TASAS POR LICENCIA DE APERTURA DATOS DEL SUJETO PASIVO (I) Apellidos y nombre o razón social: CIF/NIF: Municipio: Domicilio completo: Código Postal: DATOS DEL REPRESENTANTE (II) Apellidos y nombre o razón social: CIF/NIF: Municipio: Domicilio completo: Código Postal: DATOS DE LA ACTIVIDAD Y DEL ESTABLECIMIENTO (III) Situación y emplazamiento: TIPO: Local Entreplanta Sótano Nave Otros DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD TIPO DE ACTIVIDAD (IV) NUEVA ACTIVIDAD CLASIFICADA CAMBIO DE ACTIVIDAD INOCUA TRASLADO DE LOCAL LIQUIDACIÓN (V) 1.-SUPERFICIE ÚTIL EN M2 M2 2.-TARIFA A) ACTIVIDADES CLASIFICADAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA (SOLO ACTIVIDADES DEL APARTADO 2 DEL ANEXO DEL DECRETO 52/2012) (CUOTA MÍNIMA: 955,62 €) B) RESTO DE ACTIVIDADES (CUOTA MINIMA: 213,31 €) € 3.-TODAS LAS ACTIVIDADES (EXCEPTO ARTESANALES) CUOTA INCREMENTADA (SUPERFICIE M2 X 4,26 €/M2) 4.-CUOTA TRIBUTARIA (2+3) € 5.-ACTIVIDADES ARTESANALES (CUOTA ÚNICA: 217,31) € CAMBIO DE ACTIVIDAD (50%) € 6.-REDUCCIÓN POR CAMBIO DE ACTIVIDAD O TRASLADO DE LOCAL (SI PROCEDE) TRASLADO DE LOCAL (75%) € Este documento no será válido sin el correspondiente justificante de ingreso en la cuenta corriente del BANCO SANTANDER, c/c nº 00490549972610210197 Villa de Breña Alta, a ____ de _________________de 202__ Fdo.: Protección de Datos: De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), le informamos: Responsable del Tratamiento: AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA; Delegado de Protección de Datos (DPD): AFONSO & GONZALEZ ASESORES, S.L.; Finalidad: Tramitar actuaciones administrativas, así como, la comunicación y/o notificación a los interesados; Legitimación: Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos, cumplimiento de una obligación legal aplicable al Responsable del Tratamiento y su consentimiento; Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional en https://www.balta.org/index.php?opc=32 Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597 OFICINA TÉCNICA MODELO CLASIFICACIÓN I.A.E. SUPERFICIE ÚTIL EN M2 SECCIÓN EPÍGRAFE € € INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR ESTE MODELO ADVERTENCIAS PREVIAS •Plazo para practicar la autoliquidación: Cuando se presente la comunicación previa para el inicio de la actividad. •Documentos a aportar:  La instancia normalizada de comunicación previa a la que deben adjuntarse los documentos preceptivos, según tipo de actividad que se trate.  Plano del local a escala, elaborado por facultativo, a los efectos de acreditar la superficie del mismo. •Sujetos Pasivos: Sujeto pasivo es la persona natural o jurídica obligada a practicar la autoliquidación y a ingresar el importe de la tasa. De conformidad con la normativa de la tasa, vienen obligados a prácticas la autoliquidación: Son sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el art.33 de la Ley General Tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunden la tramitación de la licencia, siendo titulares de las actividades a realizar. ESTE IMPRESO SE UTILIZARÁ PARA: Autoliquidación provisional, cuando se soliciten las licencias siguientes:  Licencia de Actividades clasificadas, que se exigirán para las actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de tales actividades.  Licencia de apertura de actividades inocuas. Este documento deberá cumplimentarse a máquina o utilizando bolígrafo sobre superficie dura y con letras mayúsculas (1) APARTADO I.- DATOS SUJETO PASIVO De conformidad con la normativa vigente son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 33 de la ley General Tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación de la licencia, siendo titulares de las actividades a realizar. (2) APARTADO II.- DATOS DEL REPRESENTANTE Se cumplimentará este apartado siempre que el sujeto pasivo sea una entidad jurídica. También en el supuesto de la persona física que desee actuar por medio de representante. (3) APARTADO III.