ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 18 DE JUNIO DE 2024 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: D. Raúl Ramos Pérez Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio Gozález Rodríguez Dª. Patricia Ayut Martín Dª. Mª José García Álvarez D. Juan Carlos Álvarez Alcover Dª. Mónica Barreto Fernández D. Matteo Zamboni D. Jorge Tomás González Cabrera D. Pedro González Sánchez Dª. Melisa Rodríguez García Interventor: D. Luis Fernando Reyes García Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González En la Villa de Breña Alta, siendo las 19:00 horas, del día 18 de junio de 2024, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. No asiste Dª. Rosa Isabel Concepción Díaz. Declarada abierta la sesión, el Sr. Presidente, previo tratamiento del Orden del Día, agradece ante todo al público asistente, al cuerpo de bomberos de la Isla de La Palma por estar aquí en en el día de hoy, con con su jefe Germán, a continuación se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Presidente interviene diciendo que la declaración de urgencia de la convocatoria viene motivada en, como anunciaron en Comisión, el día que tuvieron la Comisión prevista al efecto, que los puntos que le suceden, concretamente las dos modificaciones de crédito, que es lo que están aprobando en el día de hoy, con cargo a créditos extraordinarios, se necesitan con urgencia, una para un tema de seguridad y otra, que quizás tiene menos urgencia, pero aprovechando que hacían las modificaciones de urgencia, para acometer una obra en unas instalaciones, en la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida, una obra necesaria en unas instalaciones que, como dice, y valga la redundancia, utilizan con asiduidad desde el municipio, desde los servicios municipales, desde nuestras actividades culturales, nuestras actividades de ocio, porque saben que es un lugar tradicional, un lugar que cuenta con un teatro único y genuino, y en ese sentido aprovechan también, ya que hicieron una Comisión de Hacienda y un Pleno donde llevan este punto de Hacienda, para no sobrecargar de comisiones y aprovechando. Pero quizás la urgencia donde está motivada es en esta aprobación de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a la Asociación de Bomberos Voluntarios EMERPAL, por importe de ciento setenta y un mil trescientos ochenta y cuatro euros con quince céntimos. Sometido a votación, el Ayuntamiento Pleno, por nueve (9) votos a favor (CCa) y tres (3) abstenciones (Grupo Mixto PSOE-PP), acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 9, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A “ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS EMERPAL”, POR IMPORTE DE 171.384,15 €. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 14 de junio de 2024, siendo el texto literal del punto n.º 2 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “2º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 9, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A “ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS EMERPAL”, POR IMPORTE DE 171.384,15 € El Sr. Presidente da cuenta del expediente de aprobación de modificación de crédito nº 9, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a “Asociación de Bomberos Voluntarios EMERPAL”, por importe de 171.384,15 €, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 ANTECEDENTES Visto registro de entrada nº 4885 de 10 de junio de 2024 de la ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS EMERPAL solicitando auxilio al Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta de 2024. Visto cuanto antecede, procede su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 9/2024, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales: Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 136.48000 Asociación de Bomberos Voluntarios Emerpal 171.384,15 € TOTAL……. 171.384,15 € Total Créditos Extraordinarios: 171.384,15 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 171.384,15 € Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Total… 171.384,15 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta.