Universidad de La Laguna (ULL) 109 RE 2220 MARTIN RODRIGUEZ JUAN MIGUEL 42235458Y Tec. Superior en Educación y Control Ambiental IES San Matías 110 RE 2224 CABRERA DIAZ LUCIA 42234569Z Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 111 RE 2226 DIAZ PEREZ OLIVER 42195138M Grado en Logopedia Universidad de La Laguna (ULL) 112 RC 7561 CABRERA PEREZ GERALDINE 42234610D T.S. Anatomía Patológica y Citodagnóstico Centro Formación CESUR 113 RC 7562 CABRERA PEREZ NOELIA 42234163E Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 115 RC 7579 MARTÍN MARTÍN ALBA 42255597C Grado en Maestro en Educación Primaria Universidad de La Laguna (ULL) 116 RC 7611 MARTÍN PÉREZ IAN 42255199J Grado en Fisioterapia Universidad Europea de Canarias 117 RC 7656 ACOSTA GOVANTES MIGUEL 42236191A Grado en Administración y Dir. Empresas Universidad de La Laguna (ULL) 118 RC-7661 RAMOS CONCEPCION ANA IXCHEL 42236942H Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 119 RE-2252 CONCEPCION ESTEVEZ SANTIAGO 42232992R Grado en Ingienería Informática Univ. de las Palmas de Gran Canaria 121 RE-2256 MARTIN SANCHEZ ELIAS 42256531B Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 122 RE-2257 PEREZ ALBINO ANDREA TATIANA 42233797R Doble Grado en ADE y en Derecho Universidad de Cadiz (UCA) 123 RC-7678 DIAZ SAN JUAN HECTOR 42234101Y Ingienería Informática Esc. Sup. De Ingenieria y Tecnologia ULL 124 RE-7689 GONZALEZ GONZALEZ LUCAS 42235255X Grado en Derecho Univ. de las Palmas de Gran Canaria 125 RE-2268 PEREZ ARROCHA MIGUEL 42236992E Grado en Ingienería Mecánica Universidad de La Laguna (ULL) 126 RC-7706 FERNANDEZ GONZALEZ MARTA MUDAN 42235414P Grado en Estudios de Arquitectura Universidade Da Coruña 127 RC-7707 MARZAN PEREZ ACERINA 42282825Q Estudios Superiores de Arte Dramático Esc. De Actores de Canarias Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 ANEXO II Solicitudes de ayuda relativas a estudios no realizables en Canarias. (693.02 €) Nº Registro Apellidos Nombre DNI Estudios Centro de estudios 2 RE 1969 RODRIGUEZ RUBIO JORGE 42234245N FB Politik-und Socialwissenchaften Freie Universitat Berlin 12 RE 1991 MARTINEZ PÉREZ ALEJANDRA 42235826Y Grado en Lenguas,Literaturas y Culturas Románicas Universidad de Salamanca 18 RC 6753 DELGADO SANCHEZ MAR 42199105Q Doble Grado de Magisterio y Pedagogía Univ. Complutense de Madrid 21 RC 6773 RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ DARIO 42233506D Grado en Ciencias Políticas y Administración PúblicaUniversidad Autónoma 31 RE 2028 GONZALEZ ALONSO JESUS 42235009V Doble Grado en Periodismo y Com. Audiovisual Univ. De Sevilla 36 RE 2048 LORENZO HERNÁNDEZ MARCOS 42235483P Grado en Biología Sanitaria Universidad de Alcalá 43 RE 2061 GARCIA GUTIERREZ SERGIO 42234815F Master en Ingeniería Industrial Univ. Politécnica de Valencia 44 RE 2062 CONCEPCION MARTIN NOA 42234390L Doble grado Matemáticas y Física Universidad de Oviedo 56 RE 2083 TENA DE PAZ ELENA 42232468Y Grado en Lenguas Modernas y Traducción Universidad de Alcalá 59 RC 7103 CUBAS CABRERA ANGEL LUIS 42236076A Doble Grado en derecho y Ciencias Políticas Universidad Carlos III 65 RC 7144 RIVEROL PLASENCIA ISABEL 42234495D Grado en Comunicación Audiovisual Universidad de Extramadura 78 RC 7301 BRAVO PÉREZ HIMAR 42236017J Máster en Física Avanzada Universidad de Valencia 81 RE 2152 DIAZ PEREZ MARINA 42233357K Grado en Relaciones Internacionales Univ. Complutense de Madrid 92 RE 2172 DIAZ DIAZ AINOA 42233409G Grado en Publicidad y Relaciones Públicas Univ. Rey Juan Carlos 104 RE 2206 LORENZO BRITO JULIA 42255289B Master Universitario en Acceso al ejercicio de la aboUniversidad Carlos III 105 RC 7513 CASTILLO KOWARIK LIA 42233144S Grado en Fisica e Instrumentación Espacial Universidad de Alcalá 114 RC 7568 CARRION DIAZ JORGE ANTONIO 42258116D MASTER en Administración y Dirección de Empresas Universidad Complutense de Madrid 128 RE-2271 PEREZ IRIBARREN JUAN TOMAS 42345724X Relaciones Internacionales Universidad Ramon Llull ANEXO III Solicitudes que no cumplen con los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras. Nº Registro Apellidos Nombre DNI 3 RE 1982 PÉREZ BRITO GABRIELA 42255206C 5 RC 6675 BRITO BARRIOS ALEJANDRO 42187093X Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 7 RC 6679 HERNÁNDEZ SAN GIL MARTA 42233288K Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 17 RC 6739 VAVILOVA ALENA Y5991410B Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 19 RC 6771 RAMOS MARTIN LUCIA 42232675Y Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 32 RE 2033 SOSA ARROCHA CARLA ISABELLA 42234867J Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 35 RE 2041 ÁLVAREZ GONZÁLEZ AITANA 42255611B Estudios no amparados en la convocatoria : Formación no presencial 41 RC 6982 JIMÉNEZ HERNÁNDEZ EMMA NIEVES 42233484X Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 49 RE 2073 FERNANDEZ MARRERO HECTOR 42199682H Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 50 RE 2076 TENA DE PAZ CARMEN 42232467M Estudios no amparados en la convocatoria : Formación no presencial 69 RE 2119 ACOSTA SERNA YENY ALEJANDRA Y7528396G Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 76 RE 2143 DIAZ BETHENCOURT FAINA 42255279R Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 83 7378 Y RC 7 ROJAS GARCÍA VERONICA 42235509B Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 85 RC 7387 RODRIGUEZ DELGADO ARIADNA 42233424L Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 87 RE 2159 DEL RIO LEOPOLD CARMEN 42255707S Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 88 RC 7394 PEREZ MARTINEZ CRISTINA 42232695A Art 19 Ley 38/2003 General Subvenciones /art 9 Bases regualdoras 120 RE-2255 MARTIN SANCHEZ EVA 42256530X Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 129 RE-2303 HERNANDEZ DIAZ JOSE LUIS 42255011D Presentación fuera de plazo Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma Causa Villa de Breña Alta.- Carlos L Díaz Bethencourt.- Documento firmado electrónicamente al margen.” “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA ASUNTO: RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDAS A ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2022/2023. Dada la importancia de la educación en el desarrollo personal y profesional de nuestro entorno, condicionado actualmente por el continuo y rápido desarrollo de los conocimientos y mayores exigencias formativas del contexto social y productivo, lo cual está motivando la justa aspiración de los jóvenes de nuestro municipio a recibir una mejor y más prolongada formación, superior, en cualquier caso, a la Enseñanza Secundaria Obligatoria. Teniendo en cuenta las estimaciones de evolución del mercado laboral, en relación a que el mercado de trabajo absorberá cada vez menor porcentaje de trabajadores/as sin ninguna cualificación, requiriendo fundamentalmente trabajadores cualificados que posean, al menos, alguna titulación de enseñanza secundaria postobligatoria. Considerando que el Ayuntamiento de Breña Alta viene concediendo ayudas a estudiantes del municipio, para cursar estudios que no pueden ser realizados en la isla de La Palma y teniendo en cuenta la dificultad añadida para aquellos que han de realizarse fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias. Considerando las solicitudes de ayuda presentadas de acuerdo a las Bases publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 81, de fecha 6 de julio de 2022 y la Convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 20 de julio de 2023, cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 91 de 28 de julio de 2023, a la cual se han presentado un total de 129 solicitudes, que han sido evaluadas de acuerdo a lo especificado en las mismas. Visto lo anterior y el Informe del Aedl-Coordinador, como Órgano Instructor del procedimiento, en relación al cumplimiento de las citadas Bases, propongo lo siguiente.- Primero.- Resolución de la Convocatoria de concesión de ayudas a estudiantes del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 municipio para la realización de estudios fuera de la isla durante el curso académico 2022/2023. Segundo.- Notificación a los/as interesados/as del resultado del Acuerdo y ejecución de lo acordado. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.” Interviene el Sr. Presidente diciendo que en la documentación remitida se comprueba que se han presentado un total de 93 solicitudes para estudios realizados en Canarias, y 18 solicitudes para estudios realizados en la Península, añadiendo que también son 18 las solicitudes denegadas, explicando brevemente la propuesta realizada. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la resolución de la convocatoria de las ayudas a estudiantes del municipio para la realización de estudios fuera de la isla, durante el curso académico 2022/2023, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la Comisión Informativa correspondiente. