ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 13 DE JULIO DE 2023 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: Dª. Rosa Isabel Concepción Díaz Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio González Rodríguez Dª. Patricia Ayut Martín Dª. Mª José García Álvarez D. Juan Carlos Álvarez Alcover Dª. Mónica Barreto Fernández D. Matteo Zamboni D. Jorge Tomás González Cabrera D. Pedro González Sánchez Dª. Melisa Rodríguez García Interventor: D. Luis Fernando Reyes García Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González En la Villa de Breña Alta, siendo las 7:30 horas, del día 13 de julio de 2023, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. No asiste D. Raúl Ramos Pérez Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Presidente interviene diciendo que la declaración de urgencia de la convocatoria viene motivada en la necesidad de aprobar cuanto antes el punto que se refiere a la transferencia de crédito del Plan de Vivienda, y también el nombramiento de representantes de la corporación en los órganos colegiados en que deba estar representado, por lo que es necesario declarar la urgencia de la convocatoria. Sometido a votación, el Ayuntamiento Pleno, por diez (9) votos a favor (CCa) y tres (3) votos en contra (Grupo Mixto (PSOE-PP)), acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS EN QUE DEBA ESTAR REPRESENTADA. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, celebrada el día 10 de julio de 2023, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS EN QUE DEBA ESTAR REPRESENTADA El Sr. Presidente da cuenta de la Propuesta de la Alcaldía en relación al nombramiento de representantes de la Corporación en los órganos colegiados en que deba estar representada, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, y que literalmente dice: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACION EN LOS ORGANOS COLEGIADOS EN QUE DEBA ESTAR REPRESENTADA. El Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, para cumplimiento de cuanto se previene en el artículo 38 c) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sobre nombramiento de representantes de esta Corporación en los Órganos Colegiados en que deba estar representada; formula al Pleno la siguiente propuesta: 1º.- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL “DESTILADERA, S.L.” Conforme al artículo 9 de los Estatutos de la Empresa, corresponde ser miembro del Consejo de Administración, entre otros, al Teniente de Alcalde Presidente efectivo de la Comisión Informativa de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social...): D. RAÚL RAMOS PÉREZ. 2º.- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL “GESBALTA, S.L”. Realizando una interpretación extensiva del artículo 10 de los Estatutos de la Empresa, Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 correspondería ser miembro del Consejo de Administración a la Concejal responsable de la gestión de los asuntos relativos a deportes: Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. 3º.- CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL Titular: Conforme al artículo 6 de los Estatutos del Consejo Escolar Municipal, serán vocales del mismo, entre otros, el Concejal competente en la materia o en quién delegue: D. RAÚL RAMOS PÉREZ. Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 4º.- CONSEJOS ESCOLARES: * Colegio Público Manuel Galván de Las Casas: Titular: Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ * Colegio Público de Buenavista: Titular: Dª MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ * Colegio Público de Botazo: Titular: Dª PATRICIA AYUT MARTÍN * Colegio Público de Miranda: Titular: D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ ALCOVER * Colegio Público de Breña: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ * IES Las Breñas: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes de los titulares en los diferentes Consejos Escolares, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 5º.- CENTRO DE ESCUELAS RURALES: Titular: Dª MÓNICA BARRETO FERNÁNDEZ. Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 6º.- CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES: Conforme al artículo 6 del Reglamento del Consejo Municipal de Servicios Sociales serán consejeros: - El/La Teniente de Alcalde Presidente de la Comisión de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social…): D. RAÚL RAMOS PÉREZ. - Un concejal miembro de la Comisión Informativa de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social…): Dª. ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Se designan como suplentes de los titulares anteriores, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 7º.- MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN: Miembros de la Junta de Gobierno Local D. JONATHAN DE FELIPE LORENZO D. RAÚL RAMOS PÈREZ Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Dª PATRICIA AYUT MARTÍN 8º.- JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Teniente de Alcalde, miembro de la Comisión Informativa de Régimen Interior y Seguridad Ciudadana. D. RAÚL RAMOS PÉREZ, Teniente de Alcalde, miembro de la Comisión Informativa de Bienestar Social... Se designan como suplentes de los titulares anteriores, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 9º.- PATRONATO DE LA FUNDACIÓN CANARIA RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA LA PALMA (Cabildo Insular de La Palma) Titular: Dª MÓNICA BARRETO FERNÁNDEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 10º.- CONSEJO INSULAR DE AGUAS (Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 11º.- CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL ÁREA DE SALUD DE LA PALMA: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 12º.- COMISION INSULAR DE COMERCIO DE LA PALMA. Titular: D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ ALCOVER Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 13º.- CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA Titular: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 14º.- ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL DE LA PALMA – ADER LA PALMA Titular: Dª. ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 15º.