- l Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Presidente toma la palabra y explica la situación de la Asociación de Bomberos Voluntarios Emerpal, que están atendiendo las emergencias en una situación de inseguridad; explica entre otros, que con la situación de deudas, los vehículos de emergencias no cuentan con cobertura de seguro y que llevan meses sin cobrar, incluso embargando los salarios mínimos interprofesionales. Por ello, se quiere garantizar un servicio para la campaña de verano, esperando que el Cabildo Insular financie también este servicio público. Desde la Federación Canaria de Municipios se ha emitido informe jurídico indicando manera de canalizar la subvención a Emerpal. Elevando el punto por solidaridad y cooperación interadministrativa. La Concejala Dª Melisa Rodríguez pregunta por el contenido del informe de la FECAM, preguntando por las consideraciones acerca de estar al corriente de la seguridad social. El Concejal D. Pedro González también pregunta por la seguridad social y la forma del convenio. El Alcalde responde que existe remanente de tesorería, que se financian competencias impropias de forma habitual, poniendo de ejemplo los Centros Sociosanitarios del Municipio, que tienen un coste anual de unos dos millones de euros, donde el Ayuntamiento financia de manera anticipada los costes hasta el ingreso efectivo del Cabildo. O las Escuelas Infantiles. Indica que la seguridad y emergencia de la isla se puede ver muy perjudicada si se incendian casas particulares o establecimientos turísticos y no pudieran ser asistidos para apagar las llamas, así como la propia imagen que se puede dar en la isla. Explica que se trata ahora en la Comisión de Hacienda el crédito extraordinario, en posterior Comisión de Régimen de Interior se elevará el convenio. El Concejal D. Pedro González concluye indicando que espera que el convenio tenga suficiente amparo jurídico, que haya informes del Ayuntamiento que se adhieran a las indicaciones del informe jurídico de la FECAM y que tenga la certeza que la subvención llega a la Asociación. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por tres (3) votos a favor (CCa) y dos (2) abstenciones (Grupo Mixto PSOE -PP), propone se acuerde la aprobación inicial de la modificación de crédito nº 9/2024, de crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a “Asociación de Bomberos Voluntarios EMERPAL”, por importe de 171.384,15 €, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la Comisión Informativa correspondiente y diciendo que, dado que hoy les acompaña público, dado que, de alguna forma, se dirigen a la ciudadanía de Breña Alta a través de la transmisión que se está haciendo, en directo, en este momento, procede a explicarlo. El Sr. Presidente inicia su exposición diciendo que, en un momento determinado hay un problema con la Asociación que lleva toda la vida, desde que existen los bomberos, prestando servicios, pues de bomberos, y nunca se ha discutido su legitimidad, ni se ha debatido su legitimidad, con un Decreto que nació en el Cabildo Insular de La Palma, hay un problema de pago en la Tesorería General de Seguridad Social, que no de pago, es un un tema puntual, coyuntural, de una inspección que le puede pasar, lo decía el otro día, a cualquier empresa. Saben perfectamente que, en una empresa, un cubo de fregar mal colocado puede ser, en un momento determinado, objeto de una inspección y su correspondiente sanción y en ese sentido se hace la correspondiente acta de infracción y se tiene la correspondiente sanción. Esto evidentemente, y de manera colateral y subsidiariamente, afecta al Cabildo Insular de La Palma y al Cabildo Insular de La Palma se le libra una carta de embargo cautelar, donde las todas cuantías que tiene por obligación, con un convenio que tiene con carácter previo, con el Cabildo Insular de La Palma, por el que se obliga mensualmente a entregar una cuantía que, en groso modo pueden decir que son unos cincuenta y siete mil euros, no está contando, lógicamente, los céntimos y demás, pues se le dice que tienen que ingresar todo el dinero al que está obligado con esta Asociación, directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 El Sr. Presidente continúa diciendo que esto pasa un tiempo hasta que llega a conocimiento de esta Administración Pública, porque él tiene conocimiento hace escaso un mes, más o menos, desde la administración y mientras estas personas han estado haciendo esfuerzos por la Isla de La Palma, han estado haciendo todo tipo de servicios, sin mirar para otro lado, entendiendo la responsabilidad que supone ponerse la ropa cada día y, en ese sentido, han estado sin ningún tipo de retribución durante siete meses. Esto, conjuntamente con todo lo que conlleva. Esta información la obtienen, y además