ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION   EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 17 DE OCTUBRE DE 2025 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Tenientes de Alcalde: D. Raúl Ramos Pérez D.ª Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D.ª Patricia Ayut Martín En la Villa de Breña Alta, siendo las 8:30 horas, del día 17 de octubre de 2025, se constituyó la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Tenientes de Alcalde, relacionados al margen (no asiste D. Sergio González Rodríguez), todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. Declarada abierta la sesión, se trataron los Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Alcalde-Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con el siguiente punto del Orden del Día: “EXPEDIENTE RELATIVO A LA APROBACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y LA ASOCIACIÓN COLONIA MÉXICO-CANARIA “COLMEXCAN”, PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA MEXICANA ¡VIVA MÉXICO!”, motivada en que se necesita aprobar el convenio lo antes posible por la proximidad en la celebración del evento, por eso se ha considerado necesaria la convocatoria de la presente sesión. Sometido a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- EXPEDIENTE RELATIVO A LA APROBACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y LA ASOCIACIÓN COLONIA MÉXICO-CANARIA “COLMEXCAN”, PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA MEXICANA ¡VIVA MÉXICO! El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta expediente relativo a la aprobación de Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de la villa de Breña alta y la Asociación Colonia México-Canaria “COLMEXCAN”, para la celebración de la Feria Mexicana ¡Viva México!, siendo el texto literal de la Propuesta de Alcaldía el siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDIA Visto el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y la Asociación Colonia México-Canaria “Colmexcan”, para la celebración de la Feria Mexicana ¡Viva México !. Resultando que los municipios tienen competencia propia en materia de de promoción de la cultura y ocupación del tiempo libre de acuerdo al artículo 25.2. l) y m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Considerando que la Asociación Colonia México-Canaria “Colmexcan, tiene entre sus fines difundir las raíces, cultura mestiza, gastronomía, tradiciones, valores e historia de México. Visto el interés común de ambas partes en la promoción de la cultura mexicana (música, gastronomía, tradiciones etc), que permita un mayor conocimiento de la riqueza cultural, humana, …, de este pueblo, y su conexión y lazos con la cultura canaria Considerando el convenio de colaboración como instrumento idóneo para articular la consecución de este interés común. Considerando que de conformidad con el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, las entidades actuarán en los convenios a través de su presidente, previa autorización del Pleno. Teniendo en cuenta, que en el apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, prevé como delegables en la Junta Gobierno Local, las competencias atribuidas expresamente por ley al Pleno (artículo 22.2.q). Y, por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de julio de 2023, se acordó” Delegar en la Junta de Gobierno Local, las competencias atribuidas al Pleno del Ayuntamiento, Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 53L27S7RCZF2LNQPLMWR69G32 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 siempre y cuando se trate de atribuciones que de acuerdo con la legislación vigente tengan el carácter de delegables “. Visto lo anterior propongo a la Comisión Informativa competente y a la Junta de Gobierno Local, la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y la Asociación Colonia México-Canaria “Colmexcan”, para la celebración de la Feria Mexicana ¡Viva México !. Segundo.- Dar traslado del acuerdo a la entidad al objeto de que proceda a la firma el texto del citado convenio. Tercero.- Autorizar a la Alcaldía para la firma del Convenio de Colaboración.” Villa de Breña Alta.- El Alcalde-Presidente.- Jonathan De Felipe Lorenzo.- Documento firmado electrónicamente al margen.” El Sr. Presidente interviene remitiéndose a la propuesta de convenio realizada. Previa deliberación, visto lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta y la Asociación Colonia México-Canaria “Colmexcan”, para la celebración de la Feria Mexicana ¡Viva Mexico!, en los términos siguientes: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA Y LA ASOCIACIÓN COLONIA MÉXICO-CANARIA “COLMEXCAN” PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA MEXICANA: ¡VIVA MEXICO! En Villa de Breña Alta, a 17 de octubre de 2025 REUNIDOS DE UNA PARTE, D. Jonathan De Felipe Lorenzo, con NIF nº 42190971-R, en representación del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, con CIF nº P-3800800I, y domicilio en C/ Blas Pérez Gonzáles, nº 1, municipio de la Villa de Breña Alta. DE OTRA PARTE, Dª Mª Eugenia Lozano López, con NIF nº 42147126-W, en representación de la Asociación Colonia México-Canaria “COLMEXCAN”, con CIF nº G76660950 y domicilio en Calle La Cervina nº 46, Urb. Lago Azul- Los Cancajos, Breña Baja - 38712. Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para la celebración de este acuerdo, y en el ejercicio de las facultades que tienen atribuidas en nombre de las entidades a las que representan, EXPONEN PRIMERO.- Que el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta para la gestión de los intereses municipales y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Entre otras, se atribuye competencia propia a los municipios en materia de promoción de la cultura y ocupación del tiempo libre de acuerdo al artículo 25.2. l) y m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. SEGUNDO.- Que la Asociación Colonia México-Canaria “COLMEXCAN”, (en adelante, la Asociación) tiene entre sus fines difundir las raíces, cultura mestiza, gastronomía, tradiciones, valores e historia, compartiéndola con individuos de todas las nacionalidades que sientan un cariño por México, fomentando así la interculturalidad y la integración social. TERCERO.- Siendo el objetivo del presente convenio constituirse en instrumento para canalizar el interés común de promoción de la cultura mexicana (música, gastronomía, tradiciones etc), que permita un mayor conocimiento de la riqueza cultural, humana, …, de este pueblo, y su conexión y lazos con la cultura canaria, y con ello respetar y conservar las costumbres que identifican a ambas culturas, para así velar por la permanencia de sus tradiciones. ACUERDAN Suscribir este acuerdo de colaboración que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO El presente convenio tendrá por objeto establecer las estipulaciones para la celebración en el municipio de la Villa de Breña Alta de la Feria Mexicana: ¡Viva México!, el día 18 de octubre de 2025, en la Plaza Bujaz. SEGUNDA.- COMPROMISOS DE LA ASOCIACIÓN. La Asociación se compromete en el presente convenio a: a) Aportar comida y bebida para la cantina, así como dotar ésta del personal necesario para la atención al público. b) Concertar las actuaciones musicales de Mariachi Monterrey, Manolo El Charro de Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 53L27S7RCZF2LNQPLMWR69G32 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 Canaria, Lenny González, Ballet Viva México, Folclore Azteca, El Gomerito y Dj Tenax.. c) El sonido e iluminación del evento. d) Colaborar en la organización de la totalidad de la Feria, buscando activamente posibles actuaciones y orden de las mismas. e) Organizar la actividad Pintacaritas y el altar de muertos. f) Colaborar en la decoración del evento, en particular del escenario. g) Colaborar en la seguridad del evento a través de dotar de seguridad privada, y la asistencia sanitaria a través de la dotación del servicio de ambulancia. h) Programación de actividades para niños (hinchables). i) Colaborar con la publicidad del evento (cartelería, octavillas). j) Destinar el importe de la aportación del Ayuntamiento en el presente convenio al objeto previsto en el mismo. k) Justificar los fondos percibidos antes del 31 de diciembre de 2025, de la siguiente forma: Una Memoria de las actividades realizadas correspondientes a la actividad subvencionada. Certificados acreditativos de que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cualquier otra obligación económica con el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. Relación de facturas justificativas de la cantidad aportada por este Ayuntamiento. A la misma se acompañará los originales que serán si se requiere compulsados por el secretario/a de la corporación y devueltos a los interesados a la mayor brevedad posible. Certificación emitida por el/la Secretario/a de la Asociación en la que se indique que ha sido cumplida la finalidad objeto de este Convenio, aportando la documentación necesaria que justifique que los fondos percibidos han sido destinados para el fin que fueron concedidos. La no justificación de la aportación recibida en la forma y plazo señalados será causa de resolución del presente convenio, sin perjuicio de que por parte del Ayuntamiento se exija el reintegro de las cantidades aportadas. Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para l) Someterse al control y supervisión del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta. m) la misma finalidad, procedentes de otras administraciones y entidades públicas o privadas. TERCERA.- COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA. El Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta se compromete en el presente convenio a: a) Aportar la cantidad de 23.000,00€, en función de la disponibilidad presupuestaria de la correspondiente partida presupuestaria de los presupuestos municipales. b) Instalación de la carpa. c) Instalación de grupo electrógeno. d) Instalación de un escenario, según necesidades del espectáculo y disponibilidad del Ayuntamiento. e) Montaje de la estructura de la cantina, dotar a esta de menaje, separando ésta del escenario. f) Poner a disposición del público mesas y sillas, según existencias y espacio. g) Poner a disposición de los participantes un camerino o espacio habilitado. h) El Plan de Seguridad del evento y las necesidades derivadas del mismo (voluntarios, protección civil, baños químicos, extintores). i) Colaborar en la seguridad del evento a través de la Policía Local. j) Realizar los trámites administrativos para la celebración del evento (corte de carretera..). k) Colaborar en la publicidad del evento (nota de prensa, publicidad digital). l) Cobertura fotográfica del evento. CUARTA.