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, visto lo anterior y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal , la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de la Isla, en Canarias, o que cursándose fuera de las Islas se puedan cursar en Canarias, para el curso académico 2022/2023, por importe de 468,02 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Nº Registro Apellidos Nombre DNI Estudios Centro de estudios 1 RE 1967 PÉREZ PÉREZ DANIELA 42233376V Ciclo Superior de Radioterápia y Dosimetria DENTAL TRAINER 4 RE 1984 GARCIA DE CONCEPCION CRISTIAN 42233110G Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 6 RC 6678 MORALES GUTIERREZ GERAD DE JESUS 45346241Q Grado en Química Universidad de La Laguna (ULL) 8 RC 6682 BRAVO HERNÁNDEZ RAQUEL 42236127P Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 9 RC 6884 GONZALEZ CARRASCO JARA 42235843T Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de Valladolid 10 RC 6691 YAZDANI GARCIA SARA 42236758H Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 11 RC 6697 PADRINO HERNANDEZ RAUL 42234215M Grado en derecho Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 13 RC 6718 ARROCHA DARIAS ANDREA 42233220E Grado en Estudios Ingleses Universidad de La Laguna (ULL) 14 RE 1993 MANSO SEVILLA ANGELA 42198953W Máster en Enseñanza de Español y su Cultura Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 15 RE 1994 MANSO SEVILLA LIDIA 42257615Z Grado en Educación Primaria, Plan 42 Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 16 RE 2003 SAN JUAN MARTIN NIEVES ANDREA 42232803L Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 20 RC 6772 ÁLVAREZ HERNÁNDEZ CARLA 42279182F CFGS Sanidad-Anatomía Patológica y citodiagnósticoCIFP Los Gladiolos 22 RC 6776 HERNANDEZ RODRIGUEZ MARCOS 42234304W Grado en Traducción e Interpretación Universidad de Salamanca 23 RE 2014 ALONSO MARTIN ADRIANA 42279116X Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 24 RE 2017 PÉREZ DELGADO LUCIA 42235545R Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 25 RC 6802 RODRIGUEZ PEREZ AINHOA 42235926Z Grado en Turismo Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 26 RC 6815 LORENZO PEREZ CARLA 42258110A Grado en Veterinaria Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 27 RE 2024 CONCEPCION ALONSO DANIELA 42235261Q Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 28 RC 6818 CABRERA RODRÍGUEZ DESIREE 42234376M Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 29 RE 2026 GONZALEZ MENDEZ GUILLERMO EMMANUEL 42255039Z Grado en Ingeniería Informática Universidad de La Laguna (ULL) 30 RC 6826 DAVINIA BRITO SAN JUAN 42235376Q Grado en Derecho Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 33 RC 6873 HERNÁNDEZ GONZÁLEZ IRAYA 42234058D Grado en Matemáticas Universidad de La Laguna (ULL) 34 RC 6875 CARRIÓN DÍAZ ISABEL MARÍA 42258846A Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 37 RC 6950 VEGAS BRITO MARIANNA ALEJANDRA 42234688H Tec. Superior Laboratorio Clínico y Biomédico Centro Formación CESUR 38 RC 6959 CARRION BRITO CLAUDIA 42234132Z Grado en Ingeniería Química Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 39 RE 2051 CABRERA GONZALEZ CAROLINA 42234567N Grado en Trabajo Social Universidad de La Laguna (ULL) 40 RC 6972 MARTIN DIAZ SARA 42257043V Master en Abogacía Universidad de La Laguna (ULL) 42 RE 2056 PEREZ YANES ISMAEL 42235203G Grado en Ingeniería Informática Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 45 RE 2066 MAGLIOCCO PULIDO LUCIANA 42347619L Grado en Arquitectura Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 46 RC 2072 CAPEL GONZALEZ ANA YAMILET 79199000H Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 47 RC 7019 HENRIQUEZ BLANCO CECILIA 42234359B Grado en Trabajo Social Universidad de La Laguna (ULL) 48 RC 7020 CABRERA ALVAREZ CARLOS 42256832J Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 51 RE 7064 RODRIGUEZ SANFIEL ENRIQUE 42233901J Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 52 RC 7065 RODRIGUEZ MARTIN YBALLA 42282669K T.S. Laboratorio Clínico y Biomédico Centro Formación CESUR 53 RC 7068 CONDE GONZALEZ AYOZE 42234784E Grado en relaciones Laborales Universidad de La Laguna (ULL) 54 RC 7082 GONZALEZ PEREZ DIEGO 42236165T Ciclo Sup. Activ. Fisica y Deporte - Acondicionamien IES Las Galletas 55 RC 7085 ARMAS CASTELLANO FRANCISCO JOSE 42256066Y Grado en Sociología Universidad de La Laguna (ULL) 57 RE 2090 EXPOSITO HERNÁNDEZ DAVINIA 42236946E Grado en Farmacia Universidad de La Laguna (ULL) 58 RC 7101 CASTILLA GARCÍA PABLO 42233429R Grado en Fisioterapia Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 60 RC 7110 PERAZA CABRERA ÁNGEL 42282039N CFGS Servicios Socioculturales y a la Comunidad-AniCIFP Los Gladiolos 61 RC 7120 LORENZO CHAVEZ DANIELA 42233995S Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 62 RC 7121 HERNANDEZ RODRÍGUEZ SARA 42255328G CFGS Hostelería y Turismo-Dirección de Cocina (LOE)CIFP Virgen de La Candelaria 63 RC 7125 HERNANDEZ RODRIGUEZ MARTA 42255331F Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 64 RE 2102 MANSO SICILIA MIGUEL 42236206H Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 66 RE 2110 NUÑO TRIANA DANIELA 42257391C Grado en Relaciones Laborales Universidad de La Laguna (ULL) 67 RC 7171 LOPEZ GARCIA CHRISTOPHER 42233277X Grado en Ciencias Ambientales Universidad de La Laguna (ULL) 68 RC 7182 GONZALEZ HERNADEZ SELENE 42255601R Grado en Administración y Dir. Empresas Universidad de La Laguna (ULL) 70 RE 2122 ALVAREZ GONZALEZ LUCIA 42255612N Grado en Fisioterapia Universidad Fernando Pessoa 71 RE 2129 GONZALEZ VALIDO NESTOR 42233331H Grado en Naútica y transporte marítimo Universidad de La Laguna (ULL) 72 RE 2130 GONZALEZ VALIDO NATALIA 42233332L Grado en Medicina Univ. Complutense de Madrid 73 RC 7239 PEREZ MONTESDEOCA PATRICIA 42417282S Grado en Turismo Universidad de La Laguna (ULL) 74 RC 7254 HERNANDEZ BRITO DANIELA 42236323C Grado en Historia Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 75 RC 7279 MARANTE GONZÁLEZ ISRAEL 42234002E Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 77 RC 7296 LORENZO HERNANDEZ DIEGO 42232371R Grado en Ingeniería Electrónica Industrial Universidad de La Laguna (ULL) 79 RC 7303 BRAVO PÉREZ YOSE 42236018Z Grado en Física Universidad de La Laguna (ULL) 80 RC 7311 ACOSTA ABRANTE GABRIELA 42234315S Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 82 RC 7361 PÉREZ HERNÁNDEZ DEBORA 42236673G Grado en Turismo Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 84 RC 7386 CASTILLO KOWARIK MATEO 42233139X Grado en Ingeniería en Organización Industrial Universidad Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) 86 RC 7388 RODRIGUEZ DELGADO NEREA 42256208X CFGS Agraria-Paisajismo y Medio Rural (LOE) IES El Sobradillo 89 RE 2167 ANTEQUERA PÉREZ ANDRÉS DIDIER 42236483L Grado en Historia Universidad de La Laguna (ULL) 90 RE 2170 BEY NAVARRO MARTA 42235939G Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 91 RC 7422 ASENSIO FERNANDEZ DANIEL 42199343R Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Universidad de La Laguna (ULL) 93 RE 2173 DIAZ DIAZ JANA 42233410M Grado en Biología Universidad de La Laguna (ULL) 94 RE 2174 MAGDALENA PÉREZ LETICIA 42234069C Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 95 RE 2175 BARRIOS LÓPEZ SELENA 42255561F Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 96 RC 7425 RODRÍGUEZ SANCHEZ NAUZET 42255182L Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 97 RC 7448 NAVARRO GARCIA JUAN VICENTE 42236469M Grado en Estudios Clásicos Universidad de La Laguna (ULL) 98 RE 2184 SAN GIL HERNÁNDEZ BETTY MARÍA 42234050R Grado en Psicología Universidad de La Laguna (ULL) 99 RE 2194 CONCEPCIÓN MARTÍN ALBERTO 42235293W Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 100 RC 7468 AFONSO HERNANDEZ AMANDA 42257983Z Grado en Pedagogía Universidad de La Laguna (ULL) 101 RC 7481 PÉREZ VIÑA DIEGO 42235057L Grado en Maestro en Educación Infantil Universidad de La Laguna (ULL) 102 RE 2203 VARGAS FELIPE ZAIRA 42233112Y Doble titulación: Grado ADE y Grado en Derecho Univ. de las Palmas de Gran Canaria 103 RE 2205 SAN GIL HERNÁNDEZ JORGE 42234051W GS Ganadería y asistencia en Sanidad Animal Centro Integrado Agroforestal 106 RC 7527 LORENZO BRITO EDUARDO 42255290N Grado en Maestro en Educación Primaria Universidad de La Laguna (ULL) 107 RC 7530 FRANCISCO SANCHEZ ISMAEL 42280612B Grado en Bellas Artes Universidad de La Laguna (ULL) 108 RC 7532 LEON MARTIN CARLA 42199922M Master Universitario en Abogacia Universidad de La Laguna (ULL) 109 RE 2220 MARTIN RODRIGUEZ JUAN MIGUEL 42235458Y Tec. Superior en Educación y Control Ambiental IES San Matías 110 RE 2224 CABRERA DIAZ LUCIA 42234569Z Grado en Medicina Universidad de La Laguna (ULL) 111 RE 2226 DIAZ PEREZ OLIVER 42195138M Grado en Logopedia Universidad de La Laguna (ULL) 112 RC 7561 CABRERA PEREZ GERALDINE 42234610D T.S. Anatomía Patológica y Citodagnóstico Centro Formación CESUR 113 RC 7562 CABRERA PEREZ NOELIA 42234163E Grado en Derecho Universidad de La Laguna (ULL) 115 RC 7579 MARTÍN MARTÍN ALBA 42255597C Grado en Maestro en Educación Primaria Universidad de La Laguna (ULL) 116 RC 7611 MARTÍN PÉREZ IAN 42255199J Grado en Fisioterapia Universidad Europea de Canarias 117 RC 7656 ACOSTA GOVANTES MIGUEL 42236191A Grado en Administración y Dir. Empresas Universidad de La Laguna (ULL) 118 RC-7661 RAMOS CONCEPCION ANA IXCHEL 42236942H Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 119 RE-2252 CONCEPCION ESTEVEZ SANTIAGO 42232992R Grado en Ingienería Informática Univ. de las Palmas de Gran Canaria 121 RE-2256 MARTIN SANCHEZ ELIAS 42256531B Grado en Contabilidad y Finanzas Universidad de La Laguna (ULL) 122 RE-2257 PEREZ ALBINO ANDREA TATIANA 42233797R Doble Grado en ADE y en Derecho Universidad de Cadiz (UCA) 123 RC-7678 DIAZ SAN JUAN HECTOR 42234101Y Ingienería Informática Esc. Sup. De Ingenieria y Tecnologia ULL 124 RE-7689 GONZALEZ GONZALEZ LUCAS 42235255X Grado en Derecho Univ. de las Palmas de Gran Canaria 125 RE-2268 PEREZ ARROCHA MIGUEL 42236992E Grado en Ingienería Mecánica Universidad de La Laguna (ULL) 126 RC-7706 FERNANDEZ GONZALEZ MARTA MUDAN 42235414P Grado en Estudios de Arquitectura Universidade Da Coruña 127 RC-7707 MARZAN PEREZ ACERINA 42282825Q Estudios Superiores de Arte Dramático Esc. De Actores de Canarias Segundo.