se establece en el expediente y lo pueden ver, de un escrito que se presenta, con Registro de Entrada, por parte de la Asociación de Bomberos Voluntarios de la Isla de La Palma y en ese escrito se define y se describe, expresamente, la situación que están padeciendo. Continúa el Sr. Presidente diciendo que, en un momento determinado, como Comisionado Insular de la FECAM, convoca la Comisión Insular de la FECAM con el objetivo de que puedan, desde los ayuntamientos, en un momento determinado, y en cooperación interadministrativa, como hacen en muchas de las otras materias, colaborar con la Asociación de Bomberos desde todos los Ayuntamientos de la Isla de La Palma y en ese sentido, con carácter previo, solicita un informe a los servicios jurídicos de la FECAM, donde se avale la posibilidad de contar con esa subvención de carácter directo. En ese momento calculan que, más menos, arriba, abajo, tocaba a cuatro mil euros por Ayuntamiento, sin hacer esas reglas diferenciales que a veces se hacen en cuanto a la financiación, sino haciendo un, como diría el latinajo, un “tan cuan tabula rasa”, es decir, todos pagan exactamente lo mismo y serían cuatro mil euros hasta diciembre, por catorce Ayuntamientos, daría el total, más o menos, que necesitarían los bomberos para aguantar hasta diciembre. Pues hay pareceres de todos los tipos y también puede haber pareceres de carácter técnico que lo impiden. El Sr. Presidente continúa diciendo que ellos, refiriéndose a este Ayuntamiento, se han acogido al informe de la FECAM y teniendo en cuenta que tienen que darle seguridad a nuestro municipio, que el Parque de Bomberos está en nuestro municipio, que son un ejemplo de administración en cooperación interadministrativa, teniendo en cuenta, además, que esto no es una medida populista, porque si fuera una medida populista es una medida que se propone, pero no se pone. Ellos, refiriéndose de nuevo al Ayuntamiento, están poniendo el dinero en una modificación de crédito y están haciendo algo que les avala un convenio de la FECAM. Tienen, y no se quiere acoger al aforismo de “excusatio non petita, accusatio manifesta”, excusa no pedida, acusación manifiesta, pero es que tienen, como saben, subvenciones directas a determinadas asociaciones de voluntarios, como puede ser, en un determinado momento AEA, que saben que son uno de los ayuntamientos que más colabora con esta Asociación, tienen convenios con diferentes tipos de asociaciones como Cáritas, quieren tener convenio con Proyecto Hombre y con muchas otras asociaciones que destinan sus esfuerzos a prestar servicios a la Isla de La Palma. Continúa el Sr. Presidente diciendo que vuelve a reincidir que nunca se ha discutido la legitimidad de estos bomberos y nunca, en ningún tipo de emergencia, nadie ha dicho son o no son bomberos. Son los bomberos que tienen en la isla. Este es el modelo que se han dado hasta ahora, sin perjuicio de que se decida, por los órganos que tienen legitimidad para ello, que haya otro modelo. Y ellos, refiriéndose a este Ayuntamiento, en base a ese informe de la FECAM, a las conclusiones que establece la jurista, sin llegar a discutirlo, válgale Dios, además, él tiene responsabilidades en la ejecutiva de la FECAM, pues con esas conclusiones quieren orquestar esta subvención y cubrir, al menos, la temporada de verano, con los tres meses, tal y como estaban con el Cabildo, sin perjuicio de tenderle la mano al Cabildo, y no sólo tenderle la mano sino invitarle a que busque la fórmula de compensar nuestra tesorería, en un momento determinado, que no duda que vaya a hacerlo. El Sr. Presidente continúa diciendo que ya le decía en la Comisión, a los compañeros de la oposición, una cosa clara, hace dos meses le decían que este Alcalde iba a desmantelar los servicios sociosanitarios de este pueblo, lo decían en los medios de comunicación abiertamente y por todos lados y él les decía que ponían casi medio millón de euros, solo de personal, de fondos propios para un servicio de carácter insular y aún así, se seguía en el carro de este Alcalde va a desmantelar los servicios sociosanitarios. Este Alcalde y este Grupo de Gobierno sigue en la línea de defender los servicios sociosanitarios, poniendo de relieve lo que de verdad preocupa y que presten un servicio de calidad, de presente y futuro, que es, a lo mejor, a lo que están abocados en esta situación y a lo que han llegado por no tomar medidas de carácter preventivo y ahí no se discutió