- DURACIÓN El presente convenio entrará en vigor el día de su firma, y tendrá vigencia hasta la realización del objeto del mismo. QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 53L27S7RCZF2LNQPLMWR69G32 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 Este convenio podrá rescindirse por las siguientes causas: A. Por mutuo acuerdo por las partes B.Por incumplimiento por alguna de las partes de lo acordado en este documento. C. Voluntad unilateral de una de las partes comunicada de forma fehaciente y por escrito a la otra con una antelación mínima de un (.1) mes a la fecha de efecto. D. Por falta de disponibilidad presupuestaria para la realización del objeto del convenio. E. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio. En el supuesto de la letra b), cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no implicará la indemnización de los perjuicios causados. La falta de disponibilidad presupuestaria para el ejercicio que se trate no conllevará indemnización por los perjuicios causados. SEXTA.- RÉGIMEN JURÍDICO El presente Convenio de Colaboración se suscribe al amparo de los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuadra jurídicamente en el artículo 6.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estando, por tanto, excluido de su aplicación directa, si bien se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan surgir durante su vigencia. Cualquier modificación del presente Convenio deberá constar por escrito y firmado por las Partes. El presente Convenio no es exclusivo ni excluyente, pudiendo las Partes celebrar otros iguales o similares con cualesquiera otras entidades. SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD Las partes se comprometen a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial, que será cualquier dato a la que las partes accedan en virtud del presente Convenio. Las partes se comprometen a no divulgar esta Información Confidencial así como a no publicarla ni ponerla a disposición de terceros frente a cualquier modalidad jurídica o de hecho. Tras la terminación o resolución del presente Convenio por cualquier causa, las partes se reconocen un mutuo deber de confidencialidad y, se obligan a no divulgar ninguna información confidencial que esté relacionada con las actividades y documentación recibidas durante la vigencia del presente Convenio. OCTAVA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.Las partes expresamente manifiestan que, en cumplimiento del presente Convenio de Colaboración, no será necesario el acceso, por parte de ninguna de ellas, a datos de carácter personal titularidad de las otras, no obstante, las partes se comprometen a cumplir las previsiones establecidas en la normativa nacional y comunitaria de protección de datos. A tal efecto, en el supuesto de que pueda producirse un acceso por parte de cualesquiera de las partes a datos de carácter personal responsabilidad de las otras, o de cualquier tercero, se suscribirá un acuerdo de encargo de tratamiento, con carácter previo a dicho acceso, en el que se den cumplimiento a las obligaciones que la normativa establece para los Encargados de Tratamiento. Los datos de contacto de los firmantes del presente Convenio de Colaboración serán tratados en base a la ejecución del convenio, así como de los correos que presten sus servicios en el marco del presente convenio, en base al interés legítimo de las partes, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de los dispuesto en el presente Convenio de Colaboración. NOVENA- NATURALEZA Y JURISDICCIÓN El presente Convenio posee carácter administrativo, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, y con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contenciosa-administrativa, competente para conocer de cuantos litigios entre las partes pudieran surgir como consecuencia del presente Convenio. El Alcalde del Ayuntamiento de Breña Alta.- Fdo. D. Jonathan de Felipe Lorenzo.- La Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 53L27S7RCZF2LNQPLMWR69G32 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Presidenta de la Asociación.- Fdo. Dña. M.ª Eugenia Lozano López”. Segundo.- Dar traslado del acuerdo a la entidad al objeto de que proceda a la firma el texto del citado convenio. Tercero.- Autorizar a la Alcaldía para la firma del Convenio de Colaboración.” Dar cuenta a la Comisión Informativa correspondiente en la primera sesión que se celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 126.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las ocho horas y treinta y nueve minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 53L27S7RCZF2LNQPLMWR69G32 Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5