Dª. JUANA ESTHER RODRIGUEZ GONZALEZ, SECRETARIA ACCTAL. DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA (ISLA DE LA PALMA). CERTIFICA: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de julio de 2019, adoptó, entre otros, el Acuerdo que copiado a la letra del Acta correspondiente, literalmente dice: JUANA ESTHER RODRIGUEZ GONZALEZ (1 de 2) SECRETARIA ACCIDENTAL Fecha Firma: 26/07/2019 HASH: cd32c090a0b35d10d6fc7aaff044dee2 “1.- APROBACIÓN DEL RÉGIMEN DE SESIONES DEL PLENO. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre su Propuesta relativa al régimen de sesiones del Pleno, siendo el texto literal de la misma el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA APROBACIÓN DEL RÉGIMEN DE SESIONES DEL PLENO Constituida la nueva Corporación surgida de las elecciones locales celebradas el día 26 de mayo de 2019, en sesión extraordinaria que tuvo lugar el día 15 de junio de 2019, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular en lo que se refiere a la periodicidad de las sesiones del Pleno. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 98, “Periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias”, de la Ley 7/2015, de 1 de abril de los municipios de Canarias, el Pleno puede celebrar sesiones ordinarias y extraordinarias, teniendo las primeras una periodicidad mínima de dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 y 20.000 habitantes. Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y demás normativa vigente al efecto, somete a consideración del Pleno del Ayuntamiento la siguiente propuesta: ALCALDE ACCIDENTAL Fecha Firma: 26/07/2019 HASH: 241e3720d5160e1df0dee94018733227 Primero.- Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación tendrán lugar el segundo viernes, no festivo, de cada dos meses (siendo los meses de agosto, octubre, diciembre, febrero, abril y junio los correspondientes), a las 19.00 horas, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, o lugar habilitado al efecto. RAUL RAMOS PEREZ (2 de 2) Si los días señalados coincidieran con los declarados festivos, las sesiones ordinarias serían convocadas para igual hora del día anterior o posterior (hábiles). Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para suspender, adelantar, o posponer, la celebración del Pleno ordinario del mes de Agosto, previa consulta a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales, como consecuencia del periodo vacacional; así como cualquier otra sesión que por razones justificadas se requiera y con ello no se menoscabe la gestión de los asuntos municipales, también previa consulta a los Portavoces. Tercero.- Comunicar este Acuerdo a todos los Concejales y a los Jefes de los diferentes servicios municipales. No obstante, el Ayuntamiento Pleno acordará lo que estime más procedente. Villa de Breña Alta.- El Alcalde – Presidente.- JONATHAN DE FELIPE LORENZO.- Documento firmado electrónicamente al margen.-” Interviene el Sr. Presidente diciendo que como han podido ver en la documentación remitida, se propone que las sesiones ordinarias de Pleno se celebren los viernes a las 19:00 horas, segundos viernes de cada dos meses, con la exceptuación en agosto, añadiendo que, como el siguiente Pleno es el de agosto, que propongan si se adelanta a julio o si se atrasa a septiembre, manifestando además que, en el caso del mes de diciembre, sesiones que a veces también se modifica la fecha de celebración por cuestión de los festivos, como siempre ya lo hablarán, lo debatirán y lo acordarán sin ningún tipo de problema porque, al final, es materia de consenso, seguidamente concede la palabra al Sr. Rodríguez Camacho. Interviene el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que ellos creen que las sesiones plenarias deben seguir siendo los miércoles, sobre todo porque les es mucho más difícil conciliar su vida profesional con las tareas políticas, añadiendo que, aunque a priori sabe que se va a aprobar ese día en el Pleno y aunque entienden que el Grupo de Gobierno podrá tener ocho Concejales liberados, piden que si pueden hacer ese esfuerzo para que las sesiones plenarias sigan siendo los miércoles. Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 9MDDSYS3XL93DNPA24JPHNJKJ | Verificación: http://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 El Sr. Presidente interviene para conceder la palabra a la Sra. Rodríguez Concepción la cual, tras saludar y dar la bienvenida a los presentes, dice que también quiere pedir que sigan siendo los segundos miércoles de cada mes, como siempre ha sido en este Ayuntamiento, también por motivos de conciliación. Contesta el Sr. Presidente diciendo que va a explicar las razones, la primera razón es que para los servicios técnicos y administrativos del Ayuntamiento es una carga muy grande el hacer el viernes las convocatorias para celebrarlo el miércoles, resaltando que lo ha vivido como Alcalde estos cuatro años, eso significaba que el viernes se tenía que tener una carga de personal muy grande, que en muchos casos se deriva en el pago de horas extraordinarias, que se tienen que pagar o compensar, es decir, que se tienen que quedar más tiempo porque van muy apresurados con la carga de la semana, resaltando que esa es la primera razón, y la razón fundamental, no obstante, continúa diciendo, existen más razones de peso y argumentos de peso para ello, la segunda, y él cree que razonable del todo, es que los miércoles, en el argumento que usted exponía, dice dirigiéndose al Sr. Rodríguez Camacho, es que realmente es mucho más difícil conciliar la vida personal y familiar un miércoles que un viernes a las 7 de la tarde, o sea, no hay ninguna razón por la que una persona no concilie la vida personal y familiar un viernes a las 19:00 horas o un miércoles a las 19:00 horas, aunque cada uno, en su vida personal y familiar, lógicamente, tiene sus razones para alegar que no es así, pero entiende que, en el común de las personas, un miércoles a las 19:00 horas, la vida profesional, que es la que usted, refiriéndose al Sr. Rodríguez Camacho, más hace hincapié, la