- CONSEJO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA ISLA DE LA PALMA. (Servicios Sociales del Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 16º.- CONSEJO DE SALUD DE ZONA: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 17º.- CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO (Excmo. Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. MATTEO ZAMBONI Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Asimismo, para los órganos que más abajo se relacionan, se debe proceder a designar como miembros de los mismos, un representante de cada Grupo Político de la Corporación, debiendo incorporarse como titulares y suplentes los que propongan los respectivos grupos, instándose para que la propuesta se realice en la Comisión Informativa que se convoque para someter la presente propuesta: CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA “DESTILADERA S.L.” CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA “GESBALTA S.L.” CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES CONSEJO DE BARRIO SAN PEDRO CONSEJO DE BARRIO ZONA NORTE CONSEJO DE BARRIO ZONA SUR MESA DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA FDCAN COMITÉ DE GESTIÓN DE LA PLAYA DE BAJAMAR Villa de Breña Alta.- El Alcalde – Presidente.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de nombramiento de representantes realizada; seguidamente se relacionan los miembros propuestos por cada Grupo Político para su representación en los órganos que se señalan y en los términos que se indican: - CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA “DESTILADERA S.L.” Grupo MIXTO (PSOE – PP) Dª. Melisa Rodríguez García (Suplente: D. Pedro González Sánchez) Grupo Coalición Canaria (CCa) D. Raúl Ramos Pérez - CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA “GESBALTA S.L.” Grupo MIXTO (PSOE – PP) D. Jorge Tomás González Cabrera (Suplente: Dª Melisa Rodríguez García) Grupo Coalición Canaria (CCa) Dª Lourdes Nira Rodríguez Álvarez - CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Pedro González Sánchez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. Raúl Ramos Pérez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Jorge Tomás González Cabrera Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. Raúl Ramos Pérez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - CONSEJO DE BARRIO SAN PEDRO Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Pedro González Sánchez Suplente: Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª María José García Álvarez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - CONSEJO DE BARRIO ZONA NORTE Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Jorge Tomás González Cabrera Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. Sergio González Rodríguez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - CONSEJO DE BARRIO ZONA SUR Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: Dª. Melisa Rodríguez García Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político resentación en los órganos que Titular: Dª Rosa Isabel Concepción Díaz Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - MESA DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA FDCAN Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Pedro González Sánchez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª María José García Álvarez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político - COMITÉ DE GESTIÓN DE LA PLAYA DE BAJAMAR Grupo MIXTO (PSOE – PP) Titular: D. Pedro González Sánchez Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. Matteo Zamboni Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político La Secretaria de la Comisión explica que en el supuesto de los Consejos de Administración de las empresas públicas, solamente se designa un titular, son nombramientos que se deben inscribir en el Registro Mercantil y que no contemplan la posibilidad de sustitución, son nominativos; no obstante, indica la misma que se pueden recoger las sustituciones propuestas y realizar consulta al efecto por si ha habido algún cambio normativo. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, por unanimidad de los presentes, informa favorable la propuesta de representantes de la Corporación en los órganos colegiados en que deba estar representada, así como la propuesta de representantes realizadas por cada Grupo Político para los órganos en que así está previsto.” Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Interviene el Sr. Presidente refiriéndose a la necesidad de realizar un cambio en determinados órganos debido a que se nombraron hay algunos miembros que son natos, por lo que dice que en el Consejo de Administración de la Empresa Destiladera, S.L. va a estar Rosa, en el Consejo de Administración de la Empresa de Gesbalta, S.L., Matteo, en el Consejo Escolar Municipal María José y en el Consejo Municipal de Servicios Sociales, Nira, aparte de los miembros natos que ya les corresponde en este caso. Seguidamente pregunta si se tiene alguna otra consideración, no manifestándose consideración al respecto. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Información a la Ciudadanía y Participación Ciudadana, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes acordó: Primero.- Designar como representantes, y sus sustitutos, de este Ayuntamiento en los Órganos siguientes a las personas que en cada caso se indican: 1º.- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL “DESTILADERA, S.L.” Conforme al artículo 9 de los Estatutos de la Empresa, corresponde ser miembro del Consejo de Administración, entre otros, al Teniente de Alcalde Presidente efectivo de la Comisión Informativa de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social...): D. RAÚL RAMOS PÉREZ. Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Dª. ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Grupo Mixto (PSOE – PP) Dª. MELISA RODRÍGUEZ GARCÍA 2º.- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL “GESBALTA, S.L”. Realizando una interpretación extensiva del artículo 10 de los Estatutos de la Empresa, correspondería ser miembro del Consejo de Administración a la Concejal responsable de la gestión de los asuntos relativos a deportes: Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) D. MATTEO ZAMBONI Grupo Mixto (PSOE – PP) D. JORGE TOMÁS GONZÁLEZ CABRERA 3º.- CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL Titular: Conforme al artículo 6 de los Estatutos del Consejo Escolar Municipal, serán vocales del mismo, entre otros, el Concejal competente en la materia o en quién delegue: D. RAÚL RAMOS PÉREZ. Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª. MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. PEDRO GONZÁLEZ SÁNCHEZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 4º.- CONSEJOS ESCOLARES: * Colegio Público Manuel Galván de Las Casas: Titular: Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ * Colegio Público de Buenavista: Titular: Dª MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ * Colegio Público de Botazo: Titular: Dª PATRICIA AYUT MARTÍN * Colegio Público de Miranda: Titular: D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ ALCOVER * Colegio Público de Breña: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ * IES Las Breñas: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes de los titulares en los diferentes Consejos Escolares, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 5º.- CENTRO DE ESCUELAS RURALES: Titular: Dª MÓNICA BARRETO FERNÁNDEZ. Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 6º.- CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES: Conforme al artículo 6 del Reglamento del Consejo Municipal de Servicios Sociales serán consejeros: - El/La Teniente de Alcalde Presidente de la Comisión de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social…): D. RAÚL RAMOS PÉREZ. - Un concejal miembro de la Comisión Informativa de Servicios Sociales (hoy de Bienestar Social…): Dª. ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Se designan como suplentes de los titulares anteriores, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª. LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. JORGE TOMÁS GONZÁLEZ CABRERA Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 7º.- MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN: Miembros de la Junta de Gobierno Local D. JONATHAN DE FELIPE LORENZO D. RAÚL RAMOS PÈREZ Dª LOURDES NIRA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Dª PATRICIA AYUT MARTÍN 8º.- JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Teniente de Alcalde, miembro de la Comisión Informativa de Régimen Interior y Seguridad Ciudadana. D. RAÚL RAMOS PÉREZ, Teniente de Alcalde, miembro de la Comisión Informativa de Bienestar Social... Se designan como suplentes de los titulares anteriores, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 9º.- PATRONATO DE LA FUNDACIÓN CANARIA RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA LA PALMA (Cabildo Insular de La Palma) Titular: Dª MÓNICA BARRETO FERNÁNDEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 10º.- CONSEJO INSULAR DE AGUAS (Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 11º.- CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL ÁREA DE SALUD DE LA PALMA: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 12º.- COMISION INSULAR DE COMERCIO DE LA PALMA. Titular: D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ ALCOVER Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 13º.- CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA Titular: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 14º.- ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL DE LA PALMA – ADER LA PALMA Titular: Dª. ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 15º.- CONSEJO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA ISLA DE LA PALMA. (Servicios Sociales del Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 16º.- CONSEJO DE SALUD DE ZONA: Titular: D. RAÚL RAMOS PÉREZ Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 17º.- CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO (Excmo. Cabildo Insular de La Palma): Titular: D. MATTEO ZAMBONI Se designan como suplentes del titular anterior, de forma indistinta, a cualquier miembro de la Junta de Gobierno Local. 18º.- CONSEJO DE BARRIO SAN PEDRO: Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. PEDRO GONZÁLEZ SÁNCHEZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 19º.- CONSEJO DE BARRIO ZONA NORTE: Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. SERGIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. JORGE TOMÁS GONZÁLEZ CABRERA Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 20º.- CONSEJO DE BARRIO ZONA SUR: Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª ROSA ISABEL CONCEPCIÓN DÍAZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: Dª. MELISA RODRÍGUEZ GARCÍA Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 21º.- MESA DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA FDCAN: Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: Dª MARÍA JOSÉ GARCÍA ÁLVAREZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. PEDRO GONZÁLEZ SÁNCHEZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político 22º.- COMITÉ DE GESTIÓN DE LA PLAYA DE BAJAMAR: Consejeros representantes de los Grupos Políticos: Grupo Coalición Canaria (CCa) Titular: D. MATTEO ZAMBONI Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Grupo Mixto (PSOE – PP) Titular: D. PEDRO GONZÁLEZ SÁNCHEZ Suplente: Lo será de forma indistinta cualquier otro Concejal del mismo Grupo Político Segundo.- Comuníquese a los designados representantes, y sus sustitutos, y a los Órganos respectivos. 3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 18, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A "FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DE LA VILLA DE BREÑA ALTA”, POR IMPORTE DE 325.000 €. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 10 de julio de 2023, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 18, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A "FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DE LA VILLA DE BREÑA ALTA”, POR IMPORTE DE 325.000 € El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de modificación de crédito nº 18, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a "Fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada para combatir la despoblación en el medio rural de la Villa de Breña Alta”, por importe de 325.000 €, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA ANTECEDENTES Visto que en la ejecución de LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025, se quiere posibilitar la aportación municipal sobre las obras que realicen los vecinos con ayudas informadas favorablemente. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 158 de 29 de diciembre de 2022. Visto cuanto antecede, procede su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 18/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al siguiente detalle: Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 1522.48023 FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DE LA VILLA DE BREÑA ALTA TOTAL……. 325.000,00 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 325.000,00 € Total… 325.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta.- El Alcalde-Presidente.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente explicando brevemente la propuesta de modificación de crédito realizada, resaltando que se ha recibido una subvención para la rehabilitación de vivienda pública, mediante la cual se cubre hasta el 80% y no más allá de 10.000 €, pero se ha detectado la existencia de una gran necesidad, refiriéndose a la necesidad de rehabilitación de viviendas, añadiendo que dado que se tiene remanente se ha entendido que se debe impulsar la rehabilitación de viviendas , teniendo en cuenta los proyectos se ha detectado que no se va a utilizar el total de la subvención concedida, ya que muchas personas están en situación de vulnerabilidad social y no van a poder aportar el porcentaje que en cada caso se necesita, ya que no tienen recursos para hacerlo. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que en la documentación se habla de la resolución de 19 de mayo. Contesta el Sr. Presidente diciendo que sí, que en ese acuerdo se llega hasta un porcentaje y el resto es lo que se va a cubrir generando el crédito, y que con esto pueden cubrir todas las cantidades y no devolver por esa cuestión de vulnerabilidad social. El Sr. Presidente continúa diciendo que se trata de una subvención del Gobierno de Canarias, reiterando que se trata de una cuestión de vulnerabilidad social. Interviene el Sr. González Cabrera preguntando que si no había crédito porque se informó a los vecinos que se iba a conceder la subvención, contesta el Sr. Presidente diciendo que se tenía la cofinanciación del Gobierno de Canarias y se dice que se quiere asumir, que la parte de financiación municipal no tiene nada que ver con toda esa cuantía porque esa cuantía es la parte que las personas no pueden asumir. Interviene de nuevo el Sr. González Cabrera diciendo que, si no ha entendido mal, ese mismo día, 10 de julio, se está generando un crédito para ayudar a los vecinos en lo que se les hizo llegar a través de carta, en una tabla, en la que se decía que se les concedía, contesta el Sr. Presidente diciendo que esa parte no, no se obligaron, que hay vecinos que saben que se les concede una parte del Gobierno de Canarias y otra parte es aportación propia. El Sr. González Cabrera interviene de nuevo diciendo que colectivos vulnerables sí, pero que también se le conceden a personas no vulnerables, contestando el Sr. Presidente que la que no llega a los 10.000 € si se le concede, pero que a personas no vulnerables de financiación municipal no. Seguidamente el Sr. González Cabrera anuncia que sobre el voto se pronunciarán en el Pleno, solicitando que conste en Acta que no se tenía consignación presupuestaria el 19 de mayo, a lo cual el Sr. Presidente contesta que si se tenía y lo que se está haciendo ahora es complementando. El Sr. Presidente continúa agradeciendo al Gobierno de Canarias que haya sacado esta subvención y que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 325.000,00€ ahora mismo la aportación es mayor para los vecinos de Breña Alta. Interviene la Sra. Rodríguez García anunciando que también se pronunciará sobre su voto en Pleno, que por lo que ha visto en la resolución que en ninguno de los casos se está hablando que sea el 100% de la inversión. Contesta el Sr. Presidente diciendo que no tiene que ser el 100%, que si se hubiesen ceñido a los criterios establecidos solo se hubiera hecho, por ejemplo, media cocina, medio baño, tres ventanas, etc. resaltando que todo eso está en un proyecto técnico que tiene todos los beneplácitos de un técnico avalado por el Colegio de Arquitectos. Interviene el Sr. González Cabrera preguntando, en relación a lo que dice sobre que se tiene el convenio con el Colegio de Arquitectos, si esas cantidades que se ponen son hechas por el colegio o por la Oficina Técnica Municipal, contesta el Sr. Presidente diciendo que es un arquitecto técnico que se ha mandatado por el Colegio Oficial; concluye el Sr. Presidente diciendo que ahora lo importante es la ejecución de las obras, y más con el problema de mano de obra que se está teniendo en la isla derivada de la erupción volcánica, exclamando que espera que se puedan ejecutar tales obras. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por tres (3) votos a favor (CCa) y dos (2) abstenciones (Grupo Mixto (PSOE -PP), propone se acuerde la aprobación inicial de la modificación de crédito nº 18, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a "Fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada para combatir la despoblación en el medio rural de la Villa de Breña Alta”, por importe de 325.000 € , en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente diciendo que fue explicado en comisión, suficientemente argumentado por su parte; seguidamente concede la palabra el Grupo Mixto para hacer las consideraciones que estime oportunas y para argumentar el sentido del voto. Interviene la Sra. Rodríguez García que tras dar los buenos días a todos, dice que es cierto, dirigiéndose al Sr. Alcalde-Presidente, que en la comisión se explicó, pero, a pesar de esa explicación, hay una serie de dudas que estudiando la documentación surgen; indica que una de ellas es que ahora mismo el total que se pretende aprobar son de 325.000 euros, y haciendo un sumatorio de las aportaciones del ayuntamiento solo son 147.000, cree recordar, y que no sabe a qué se va a destinar el resto del dinero sobrante, que en este caso son 179.000. Interviene el Sr. Presidente diciendo que está hecho por el informe del trabajador social y la cuantía que les pasa son 325.000. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que hay una diferencia importante. Contesta el Sr. Presidente diciendo que no, no hay ninguna, no debe haber ninguna diferencia, y si hay alguna diferencia se va a corregir, exclamando que no se preocupe porque en ese caso quedará en el remanente y se cumplirá con los 125.000 euros, o sea, si la Sra. Rodríguez García dice que solamente de financiación municipal son 125.000 y que estamos haciendo una transferencia de 325.000 para ese fin, no se preocupe que si hay un error por parte del trabajador social y del informe social al respecto, ese dinero quedará en las arcas municipales. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que vale, simplemente es porque surge la duda y es una suma y una resta, y la suma y la resta da esa cantidad. Contesta el Sr. Presidente diciendo que vale, muy bien, si la Sra. Rodríguez García hizo esa suma y la Sra. Rodríguez García cree que está bien hecha, le alegrará también porque será menos dinero el que destinará el Ayuntamiento de Breña Alta para atender al colectivo vulnerable en vivienda, a lo que la Sra. Rodríguez García manifiesta que esperan que así sea. Interviene de nuevo el Sr. Presidente diciendo que sí, que no se preocupe, que va a estar todo justificado en cuanto a la ejecución, si no son 325.000 y son 125.000, se atenderá al colectivo vulnerable por 125.000 euros. A ellos les pasan un informe donde les dice que para cumplir con todas las cuantías, como ya explicó el otro día, con el colectivo vulnerable, son 325.000, y están haciendo la transferencia de crédito de acuerdo a un acuerdo que se tomó y que, por cierto, fue a comisión informativa el 18 de mayo de este año. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que de acuerdo, y que una cuestión que también le gustaría se les pudiese dar explicación, porque realmente surge también la duda, que es respecto a las bases del Gobierno de Canarias, la aportación municipal para el colectivo vulnerable cumple lo que establecen las bases, es decir, la aportación máxima a conceder son los 10.000 euros, existía la posibilidad que el ayuntamiento hiciese la aportación hasta llegar a esa cantidad, y así se establece en ambas tablas y los sumatorios coinciden perfectamente. Sin embargo, en el colectivo no vulnerable, lo que establecen las bases del Gobierno de Canarias es el 50% del presupuesto. Hay algunos que, haciendo una regla de tres, que tampoco hay que hacer mucho más, no se cumple esa regla del 50%, se aporta más allá del 50%. Contesta el Sr. Presidente diciendo que con fondos municipales, manifestando la Sra. Rodríguez García que sí, es que la única aportación es aportación municipal, no hay aportación del Gobierno de Canarias. Pero realmente no es lo que se establece en las bases, contestando el Sr. Presidente diciendo que es un acuerdo de la Junta de Gobierno; es un acuerdo de la Junta de Gobierno pregunta la Sra. Rodríguez a lo que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 contesta el Sr. Presidente diciendo que sí, que se llevó previamente a comisión el 18 de mayo de este año. El Sr. Presidente interviene diciendo que van a votar. El Sr. González Cabrera manifiesta su deseo de intervenir, a lo que el Sr. Presidente dice que no, que ya habló el Grupo Mixto, que tuvo la palabra el Grupo Mixto para preguntar, que van a votar. El Sr. González Cabrera diciendo que el Sr. Alcalde en el último Pleno les dio la palabra a los dos, contesta el Sr. Presidente diciendo que no, y el Sr. González Cabrera contesta diciendo que sí, a lo que el Sr. Presidente manifiesta que no habían venido de una comisión previa, venían de una comisión donde se debatió, donde el Sr. González Cabrera hizo una serie de preguntas y se le respondieron todas las preguntas. Interviene el Sr. González Cabrera diciendo que quiere argumentar su voto, y el Sr. Presidente pregunta si van a votar por separado; contestando el Sr. González Cabrera diciendo que como crean conveniente, pero que ellos quieren argumentar su voto, y el Sr. Presidente contesta diciendo que es que son un grupo. Interviene de nuevo el Sr. González Cabrera diciendo que le está pidiendo la posibilidad de poder argumentar el voto que van a realizar o argumentar el punto, a lo que el Sr. Presidente contesta diciendo que lo siente, que no tiene la palabra. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por diez (9) votos a favor (CCa) y tres (3) votos en contra (Grupo Mixto (PSOE-PP)), acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito nº 18/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, con destino a "Fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada para combatir la despoblación en el medio rural de la Villa de Breña Alta”, por importe de 325.000 €, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos çRÉDITO 1522.48023 FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DE LA VILLA DE BREÑA ALTA TOTAL……. 325.000,00 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 325.000,00 € Total… 325.000,00 € Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 4º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 19, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A "PERSONAL EVENTUAL”, POR IMPORTE DE 19.116,00 €. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 10 de julio de 2023, siendo el texto literal del punto nº 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 19, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A "PERSONAL EVENTUAL”, POR IMPORTE DE 19.116,00 € El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de modificación de crédito nº 19, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a "personal eventual”, por importe de 19.116,00 €, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA ANTECEDENTES Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 325.000,00€ Visto que se quiere generar un puesto de personal eventual en la organización administrativa del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 158 de 29 de diciembre de 2022. Visto cuanto antecede, procede su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 19/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al siguiente detalle: Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 910.11001 Personal Eventual 14.400,00 € 910.16019 Seguridad Social Personal Eventual 4.716,00 € TOTAL……. 