nada, ahí no se escuchó lo de medio millón de euros. Y le decía a los compañeros en la Comisión, y se remite al Acta, que tengan en cuenta una cuestión, en política hay que ser coherente y si quieren, o creen, que todas las competencias que les son impropias no deben acogerse a ninguna, porque de Breña Alta no debe salir ni un céntimo para ninguna de las competencias impropias, es incompatible tener ese discurso con “Alcalde, ponga la acogida temprana y tardía, porque es una competencia de Educación del Gobierno de Canarias; Alcalde, hágase cargo de las escuelas infantiles, que nos llevamos haciendo Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 cargo con más de trescientos mil euros durante muchos años, que es una competencia del Gobierno de Canarias; Alcalde, a mí me da lo mismo, pero busque la manera de mantener los centros sociosanitarios cuando es una competencia transferida al Cabildo Insular de La Palma” y con esto quiere decir que les invita a que hoy salga de aquí un acuerdo unánime para desbloquear, cuanto antes, esta situación, que es verdad que es una medida que va a ser un parche, por decirlo de alguna manera, pero un parche que les va a permitir, primero, darle esperanza a muchísimas personas, que es importante también en la vida y segundo, darle una solución temporal. El Sr. Presidente concede la palabra al Grupo Mixto, interviniendo la Sra. Rodríguez García saludando a los bomberos que les acompañan y diciendo que ella quiere también empezar dejando claro que esta situación les preocupa a todos. Todos tienen esa preocupación moral de la situación que los bomberos, que ellos, dice dirigiéndose al grupo de bomberos presentes en la sesión plenaria, están viviendo a día hoy, por descontado. Igual que lo hacía el Alcalde al inicio de su discurso, la labor que ellos, refiriéndose a los bomberos, realizan en La Palma es una labor encomiable, de verdad que muchas gracias por su servicio, veinticuatro siete, los trescientos sesenta y cinco días del año y también quiere mostrar su preocupación, y la preocupación también de los miembros del Grupo Mixto, por esta situación lamentable que están viviendo las familias, debido a este impago de su salario. Continúa la Sra. Rodríguez García diciendo, dirigiéndose al Sr. Presidente, que él hablaba de parche y sí, es un parche, es una tirita que él propone y ahí, sinceramente, aunque no sea un discurso que se venda tan bien, hay cuestiones que hacen que se planteen el procedimiento que él, refiriéndose al Sr. Presidente, pretende aplicar y es que no ven garantías en este procedimiento. Habla del informe de la FECAM y habla de los Ayuntamientos, habla de esa reunión de la FECAM donde dice que propone, porque es él, refiriéndose al Sr. Presidente, el que propone esta solución de unos cuatro mil euros mensuales por cada Ayuntamiento, un total de veintiocho y sabe que existe voluntad por parte de todos los Ayuntamientos de la Isla de La Palma para dar solución al problema, al cual ellos, refiriéndose a los bomberos, se están enfrentando ahora mismo. El problema, y no es una cuestión política, dice dirigiéndose al Sr. Presidente, es una cuestión administrativa y jurídica, Santa Cruz de La Palma, Mazo, Fuencaliente, Los Sauces, Tijarafe, Puntallana, Tazacorte, Barlovento, Breña Baja, no pueden hacerlo y no pueden por cuestiones técnicas, porque sus Secretarios y sus Intervenciones les dicen que no, vuelve y repite, no es que no quieran, es que no pueden. La Sra. Rodríguez García continúa diciendo que es cierto y él, dice dirigiéndose al Sr. Presidente, hace referencia al informe de la FECAM, informe al que se acoge este Ayuntamiento, informe que, vuelve y repite, ha sido rechazado por los servicios de Intervención y Secretaría de prácticamente todos los Ayuntamientos de la Isla La Palma, repite que no es una negativa política, es una negativa técnica, son los servicios de esos ayuntamientos los que rechazan ese informe y así mismo también lo hace el Presidente del Cabildo Insular de La Palma, lo hizo en el último Pleno, dudó del procedimiento y de la solución que proponía la FECAM y además dice textualmente, o prácticamente textualmente, la situación no es sencilla, es verdad que hay un informe de la FECAM que dice que por el servicio que prestan se podría tratar de justificar. Ella no lo duda, porque si fuese así, el problema sería muy fácil de resolver. Ellos, refiriéndose al Grupo Mixto, en Comisión, que él, refiriéndose al