Unidades de información
Órgano responsable del derecho de acceso a la información pública
El Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta garantiza el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, así como en el resto de la normativa aplicable.
El órgano responsable en materia de derecho de acceso a la información pública es la Secretaría del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta, a quien corresponde la dirección, coordinación y supervisión de las actuaciones municipales relacionadas con el acceso de la ciudadanía a la información pública.
Las solicitudes de acceso a la información pública podrán presentarse a través del Registro General del Ayuntamiento, de la Sede Electrónica municipal o por cualquiera de los medios previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
La tramitación de las solicitudes será realizada por las unidades administrativas competentes en función de la materia objeto de la solicitud, correspondiendo a la Alcaldía-Presidencia la resolución de aquellas solicitudes para las que resulte competente conforme a la normativa vigente y a la organización municipal.
El Ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía los canales necesarios para facilitar el ejercicio de este derecho, garantizando los principios de transparencia, publicidad activa, accesibilidad y participación ciudadana.
En este Ayuntamiento, la Secretaria tiene atribuidas las siguientes funciones en materia de transparencia municipal:
- Definición de propuestas y coordinación en relación con la gestión y ejecución de medidas en materia de transparencia municipal.
- Análisis, diseño y establecimiento de circuitos de información entre el Servicio y el resto de Áreas Municipales, para obtener la información en materia de transparencia.
Fecha de actualización: 14/04/2026
Información sobre el derecho de reclamación ante el Comisionado de Transparencia de Canarias
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de Canarias, las personas que hayan presentado una solicitud de acceso a la información pública y no hayan recibido respuesta en el plazo legalmente establecido, o no estén conformes con la resolución recibida, podrán presentar una reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias.
Esta reclamación constituye un procedimiento gratuito, sencillo y alternativo a la vía contencioso-administrativa, cuya finalidad es garantizar el derecho de acceso a la información pública.
La reclamación podrá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Comisionado de Transparencia de Canarias, en el siguiente enlace:
🔗 https://sede.transparenciacanarias.org
Para más información sobre este procedimiento, puede consultar la propia página del Comisionado o dirigirse al Ayuntamiento a través de los canales de contacto habituales.
Para solicitar acceso a la información pública pincha aqui.
Referencia legal: Ley 19/2013
Descripción: Órgano competente en materia de derecho de acceso.
Fecha actualización: 26 de Abril de 2026
Periodicidad: Anual
Fecha desde la que se dispone de datos: 1 de Enero de 2022
Formatos disponibles: PDF, TXT, Texto
Equivalencias: 1198
Forma de publicación: Directa
Tipo de actualización: Manual