ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION   EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA   23 DE DICIEMBRE DE 2025 Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. Jonathan De Felipe Lorenzo Tenientes de Alcalde: D.ª Lourdes Nira Rodríguez Álvarez D.ª Patricia Ayut Martín En la Villa de Breña Alta, siendo las 8:30 horas, del día 23 de diciembre de 2025, se constituyó la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, concurriendo los Tenientes de Alcalde, relacionados al margen (no asisten D. Raúl Ramos Pérez y D. Sergio González Rodríguez), todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria Acctal, al objeto de celebrar la sesión extraordinaria urgente convocada para este día y hora. Secretaria Acctal.: Dª. Juana Esther Rodríguez González Declarada abierta la sesión, se trataron los siguientes asuntos comprendidos en el Orden del Día: 1º.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA CONVOCATORIA. El Sr. Alcalde-Presidente solicita se declare la urgencia de la convocatoria de la presente sesión con el siguiente punto del Orden del Día: “RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL ALQUILER DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025”, motivada en la necesidad de resolver la concesión de las ayudas cuanto antes, por eso se ha considerado necesario convocar la presente sesión. Sometido a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda declarar la urgencia de la convocatoria. 2º.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL ALQUILER DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025. El Sr. Alcalde-presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal, celebrada el 23 de diciembre de 2025, siendo el texto literal del punto nº 2 del borrador del acta de la misma, el siguiente: “2º.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL ALQUILER DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025. El Sr. Alcalde-Presidente da cuenta del expediente relativo a la resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta correspondiente al ejercicio 2025, siendo el texto literal del Informe del Trabajador Social-Coordinador y de la Propuesta de la Alcaldía, el siguiente: “UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL INFORME ASUNTO: Propuesta de distribución ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta. En relación con el asunto a que se refiere este expediente, el Trabajador Social- Coordinador, emite el siguiente informe: 1.- ANTECEDENTES.La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2025, adoptó entre otros, el acuerdo de aprobación y publicación de las Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 125 de miércoles 15 de octubre de 2025. En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 127, del día lunes 20 de octubre de 2025, se ha publicado el extracto del acuerdo por el que se convocan ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio, ejercicio 2025. En el vigente presupuesto municipal para el año 2025 se determina el importe de 17.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.2310.48012 y un plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles (Del 21 de octubre al 10 de noviembre de 2025). Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7 La cuantía máxima a percibir por cada beneficiario no podrá superar en la primera resolución la cantidad de setecientos euros (700 €). En el supuesto de que, una vez resuelta la concesión de las ayudas, existiera remanente en el crédito destinado a esta convocatoria, la Junta de Gobierno Local podrá acordar su distribución entre los beneficiarios de manera aritmética, garantizando así el aprovechamiento íntegro de los fondos disponibles. 2.- NORMATIVA APLICABLE.Son de aplicación las “Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta (BOP núm. 125 de miércoles de 15 de octubre de 2025)”. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 94. 3.