Sr. Presidente, la nombró hace un momento, le pedían esas garantías, porque ellos no tienen ningún inconveniente, ella no tiene ningún inconveniente que se destine el dinero necesario para solventar este problema, ni lo tiene ninguno de sus compañeros, lo único que le pedían era las garantías jurídicas y administrativas, más allá de ese informe de la FECAM, y le pedían que acompañase al Pleno un informe jurídico propio que garantizase el procedimiento que se pretende aplicar y que garantizase que esa subvención iba a llegar a los bomberos y que estos señores iban a poder cobrar su sueldo. Era lo único que le pedían. El informe no está. Interviene el Sr. Presidente dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, diciendo que espera que haya traído un informe en contrario. Interviene la Sra. Rodríguez García pidiendo al Sr. Presidente que le deje acabar su intervención, que ella no le ha interrumpido, que ella no tiene que traerle el informe contrario, él, refiriéndose al Sr. Presidente, tiene que presentarle el informe que lo avale. Lo único que le han pedido es un informe jurídico propio que avale el procedimiento, punto y continúa si se le permite. Está claro que el expediente lo puede abrir, seguramente ya lo tenga y lo puede hacer sin ningún tipo de inconveniente, pero pregunta si puede pagar, le está haciendo una pregunta en su intervención, no ha terminado, que le puede responder después sin ningún tipo de problema. El Sr. Presidente interviene de nuevo y la Sra. Rodríguez García le pregunta al mismo si le puede dejar su intervención sin cortarle. Contesta el Sr. Presidente diciendo que no la está cortando, que le hizo una pregunta, que luego le dijo que se la respondiese al final, entonces lo que ella le diga. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 La Sra. Rodríguez García interviene diciendo que vale, pues cuando ella le diga, y continua diciendo que porque una vez nazca esta obligación de pago, hasta donde puedan llegar, este crédito estará embargado y pregunta cómo van a cobrar si el crédito está embargado. Él, refiriéndose al Sr. Presidente, les habla de las competencias y ahora va a asumir unas competencias que no tiene, que las asume porque tiene la voluntad de hacerlo y porque tiene esa voluntad moral de hacer, de cumplir y de responder a la labor que realizan estos señores, refiriéndose a la Asociación de Bomberos, pero él sabe perfectamente que no le puede ofrecer a EMERPAL ningún tipo de garantías con este procedimiento y lo sabe, porque esta no es la solución y no lo va a solucionar y si lo soluciona se solucionará mal y habrán repercusiones para el Ayuntamiento de Breña Alta, sin darle solución a estos señores, a los bomberos de la Isla de La Palma. Continúa la Sra. Rodríguez García diciendo, dirigiéndose al Sr. Presidente, que sinceramente espera y desea que esto, o lo que pretende con todo esto, no sea un titular, de verdad que lo espera y lo desea y le dice que en su intervención o en su réplica, no intente darle la vuelta a sus palabras, no intente hacer demagogia con sus palabras y no intente dar a entender que ella no quiere solucionar el problema que existe actualmente con los bomberos de la Isla de La Palma, ni que no quiere que estos señores cobren su sueldo, porque no es lo que quiere, ni lo que pretende, ella lo que quiere, y lo que quieren desde el Grupo Mixto, es que se solucione este problema, y no a corto plazo, ni de cara a la campaña de verano, no les sirve eso, quieren medidas y soluciones a largo plazo, que garanticen la continuidad del servicio con todas las garantías de la ley y la responsabilidad en eso él sabe, dice dirigiéndose al Sr. Presidente, que la tiene el Cabildo Insular de La Palma. Por eso le pide encarecidamente que, a parte de movilizar y de sacar de remanente esa cantidad, también hable con sus compañeros de partido, también intente mediar con el Presidente Insular, para dar una respuesta, la respuesta que estas personas necesitan. No necesitan tiritas, necesitan un procedimiento que garantice que realmente su problema se va a solucionar y lo sabe perfectamente. De verdad les dice, dice dirigiéndose a los bomberos presentes en el Pleno, de verdad, que quiere que se solucione, quiere que cobren, pero quiere que lo hagan con todas las garantías de la ley y que su situación se regularice, no para mañana, pasado o para agosto, sino a largo plazo, para siempre y esta medida no lo va a permitir, que lo siente muchísimo. Interviene