D. LUIS FERNANDO REYES GARCÍA, SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA. ISLA DE LA PALMA. (RESOLUCIÓN D.G. FUNCIÓN PÚBLICA nº 434, de 22-02-2022)   CERTIFICA: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 3 de marzo de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo que copiado a la letra del borrador del Acta correspondiente, literalmente dice: SECRETARIO GENERAL Fecha Firma: 07/03/2022 HASH: c17433e8bf72aedf7eb0f0c44ac7c7e2 LUIS FERNANDO REYES GARCIA (1 de 2) 3º.- RECTIFICACIÓN Nº 1/2022 DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS. El Sr. Alcalde-Presidente informa sobre la reunión de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, celebrada el día 2 de marzo de 2022, siendo el texto literal del punto n.º 3 del borrador del Acta de la misma, el siguiente: “El Sr. Presidente da cuenta del expediente relativo a “RECTIFICACIÓN Nº 1/2022 DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS", documentación de la cual se ha dado traslado a los miembros de la Comisión junto con la convocatoria de la misma, siendo el texto literal de la Propuesta de la Alcaldía, el siguiente: “PROPUESTA ALCALDÍA Atendida la rectificación del Inventario Municipal de Bienes y Derechos realizada por la Empresa Gestión Tributaria y Catastral, S.L, respecto de los datos facilitados por este Ayuntamiento. Visto el informe de la Secretaria General de la Corporación emitido al efecto. Considerando que las Corporaciones Locales están obligadas a rectificar el inventario para reflejar las vicisitudes de toda índole de todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición. ALCALDE Fecha Firma: 08/03/2022 HASH: 6d4dae9a28071ec5ebb3b11c4e451b22 JONATHAN DE FELIPE LORENZO (2 de 2) Visto lo anterior propongo a la Comisión Informativa competente y al Ayuntamiento Pleno, la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario Municipal de Bienes y Derechos (nº 01/2022) así como su informatización en los términos del documento y aplicación informática elaborados por la empresa Gestión Tributaria Catastral, S.L. SEGUNDO.- Que el Inventario sea autorizado por el Secretario de la Corporación con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente. TERCERO.- Que se dé traslado del presente Acuerdo a la Administración competente, a los efectos oportunos. Visto lo anterior, la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, por cuatro votos favorables (3 Grupo CC-PNC y 1 Grupo Mixto-PP) y una abstención (1 Grupo PSOE), propone se acuerde la rectificación del Inventario Municipal de Bienes y Derechos (nº 01/2022), en los términos expuestos.” Previa deliberación y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda, Especial de Cuentas y Patrimonio, el Ayuntamiento en Pleno, por nueve votos favorables (8 Grupo CC-PNC y 1 Grupo Mixto-PP) y dos abstenciones (2 Grupo PSOE) se aprobó: PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario Municipal de Bienes y Derechos (nº 01/2022) así como su informatización en los términos del documento y aplicación informática elaborados por la empresa Gestión Tributaria Catastral, S.L. ALTAS Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: S39GSPNFMJZ52QXYN7A6RQ2G5 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 Total: 49.987,91 € BAJAS Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: S39GSPNFMJZ52QXYN7A6RQ2G5 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 SEGUNDO.- Que el Inventario sea autorizado por el Secretario de la Corporación con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente. TERCERO.- Que se dé traslado del presente Acuerdo a la Administración competente, a los efectos oportunos. Se advierte a efectos de lo dispuesto en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que la presente certificación se extiende antes de haber sido aprobada el acta de la sesión que contiene dicho acuerdo, y por lo tanto a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente. Para que así conste, a los efectos oportunos, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, D. Jonathan De Felipe Lorenzo.   Villa de Breña Alta Documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Cód. Validación: S39GSPNFMJZ52QXYN7A6RQ2G5 | Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3