- CONCEDER ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan, que cursan estudios fuera de Canarias, al no poder realizarse en Centros de Estudios de Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 las Islas, para el curso académico 2022/2023, por importe de 693,02 € cada una, para los estudios que, en cada caso, se señalan: Nº Registro Apellidos Nombre DNI Estudios Centro de estudios 2 RE 1969 RODRIGUEZ RUBIO JORGE 42234245N FB Politik-und Socialwissenchaften Freie Universitat Berlin 12 RE 1991 MARTINEZ PÉREZ ALEJANDRA 42235826Y Grado en Lenguas,Literaturas y Culturas Románicas Universidad de Salamanca 18 RC 6753 DELGADO SANCHEZ MAR 42199105Q Doble Grado de Magisterio y Pedagogía Univ. Complutense de Madrid 21 RC 6773 RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ DARIO 42233506D Grado en Ciencias Políticas y Administración PúblicaUniversidad Autónoma 31 RE 2028 GONZALEZ ALONSO JESUS 42235009V Doble Grado en Periodismo y Com. Audiovisual Univ. De Sevilla 36 RE 2048 LORENZO HERNÁNDEZ MARCOS 42235483P Grado en Biología Sanitaria Universidad de Alcalá 43 RE 2061 GARCIA GUTIERREZ SERGIO 42234815F Master en Ingeniería Industrial Univ. Politécnica de Valencia 44 RE 2062 CONCEPCION MARTIN NOA 42234390L Doble grado Matemáticas y Física Universidad de Oviedo 56 RE 2083 TENA DE PAZ ELENA 42232468Y Grado en Lenguas Modernas y Traducción Universidad de Alcalá 59 RC 7103 CUBAS CABRERA ANGEL LUIS 42236076A Doble Grado en derecho y Ciencias Políticas Universidad Carlos III 65 RC 7144 RIVEROL PLASENCIA ISABEL 42234495D Grado en Comunicación Audiovisual Universidad de Extramadura 78 RC 7301 BRAVO PÉREZ HIMAR 42236017J Máster en Física Avanzada Universidad de Valencia 81 RE 2152 DIAZ PEREZ MARINA 42233357K Grado en Relaciones Internacionales Univ. Complutense de Madrid 92 RE 2172 DIAZ DIAZ AINOA 42233409G Grado en Publicidad y Relaciones Públicas Univ. Rey Juan Carlos 104 RE 2206 LORENZO BRITO JULIA 42255289B Master Universitario en Acceso al ejercicio de la aboUniversidad Carlos III 105 RC 7513 CASTILLO KOWARIK LIA 42233144S Grado en Fisica e Instrumentación Espacial Universidad de Alcalá 114 RC 7568 CARRION DIAZ JORGE ANTONIO 42258116D MASTER en Administración y Dirección de Empresas Universidad Complutense de Madrid 128 RE-2271 PEREZ IRIBARREN JUAN TOMAS 42345724X Relaciones Internacionales Universidad Ramon Llull Tercero.- DENEGAR las solicitudes de ayudas a los estudiantes del municipio que seguidamente se relacionan para cursar estudios fuera de la isla, durante el curso académico 2022/2023, por los motivos que en cada caso se indican: Nº Registro Apellidos Nombre DNI 3 RE 1982 PÉREZ BRITO GABRIELA 42255206C 5 RC 6675 BRITO BARRIOS ALEJANDRO 42187093X Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 7 RC 6679 HERNÁNDEZ SAN GIL MARTA 42233288K Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 17 RC 6739 VAVILOVA ALENA Y5991410B Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 19 RC 6771 RAMOS MARTIN LUCIA 42232675Y Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 32 RE 2033 SOSA ARROCHA CARLA ISABELLA 42234867J Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 35 RE 2041 ÁLVAREZ GONZÁLEZ AITANA 42255611B Estudios no amparados en la convocatoria : Formación no presencial 41 RC 6982 JIMÉNEZ HERNÁNDEZ EMMA NIEVES 42233484X Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 49 RE 2073 FERNANDEZ MARRERO HECTOR 42199682H Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 50 RE 2076 TENA DE PAZ CARMEN 42232467M Estudios no amparados en la convocatoria : Formación no presencial 69 RE 2119 ACOSTA SERNA YENY ALEJANDRA Y7528396G Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 76 RE 2143 DIAZ BETHENCOURT FAINA 42255279R Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 83 7378 Y RC 7 ROJAS GARCÍA VERONICA 42235509B Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 85 RC 7387 RODRIGUEZ DELGADO ARIADNA 42233424L Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma 87 RE 2159 DEL RIO LEOPOLD CARMEN 42255707S Estudios no amparados en la convocatoria : Matrícula curso 2023/2024 88 RC 7394 PEREZ MARTINEZ CRISTINA 42232695A Art 19 Ley 38/2003 General Subvenciones /art 9 Bases regualdoras 120 RE-2255 MARTIN SANCHEZ EVA 42256530X Estudios no amparados en la convocatoria : Educación no presencial y realizable en La Palma. 129 RE-2303 HERNANDEZ DIAZ JOSE LUIS 42255011D Presentación fuera de plazo Estudios no amparados en la convocatoria : Realizables en La Palma Causa 5º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA 2023. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo, celebrada el día 15 de noviembre de 2023, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA 2023 El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público de taxi de la Villa de Breña Alta 2023, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía y de las bases reguladoras, el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Vista Providencia de Alcaldía para tramitar BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA, año 2023. Vistas las Bases Reguladoras que regirán la convocatoria. Visto informe de la Intervención Municipal. Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, propone a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, previo Dictamen de la Comisión Informativa, la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Aprobar las BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 SEGUNDO.- Aprobar el gasto de 20.000 euros, a la que asciende el importe de la subvención. Aplicación presupuestaria 172-47900. TERCERO.- Trasladar las normas para su publicación en el Tablón de anuncios municipal y suministrar la información sobre la concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” “BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA. PRIMERA. - RÉGIMEN JURÍDICO La presente convocatoria se regirá, en lo no establecido en la misma, por la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Breña Alta, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 197 de 7 de diciembre de 2005; por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante RGS), así como por la regulación fijada por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para 2023; y en las restantes normas de derecho Administrativo que resulten de aplicación. SEGUNDA. - OBJETO. La presente Convocatoria tiene por objeto establecer los principios que regulan la concesión para el año 2023, de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en el ámbito de Breña Alta. Buscando impulsar la movilidad urbana sostenible y reducir la emisión de gases efecto invernadero, así como mejorar la calidad del aire y los índices de contaminación acústica, a través de la transformación del parque automovilístico local de vehículos con conductor (autotaxis) hacia vehículos eléctricos. TERCERA. - CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. La dotación presupuestaria destinada a esta Convocatoria, será la establecida en el Presupuesto General de la Corporación para el año 2023 en la siguiente aplicación presupuestaria: 172-47900. SUBVENCIÓN ADQUISICIÓN VEHÍCULOS ELÉCTRICOS TAXIS. CUARTA. - BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las personas físicas y jurídicas, titulares de autorizaciones de transporte público discrecional en el ámbito del Municipio de Breña Alta, que adquieran vehículos nuevos de primera matriculación, siempre que reúnan los requisitos para obtener tal condición previstos, en los apartados 2 y 3 del artículo 13 LGS. -Disponer, el vehículo objeto de la subvención, de la preceptiva autorización administrativa de transporte público para el ejercicio de la actividad, antes del 31 de diciembre de 2023. - No tener deudas por sanción firme impuestas en aplicación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, (en adelante LOTT), y de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, (en adelante LOTTC) al tiempo de la solicitud QUINTA. -GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS. 1. Se considerarán gastos subvencionables la adquisición de vehículos automóviles nuevos de primera matriculación, cuyo primer titular sea el solicitante de la subvención. La fecha de matriculación de los vehículos objeto de la subvención deberá estar comprendida entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. 