vida profesional con la vida política, él cree que es muchísimo más fácil conciliarla un viernes que un miércoles, preguntando si hay otra razón para ponerla el miércoles; contesta el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que, en su caso, por ejemplo, porque en su trabajo actual, los fines de semana tiene sesiones de guardia en las que tiene que estar localizado, o muchas veces presencial; pregunta el Sr. Presidente si pueden ser un miércoles, a lo que responde el Sr. Rodríguez Camacho que son de forma aleatoria; pregunta el Sr. Presidente si son todos los fines de semana o de forma aleatoria; responde el Sr. Rodríguez Camacho que evidentemente no son todos, pero puede coincidir; pregunta el Sr. Presidente si es de forma aleatoria, contesta el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que no, son turnos rotatorios, evidentemente a cada uno de los compañeros les toca trabajar uno de los fines de semana completo, es decir, de viernes a lunes, que él no lo dice por él, que está explicando su caso, muy particular, y que no todo el mundo tiene ese problema que él tiene, evidentemente, que hace una propuesta general; interviene el Sr. Presidente para decir que están allí para consensuarlo y, dirigiéndose al Sr. Rodríguez Camacho le pregunta si, entonces él tiene el problema de que durante la semana, entre semana, aleatoriamente, los miércoles puede tocarle una guardia, un miércoles, un segundo miércoles de cada dos meses puede tocarle una guardia; responde el Sr. Rodríguez Camacho que a él, directamente, hablando de su caso particular, entre semana no tiene problema porque hasta las 10 de la noche, y no cree que ningún Pleno se extienda hasta las 10 de la noche, el régimen de guardias puede estar cubierto por otra persona, entonces no tendría problema en asistir, que el problema empieza a partir del viernes por la tarde, que entonces la guardia si es localizada hasta el lunes por la mañana, declarando que no sabe si se explica. Interviene el Sr. Presidente diciendo que entonces usted, refiriéndose al Sr. Rodríguez Camacho, de lunes a viernes no tiene ninguna guardia localizada en su trabajo; contesta el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que puede tener una guardia localizada, pero sí puede tener una persona de apoyo, los fines de semana no tiene una persona de apoyo, el que tiene que responder es cada uno de lo que se hace cargo de esa guardia, a no ser que haya un problema que suscite que tengan que desplazarse varios a intentar resolver ese problema, reiterando que está hablando que es un caso muy particular, entiende que el Pleno no se debe adaptar a un caso particular, eso lo entiende también. El Sr. Presidente concede la palabra a la Sra. Rodríguez Concepción que interviene diciendo que entonces el único motivo o en base al cual se hizo la Propuesta que les ha trasladado es la queja de los técnicos; responde el Sr. Presidente diciendo que no, que no hay ninguna queja de los técnicos, es una facultad de gestión administrativa que tiene el Alcalde, no hay queja de los técnicos, o sea, el Alcalde, en su función de gestión, ha descubierto que hay un problema a la hora de convocar los Plenos los viernes; la Sra. Rodríguez Concepción interviene para decir que deben recodar que son convocatorias ordinarias, que todos saben Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: 9MDDSYS3XL93DNPA24JPHNJKJ | Verificación: http://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 que son los segundos miércoles de cada mes; a lo que responde el Sr. Presidente que igual que saben que son los segundos viernes de cada mes y no hay ningún problema porque pueden pactarlo en su trabajo y pueden conciliarlo con su vida personal, familiar y profesional, si ella, refiriéndose a la Sra. Rodríguez Concepción, le hace ese argumento, le esgrime ese argumento, él le esgrime el argumento de contrario que es exactamente igual que el de ella. Contesta la Sra. Rodríguez Concepción diciendo que igual que ellos aceptan el argumento que él, refiriéndose al Sr. Presidente, les está exponiendo, que respete lo que ellos le están proponiendo; responde el Sr. Presidente que él las está aceptando y les dice que con ese argumentario de que se tienen que adaptar a que sean los segundos miércoles de cada mes, ese argumentario de contrario hace más fuerte la propuesta de segundos viernes de cada dos meses, replica el Sr. Rodríguez Camacho diciendo que sobre la propuesta de que sigan los miércoles, también es una propuesta, respondiendo el Sr. Presidente que vale, perfecto, que ellos entienden que su propuesta es los viernes. Previa deliberación, el Ayuntamiento Pleno, por nueve (9) votos a favor (CCa-PNC) y cuatro (4) votos en contra (PSOE y Grupo Mixto-PP) acordó: Primero.- Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación tendrán lugar el segundo viernes, no festivo, de cada dos meses (siendo los meses de agosto, octubre, diciembre, febrero, abril y junio los correspondientes), a las 19.00 horas, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, o lugar habilitado al efecto. Si los días señalados coincidieran con los declarados festivos, las sesiones ordinarias serían convocadas para igual hora del día anterior o posterior (hábiles). Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para suspender, adelantar, o posponer, la celebración del Pleno ordinario del mes de Agosto, previa consulta a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales, como consecuencia del periodo vacacional; así como cualquier otra sesión que por razones justificadas se requiera y con ello no se menoscabe la gestión de los asuntos municipales, también previa consulta a los Portavoces. Tercero.- Comunicar este Acuerdo a todos los Concejales y a los Jefes de los diferentes servicios municipales.” Para que así conste, a los efectos oportunos, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde Acctal., D. Raúl Ramos Pérez. Villa de Breña Alta Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. 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