el Sr. Presidente dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, dice que muy bien, que va a intentar responderle. Si ella se encuentra ahora mismo un perro abandonado en la calle, no lo salva, porque claro, como el dueño no está y ella le va a dar una solución provisional al perro a la hora de cuidarlo y a la hora de llevarlo a los servicios pertinentes, pues ella no lo recoge y pregunta si ella no lo haría, le está preguntando, es directa esta pregunta, si lo haría o no lo haría. Responde la Sra. Rodríguez García diciendo que no están hablando de perros, ni de situaciones hipotéticas. Interviene el Sr. Presidente diciendo que no saque de contexto, aquí todo se entiende, le está poniendo un ejemplo, si alguien es consciente aquí de que no están hablando..., bueno que los perros le merecen muchísimo respeto. Contesta la Sra. Rodríguez García diciendo que nadie ha dicho lo contrario. Continúa el Sr. Presidente diciendo que por eso le está diciendo esta pregunta y pregunta de nuevo si ella lo atendería, si tiene la facultades para atenderlo, y se lo encuentra, si ella lo atendería. Responde la Sra. Rodríguez García diciendo que por supuesto que lo atendería, igual... Sigue el Sr. Presidente diciendo que y luego intentaría negociar la forma de que tenga una buena vida. Interviene la Sra. Rodríguez García, dirigiéndose al Sr. Presidente, el cual le dice que no, que ahora le toca a él, y la Sra. Rodríguez García dice que le iba a responder. Interviene el Sr. Presidente diciendo que le está preguntando, que se limite a responder, si quiere, y si no no responda, a lo que la Sra. Rodríguez García dice que termine de hacerle la pregunta, preguntando el Sr. Presidente cuál sería el procedimiento, si atendería al animal, y luego lo llevaría a los servicios pertinentes y si ella no puede le buscaría una familia de adopción y mientras tendrá que hacer todo ese procedimiento y pregunta si eso es cierto. Responde la Sra. Rodríguez García diciendo que cierto, pero con garantías de que eso se cumpla. Interviene el Sr. Presidente diciendo que no va a tener garantías, porque a lo mejor el perro lo va a tener que llevar al veterinario y le van a decir en el veterinario, a lo mejor, es que ahí va, es que por eso le está poniendo el ejemplo simple, le va a decir el veterinario que el perro está muy enfermo, pero ella no se puede poner en esa situación, tiene que ir a salvar al perro y luego llevarlo al veterinario. Entonces, hoy ella aquí ha dado un ejemplo y ahora él se va a a ceñir a la parte tecnócrata, porque le puso un ejemplo de andar por casa, pero van a la parte técnica, porque aquí el menos que parece abogado es él, aquí los abogados están en todos lados, están ahí pero él aquí no es abogado. Ella, refiriéndose a la Sra. Rodríguez García, le dice que en un futurible la cuenta va a estar embargada, porque ella lo sabe ya, de antemano, ella ya eso lo predice con el tiempo. Ella le dice que el informe de la FECAM no es válido, pero aquí no le trae un informe de contrario que le diga que no es válido lo que él va a hacer. Ella le habla de determinados ayuntamientos, y cree que se Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 aventura demasiado a la hora de decir eso, porque probablemente los Secretarios y los Interventores de esos ayuntamientos no se han pronunciado en informes jurídicos de muchos de los ayuntamientos. Ella le nombra a muchos, algunos ayuntamientos los conocerá porque ella tiene, de alguna forma, más ascendencia política, pero otros ayuntamientos no los conocerá del todo. Además, ella siempre dice que está empezando en política, entonces, si está empezando en política no va a conocer el conjunto de las administraciones de la Isla de La Palma, pero si es así, pues, que se lo explique. Continúa el Sr. Presidente diciendo que, de verdad, vienen aquí a tratar esto de forma jurídica cuando vienen con un informe técnico que avala, de la FECAM, es decir, se los dijo en la Comisión, dicen que el informe de la FECAM es válido e intentan darle una solución, y dice intentan y no se ponen en futuribles. A continuación pregunta a la Sra. Rodríguez García si sabe el único futurible, futurible no el único presente, pues que toda esta gente no cobra; si sabe el único presente, pues que hay que pagar los seguros; si sabe el único presente, pues que si mañana les pasa algo a cualquiera de ellos en la carretera, cualquiera de estas personas, refiriéndose a los bomberos, tiene