- INFORME-PROPUESTA.Vistos los documentos aportados por los interesados/as y comprobado el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de la Base 2ª y de estar o no incluidos en causa de exclusión, tal como se establece en la Base tercera. Por tanto, y según se establece en la Base Séptima de las “Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta (BOP núm. 125 de miércoles de 15 de octubre de 2025), se emite informe con propuesta de distribución y relación de solicitantes excluidos, a efectos de Resolución por la Junta de Gobierno Local. SE PROPONE se resuelva: Primero: Se acuerde aprobar la cuantía asignada y el importe para cada uno de los solicitantes: NOMBRE Y APELLIDO DNI/NIE IPREM RENTA CUANTÍA N.º EXP5409/ MENSUAL ALQUILER ANGEL GARRIDO MARTÍN 53428456P 0,44 600 € ELIO TEODOCIO RODRÍGUEZ DE PAZ 42196508H 0,00 450 € HARYYURIS COROMOTO GARCÍA DÍAZ 42232469F 0,00 600 € JUAN CARLOS PUNCE DE CAROLIS Y9682121D 0,64 692 € DANIEL DOMÍNGUEZ ORTEGA 43319940S 0,02 900 € GONZALO ORBEIN MOLINA RIBAS Y7259102V 0,88 500 € ARGELIA JOSEFINA COA PADILLA 43318067M 0,83 400 € 42128506G 0,00 250 € EUGENIO DOMINGO GUMERSINDO SÁNCHEZ CABRERA 42194309G 0,91 525 € CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ RAMÍREZ ODALYS CRUZ CRUZ 43318586H 0,03 550 € SARAH ANTONIETTA DI MASSIMO LIMA Y8607053F 0,00 400 € MIGUEL ANGEL YANES GONZÁLEZ 43320271R 0,78 700 € MARIA VERÓNICA PIÑA SÁNCHEZ Y7468001F 0,78 500 € LILLIS MAURIS CARRILLO RODRÍGUEZ 42346269A 0,78 450 € MATILDE COROMOTO DAVILA Z2023696T 0,00 370 € JUAN CARLOS EXPÓSITO LORENZO 42346278N 0,22 500 € MARISBEL SEGURA CASTILLO 60935194Y 0,94 425 € MARISOL RUIZ RIOJAS Y8117392Q 0,00 500 € VERÓNICA PINO GUERRA SUÁREZ 42202799F 0,81 500 € Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7 VERÓNICA RODRÍGUEZ MORERA 42185936A 1,19 400 € ISABEL GALLEGO TRIANA 78547487A 0,88 450 € EMILCEN DÍAZ RAMÍREZ 42280249Q 0,00 450 € LINA MARIA RAMÍREZ MUÑOZ 42234720G 0,07 460 € Z1498732B 0,7 550 € REBECA DANIELA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ TOTAL 16.800,00 € Segundo: Se acuerde aprobar la relación de los solicitantes excluidos y la causa de dicha exclusión: N.º EXP NOMBRE Y APELLIDO DNI/NIE CAUSA 5409/2025 DUNIA SÁNCHEZ CRUZ 42346635R Incumple Base Segunda. 4- “Las ayudas podrán ser solicitadas por aquellos arrendatarios/as pertenecientes a unidades familiares cuyos ingresos una vez ponderados en relación al número de miembros, no superen el 1,5 del IPREM, calculado en base a 14 mensualidades.” 54110395C Desiste NIEVES CONCEPCIÓN CASIMIRO RODRÍGUEZ ANAHIS TERESA SEQUERA Z2541332K Incumple Base Segunda. Para la concesión de de Segunda.estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda forma alquilada ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda YANIRA MÉNDEZ PÉREZ 42195711A Incumple Base Segunda. Para la concesión de de Segunda.estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda 78558130C Incumple Base Segunda. MARIA DEL CRISTO HERNÁNDEZ MARTÍN Para la concesión de de Segunda.estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada forma ininterrumpida en los 6 meses Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7 inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda DANIEL EDUARDO SÁNCHEZ ALVAREZ X6621754P Incumple Base Segunda. Para la concesión de de Segunda.estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda RICARDO JOSE VÁSQUEZ CARRILLO Z0286938H Incumple Base Segunda. Para la concesión de de Segunda.estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda 00275119Q Incumple Base . Cuarta JORGE FRANCISCO RODRÍGUEZ MORENO La solicitud se ha formulado fuera del plazo de presentación establecido Tercero: Se acuerde distribuir entre los beneficiarios de manera aritmética, garantizando el aprovechamiento íntegro de los fondos disponibles del remanente en el crédito destinado a esta convocatoria y que asciende a la cantidad de 200 € Cuarto: Se acuerde aprobar el reconocimiento y liquidación de la obligación a los beneficiarios de esta subvención, conforme al detalle que se especifica en las tablas. Quinto: Ordenar el pago de acuerdo con el plan de disposición de fondos de la Tesorería. Sexto: Dar cuenta de la presente resolución a los Servicios Económicos Municipales de Intervención y Tesorería para su conocimiento y demás efectos. Séptimo: Notificar la presente resolución a los interesados. Villa de Breña Alta. El Trabajador Social – Coordinador.