2. El vehículo nuevo lo será en sustitución de otro cuya fecha de baja definitiva o de baja de Servicio Público estará comprendida entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. 3. En ningún caso el coste de adquisición del vehículo podrá ser superior a su valor de mercado. 4. El gasto subvencionable, concedido de acuerdo con las Bases de la presente Convocatoria, se determinará en función del coste neto del bien, detraídos impuestos y descuentos comerciales. 5. No serán gastos subvencionables en ningún los gastos financieros y restantes gastos relacionados en el artículo 31.7 de la LGS. Cuantías: El crédito disponible, que asciende a la cuantía de veinte mil euros, (20.000,00 €) se distribuirá atendiendo a los siguientes criterios: Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis), dotados de sistema de propulsión eléctrica, siempre y cuando se acredite a través de la Ficha Técnica Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 del Vehículo, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de SIETE MIL (7.000,00 €) EUROS por beneficiario. Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis), dotados de sistema de propulsión híbrida, siempre y cuando se acredite a través de la Ficha Técnica del Vehículo, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de TRES MIL (3.000,00 €) EUROS por beneficiario. Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis) adaptados para personas con movilidad reducida (PMR) siempre y cuando se acredite documentalmente, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de DOS MIL QUINIENTOS (2.500,00 €) EUROS por beneficiario. 2. Los vehículos financiados con la subvención concedida en la presente convocatoria, deberán permanecer en el patrimonio del beneficiario por un período mínimo de 5 años. Excepcionalmente, si concurrieran circunstancias que obligaran a la sustitución del vehículo, deberán serlo por otro que sirva en condiciones análogas al fin para el que se concedió la subvención, de antigüedad menor al sustituido, y siempre que su uso se mantenga hasta completar el período establecido, cinco años. La sustitución debe ser autorizada previamente por el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. SEXTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN. 1. Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será hasta el quince de diciembre de 2022 contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en la página web municipal dirección https://brenaalta.sedeelectronica.es, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y notificación a representantes del sector del taxi. 2. Lugar de presentación: Las solicitudes para participar en la convocatoria podrán presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano, de esta Corporación, sito en la C/ Blas Pérez González 4; así como por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. La solicitud de subvención debidamente firmada se formalizará mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde - Presidente. En dicha solicitud se hará mención a la matrícula del vehículo nuevo objeto de subvención, a la matrícula del vehículo que se sustituye y a la fecha de baja del mismo en tráfico o de baja para el servicio público (alta como servicio particular). 4. Documentación: El solicitante acompañará, junto a la solicitud de subvención, la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en caso de ser persona física. b) Si se trata de una persona física que actúa mediante representante o una persona jurídica: acreditación de la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, en cumplimiento de las exigencias establecidas en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y D.N.I. del representante. c) Declaración Responsable, en la que el solicitante acepta y está de acuerdo con todos y cada uno de los extremos a los que la misma se refiere. Conforme ANEXO. d) Facturas del gasto realizado. (Las facturas deberán cumplir los requisitos previstos reglamentariamente, esto es, número, y en su caso, serie, fecha de expedición, nombre o denominación social, domicilio, N.I.F. o C.I.F. del expedidor; nombre, domicilio y N.I.F. o C.I.F. del beneficiario; identificación de los bienes entregados o servicios prestados, tipo/s impositivo/s aplicados a las operaciones, contraprestación total.) j) Fotocopia del permiso de circulación y de la ficha de inspección técnica en vigor, del vehículo adquirido. 5. Subsanación.- Si la instancia de solicitud o los documentos que deben acompañarla carecieran de algún requisito esencial o fueran incompletos, el Ayuntamiento lo pondrá de manifiesto, al solicitante otorgándole al efecto un plazo de diez (10) días hábiles, para subsanar los errores detectados o completar la documentación, transcurrido el cual, sin que lo hubiese hecho, se le tendrá por desistido de su petición, con los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, procediéndose a su archivo sin más trámite que la correspondiente resolución administrativa. 6. Efectos de la presentación de la solicitud: La presentación de la solicitud generará los siguientes efectos: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 a) La aceptación incondicional de las normas contenidas en la presente convocatoria, y las restantes detalladas en la cláusula primera de estas bases, reguladoras del Régimen Jurídico de las mismas. b) La autorización al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para solicitar de las distintas Administraciones aquella documentación que sea necesaria para la instrucción del procedimiento. c) Autorización al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para el tratamiento de datos personales, su conocimiento y comprobación de los datos que resulten necesarios, en los términos que pueda exigir la legislación de subvenciones, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás disposiciones que la desarrollan. d) Autorizar al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para divulgar las actuaciones subvencionadas. SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas. La concesión de ayudas se realizará de forma directa entre los solicitantes que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida en estas bases, hasta agotar el crédito disponible. La instrucción del procedimiento deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 24 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y conforme a los siguientes apartados: 1. Actuará como Órgano Instructor del procedimiento de concesión el Secretario General del Ayuntamiento. 2. El Órgano Instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, pudiendo a tal efecto solicitar cuantos informes estime pertinente. El Órgano Instructor emitirá informe de las solicitudes de subvención presentadas, indicando si se cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria. Dicho informe, junto con las solicitudes, se elevará a la Junta de Gobierno Local para que proceda a la asignación de los importes correspondientes de acuerdo a los criterios establecidos en la presente convocatoria. El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Junta de Gobierno Local. Asimismo será competente para dictar las instrucciones que resulten precisas para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución del procedimiento regulado en la presente convocatoria, incluida la facultad de prorrogar el plazo de ejecución y justificación y la de autorizar o denegar las modificaciones que proponga el beneficiario de la subvención. Las subvenciones serán concedidas mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local que expresará la identidad de los beneficiarios a los que se concede la subvención, la cuantía y condiciones de la misma, así como la forma y requisitos exigidos para el abono y la forma y plazo de justificación. Plazo máximo de resolución y efectos del silencio: La resolución de concesión de subvenciones, se dictará en el plazo máximo de SEIS MESES contados desde la fecha de recepción de cada solicitud de subvención. Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la LGS Contra la Resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, en el plazo de DOS MESES, contados igualmente a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo. OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. El beneficiario de la subvención queda sometido a las siguientes obligaciones: a) Acreditar los requisitos exigidos en las presentes bases, en la forma prevista por las mismas y someterse expresamente a sus disposiciones. b) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención, es decir, la compra de un vehículo de primera matriculación que sustituya a otro que ha causado baja definitiva en tráfico o baja del Servicio Público en el caso de vehículos autotaxis. c) Justificar documentalmente la utilización de los fondos para los fines previstos, mediante las facturas o recibos de los gastos o pagos efectuados en la realización de las actividades subvencionadas. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. e) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección, así como al control financiero, que considere necesario el órgano concedente en relación con las subvenciones concedidas. f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la disposición duodécima de la presente convocatoria, así como en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la misma. En caso de incumplimiento de estos requisitos, se entenderá incumplida la obligación de destino y será causa de reintegro. NOVENA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN. El pago de la subvención se realizará previa justificación de la realización de la actividad objeto de la subvención. 1. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que figure en el Alta a Terceros presentada por el solicitante. 2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. DÉCIMA.- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. No se llevará a cabo el abono de la subvención o, en su caso, procederá la devolución íntegra de las cantidades percibidas más el interés de demora devengado hasta el momento del abono de la misma, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: 1. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que la hubiesen impedido. 2. El incumplimiento de destino de los fondos públicos respecto a la realización de la actividad subvencionada o de las condiciones establecidas en la resolución de concesión de la subvención. 3. Procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por concesión de subvenciones de otras Administraciones Públicas, la cuantía de la subvención concedida supere el coste de la actividad realizada por el beneficiario. 4. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. UNDÉCIMA.- RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base anterior, el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta convocatoria no eximirá a los beneficiarios de la responsabilidad exigible de conformidad con la normativa que sobre infracciones y sanciones administrativas en la materia se contiene en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SOLICITANTE Don/Doña Con DNI Nº Declara: Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público de taxi: -Acepta expresamente los términos de la citada convocatoria y de los requisitos y obligaciones que en ella se confieren. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 -Ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. -No se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta o de cualquier otra Administración Pública. - No se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que puede legalmente obtener la condición de beneficiario de subvenciones. -El vehículo respecto del que solicita la subvención ha sido adquirido en su primera matriculación, señalando expresamente que es el primer titular del vehículo. -No mantiene deudas por sanción firme impuestas en aplicación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, al tiempo de la solicitud. - Que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda Estatal y con la Hacienda Autonómica. -No ha recibido ayuda o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración, Ente Público, entidades privadas o particulares. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas: ENTIDAD CONCEPTO SOLICITADA Fecha / importe CONCEDIDA Fecha / importe En la Villa de Breña Alta. El Declarante.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de bases realizada, diciendo que se tratan de las ayudas que se vienen convocando desde hace unos años para apoyo a la renovación de la flota de taxi. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público de taxi de la Villa de Breña Alta 2023, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la Comisión Informativa correspondiente. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, visto lo anterior y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó aprobar las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público de taxi de la Villa de Breña Alta 2023, en los siguientes términos: “BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE TAXI DE LA VILLA DE BREÑA ALTA. PRIMERA. - RÉGIMEN JURÍDICO La presente convocatoria se regirá, en lo no establecido en la misma, por la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Breña Alta, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 197 de 7 de diciembre de 2005; por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante RGS), así como por la regulación fijada por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para 2023; y en las restantes normas de derecho Administrativo que resulten de aplicación. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 SEGUNDA. - OBJETO. La presente Convocatoria tiene por objeto establecer los principios que regulan la concesión para el año 2023, de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en el ámbito de Breña Alta. Buscando impulsar la movilidad urbana sostenible y reducir la emisión de gases efecto invernadero, así como mejorar la calidad del aire y los índices de contaminación acústica, a través de la transformación del parque automovilístico local de vehículos con conductor (autotaxis) hacia vehículos eléctricos. TERCERA. - CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. La dotación presupuestaria destinada a esta Convocatoria, será la establecida en el Presupuesto General de la Corporación para el año 2023 en la siguiente aplicación presupuestaria: 172-47900. SUBVENCIÓN ADQUISICIÓN VEHÍCULOS ELÉCTRICOS TAXIS. CUARTA. - BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las personas físicas y jurídicas, titulares de autorizaciones de transporte público discrecional en el ámbito del Municipio de Breña Alta, que adquieran vehículos nuevos de primera matriculación, siempre que reúnan los requisitos para obtener tal condición previstos, en los apartados 2 y 3 del artículo 13 LGS. -Disponer, el vehículo objeto de la subvención, de la preceptiva autorización administrativa de transporte público para el ejercicio de la actividad, antes del 31 de diciembre de 2023. - No tener deudas por sanción firme impuestas en aplicación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, (en adelante LOTT), y de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, (en adelante LOTTC) al tiempo de la solicitud QUINTA. -GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS. 1. Se considerarán gastos subvencionables la adquisición de vehículos automóviles nuevos de primera matriculación, cuyo primer titular sea el solicitante de la subvención. La fecha de matriculación de los vehículos objeto de la subvención deberá estar comprendida entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. 2. El vehículo nuevo lo será en sustitución de otro cuya fecha de baja definitiva o de baja de Servicio Público estará comprendida entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. 3. En ningún caso el coste de adquisición del vehículo podrá ser superior a su valor de mercado. 4. El gasto subvencionable, concedido de acuerdo con las Bases de la presente Convocatoria, se determinará en función del coste neto del bien, detraídos impuestos y descuentos comerciales. 5. No serán gastos subvencionables en ningún los gastos financieros y restantes gastos relacionados en el artículo 31.7 de la LGS. Cuantías: El crédito disponible, que asciende a la cuantía de veinte mil euros, (20.000,00 €) se distribuirá atendiendo a los siguientes criterios: Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis), dotados de sistema de propulsión eléctrica, siempre y cuando se acredite a través de la Ficha Técnica del Vehículo, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de SIETE MIL (7.000,00 €) EUROS por beneficiario. Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis), dotados de sistema de propulsión híbrida, siempre y cuando se acredite a través de la Ficha Técnica del Vehículo, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de TRES MIL (3.000,00 €) EUROS por beneficiario. Las solicitudes de los titulares de autorización de transportes de la serie VT (auto taxis) adaptados para personas con movilidad reducida (PMR) siempre y cuando se acredite documentalmente, correspondiéndole a aquellos que cumplan los requisitos de la presente convocatoria una subvención de DOS MIL QUINIENTOS (2.500,00 €) EUROS por beneficiario. 