Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 61, viernes 21 de mayo de 2021 7795 ARONA ANUNCIO 3404 99635 En base a lo dispuesto por los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 34 y 44 del ROM y los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y la atribución que me confiere el artículo 21.1. a) y r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por medio del presente se pone en conocimiento que, mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia número 2021/4333 de fecha diecisiete de mayo de dos mil veintiuno, el Sr. Alcalde Presidente delegó las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en la persona: Primer Teniente de Alcaldía, doña Raquel García García, desde el día 18 de mayo de 2021 hasta el 21 de mayo de 2021. Lo que se hace público para conocimiento y efectos. Arona, a diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. EL ALCALDE, José Julián Mena Pérez. BREÑA ALTA ANUNCIO 3405 99629 Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta en sesión ordinaria de 23 de abril de 2021 por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica. Primero. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en el sentido que se indica seguidamente: Bonificación en función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente En función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente siempre que cumplan las condiciones y requisitos siguientes: Que se trate de vehículos híbridos (motor eléctrico- gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas) que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes. Estos vehículos disfrutarán de una bonificación del 40% en la cuota del impuesto durante seis años naturales desde su primera matriculación. Que se trate de vehículos de motor eléctrico y/o emisiones nulas. Estos vehículos disfrutarán de una bonificación del 75% en la cuota sin fecha fin de disfrute. Que se trate de vehículos híbridos enchufables con etiqueta cero emitida por la DGT. Estos vehículos disfrutarán de una bonificación del 75% en la cuota del impuesto durante 6 años naturales desde su primera matriculación. Para el disfrute de esta bonificación, se exigirá, además de los requisitos anteriores, estar al corriente de pago de todas las exacciones municipales tanto en el momento de la solicitud como en el de cada devengo del impuesto. Segundo. Someter dicha modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de TREINTA DÍAS para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno. Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la Ordenanza Municipal en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://brenaalta.sedelectronica.es] con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Villa de Breña Alta, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Jonathan de Felipe Lorenzo.