- JULIO BARRERA PÉREZ.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” “PROPUESTA ALCALDÍA Visto que en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 127, del día lunes 20 de octubre de 2025, se ha publicado el extracto del acuerdo por el que se convocan ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio, ejercicio 2025..- Resultando que según las “Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta” (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 125 de miércoles 15 de octubre de 2025), una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de 15 días hábiles (Del 21 de octubre al 10 de noviembre de 2025), se ha de proceder a la Resolución y Notificación de las mismas; observándose que se han presentado un total de 32 solicitudes, y una vez instruidos los expedientes por los técnicos de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, se observa que 24 solicitantes cumplen todos y cada uno de los requisitos de la Base 2ª, 2. Están incluidos en causa de exclusión 8 solicitantes. Teniendo en cuenta lo anterior se PROPONE: Primero.- Se acuerde la Resolución de la convocatoria de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta, ejercicio 2025, conforme consta en el Informe emitido por el Técnico Municipal. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7 Segundo.- Se acuerde distribuir entre los beneficiarios de manera aritmética, garantizando el aprovechamiento íntegro de los fondos disponibles del remanente en el crédito destinado a esta convocatoria y que asciende a la cantidad de 200 € Villa de Breña Alta.- El Alcalde.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente remitiéndose a la propuesta de Resolución contenida en el informe técnico, destacando que en el punto tercero del informe se acuerda repartir, distribuir entre los beneficiarios los 200 € del crédito que quedaría disponible. La Sra. Rodríguez García interviene diciendo que ella lo que solicita es que se adelante la convocatoria y no se llegue al límite de final de año. Contesta el Sr. Presidente diciendo, es lo mismo que ya he dicho en otras ocasiones, la carga de trabajo, y quiero agradecer el trabajo de los técnicos, Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal, por unanimidad de los presentes, propone se acuerde la Resolución de la convocatoria de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta, ejercicio 2025, conforme consta en el Informe emitido por el Técnico Municipal, en loa términos expuestos...” El Sr. Presidente interviene remitiéndose a la comisión informativa. Considerando que la adopción de este Acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno, en virtud de la delegación acordada por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 6 de julio de 2023. Previa deliberación, y de conformidad con la Comisión Informativa de Bienestar Social, Centros Especiales y Sanitarios, Igualdad, Solidaridad, Educación, Accesibilidad, Concienciación Social y Cuidado Animal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acordó: Primero.- Aprobar la concesión de ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda del municipio de la Villa de Breña Alta, ejercicio 2025, a cada una de las personas que seguidamente se relacionan por el importe que en cada caso se señala: NOMBRE Y APELLIDO DNI/NIE IPREM RENTA CUANT ÍA N.