2. Los vehículos financiados con la subvención concedida en la presente convocatoria, deberán permanecer en el patrimonio del beneficiario por un período mínimo de 5 años. Excepcionalmente, si concurrieran circunstancias que obligaran a la sustitución del vehículo, deberán serlo por otro que sirva en condiciones análogas al fin para el que se concedió la subvención, de antigüedad menor al sustituido, y siempre que su uso se mantenga hasta completar el período establecido, cinco años. La sustitución debe ser autorizada previamente por el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 SEXTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN. 1. Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será hasta el quince de diciembre de 2022 contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en la página web municipal dirección https://brenaalta.sedeelectronica.es, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y notificación a representantes del sector del taxi. 2. Lugar de presentación: Las solicitudes para participar en la convocatoria podrán presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano, de esta Corporación, sito en la C/ Blas Pérez González 4; así como por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. La solicitud de subvención debidamente firmada se formalizará mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde - Presidente. En dicha solicitud se hará mención a la matrícula del vehículo nuevo objeto de subvención, a la matrícula del vehículo que se sustituye y a la fecha de baja del mismo en tráfico o de baja para el servicio público (alta como servicio particular). 4. Documentación: El solicitante acompañará, junto a la solicitud de subvención, la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en caso de ser persona física. b) Si se trata de una persona física que actúa mediante representante o una persona jurídica: acreditación de la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, en cumplimiento de las exigencias establecidas en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y D.N.I. del representante. c) Declaración Responsable, en la que el solicitante acepta y está de acuerdo con todos y cada uno de los extremos a los que la misma se refiere. Conforme ANEXO. d) Facturas del gasto realizado. (Las facturas deberán cumplir los requisitos previstos reglamentariamente, esto es, número, y en su caso, serie, fecha de expedición, nombre o denominación social, domicilio, N.I.F. o C.I.F. del expedidor; nombre, domicilio y N.I.F. o C.I.F. del beneficiario; identificación de los bienes entregados o servicios prestados, tipo/s impositivo/s aplicados a las operaciones, contraprestación total.) j) Fotocopia del permiso de circulación y de la ficha de inspección técnica en vigor, del vehículo adquirido. 5. Subsanación.- Si la instancia de solicitud o los documentos que deben acompañarla carecieran de algún requisito esencial o fueran incompletos, el Ayuntamiento lo pondrá de manifiesto, al solicitante otorgándole al efecto un plazo de diez (10) días hábiles, para subsanar los errores detectados o completar la documentación, transcurrido el cual, sin que lo hubiese hecho, se le tendrá por desistido de su petición, con los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, procediéndose a su archivo sin más trámite que la correspondiente resolución administrativa. 6. Efectos de la presentación de la solicitud: La presentación de la solicitud generará los siguientes efectos: a) La aceptación incondicional de las normas contenidas en la presente convocatoria, y las restantes detalladas en la cláusula primera de estas bases, reguladoras del Régimen Jurídico de las mismas. b) La autorización al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para solicitar de las distintas Administraciones aquella documentación que sea necesaria para la instrucción del procedimiento. c) Autorización al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para el tratamiento de datos personales, su conocimiento y comprobación de los datos que resulten necesarios, en los términos que pueda exigir la legislación de subvenciones, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás disposiciones que la desarrollan. d) Autorizar al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para divulgar las actuaciones subvencionadas. SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas. La concesión de ayudas se realizará de forma directa entre los solicitantes que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida en estas bases, hasta agotar el crédito disponible. La instrucción del procedimiento deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 24 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y conforme a los siguientes apartados: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 1. Actuará como Órgano Instructor del procedimiento de concesión el Secretario General del Ayuntamiento. 2. El Órgano Instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, pudiendo a tal efecto solicitar cuantos informes estime pertinente. El Órgano Instructor emitirá informe de las solicitudes de subvención presentadas, indicando si se cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria. Dicho informe, junto con las solicitudes, se elevará a la Junta de Gobierno Local para que proceda a la asignación de los importes correspondientes de acuerdo a los criterios establecidos en la presente convocatoria. El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Junta de Gobierno Local. Asimismo será competente para dictar las instrucciones que resulten precisas para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución del procedimiento regulado en la presente convocatoria, incluida la facultad de prorrogar el plazo de ejecución y justificación y la de autorizar o denegar las modificaciones que proponga el beneficiario de la subvención. Las subvenciones serán concedidas mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local que expresará la identidad de los beneficiarios a los que se concede la subvención, la cuantía y condiciones de la misma, así como la forma y requisitos exigidos para el abono y la forma y plazo de justificación. Plazo máximo de resolución y efectos del silencio: La resolución de concesión de subvenciones, se dictará en el plazo máximo de SEIS MESES contados desde la fecha de recepción de cada solicitud de subvención. Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la LGS Contra la Resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO, en el plazo de DOS MESES, contados igualmente a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo. OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. El beneficiario de la subvención queda sometido a las siguientes obligaciones: a) Acreditar los requisitos exigidos en las presentes bases, en la forma prevista por las mismas y someterse expresamente a sus disposiciones. b) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención, es decir, la compra de un vehículo de primera matriculación que sustituya a otro que ha causado baja definitiva en tráfico o baja del Servicio Público en el caso de vehículos autotaxis. c) Justificar documentalmente la utilización de los fondos para los fines previstos, mediante las facturas o recibos de los gastos o pagos efectuados en la realización de las actividades subvencionadas. d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. e) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección, así como al control financiero, que considere necesario el órgano concedente en relación con las subvenciones concedidas. f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la disposición duodécima de la presente convocatoria, así como en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la misma. En caso de incumplimiento de estos requisitos, se entenderá incumplida la obligación de destino y será causa de reintegro. NOVENA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN. El pago de la subvención se realizará previa justificación de la realización de la actividad objeto de la subvención. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 1. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que figure en el Alta a Terceros presentada por el solicitante. 2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. DÉCIMA.- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. No se llevará a cabo el abono de la subvención o, en su caso, procederá la devolución íntegra de las cantidades percibidas más el interés de demora devengado hasta el momento del abono de la misma, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: 1. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que la hubiesen impedido. 2. El incumplimiento de destino de los fondos públicos respecto a la realización de la actividad subvencionada o de las condiciones establecidas en la resolución de concesión de la subvención. 3. Procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por concesión de subvenciones de otras Administraciones Públicas, la cuantía de la subvención concedida supere el coste de la actividad realizada por el beneficiario. 4. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. UNDÉCIMA.- RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base anterior, el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta convocatoria no eximirá a los beneficiarios de la responsabilidad exigible de conformidad con la normativa que sobre infracciones y sanciones administrativas en la materia se contiene en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SOLICITANTE Don/Doña Con DNI Nº Declara: Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público de taxi: -Acepta expresamente los términos de la citada convocatoria y de los requisitos y obligaciones que en ella se confieren. -Ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. -No se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta o de cualquier otra Administración Pública. - No se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que puede legalmente obtener la condición de beneficiario de subvenciones. -El vehículo respecto del que solicita la subvención ha sido adquirido en su primera matriculación, señalando expresamente que es el primer titular del vehículo. -No mantiene deudas por sanción firme impuestas en aplicación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, al tiempo de la solicitud. - Que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Hacienda Estatal y con la Hacienda Autonómica. -No ha recibido ayuda o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración, Ente Público, entidades privadas o particulares. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas: ENTIDAD CONCEPTO SOLICITADA Fecha / importe CONCEDIDA Fecha / importe En la Villa de Breña Alta. El Declarante.” Segundo.- Aprobar el gasto al que asciende el importe de la subvención, aplicación presupuestaria 172-47900. Tercero.- Trasladar las normas para su publicación en el Tablón de anuncios municipal y suministrar la información sobre la concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 6º.- RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN APOYO AL SECTOR EMPRESARIAL POR LAS OBRAS EN LA ZONA COMERCIAL ABIERTA DE BREÑA ALTA. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo, acordó, celebrada el día 15 de noviembre de 2023, siendo el texto literal del punto nº 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “3º.- RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN APOYO AL SECTOR EMPRESARIAL POR LAS OBRAS EN LA ZONA COMERCIAL ABIERTA DE BREÑA ALTA El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la resolución de la concesión de ayudas en apoyo al sector empresarial por las obras en la Zona Comercial Abierta de Breña Alta, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Asunto: PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS AL APOYO AL SECTOR EMPRESARIAL POR LAS OBRAS EN LA ZONA COMERCIAL ABIERTA DE BREÑA ALTA. Vista la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 124 de 13-10-23 y las instancias presentadas en la fecha de presentación de solicitudes Visto informe del Interventor Municipal. Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 21, 22, 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Los artículos 9.2, 22.2 b) y c), 28, 30 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. — Los artículos 55, 66 y 67 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. — El Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. — La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. — Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Breña Alta, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 197 de 7 de diciembre de 2005. Considerando. Las normas reguladoras de las ayudas al apoyo al sector empresarial por las obras en la zona comercial abierta de Breña Alta. (Registro BDNS 720473) Considerando. La aprobación de las ayudas corresponde a la Junta de Gobierno Local, previo Dictamen de la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo. Visto lo anterior propongo la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Conceder las siguientes ayudas al apoyo al sector empresarial por las obras en la zona comercial abierta de Breña Alta: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 1.- Compensación por la disminución de clientes debido a las obras: Ayuda directa de 900 € Solicitante DNI Ubicación Total SEMIRAMI SAN BLAS GARCIA 42174735A C/ ESPINEL, 8 900 FRANCISCO JAVIER PEREZ SANCHEZ 42193549A C/ VENEZUELA , 47 900 MARIA VANESSA PEREZ HERNANDEZ 42189542K C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 37 900 MARIA GONZALEZ HERNANDEZ 42199112T C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 39 900 CARLOS DAVID MARTIN DIAZ 42182444F C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 43 900 BEATRIZ RODRIGUEZ GARCIA 42184859F C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 2 900 FRANCISCO JAVIER MARTIN RODRIGUEZ 42174680V C/ VENEZUELA, 7 900 LUCIA DIAZ FELIPE 42179815T C/ VENEZUELA, 7 900 ROSA PLASENCIA ALVAREZ MAS QUE CAFE S.C 42182202H J01954437 RAQUEL CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ 42197410T C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 20 900 ELADIA CONSUELO BARRETO GOMEZ 42160422L C/ VENEZUELA , 4 900 LUCIA AFONSO BETHENCOURT 42185569G C/ VENEZUELA , 6 900 FATIMA MUSTAFA RODRIGUEZ 42195874M C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 24 900 NOEMI PEREZ HERNANDEZ 42184526L ESQUINA C/ Aduares 900 ADRIAN EUGENIO BLANCO CARABALLO 42346365F C/ VENEZUELA, 27 900 LUCIA MARIA RODRIGUEZ PEREZ 42189430R C/ VENEZUELA, 8 900 NIEVES ROSA LUIS CONCEPCIÓN 42185252D ESQUINA C/ El Roble 900 TIBISAY PEREZ DUDAMEL C.B LODOTECA COLORINES 42196785L E05279211 ABIAN JORGE BATISTA EXCLUSIVAS JAIMAR LA PALMA, S.L 42185207X B76271667 JOSE MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ INSTALACIONES Y TELECOMUNICACIONES, S.L ELECTROSATEL 42173551S B76704352 ASUNCIÓN NIEVES GONZALEZ MARTIN CB GONZALEZ Y GARCIA 42160282V E38694642 MARIA MONTSERRAT SAN GIL HERNANDEZ 42171087N C/ VENEZUELA, 4 900 ANDREA MANSO HERNANDEZ 42198729P C/ VENEZUELA, 6 900 MARIA ELIANA GUERRERO BRICEÑO Y6990490E C/ VENEZUELA, 6 900 NIEVES ALBA PEREZ GARCIA 42234146M C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 4 900 MARIA ANGELES GONZALEZ BETHENCOURT 42188747P C/ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 28 900 VERONICA DÍAZ GONZALEZ 78610942R C/ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 8 900 JOSE ABIAN CONCEPCION PEREZ COMERCIAL ABICONPER S.L 42193335L B76817097 ELENA PEREZ HERNANDEZ BERMIVIAR GESTIONES, S.L 42185903Q B76596113 LUZ MONICA RODRIGUEZ ROJA 42179434X C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 19 900 SISTY AURELIA BETANCOURT GARCES SEBMAR INVERSIONES TENERIFE 42237567E B38657821 TAMARA FERNÁNDEZ ACOSTA BOCADITOS GOURMET, S.L 42419454W B06847933 JINCHENG CHEN X2763557S C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 11 900 JORGE MIGUEL RODRIGUEZ GARCIA 42171778J C/ ESPINEL, 6 900 BENITO RODRIGUEZ CONCEPCION CARNICERIAS BENITO RODRIGUEZ S.L 42165004R B38713483 DAVINIA ALVAREZ GUERRA 42192289P C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ 14 900 ANGELES YUDENA GONZALEZ RODRIGUEZ 42190447Y C/ VENEZUELA 4 PTA. C 900 ROSARIO HERRERA PEREZ 42176939E C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 21 900 CARMEN DOLORES JORGE DIAZ 42174167X C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 13 900 JOSUAY BETHENCOURT RODRIGUEZ 42195591K C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 17 900 JOSE PABLO PEREZ RODRIGUEZ LIBERTY EXPRESS LOGISTICA, S.L 42175681Y B76722883 COYMA PRE 2013 SL B76612159 C/ VENEZUELA 900 2.- Compensación por la reducción de ingresos por las obras (Si las pérdidas han sido mayores o iguales al 30%) 900 € + 400 €: Solicitante DNI Ubicación Total Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 C/ ESPINEL, 5 900 C/ VENEZUELA, 6 900 C/ VENEZUELA, 11 900 C/ VENEZUELA, 2 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 1 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ ESQUINA C/ EL ROBLE 900 C/ VENEZUELA, 8 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 15 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 1 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 9 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 30 900 MARIA RAQUEL CASTAÑEDA ALVAREZ 42184557G C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 30 1.300 SEGUNDO.- Desestimar las siguientes solicitudes al tener la actividad económica fuera de las calles objeto de la ayuda por las obras en la zona comercial abierta de Breña Alta: Solicitante DNI Ubicación ANIBAL RODRIGUEZ PEREZ 42186980N C/ BLAS PEREZ GONZALEZ, 20 DELIA MARIA FELIPE LYNCH 42189209X C/ 30 DE MAYO, 82 SEMIRAMI DIAZ PEREZ 42196115Q C/ 30 DE MAYO, 21 JOSÉ SAID ABDEL RUHMAN SANDOVAL 42169631M C/ 30 DE MAYO, S/N CRISTINA BELEN PEREZ SAN FIEL 42181528B C/ 30 DE MAYO, 21 CARMEN OMARA SAN JUAN ABRANTE 42170284Z C/ 30 DE MAYO, 14 WU WEIYUAN X8415621J C/ 30 DE MAYO, 32 YANG YONGQUAN X6762728S C/ 30 DE MAYO, 37 ALEJO PEREZ GUZMAN 42181586T C/ BLAS PEREZ GONZALEZ, 22 TERCERO.- Aprobar el reconocimiento y liquidación de la obligación a los beneficiarios de esta subvención, conforme al detalle que se especifica en las tablas. CUARTO.