- DATOS DE LA ACTIVIDAD Y DEL ESTABLECIMIENTO Situación: deberá consignarse la situación y el emplazamiento correcto de la actividad a desarrollar en relación al local o establecimiento. Superficie en m2: se consignará la superficie útil total por unidad de local (incluyendo aseos, locales vinculados, etc.). Respecto de la clasificación de las actividades en el IAE, en la casilla (02) se consignará la sección 1ª de las tarifas del impuesto. En la casilla (03) se consignará el grupo o epígrafe respectivo del IAE. (4) APARTADO IV.- TIPOS DE ACTIVIDAD Tipo de licencia: Marcar con una “X” en la casilla correspondiente a actividad clasificada o inocua según se trate.  Actividades clasificadas: son las señaladas en el anexo del Decreto 52/2012 de 7 de junio por el que se establece la relación de actividades clasificadas.  Actividades inocuas: son las que por su escasa posibilidad de producir molestias y alterar las condiciones normales de seguridad y salubridad, no se hallan comprendidas en el apartado anterior. (5) LIQUIDACIÓN V Cambio de actividad. Las actuaciones administrativas ocasionadas por el cambio de actividad devengarán una tasa de 50% de los derechos correspondientes. Tal reducción procederá, inicialmente, si se acredita que la actividad estuviese provista de licencia, en el momento de la solicitud. Cuando la Administración realice una prestación equivalente a un nuevo otorgamiento de licencia, se devengarán las tarifas ordinarias y no la reducida de cambio de actividad. En este sentido el importe de la cuota será el resultado del producto del total cuota actividad (07) X 50%. Traslado del local. Las actuaciones administrativas ocasionadas por el traslado de local devengarán una tasa de 75% de los derechos correspondientes. Tal reducción procederá, inicialmente, si se acredita que el antecesor en la actividad estuviese provisto de licencia, en el momento de la solicitud. Cuando la Administración realice una prestación equivalente a un nuevo otorgamiento de licencia, se devengarán las tarifas ordinarias y no la reducida de cambio de titularidad. En este sentido el importe de la cuota será el resultado del producto del total cuota actividad X 75%. DECLARANTE: La autoliquidación deberá ser firmada por el sujeto pasivo. ADVERTENCIAS FINALES 1.- Lugar de pago: Exclusivamente en la oficina del BANCO SANTANDER 0049-0549-97-2610210197. 2.- Plazos de pago: Coincide con el día de la autoliquidación y presentación de la documentación. 3.- Resolución única: En los supuestos requeridos de licencia de actividad clasificada o inocua y, además de licencia urbanística, que sean objeto de una sola resolución, sin perjuicio de la formación y tramitación simultánea de piezas separadas para cada intervención administrativa, las tasas correspondientes a las respectivas licencias se devengarán cuando se presente su solicitud. 4.- Rectificación: Los sujetos pasivos podrán instar a la Administración municipal su conformidad con la autoliquidación practicada o su rectificación y restitución, en su caso, de lo indebidamente ingresado antes de haber prescrito tanto el derecho de la administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación como el derecho a la devolución del ingreso indebido. 5.- La licencia faculta a su titular para ejercer la actividad en el lugar determinado, quedando sin efecto si se produjere un cambio en el titular, en la actividad o en el local. 6.- El pago de los derechos de la Licencia correspondiente no supondrá en ningún caso legalización del ejercicio estará siempre subordinado al otorgamiento de la licencia y al cumplimiento de las condiciones. No se podrá ejercer la actividad hasta la obtención de la Licencia preceptiva y la autorización de su puesta en funcionamiento con la advertencia de que su concesión no ampara la realización de otro tipo de actividades no contempladas en la Licencia, que pueden ser objeto de otras autorizaciones municipales.