OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES O ESTABLECIMIENTOS EXENTAS DE LICENCIA URBANÍSTICA - Renovación de pavimentos y alicatados. - Renovación o colocación de mobiliario o elementos decorativos interiores, siempre que no afecte a las condiciones de habitabilidad del local o establecimiento. - Eliminación, reparación, renovación o nueva colocación de falsos techos. - Sustitución de carpinterías interiores existentes siempre que no se alteren las dimensiones de los huecos. - Sustitución de carpinterías exteriores, siempre que se mantengan las condiciones de las existentes. - Cambio de aparatos sanitarios siempre que no implique la modificación de las instalaciones generales del edificio. - Cambio o colocación de nuevos elementos de las instalaciones de fontanería o saneamiento, siempre que afecte exclusivamente al interior del cuarto húmedo del que se trate y que para su ejecución no sean necesarias obras complementarias. No incluye la conexión con la red general de alcantarillado que se tramita en expediente independiente. - Cambio o colocación de nuevos elementos de las instalaciones de electricidad, siempre que se mantenga dentro del límite de potencia máxima que el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión admite sin proyecto, las cuales habrán de ser ejecutadas por Instalador Autorizado. - Obras de mera reparación de desperfectos o humedades en enlucidos y acabados de paramentos o techos. - Instalación de equipos de aire acondicionado tipo Splitt o Casette, siempre que la unidad compresora se instale en el interior del local o establecimiento y no sea necesario la apertura de nuevos huecos en fachada. - Pintura interior y exterior. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597