- Ordenar el pago de acuerdo con el plan de disposición de fondos de la Tesorería. QUINTO.- Dar cuenta de la presente resolución a los Servicios Económicos Municipales de Intervención y Tesorería para su conocimiento y demás efectos. SEXTO.- Notificar a los solicitantes que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa en el plazo de 10 días con expresión de los recursos que procedan, conforme al art 40 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de resolución realizada, destacando que en los Consejos de Barrio dijo que estas subvenciones iban a dejar una fotografía real de la situación, y se ha demostrado que solo una persona ha podido demostrar que ha tenido pérdidas, que el resto no ha podido o no ha querido, manifestando que no es una cuestión para sacar pecho por parte de la administración sino por parte de los comerciantes porque han podido salir adelante. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que va a votar a favor, y manifestando que la lectura que ella hace no es la misma que la del Sr. Presidente, refiriéndose a las bases y manifestando que considera que recogen un periodo baremable que no se ajusta y quizás no se podían demostrar las pérdidas, que quizás esa fotografía no es tan real como manifiesta el Sr. Presidente y se deben revisar las bases. Contesta el Sr. Presidente diciendo que esa crítica que ella hace que la haga en las asociaciones de empresarios, que se debatió con las asociaciones y que ese debate ya se tuvo, que ella, dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, lo sabe, que sabe que fue un acuerdo con las asociaciones y que si las bases no están bien se tienen que corregir, que se habla, que cuando se lleven de nuevo se pueden ver, pero que no puede hablar para decir que hay una conspiración, reiterando que las bases están pactadas con los empresarios. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que quizás es que la medida no ha sido suficiente y si no se llega a todos se tendrá que decir que no están bien. El Sr. Presidente interviene de nuevo diciendo que ella, refiriéndose a la Sra. Rodríguez García, está legitimada para hablar por el Partido Popular, que está deslegitimando a las asociaiones, replica la Sra. Rodríguez García diciendo que ella no está deslegitimando a nadie, que solo dice que si hay un error se tiene que corregir. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Empleo, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde aprobar la resolución de la concesión de ayudas en apoyo al sector empresarial por las obras en la Zona Comercial Abierta de Breña Alta, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la Comisión Informativa correspondiente, destacando que en la misma él dijo que solo 1 de las empresas acreditó pérdidas y el resto o bien no han querido o no han podido demostrar las pérdidas, que es extraño que si han tenido tantas pérdidas no lo hayan acreditado. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, visto lo anterior y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Comercio, Industria, Desarrollo Local, Artesanía, Nuevas Tecnologías, Formación y Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Empleo, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Conceder las siguientes ayudas al apoyo al sector empresarial por las obras en la zona comercial abierta de Breña Alta: 1.- Compensación por la disminución de clientes debido a las obras: Ayuda directa de 900 € Solicitante DNI Ubicación Total SEMIRAMI SAN BLAS GARCIA 42174735A C/ ESPINEL, 8 900 FRANCISCO JAVIER PEREZ SANCHEZ 42193549A C/ VENEZUELA , 47 900 MARIA VANESSA PEREZ HERNANDEZ 42189542K C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 37 900 MARIA GONZALEZ HERNANDEZ 42199112T C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 39 900 CARLOS DAVID MARTIN DIAZ 42182444F C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 43 900 BEATRIZ RODRIGUEZ GARCIA 42184859F C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 2 900 FRANCISCO JAVIER MARTIN RODRIGUEZ 42174680V C/ VENEZUELA, 7 900 LUCIA DIAZ FELIPE 42179815T C/ VENEZUELA, 7 900 ROSA PLASENCIA ALVAREZ MAS QUE CAFE S.C 42182202H J01954437 RAQUEL CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ 42197410T C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 20 900 ELADIA CONSUELO BARRETO GOMEZ 42160422L C/ VENEZUELA , 4 900 LUCIA AFONSO BETHENCOURT 42185569G C/ VENEZUELA , 6 900 FATIMA MUSTAFA RODRIGUEZ 42195874M C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 24 900 NOEMI PEREZ HERNANDEZ 42184526L ESQUINA C/ Aduares 900 ADRIAN EUGENIO BLANCO CARABALLO 42346365F C/ VENEZUELA, 27 900 LUCIA MARIA RODRIGUEZ PEREZ 42189430R C/ VENEZUELA, 8 900 NIEVES ROSA LUIS CONCEPCIÓN 42185252D ESQUINA C/ El Roble 900 TIBISAY PEREZ DUDAMEL C.B LODOTECA COLORINES 42196785L E05279211 ABIAN JORGE BATISTA EXCLUSIVAS JAIMAR LA PALMA, S.L 42185207X B76271667 JOSE MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ INSTALACIONES Y TELECOMUNICACIONES, S.L ELECTROSATEL 42173551S B76704352 ASUNCIÓN NIEVES GONZALEZ MARTIN CB GONZALEZ Y GARCIA 42160282V E38694642 MARIA MONTSERRAT SAN GIL HERNANDEZ 42171087N C/ VENEZUELA, 4 900 ANDREA MANSO HERNANDEZ 42198729P C/ VENEZUELA, 6 900 MARIA ELIANA GUERRERO BRICEÑO Y6990490E C/ VENEZUELA, 6 900 NIEVES ALBA PEREZ GARCIA 42234146M C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 4 900 MARIA ANGELES GONZALEZ BETHENCOURT 42188747P C/ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 28 900 VERONICA DÍAZ GONZALEZ 78610942R C/ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 8 900 JOSE ABIAN CONCEPCION PEREZ COMERCIAL ABICONPER S.L 42193335L B76817097 ELENA PEREZ HERNANDEZ BERMIVIAR GESTIONES, S.L 42185903Q B76596113 LUZ MONICA RODRIGUEZ ROJA 42179434X C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 19 900 SISTY AURELIA BETANCOURT GARCES SEBMAR INVERSIONES TENERIFE 42237567E B38657821 TAMARA FERNÁNDEZ ACOSTA BOCADITOS GOURMET, S.L 42419454W B06847933 JINCHENG CHEN X2763557S C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 11 900 JORGE MIGUEL RODRIGUEZ GARCIA 42171778J C/ ESPINEL, 6 900 BENITO RODRIGUEZ CONCEPCION CARNICERIAS BENITO RODRIGUEZ S.L 42165004R B38713483 DAVINIA ALVAREZ GUERRA 42192289P C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ 14 900 ANGELES YUDENA GONZALEZ RODRIGUEZ 42190447Y C/ VENEZUELA 4 PTA. C 900 ROSARIO HERRERA PEREZ 42176939E C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 21 900 CARMEN DOLORES JORGE DIAZ 42174167X C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 13 900 JOSUAY BETHENCOURT RODRIGUEZ 42195591K C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 17 900 JOSE PABLO PEREZ RODRIGUEZ LIBERTY EXPRESS LOGISTICA, S.L 42175681Y B76722883 COYMA PRE 2013 SL B76612159 C/ VENEZUELA 900 2.- Compensación por la reducción de ingresos por las obras (Si las pérdidas han sido mayores o iguales al 30%) 900 € + 400 €: Solicitante DNI Ubicación Total MARIA RAQUEL CASTAÑEDA ALVAREZ 42184557G C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 30 1.300 Segundo.- Desestimar las siguientes solicitudes al tener la actividad económica fuera de las calles objeto de la ayuda por las obras en la zona comercial abierta de Breña Alta: Solicitante DNI Ubicación ANIBAL RODRIGUEZ PEREZ 42186980N C/ BLAS PEREZ GONZALEZ, 20 DELIA MARIA FELIPE LYNCH 42189209X C/ 30 DE MAYO, 82 Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 C/ ESPINEL, 5 900 C/ VENEZUELA, 6 900 C/ VENEZUELA, 11 900 C/ VENEZUELA, 2 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 1 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ ESQUINA C/ EL ROBLE 900 C/ VENEZUELA, 8 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 15 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 1 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 9 900 C/ ESTEBAN PEREZ GONZALEZ, 30 900 SEMIRAMI DIAZ PEREZ 42196115Q C/ 30 DE MAYO, 21 JOSÉ SAID ABDEL RUHMAN SANDOVAL 42169631M C/ 30 DE MAYO, S/N CRISTINA BELEN PEREZ SAN FIEL 42181528B C/ 30 DE MAYO, 21 CARMEN OMARA SAN JUAN ABRANTE 42170284Z C/ 30 DE MAYO, 14 WU WEIYUAN X8415621J C/ 30 DE MAYO, 32 YANG YONGQUAN X6762728S C/ 30 DE MAYO, 37 ALEJO PEREZ GUZMAN 42181586T C/ BLAS PEREZ GONZALEZ, 22 Tercero.- Aprobar el reconocimiento y liquidación de la obligación a los beneficiarios de esta subvención, conforme al detalle que se especifica en las tablas. Cuarto.- Ordenar el pago de acuerdo con el plan de disposición de fondos de la Tesorería. Quinto.- Dar cuenta de la presente resolución a los Servicios Económicos Municipales de Intervención y Tesorería para su conocimiento y demás efectos. Sexto.- Notificar a los solicitantes que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa en el plazo de 10 días con expresión de los recursos que procedan, conforme al art 40 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las trece horas y cuarenta y seis minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretario Acctal., certifico. Documento firmado electronicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597