19.116,00 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 19.116,00 € TOTAL…… 19.116,00 € SEGUNDO. Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla municipal del Presupuesto 2023 que tiene por objeto la creación de la siguiente plaza: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 CARGO BRUTO ANUAL 910.11001 Personal Eventual 24.684,48 4.115,52 28.800,00 9.432,03 TERCERO.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta.- El Alcalde-Presidente.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen.” Interviene el Sr. Presidente diciendo que se trata de hacer uso de una de las facultades que se contempla en la Ley de Bases del Régimen Local, de nombrar un personal eventual en la Administración Pública. Interviene el Sr. González Cabrera diciendo que se pronunciarán en Pleno, que no va a entrar en si se necesita o no se necesita. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por tres (3) votos a favor (CCa) y dos (2) abstenciones (Grupo Mixto (PSOE -PP), propone se acuerde la aprobación inicial de la modificación de crédito nº 19, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a "personal eventual”, por importe de 19.116,00 €, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la comisión informativa en la que fue debatido, explicado y argumentado en comisión, indicando seguidamente que tiene la palabra el Grupo Mixto para explicar el sentido del voto. Interviene el Sr. González Cabrera diciendo que dijeron ya en el Pleno donde hacían la ordenación de las comisiones, de las exclusividades que se daban o porcentajes a los distintos concejales, que tenían unos datos económicos de un 25% más de lo que se había liquidado en el ejercicio a 31 de diciembre del año 2022; pero es que es más, ahora se sigue aumentando más con un personal eventual, que están en sus facultades, que ahí no se meten ellos, pero que ahora lo que se hace es incorporar una persona de confianza para la organización y administración de lo que es el ayuntamiento, por lo tanto, aumentando, porque es de libre disposición por parte de las facultades que tiene el alcalde, de una persona de confianza. Interviene el Sr. Presidente que dirigiéndose al Sr. González Cabrera dice que se llama personal eventual, pero que si él quiere llamarlo de confianza. Interviene de nuevo el Sr. González Cabrera repitiendo “persona de confianza”, a lo que el Sr. Presidente dice que sí, si, si quiere llamarlo así. El Sr. González Cabrera interviene de nuevo diciendo que es una decisión política, y el Sr. Presidente contesta Ley de Bases del Régimen Local, personal eventual, a lo que el Sr. González Cabrera contesta que sí, pero es una persona que se la coloca a dedo por una decisión política, a lo que el Sr. Presidente manifiesta que sí, y el Sr. González Cabrera dice que como se ha hecho en otras administraciones, contestando el Sr. Presidente diciendo que por supuesto. El Sr. González Cabrera interviene continuando con su exposición diciendo que es la primera vez que pasa aquí en este ayuntamiento, que hay una persona de confianza, que no ha ocurrido en todos estos años de mandatos de distintos partidos políticos, nunca había ocurrido, y ellos ya se lo dijeron, manifestando todavía están esperando el informe de Intervención, o la llamada de Intervención para que les diga sobre el tema de liquidación de los 160 y pico mil euros de liquidación y la aportación inicial de 200 y pico mil euros, no la han recibido, no sabe si lo tendrán que hacer por escrito para que les puedan atender y responder, vista la actitud que se está tomando en este punto anterior que él …, ni lo entiende; que cree que les confirma, les confirma que hay un aumento claro del gasto político, de la organización política del ayuntamiento, y dirigiéndose al Sr. Presidente le dice que él decía que no en ese Pleno, decía mil veces que no, que no, que es la misma cantidad, y él hoy…; interviene el Sr. Presidente preguntando si se lo vuelve a repetir, a lo que contesta el Sr. González Cabrera diciendo que no, no… El Sr. Presidente interviene diciendo que, por última vez, porque él no se lo tiene que explicar, no tiene que explicar otra vez… y el Sr. González Cabrera replica diciendo que está en posesión de su palabra, que le gustaría que no le interrumpiera como él no le ha interrumpido. Continúa con su exposición el Sr. González Cabrera que dirigiéndose al Sr. Presidente dice que lo que dicen es que ellos lo que dijeron de aumento del coste de la organización política que usted lidera como alcalde, que ha tenido la mayoría de los votos en este municipio, es la realidad, y queda reflejada aún más con el aumento de un personal de confianza que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 PAGA EXTRA TOTAL BRUTO SEG. SOCIAL va a colocar el usted, que ya le dirá, ya les dirá cuáles son las funciones que va a hacer, qué perfil se tiene, qué va a aportar al ayuntamiento para intentar desarrollar de la mejor manera posible, eficiente y eficaz, las tareas, y que desde luego les da la razón hoy nuevamente diciendo que el aumento del cargo, del coste político que usted ha decidido es mayor que el que tuvo en años anteriores, y que esa es una realidad de hechos, que se constata con datos, y este es el dato, que usted puede decir que es eventual, que no es eventual, que es un personal que… no, es un personal de confianza que el Sr. Presidente coloca porque el Sr. Presidente cree que le va a hacer una aportación a la mejora de la organización del ayuntamiento, pero un coste político, no un coste ni de plazas ni de convocatorias ni nada de eso. Por lo tanto, ahora ya después votarán, cosa que no entienden, con 8 concejales liberados, el Sr. Presidente liberado también por el Parlamento de Canarias, y una persona eventual ahora liberada le parece que para un municipio de 7.000 y pico habitantes, si hacen una comparativa con otros municipios, está muy muy diferenciado de lo que tenía. Podría