que ir a rescatarlos. Eso es presente, no es futuro. Y se le podría tachar, y vuelve a repetir, de populista, si él no estuviera haciendo nada, pero lo está haciendo. El Sr. Presidente continúa diciendo, dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, que probablemente, y sí se lo dice, claro que se lo dice, probablemente si él se acogiera a otro informe y la doctrina de sus partidos fuera otra, probablemente le vendrían a decir aquí que se buscara la vida, que buscara el dinero para que los bomberos siguieran subsistiendo, pero esa es la política que existe hoy en día en todo el país y van a quedarse en todo el país. Y le parece lamentable que personas que tienen la obligación de llevarle al futuro de esta sociedad otro tipo de política, una política de gestión pública, de hombro con hombro, de estar en las situaciones claras, seguir buscando el subterfugio. A continuación pregunta que le interesa a ella jurídicamente la Seguridad Social en este Ayuntamiento, no le interesa, lo que les interesa es darle seguridad al municipio. El problema y el conflicto que tenga la Seguridad Social con la Asociación de Bomberos y con el Cabildo Insular de La Palma no es el debate de hoy, el debate de hoy es orquestar una modificación de crédito, que tienen dinero para ello, con cargo al remanente, para intentar salvar una situación con carácter temporal, si lo quieren hacer o no lo quieren hacer, ese es el debate de hoy. Continúa el Sr. Presidente dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García diciendo, que si quiere hablar jurídicamente, y más de este tema que le parece muy feo hablarlo jurídicamente en este ámbito, sinceramente, porque en este ámbito toman decisiones políticas, aquí están los juristas, si quiere hablarlo jurídicamente, lo hablan jurídicamente en el foro que ella quiera, porque a él aquí le toca la obligación, mandatada hace un año, de ser el Alcalde del municipio, y buscar todas las fórmulas, y jurídicamente, y vuelve a reincidir, no se lo ha inventado, el informe no es de él, el informe es de una jurista de la FECAM, que merece todos sus respetos. Si ella quiere quitarle todo el sentido a ese informe, quitarle la validez que tiene, que lo haga ella, él no lo va a hacer y de hecho se va a acoger a ese informe para empezar a redactar un convenio y para intentar darle solución a esta Asociación. Y le dice más, dice dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, le va a sorprender quizás el futuro y las decisiones del resto de las administraciones de esta isla y ya se lo anuncia. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que espera y confía que pueda darle solución temporal al problema, lo espera de verdad y confía que pueda hacerlo. Ella no está invalidando ningún informe y lo único que le ha pedido, le recuerda, ella no tiene por qué demostrarle a él que no, es él quien le tiene que demostrar a ella que sí y es lo que ella le ha pedido con el informe jurídico del propio Ayuntamiento, porque lo único que pretende garantizar es que lo que se promete se puede cumplir y termina su intervención diciendo que ojalá pueda poner la tirita. Interviene el Sr. Presidente diciendo, dirigiéndose a la Sra. Rodríguez García, que tiene rodada la carga de la prueba. La carga de la prueba le corresponde al que acusa, no al que se defiende, ella le está acusando de que el informe..., pero más que nada, cuando te metes en algo, jurídicamente hay que saber meterse, la carga de la prueba, aquí está una abogada, dice refiriéndose a la Sra. García Álvarez, la carga de la prueba le corresponde al que acusa, al que se defiende no, porque si no se produce lo que se llama “probatio diabólica”, puede ser que no tengas opciones de probar lo que intentas. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por nueve (9) votos a favor (CCa) y tres (3) abstenciones (Grupo Mixto PSOE-PP), acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 9/2024, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, con destino a “Asociación de Bomberos Voluntarios EMERPAL”, por Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 importe de 171.384,15 €, de acuerdo al detalle del informe de Intervención: Altas en Aplicaciones de Gastos CRÉDITO 136.48000 Asociación de Bomberos Voluntarios Emerpal 171.384,15 € TOTAL……. 171.384,15 € Total Créditos Extraordinarios: 171.384,15 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 171.384,15 € Total… 171.384,15 € Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. 