º EXP5409/ MENSUAL ALQUILER ANGEL GARRIDO MARTÍN 53428456P 0,44 600 € ELIO TEODOCIO RODRÍGUEZ DE PAZ 42196508H 0,00 450 € HARYYURIS COROMOTO GARCÍA DÍAZ 42232469F 0,00 600 € JUAN CARLOS PUNCE DE CAROLIS Y9682121D 0,64 692 € DANIEL DOMÍNGUEZ ORTEGA 43319940S 0,02 900 € GONZALO ORBEIN MOLINA RIBAS Y7259102V 0,88 500 € ARGELIA JOSEFINA COA PADILLA 43318067M 0,83 400 € 42128506G 0,00 250 € EUGENIO DOMINGO GUMERSINDO SÁNCHEZ CABRERA 42194309G 0,91 525 € CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ RAMÍREZ ODALYS CRUZ CRUZ 43318586H 0,03 550 € SARAH ANTONIETTA DI MASSIMO LIMA Y8607053F 0,00 400 € MIGUEL ANGEL YANES GONZÁLEZ 43320271R 0,78 700 € MARIA VERÓNICA PIÑA SÁNCHEZ Y7468001F 0,78 500 € LILLIS MAURIS CARRILLO RODRÍGUEZ 42346269A 0,78 450 € MATILDE COROMOTO DAVILA Z2023696T 0,00 370 € JUAN CARLOS EXPÓSITO LORENZO 42346278N 0,22 500 € MARISBEL SEGURA CASTILLO 60935194Y 0,94 425 € MARISOL RUIZ RIOJAS Y8117392Q 0,00 500 € Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7 VERÓNICA PINO GUERRA SUÁREZ 42202799F 0,81 500 € VERÓNICA RODRÍGUEZ MORERA 42185936A 1,19 400 € ISABEL GALLEGO TRIANA 78547487A 0,88 450 € EMILCEN DÍAZ RAMÍREZ 42280249Q 0,00 450 € LINA MARIA RAMÍREZ MUÑOZ 42234720G 0,07 460 € Z1498732B 0,7 550 € REBECA DANIELA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ TOTAL 16.800,00 € Segundo.- Aprobar la relación de los solicitantes excluidos y la causa de dicha exclusión: N.º EXP NOMBRE Y APELLIDO DNI/NIE CAUSA DUNIA SÁNCHEZ CRUZ 5409/202 42346635R I ncumple Base Segunda. 4- “Las ayudas podrán ser aquellos solicitadas por arrendatarios/as pertenecientes a unidades familiares cuyos ingresos una vez ponderados en relación al número de miembros, no superen el 1,5 del IPREM, calculado en base a 14 mensualidades.” 54110395C Desiste NIEVES CONCEPCIÓN CASIMIRO RODRÍGUEZ ANAHIS TERESA SEQUERA Z2541332K I ncumple Base Segunda. Para la concesión Segunda.de estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada de forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda YANIRA MÉNDEZ PÉREZ 42195711A I ncumple Base Segunda. Segunda.- Para la concesión de estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada de forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda MARIA DEL CRISTO HERNÁNDEZ MARTÍN 78558130C I ncumple Base Segunda. Segunda.- Para la concesión de estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada de forma Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 7 ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda DANIEL EDUARDO SÁNCHEZ ALVAREZ X6621754P I ncumple Base Segunda. Segunda.- Para la concesión de estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada de forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda RICARDO JOSE VÁSQUEZ CARRILLO Z0286938H I ncumple Base Segunda. Para la concesión Segunda.de estas ayudas, se exigirá que la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada de forma ininterrumpida en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda 00275119Q Incumple Base . Cuarta JORGE FRANCISCO RODRÍGUEZ MORENO La solicitud se ha formulado fuera del plazo de presentación establecido Tercero.- Acordar la distribución entre los beneficiarios de manera aritmética, garantizando el aprovechamiento íntegro de los fondos disponibles del remanente en el crédito destinado a esta convocatoria y que asciende a la cantidad de 200€. Cuarto.- Acordar la aprobación del reconocimiento y liquidación de la obligación a los beneficiarios de esta subvención, conforme al detalle que se especifica en las tablas. .- Ordenar el pago de acuerdo con el plan de disposición de fondos de la Tesorería. Quinto Sexto.- Dar cuenta de la presente resolución a los Servicios Económicos Municipales de Intervención y Tesorería para su conocimiento y demás efectos. Séptimo.- Notificar la presente resolución a los interesados. Y no habiendo otros asuntos a tratar, el Sr. Alcalde-Presidente dio por finalizada la sesión, siendo las ocho horas y cuarenta y dos minutos, extendiéndose la presente, de lo que como Secretaria Acctal., certifico. Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 5FYAHZ4A27G56MC6XLCS5F6CZ Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 7