haberlo analizado, le dijeron que subiera las cantidades de los porcentajes de los concejales para que tuvieran más tiempo, sobre todo…, él no habla de eficiente, el Sr. Presidente le habló de que iban a dar el 100% de su rendimiento, pero que él habla de que tengan más tiempo para emplearlo en las distintas tareas que van a hacer, que no les hizo caso, dice refiriéndose al Sr. Alcalde-Presidente, que les dijo que no lo iba a aumentar, este es el dato que sí aumenta, o sea, no dijo lo que está sucediendo hoy ni sucedió hasta que el Interventor le dé la información sobre la liquidación en días pasados y, por lo tanto, desde luego, comienzan mal con esta andadura. Si lo hubiera dicho, una llamada a la portavocía, o a Melisa o a él, o a Pedro, a cualquiera, podrían haberles citado, el Sr. Presidente les debía también las explicaciones, pero no, el Sr. Presidente ha decidido, tiene mayoría para poder hacerlo, son 10 concejales, y tiene 8 concejales liberados más un personal de confianza que coloca ahora porque cree que le va a echar una mano en las condiciones, y digiriéndose al Sr. Alcalde-Presidente reclama dígame, 9 personas más usted, como él, que es liberado también del Parlamento, para gestionar un municipio de 7.000 habitantes, pidiendo que de explicaciones, porque no hay muchas ¿eh?. Interviene el Sr. Presidente preguntando al Sr. Interventor si le importaría solamente reflejar el hecho que comentaba el concejal del Grupo Mixto el otro día. Interviene el Sr. Interventor diciendo que la fecha del estado de ejecución al que se aludió no era 31 de diciembre, realmente se refería al estado a fecha 21 de noviembre, se emitió el 31 de diciembre, quizás de ahí la confusión. Posteriormente, indica el Sr. Interventor, se aprobó la liquidación del Presupuesto y la cantidad que resulta es la indicada, por lo tanto el coste del grupo de Gobierno es el mismo. Interviene el Sr. Presidente diciendo que, por lo tanto, concluyen que el gasto del equipo de gobierno es exactamente el mismo que la pasada legislatura, y concluye el Sr. Presidente dando las gracias al Sr. Interventor. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por diez (9) votos a favor (CCa) y tres (3) abstenciones (Grupo Mixto (PSOE-PP)), acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito nº 19/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, con destino a "personal eventual”, por importe de 19.116,00 €, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 910.11001 Personal Eventual 14.400,00 € 910.16019 Seguridad Social Personal Eventual 4.716,00 € TOTAL……. 19.116,00 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 19.116,00 € TOTAL…… 19.116,00 € Segundo.- Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla municipal del Presupuesto 2023 que tiene por objeto la creación de la siguiente plaza: CARGO BRUTO ANUAL Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 PAGA EXTRA TOTAL BRUTO SEG. SOCIAL 910.11001 Personal Eventual 24.684,48 4.115,52 28.800,00 9.432,03 Tercero.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 5º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 20, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A “AUXILIAR ADMINISTRATIVO CULTURA”, POR IMPORTE DE 14.349,50 €. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 10 de julio de 2023, siendo el texto literal del punto nº 4 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “4º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 20, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A “AUXILIAR ADMINISTRATIVO CULTURA”, POR IMPORTE DE 14.349,50 € El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a la aprobación de modificación de crédito nº 20, de suplemento de crédito, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a “auxiliar administrativo cultura”, por importe de 14.349,50 €, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA ANTECEDENTES Vista la situación en la organización administrativa de Cultura y Biblioteca Municipal del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta, publicada en el BOP nº 158 de 29 de diciembre de 2022. Visto cuanto antecede, procede su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 20/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al siguiente detalle: Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 3300.13111 Retribuciones Admon. General Cultura 10.488,47 € 3300.16011 Seguridad Admon. General Cultura 3.861,03 € TOTAL……. 14.349,50 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 14.349,50 € TOTAL…… 14.349,50 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta.- El Alcalde-Presidente.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen.” Interviene el Sr. Presidente explicando que se trata de cubrir una acumulación de tareas para la cual no se tiene crédito suficiente, aclarando que sería un auxiliar administrativo para el servicio de Cultura, para la Biblioteca Municipal. El Sr. González Cabrera interviene preguntando si se trata de la misma persona que se ha contratado, aclarando que lo pregunta por si se tiene en cuenta el encadenamiento de contratos. Contesta el Sr. Presidente diciendo que se está en el procedimiento de modificación de crédito en la Comisión de Hacienda, que su pregunta es de régimen interior, y que la contratación se hará siguiendo el procedimiento. Seguidamente se produce un breve debate al respecto entre el Sr. Presidente y el Sr. González Cabrera. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por tres (3) votos a favor (CCa) y dos (2) abstenciones (Grupo Mixto (PSOE -PP), propone se acuerde la aprobación inicial de la modificación de crédito nº 20, de suplemento de crédito, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a “auxiliar administrativo cultura”, por importe de 14.349,50 €, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la comisión informativa en la que se explicó; seguidamente concede la palabra el Grupo Mixto para argumentar el sentido del voto. Interviene el Sr. González Cabrera diciendo que como le dijeron en comisión, el Sr. Presidente habla de acumulación de tareas de una persona, el Sr. Presidente habló también de que iba directamente a la comisión de Régimen Interior para después proveer esa plaza. Esperarán gustosamente ver cómo se provee esa plaza y quién es la persona. Interviene el Sr. Presidente aclarando que no dijo que iba a la comisión de Régimen Interior, porque las contrataciones nunca van a la comisión de Régimen Interior. Lo que él le dijo es que, porque puede tener una confusión, es que no estaban en una comisión de Régimen Interior, estaban en una comisión de Hacienda, y se trata de una transferencia de crédito, recalcando que es lo que le dijo. Seguidamente le concede de nuevo la palabra, por réplica. Interviene de nuevo el Sr. González Cabrera y dirigiéndose al Sr. Alcalde-Presidente exclama que dijo lo que él acaba de decir, usted dijo que no era objeto del debate en la comisión de Hacienda, sino en la de Régimen Interior, que eso fue lo que dijo, no lo que acaba de decir, pidiendo que no le interrumpa porque está en el uso de la palabra, que él no le interrumpe cuando habla; continúa el Sr. González Cabrera reiterando que dijo exactamente lo que dijo él, como ha dicho, las Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 cosas que ha dicho, y que no se reflejan en acta en muchas ocasiones, que es lo que quería decir en el punto 1º, pero no están en ese punto, y ya lo harán por otra vía, solicitándolo por escrito, y finaliza dando las gracias. Interviene el Sr. Presidente indicando que se procede a votar. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por diez (9) votos a favor (CCa) y tres (3) abstenciones (Grupo Mixto (PSOE-PP)) acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito nº 20/2023, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, con destino a “auxiliar administrativo cultura”, por importe de 14.349,50 €, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 3300.13111 Retribuciones Admon. General Cultura 10.488,47 € 3300.16011 Seguridad Admon. General Cultura 3.861,03 € TOTAL……. 14.349,50 € Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 14.349,50 € TOTAL…… 14.349,50 € Segundo.-Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 6º.- DAR CUENTA DE LA DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES DE LA ALCALDÍA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL. El Sr. Presidente se refiere al Decreto de la Alcaldía nº 676, de fecha 10 de julio de 2023, relativo a la delegación de atribuciones de la Alcaldía a la Junta de Gobierno Local, siendo el texto literal del mismo el siguiente: “DECRETO: DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES DE LA ALCALDÍA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Constituida la nueva Corporación surgida de las elecciones locales celebradas el día 28 de mayo de 2023, en sesión extraordinaria que tuvo lugar el día 17 de junio de 2023, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular en lo que se refiere a la delegación de atribuciones de la Alcaldía a la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23.4 y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en los artículos 43.1 y 43.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y en el artículo 32 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias; esta Alcaldía puede delegar a favor de la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de sus competencias siempre y cuando no se encuentren enunciadas en la legislación anteriormente referenciada. Estando prevista la declaración de la prescripción de la infracción urbanística una vez cumplidos ciertos requisitos establecidos en el artículo 407 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y siendo competencia de esta Alcaldía la referida declaración por cuanto el artículo 21.1 s) dispone que lo serán aquellas que se asignen al Municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación anteriormente mencionada, HA RESUELTO: Primero.- Efectuar a favor de la Junta de Gobierno Local la delegación de la atribución de esta Alcaldía en materia de declaración de la prescripción de la infracción urbanística. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: “Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por la Alcaldía mediante Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Decreto nº ______ de fecha _____ de julio de 2023.”. Los acuerdos que se adopten por delegación, tendrán el mismo valor que las Resoluciones que dicte el Alcalde en ejercicio de las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de funcionamiento de la Junta. Segundo.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta delegación tendrá efectos desde el día siguiente al de la fecha de este Decreto, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por la Alcaldía. Tercero.- Dar cuenta al Pleno de la delegación realizada mediante esta Resolución, en la primera sesión que se celebre con posterioridad a la fecha de la misma. Cuarto.- Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Quinto.- Dar cuenta a la Oficina Técnica Municipal para su conocimiento y efectos. Sexto.- Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local para su conocimiento y efectos; y al Presidente de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Contratación Pública, puesto que, salvo en los supuestos de urgencia, con carácter previo a su inclusión en el Orden del Día, los asuntos que se hayan de someter a la Junta de Gobierno Local, como consecuencia de esta delegación, tendrán que ser previamente dictaminados por aquella Comisión Informativa, por expresa decisión de esta Alcaldía de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 123.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Villa de Breña Alta.- El Alcalde-Presidente.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen” Interviene el Sr. Presidente diciendo que como ya se les había anunciado, todos aquellos asuntos que puedan hacerse con eficacia y eficiencia, que son los criterios que rigen en la administración y que puedan ir a Junta de Gobierno sin necesidad de convocar Pleno, lo harán, pero ya dijeron que su tónica va a ser llevar todo lo que puedan a Pleno y luego dar cuenta evidentemente, como van haciendo normalmente. Visto lo anterior, el Ayuntamiento Pleno se dio por informado. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las ocho horas y quince minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597