3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 10, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A LA SOCIEDAD DE INSTRUCCIÓN Y RECREO ATLÁNTIDA, POR IMPORTE DE 20.000 €. El Sr. Alcalde informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 14 de junio de 2024, siendo el texto literal del punto n.º 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “3º.- APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 10, DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON EL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, CON DESTINO A LA SOCIEDAD DE INSTRUCCIÓN Y RECREO ATLÁNTIDA, POR IMPORTE DE 20.000 € El Sr. Presidente da cuenta del expediente de aprobación de modificación de crédito nº 10, de suplemento de crédito, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida, por importe de 20.000 €, documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA ANTECEDENTES Visto que se requiere suplementar la aportación a la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida. Se emitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito y la financiación de la operación. Se emitió informe de Intervención por el que se informó favorable. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Considerando. La Legislación aplicable — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. —Bases de ejecución del Presupuesto de Breña Alta de 2024. Visto cuanto antecede, procede su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previo Dictamen por la Comisión Informativa correspondiente. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 10/2024, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo al detalle del informe de Intervención, Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 3340.48961 Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida 20.000,00 € TOTAL……. 20.000,00 € Total Suplementos de Créditos: 20.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 20.000,00 € Total… 20.000,00 € SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Alcalde explica el punto, expone la necesidad del dinero por la entidad para obras, señalando asimismo, la labor que realiza la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida en el municipio, la colaboración con el Ayuntamiento, y que presta también un servicio de carácter público y social, y el Ayuntamiento quiere apoyarla. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por tres (3) votos a favor (CCa) y dos (2) abstenciones (Grupo Mixto PSOE -PP), propone se acuerde la aprobación inicial de la modificación de crédito nº 10/2024, de suplemento de crédito, financiado con el remanente líquido de tesorería, con destino a la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida, por importe de 20.000 €, en los términos expuestos.” Interviene el Sr. Presidente diciendo que lo que les dijo, quieren aumentar la subvención a la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida, entre otras cosas porque les están prestando un servicio público en este momento y quieren colaborar con determinadas obras que son necesarias para seguir prestando dicho servicio y como otras subvenciones que dan a otras asociaciones, también con cargo al remanente. A continuación concede la palabra al Grupo Mixto. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que existiendo el remanente que existe y existiendo la necesidad por parte de esta entidad, no le ven mayor problema al mismo. Además, Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 viendo la disposición económica que tienen, que sirva también de invitación a otras entidades municipales, que tengan necesidades similares, a solicitar este tipo de ayuda al Ayuntamiento. Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 10/2024, del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, con destino a la Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida, por importe de 20.000 €, de acuerdo al detalle del informe de Intervención: Altas en Aplicaciones de Gastos SUPLEMENTO DE CRÉDITO 3340.48961 Sociedad de Instrucción y Recreo Atlántida 20.000,00 € TOTAL……. 20.000,00 € Total Suplementos de Créditos: 20.000,00 Euros Altas en Aplicaciones de Ingresos Concepto de Ingresos Descripción Euros 87000 Remanente de tesorería para gastos generales 20.000,00 € Total… 20.000,00 € Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las diecinueve horas y veintidós, extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597