ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 31 DE MAYO DE 2024 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Sres. Concejales: Dª. Rosa Isabel Concepción Díaz Dª. Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D. Sergio González Rodríguez Dª. Patricia Ayut Martín D. Juan Carlos Álvarez Alcover Dª. Mónica Barreto Fernández D. Matteo Zamboni D. Jorge Tomás González Cabrera D. Pedro González Sánchez Dª. Melisa Rodríguez García Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González En la Villa de Breña Alta, siendo las 7:50 horas, del día 31 de mayo de 2024, se constituyó el AYUNTAMIENTO PLENO, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Sres. Concejales relacionados al margen, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. No asisten D. Raúl Ramos Pérez y Dª. Mª José García Álvarez. Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Presidente interviene diciendo que la declaración de urgencia de la convocatoria viene motivada en que es una rectificación porque se necesita ajustar en el anexo, las cuantías a las diferentes anualidades, es un tema de forma y necesita la aprobación del Pleno, visto el anexo, se corresponde con lo que ya habían aprobado, salvo esos ajustes de cantidades, por lo que es necesario declarar la urgencia de la convocatoria. Sometido a votación, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- EXPEDIENTE RELATIVO AL CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” DE LA PALMA (Modificación Anexo I). El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta de la Propuesta de Alcaldía relativa al Convenio entre el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el “Programa Insular para el Desarrollo Local (PIDL) 2024-2028” de La Palma (Modificación Anexo I), cuyo tenor literal es el siguiente: “PROPUESTA ALCALDÍA Visto el Convenio entre el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el “Programa Insular para el Desarrollo Local (PIDL) 2024-2028” de La Palma, a través del cual se pretende instrumentar la distribución de la aportación dineraria del Cabildo Insular de La Palma para la financiación del citado Programa Insular para el Desarrollo Local (PIDL), el cual tiene por objeto contribuir al desarrollo de infraestructuras municipales que generen actividad económica, así como el desarrollo de obras que por sus características mejoren la calidad de vida de las personas, aprobado en sesión Plenaria celebrada el día 29 de Abril de 2024, en el punto nº 12. Considerando que el Anexo I que forma parte del citado convenio y adoptado como segundo acuerdo del mismo punto, refleja la distribución de fondos conforme a la previsión de ejecución, en base a los presupuestos totales de los proyectos, cuando debiera corresponderse con la distribución de fondos con los que éstos serán financiados por el Cabildo Insular en cada una de las anualidades. Considerando la necesidad adoptar acuerdo plenario sobre las cantidades ajustadas a tal previsión, reflejadas en el Anexo I, incluyendo además la referencia expresa a la cofinanciación municipal del importe de cada proyecto que no sea cofinanciado por el Cabildo Insular. Considerando que de conformidad con el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, las entidades actuarán en los convenios a través de su presidente, previa autorización del Pleno. Visto lo anterior propongo al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Primero.- Aprobar la modificación del Anexo I del “CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” DE LA PALMA”, en los siguientes términos: Donde dice: Debe Decir: Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, al objeto que proceda a la firma del texto del citado Convenio. Tercero.- Autorizar al Alcalde-Presidente para la suscripción de los Anexos y demás trámites necesarios para la ejecución del Convenio. Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” El Sr. Presidente concede la palabra a la Sra. Rodríguez García que interviene diciendo que lo han valorado, lo único es hacer una puntualización, no tanto por el Convenio en sí, sino cómo y cuándo han recibido la información, ya el 29 de abril solicitaban se les trasladara el Convenio, porque lo vieron de urgencia también, y por cuestión de orden, porque no lo tenían, no lo habían podido valorar y ahora lo han recibido porque se ha convocado este Pleno extraordinario por la situación, si no, quizás a día de hoy todavía no lo hubiesen recibido. Es la única puntualización que tienen que hacer, que habían solicitado se les hiciese el envío de este Convenio, desde el 29 de abril, y hasta antes de ayer no lo han recibido. En cuanto al Convenio, la formalidad y las obras en sí, no tienen ninguna objeción, esperan que este plan se cumplan los objetivos en los años como está previsto en el proyecto. Interviene el Sr. Presidente diciendo que pensaba que lo había recibido porque fue una propuesta. Interviene el Sra. Secretaria diciendo que sí, se envió un correo, lo envió ella misma y pregunta si no lo recibieron. Responden los miembros del Grupo Mixto diciendo que no. Interviene de nuevo la Sra. Secretaria diciendo que ha tenido, es cierto, algunas incidencias con el correo por una cuestión de capacidad, porque tiene cinco cuentas de correo vinculadas que le llegan al mismo correo y, por eso, ha tenido incidencias, manifestando que el error es de ella y pide disculpas, indicando que, Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 de todas formas, si ocurre algo así, para próximas ocasiones, les ruega que, por favor, lo indiquen, refiriéndose a que llamen o avisen. Responde el Sra. Rodríguez García diciendo que estaban a la espera de recibirlo. Interviene la Sra. Secretaria diciendo que lo agradece, de hecho D. Pedro la llamó para otro tema, que luego le respondió, para preguntarle cuándo se cumplía un plazo, que le contestó por un correo, es decir, que la pueden llamar sin problema, pidiendo disculpas de nuevo. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que sí, lo entienden, lo único que les extrañó recibir esta modificación del Anexo sin previamente haber recibido el Convenio original, es lo único que están comentando, porque esto no es el Convenio original, es una modificación del Anexo I. Interviene la Sra. Secretaria diciendo que es un error técnico, y que lo siente. Interviene la Sra. Rodríguez García diciendo que entendido. Previa deliberación, visto lo anterior, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar la modificación del Anexo I del “CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” DE LA PALMA”, en los siguientes términos: Donde dice: Debe Decir: Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, al objeto que proceda a la firma del texto del citado Convenio. Tercero.- Autorizar al Alcalde-Presidente para la suscripción de los Anexos y demás trámites necesarios para la ejecución del Convenio." Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las siete horas y cincuenta y tres minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597